El Gobierno italiano ha dado pasos importantes para ampliar el alcance de su mandato de facturación electrónica , más concretamente ampliando el ámbito de los contribuyentes sujetos a las obligaciones de emisión y compensación de facturas electrónicas, a partir del 1 de julio de 2022.

El 13 de abril de 2022, el proyecto de Ley-Decreto, conocido como la segunda parte del Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia (Decreto Legge PNRR 2 – Piano Nazionale di Ripresa e Resilienza), fue aprobado por el Consejo de Ministros italiano (Consiglio dei ministri).

El Plan Nacional de Recuperación aprobado por el Gobierno italiano forma parte del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) de la Unión Europea, un instrumento creado para ayudar financieramente a los Estados miembros a recuperarse de los retos económicos y sociales planteados por la pandemia del Covid-19.

La ampliación del mandato de facturación electrónica de Italia es uno de los elementos del paquete de medidas del Gobierno contra la evasión fiscal y aborda, en particular, el avance de la transformación digital, uno de los seis pilares del DRR.

Nuevos contribuyentes en el ámbito de aplicación

El proyecto de Decreto-Ley PNRR 2 amplía la obligación de emitir y compensar facturas electrónicas a través de la plataforma de compensación italiana Sistema di Intercambio (SDI) a determinados contribuyentes del IVA exentos del mandato hasta ahora. Esto significa que, a partir del 1 de julio de 2022, los siguientes contribuyentes adicionales están obligados a cumplir el mandato de facturación electrónica italiano:

El régimen forfettario está disponible para los contribuyentes que cumplen requisitos específicos, lo que les permite adoptar un régimen de IVA a tanto alzado reducido del 15%, disminuido al 5% para las nuevas empresas durante los primeros cinco años. Estos contribuyentes han estado, hasta ahora, exentos de la obligación de emitir facturas electrónicas y compensarlas a través de la IDE, según el Decreto Legislativo 127 de 5 de agosto de 2015.

Además, se incluyen como nuevos sujetos las asociaciones deportivas de aficionados y las entidades del tercer sector con ingresos de hasta 65.000 euros que también han estado exentas del mandato de facturación electrónica. A partir del 1 de julio de 2022, la facturación electrónica también será obligatoria para ellos.

El mandato sigue excluyendo a las microempresas con ingresos o tasas de hasta 25.000 euros al año, que en cambio estarán obligadas a emitir y compensar facturas electrónicas con la IDE a partir de 2024.

Se introduce un breve periodo de gracia

El proyecto de decreto también establece un breve período de gracia transitorio desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2022. Durante este tiempo, los contribuyentes sujetos al nuevo mandato podrán emitir facturas electrónicas dentro del mes siguiente al que se realizó la transacción, sin estar sujetos a ninguna sanción. Esto da tiempo a los nuevos sujetos para ajustarse a la norma general que establece que las facturas electrónicas deben emitirse en un plazo de 12 días desde la fecha de la transacción.

¿Qué es lo siguiente?

El texto definitivo del decreto aún no se ha publicado en la Gaceta Oficial italiana; sólo cuando se dé este último paso, el decreto se convertirá formalmente en ley y su ámbito de aplicación ampliado será vinculante. El inicio del segundo semestre de este año trae consigo otros cambios significativos en Italia en relación con la notificación obligatoria de las facturas transfronterizas a través de FatturaPA, que también comenzará el 1 de julio de 2022.

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Han pasado poco más de nueve meses desde la introducción de uno de los mayores cambios en las normas del IVA de la UE para los minoristas de comercio electrónico, el paquete de IVA sobre comercio electrónico que amplía la ventanilla única e introduce la ventanilla única de importación.

El objetivo del Paquete IVA Comercio Electrónico de la UE es simplificar el comercio transfronterizo B2C en la UE, aliviando la carga de las empresas, reduciendo los costes administrativos del cumplimiento del IVA y garantizando que el IVA se cobre correctamente en esas ventas.

Con la nueva normativa, se han eliminado los umbrales de venta a distancia de bienes específicos de cada país y se han sustituido por un umbral de 10.000 euros en toda la UE para las empresas establecidas en ella, mientras que las empresas no establecidas en la UE no tienen ahora ningún umbral. Para muchas empresas, esto significa que deben pagar el IVA en todos los países a los que venden, lo que les obliga a estar registradas a efectos del IVA en muchos más países que antes de julio de 2021. Sin embargo, la introducción del sistema de liquidación del IVA de la Unión les permitió simplificar sus obligaciones en materia de IVA al permitirles declarar el IVA de todas las ventas en la UE en una única declaración del sistema de liquidación del IVA.

Cómo ha afectado a las empresas el paquete de medidas sobre el IVA del comercio electrónico de la UE

Aunque para muchas empresas la idea de tener que cobrar el IVA en todos los países a los que venden puede haber sido abrumadora en un principio, ahora están viendo los muchos beneficios que la introducción del OSS pretendía conseguir. El mayor beneficio para las empresas es la simplificación de los requisitos de cumplimiento del IVA, con una sola declaración trimestral del IVA en lugar de cumplir con muchos plazos de presentación y pago en diferentes Estados miembros de la UE.

Las empresas que subcontratan el cumplimiento del IVA han podido reducir sus costes de forma significativa al darse de baja del régimen del IVA en muchos Estados miembros en los que ya estaban registradas. Aunque pueden ser necesarios algunos registros adicionales en función de las cadenas de suministro específicas y la ubicación de las existencias en la UE. Las empresas también se benefician del flujo de caja con el régimen de OSS, ya que el IVA se debe pagar trimestralmente, en lugar de mensualmente o bimensualmente, como era el caso anteriormente en muchos Estados miembros. En el marco de la aplicación del paquete de medidas sobre el IVA en el comercio electrónico de la UE, también se suprimió la exención de los envíos de bajo valor, lo que significaba que el IVA a la importación se aplicaba a todas las mercancías que entraban en la UE. La Comisión Europea (CE) ha anunciado que actualmente hay más de 8.000 operadores registrados.

Hemos visto algunos contratiempos iniciales, ya que los Estados miembros de la UE no reconocen los números de las IOSS en el momento de la importación, lo que ha provocado una doble imposición para algunos vendedores. Pero para la mayoría de las empresas el IOSS les ha permitido agilizar la venta de productos a clientes de la UE para pedidos inferiores a 150 euros. La CE también ha alabado recientemente el éxito inicial de este sistema al publicar cifras preliminares que muestran que hasta la fecha se han recaudado 1.900 millones de euros en concepto de IVA.

El futuro del OSS y el IOSS

La CE está llevando a cabo una consulta en , en la que se recogen las opiniones de las partes interesadas sobre el funcionamiento de los nuevos regímenes con vistas a introducir posibles cambios. Algunos de los cambios que se están debatiendo incluyen la obligatoriedad del sistema IOSS para todas las empresas, lo que ampliaría significativamente su uso, ya que hace que entren en juego muchos más comerciantes. También se ha hablado de aumentar el actual umbral de 150 euros, lo que permitiría que un mayor número de envíos pudieran acogerse a las IOSS, aunque dado que el actual umbral de derechos de aduana también es de 150 euros, sería interesante ver cómo se alinean estas normas. La CE también publicará propuestas a finales de año sobre la posible ampliación de la OSS para incluir las transacciones de bienes B2B, con vistas a su aplicación en 2024.

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En la actualidad, Croacia aplica un Impuesto sobre las Primas de Seguros (IPT) a los seguros suscritos en el marco de la libertad de servicios (FoS). El IPT en Croacia sólo se aplica a determinadas clases de negocios, como la cobertura de automóviles e incendios. Ambos impuestos, el Impuesto sobre las Primas de Seguros de Automóviles (MIPT) y la Contribución del Cuerpo de Bomberos (FBC), se calculan sobre la prima de la póliza de seguro que se cobra al asegurado. El asegurador es responsable de todos los impuestos.

Impuesto sobre las primas del seguro del automóvil

Actualmente hay dos tipos diferentes de impuestos IPT en vigor para los seguros de automóviles en Croacia:

El Impuesto sobre Vehículos Automóviles IPT es un impuesto soportado por el asegurado que está obligado a declarar mensualmente y a pagar dentro de los 15 días siguientes al final del mes. El punto de imposición para este tipo de IPT se fija en la fecha en que se firma la póliza , y las empresas deben realizar el pago en moneda local : Kuna croata (HRK). El tipo de cambio para esos pagos debe fijarse al tipo publicado el último día laborable por el Banco Nacional de Croacia.

Es ‘ s importante recordar que deben presentarse dos series de declaraciones diferentes para cada riesgo de m otor i nsurance covered . Asimismo, las empresas deben realizar el pago bajo el número de referencia correspondiente correcto según a el riesgo de seguro asociado .

Croata Motor IPT r requisitos:

Actualmente, no hay obligación de presentar un Devolución del IPT del motor cuando no se hayan pagado impuestos por período de informe (NUL).

La p La multa por retraso en el pago es generalmente del 12% comunicada por la Oficina Tributaria Regional de Zagreb ( Porezna Uprava ).

El informe anual de Motor IPT debe presentarse el 31 de enero siguiente a la finalización del informe Mi oído.

IPT croata: cobertura de incendios

El Contribución de la brigada de bomberos (FBC) se aplica un impuesto sobre el pago de las primas de los contratos de seguro celebrados en Croacia. La ley local F ire P Prevención y extinción de incendios exige a las compañías de seguros que cubran el riesgo contribuir con el 5% de la prima del seguro contra incendios. La contribución del 5% debe ser prorrateado al elemento de riesgo de incendio de la póliza de seguro.

El FBC es un impuesto soportado por la aseguradora t Lo que se debe informar trimestralmente y pagadero dentro de los 30 días siguientes al final del trimestre. El punto fiscal para este tipo de IPT es el fecha en que se realiza el pago, y las empresas deben realizar el pago en Kuna croata a la Asociación Croata de Bomberos ( Hrvatska Vatrogasna Zajednica). No hay ningún requisito para las empresas para enviar devoluciones NIL.

El desglose de FBC es el siguiente:

El asegurador es responsable de todos los impuestos. Si el asegurador no declara y remite los impuestos, la autoridad competente puede imponer una multa y realizar una evaluación del impuesto.

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El comercio electrónico sigue creciendo, y las autoridades fiscales de todo el mundo se han esforzado por seguir el ritmo. Las autoridades fiscales desarrollaron muchos sistemas de IVA antes de la llegada del comercio electrónico en su formato actual y de la evolución de Internet. En todo el mundo esto ha dado lugar a cambios para garantizar que la tributación se produzca de la manera que el gobierno desea, eliminando las distorsiones de la competencia entre las empresas locales y las no residentes.

La Comisión Europea introdujo cambios el 1 de julio de 2021 con el E-commerce VAT Package, que modernizó la forma en que se aplica el IVA a las ventas de comercio electrónico y también la forma en que se recauda el IVA. Como el sistema anterior estaba en vigor desde el 1 de julio de 1993, el cambio ya era necesario.

Imposición en el lugar de consumo

El principio de la fiscalidad del comercio electrónico en la Unión Europea (UE) es que debe producirse en el lugar de consumo, es decir, donde el consumidor final hace uso de los bienes y servicios. En el caso de los bienes, esto significa el lugar de entrega de los mismos y, en el caso de los servicios, el lugar de residencia del consumidor, aunque hay algunas excepciones.

Cuando el IVA se devenga en un Estado miembro diferente al del establecimiento del proveedor, éste debe contabilizar el IVA en un país diferente. Las microempresas están exentas de la obligación de declarar el IVA en el lugar de consumo. Sin embargo, la mayoría de las empresas de comercio electrónico que venden en toda la UE tendrán que contabilizar el IVA en muchos otros Estados miembros, lo que supondría una carga administrativa.

Ampliación de la Ventanilla Única (VU)

Para superar este problema, la Comisión Europea ha decidido ampliar considerablemente la Mini Ventanilla Única (MOSS), que ya existía para los suministros B2C de telecomunicaciones, radiodifusión y servicios prestados por vía electrónica. Tres nuevos regímenes permiten a las empresas registrarse a efectos del IVA en un solo Estado miembro y utilizar ese registro de la VUCE para contabilizar el IVA en todos los demás Estados miembros en los que se deba pagar el IVA.

El OSS de la Unión permite a las empresas, tanto de la UE como de fuera de ella, contabilizar el IVA de las ventas a distancia de bienes dentro de la UE. También permite a las empresas de la UE contabilizar el IVA en las prestaciones de servicios B2C dentro de la UE.

El OSS para no comunitarios permite a las empresas de fuera de la UE contabilizar el IVA en todas las prestaciones de servicios B2C en las que se devenga el IVA de la UE.

El OSS de importación permite a las empresas, tanto de la UE como de fuera de ella, contabilizar el IVA en las importaciones de bienes en paquetes con un valor intrínseco inferior a 150 euros.

Actualmente, ninguno de los regímenes de OSS es obligatorio, y las empresas pueden optar por registrarse a efectos del IVA en el Estado miembro en el que se debe pagar el IVA. La Comisión Europea está realizando una consulta sobre el éxito de los regímenes de OSS, y una de las propuestas es que el uso del OSS de importación sea obligatorio. También se plantea la posibilidad de aumentar el umbral, aunque para ello habría que estudiar cómo tratar los derechos de aduana, ya que el umbral de 150 euros es el punto a partir del cual se pueden cobrar los derechos de aduana.

Beneficios del OSS

La utilización de los regímenes de SLV de la Unión y de fuera de la Unión puede constituir una valiosa alternativa al registro del IVA en varios Estados miembros. Sin embargo, puede haber otras razones por las que una empresa necesite mantener registros de IVA en otros países. Las empresas deben llevar a cabo una revisión completa de la cadena de suministro para identificar las obligaciones en materia de IVA.

El uso del régimen de IVA a la importación también tiene muchas ventajas, como la posibilidad de recuperar el IVA de las mercancías devueltas y un proceso de entrega simplificado tanto para el proveedor como para el cliente.

Todas las empresas que utilicen cualquier sistema de OSS deben comprender plenamente los requisitos del sistema. El incumplimiento puede dar lugar a la exclusión de la obligación de registrarse a efectos del IVA en los países en los que se debe. Esto eliminará el beneficio de los regímenes de OSS, aumentando los costes y la carga administrativa para la empresa.

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La página web de Filipinas sigue avanzando constantemente hacia la implantación de su sistema de control continuo de transacciones (CTC), que consiste en la notificación casi en tiempo real de las facturas y recibos emitidos electrónicamente. El 4 de abril comenzaron las pruebas en el Sistema de Facturación Electrónica (EIS), la plataforma del gobierno, con seis empresas seleccionadas como pilotos para este proyecto.

El movimiento inicial hacia un sistema de CTC en Filipinas comenzó en 2018 con la introducción de la Ley de Reforma Fiscal para la Aceleración y la Inclusión, conocida como ley TRAIN, que tiene como objetivo principal simplificar el sistema fiscal del país haciéndolo más progresivo, justo y eficiente. El proyecto de implantación de un sistema obligatorio de facturación e información electrónica en todo el país se ha desarrollado en estrecha colaboración con el gobierno de Corea del Sur, considerado un modelo de éxito con su completo y experimentado sistema de CTC.

La facturación y los informes electrónicos son algunos de los muchos componentes establecidos por la ley TRAIN como parte del programa de transformación digital DX Vision 2030 del país. Con ello, Filipinas avanza en la modernización de su sistema fiscal.

Introducción de la declaración electrónica obligatoria en Filipinas

El sistema CTC de Filipinas exige la emisión de facturas (B2B) y recibos (B2C) en formato electrónico y su comunicación casi en tiempo real a la Oficina de Impuestos Internos (BIR), la autoridad fiscal nacional. El EIS ofrece diferentes posibilidades de presentación, lo que significa que la transmisión puede hacerse en tiempo real o casi en tiempo real. Los documentos que deben emitirse y notificarse electrónicamente son las facturas de venta, los recibos y las notas de crédito/débito.

Según el Código Fiscal de Filipinas, los siguientes contribuyentes están cubiertos por el próximo mandato:

No obstante, los contribuyentes que no estén cubiertos por la obligación pueden optar por inscribirse en el EIS a efectos de notificación de facturas y recibos electrónicos

Las facturas electrónicas deben emitirse en formato JSON (JavaScript Object Notation) y contener una firma electrónica. Una vez emitidas, los contribuyentes pueden presentar sus facturas y recibos a sus clientes. No es necesaria la aprobación de la autoridad fiscal para proceder. Sin embargo, los documentos electrónicos deben transmitirse a la plataforma EIS en tiempo real o casi.

Requisitos del archivo electrónico

Filipinas ha introducido unos requisitos algo inusuales en este periodo de digitalización, en lo que respecta al archivo de las facturas electrónicas. El periodo de conservación es de diez años y consiste en un sistema en el que los contribuyentes están obligados a conservar copias impresas durante los primeros cinco años. Después de este primer periodo, ya no se requieren copias impresas, y se permite el almacenamiento exclusivo de copias electrónicas en un archivo electrónico durante los cinco años restantes.

¿Qué sigue para los contribuyentes?

Con las pruebas oficialmente en marcha, la siguiente fase debería comenzar el 1 de julio de 2022, con la puesta en marcha para 100 contribuyentes piloto seleccionados por el Gobierno, incluidos los seis iniciales. Después, el Gobierno tiene previsto avanzar en una implantación gradual en 2023 para todos los contribuyentes incluidos en el ámbito de aplicación del sistema. Mientras tanto, los contribuyentes pueden aprovechar este periodo provisional para ajustarse a los requisitos de información de la CTC de Filipinas.

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Generación SAF-T de Sovos

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La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD) introdujo por primera vez el archivo estándar de auditoría para fines fiscales (SAF-T) en mayo de 2005. Desde entonces, un creciente número de autoridades fiscales lo han adoptado como una forma de obtener una visión amplia de los asuntos fiscales de las empresas. Muchos de los países que han introducido hasta ahora el SAF-T también han aplicado su propia interpretación individual de la versión original, o de la versión posterior de 2010, del SAF-T. Sin embargo, la cantidad de datos diversos que requieren estos esquemas SAF-T desconocidos y específicos de cada jurisdicción hace que las empresas tengan dificultades para cumplir sus obligaciones. La solicitud de una autoridad tributaria también deja un plazo relativamente corto para que las empresas recopilen los datos y los presenten en el formato prescrito, especialmente si tienen que hacerlo en varias jurisdicciones y en diferentes formatos.

La generación SAF-T de Sovos asigna datos al esquema correcto, lo que garantiza que se cumplan los requisitos de formato. También es valioso nuestro análisis complementario del SAF-T para garantizar que el SAF-T final generado comprende datos sólidos y está realmente listo para la presentación. Esta potente combinación de módulos en la solución SAF-T de Sovos proporciona la tranquilidad de que el informe SAF-T enviado a la autoridad tributaria cumplirá con sus requisitos para obtener información más detallada, sin necesidad de un análisis adicional.

Consolide y presente datos en estructuras XML legales específicas para cada país

Proporcione los resultados requeridos por cada autoridad fiscal individual que haya introducido SAF-T

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Utilizado junto con el módulo de análisis SAF-T de Sovos, con la aplicación de reglas de precisión de datos y de inferencia de fraude, esto garantiza que se puedan tomar las medidas adecuadas para abordar cualquier anomalía y corregir o explicar errores. También proporciona una mayor garantía de que la presentación de SAF-T no dará lugar a un mayor escrutinio por parte de las autoridades fiscales. 

Transición de la facturación electrónica voluntaria a la obligatoria prevista a partir del 1 de abril de 2023

Desde el 1 de enero de 2022, los contribuyentes pueden emitir facturas estructuradas (facturas electrónicas) utilizando el Sistema Nacional de Facturación Electrónica (KSeF) de Polonia de forma voluntaria, lo que significa que los formularios electrónicos y en papel siguen siendo aceptables en paralelo. La introducción del sistema KSeF forma parte de la transformación digital que se está produciendo en Polonia tras el establecimiento de mandatos de control continuo de las transacciones (CTC) en toda Europa, lo que permite una identificación más rápida y eficaz del fraude fiscal.

El sistema KSeF permite a los contribuyentes emitir y recibir facturas electrónicamente. Es una de las herramientas tecnológicamente más avanzadas de Europa para el intercambio de información sobre hechos económicos. Las facturas estructuradas emitidas a través del sistema se preparan de acuerdo con el modelo de factura desarrollado por el Ministerio de Hacienda. Tras su emisión, las facturas se envían desde el sistema financiero y contable a través de una interfaz (API) a la base de datos central (KSeF). Después están disponibles en el sistema y pueden ser descargadas por el destinatario.

Solicitudes de excepción de Polonia

El 5 de agosto de 2021, la República de Polonia solicitó autorización para establecer una excepción a los artículos 218, 226 y 232 de la Directiva del IVA a fin de poder aplicar la obligación de expedir facturas electrónicas, procesadas a través del Sistema Nacional de Facturación Electrónica (KSeF), para todas las operaciones que requieran la expedición de una factura con arreglo a la legislación polaca en materia de IVA.

Posteriormente, el 9 de febrero de 2022, Polonia modificó su solicitud, solicitando la autorización para establecer una excepción a los artículos 218 y 232 de la Directiva del IVA y especificó que la facturación electrónica obligatoria sólo se aplicaría a los sujetos pasivos establecidos en el territorio de Polonia.

Polonia considera que la introducción de una obligación generalizada de emitir facturas electrónicas aportaría importantes beneficios en términos de lucha contra el fraude y la evasión del IVA, al tiempo que simplificaría la recaudación del impuesto. Además, la aplicación de la medida acelerará la digitalización del sector público.

La decisión derogatoria de la Comisión Europea

Como se deriva del artículo 218 de la Directiva del IVA, los Estados miembros están obligados a aceptar como facturas todos los documentos o mensajes en papel o en formato electrónico. Polonia se esforzó por obtener una excepción al citado artículo de la Directiva del IVA para que la administración fiscal polaca sólo pudiera considerar como facturas los documentos en formato electrónico.

Además, sobre la base del artículo 232 de la Directiva del IVA, la utilización de una factura electrónica está sujeta a la aceptación del destinatario. Por lo tanto, la introducción de una obligación de facturación electrónica en Polonia requiere una excepción a este artículo, de modo que el emisor ya no tenga que obtener el consentimiento del destinatario para enviar una factura en un formato sin papel. Actualmente, según el artículo 106n de la ley polaca del IVA, el uso de facturas electrónicas requiere la aprobación del destinatario de la factura, lo que dificulta la posibilidad de imponer la facturación electrónica obligatoria.

Tal como anunció la Comisión Europea el 30 de marzo de 2022, se ha concedido a Polonia la decisión de excepción tanto del artículo 218 como del artículo 232 de la Directiva 2006/112/CE. La decisión se aplicará desde el 1 de abril de 2023 hasta el 31 de marzo de 2026, tras recibir la última aprobación del Consejo de la UE. Se espera que la fase obligatoria del mandato comience el 1 de abril de 2023.

La aplicación para contribuyentes del KSeF: en el horizonte

Para que los contribuyentes puedan emitir y disponer de facturas electrónicas mediante KSeF, el Ministerio de Hacienda polaco ofrecerá varias herramientas de forma gratuita:

El 31 de marzo de 2022, el Ministerio de Hacienda anunció que la versión de prueba de la aplicación KSeF Taxpayer estará disponible el 7 de abril de 2022. Permitirá gestionar las autorizaciones, emitir y recibir facturas del KSeF.

Qué pasos dar

Con la decisión publicada por la Comisión Europea, Polonia ha entrado en la siguiente fase de aplicación de la facturación electrónica obligatoria. Los siguientes pasos se darán después de recibir la aprobación del Consejo de la UE (que ahora es una formalidad y debería tener lugar en unas semanas). Posteriormente, el Ministerio de Hacienda implantará la facturación electrónica universal en Polonia dando el tiempo suficiente para que las empresas se adapten a las nuevas soluciones.

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Brasil es, sin duda, una de las jurisdicciones más complicadas del mundo en lo que respecta a la legislación fiscal. El intrincado sistema fiscal que abarca normas de 27 estados y más de 5.000 municipios ha creado una carga para las empresas, especialmente para las transacciones entre estados y municipios.

Además, los contribuyentes deben examinar cuidadosamente los numerosos formatos y requisitos de la facturación electrónica (y, a veces, la ausencia de ellos). Por lo tanto, las esperanzas de una reforma fiscal en Brasil existen desde hace tiempo.

Simplificar el cumplimiento de la facturación electrónica

En los últimos años, varias iniciativas legislativas encaminadas a integrar los mandatos de la fiscalidad indirecta en todo el país no han tenido resultados satisfactorios. Entretanto, un paso factible para lograr tales cambios puede ser la unificación de las normas sobre el cumplimiento digital de las obligaciones fiscales, como la facturación y la declaración electrónica del IVA.

A finales de 2021 se inició una propuesta de ley (Projeto de Lei Complementar n. 178/2021) por parte del sector privado. Denominado Estatuto Nacional de Simplificación de las Obligaciones Fiscales Auxiliares, ha sido acogido este año por la Cámara de Diputados. Su objetivo principal es introducir una importante reforma dentro de las obligaciones fiscales digitales mediante la creación de un sistema unificado de facturación electrónica.

Al establecer la cooperación fiscal nacional, la propuesta pretende reducir los costes con el cumplimiento, permitir el intercambio de información entre las autoridades fiscales y crear un incentivo para la conformidad de los contribuyentes en todos los niveles federales, estatales y municipales.

El programa principal de la propuesta de ley es introducir:

Lo que significa para las empresas

El cambio más significativo es la introducción de la NFB-e (Nota Fiscal Brasil Eletronica), una norma nacional para la facturación electrónica. Supone la unificación de la NF-e (Nota Fiscal Eletronica), la NFS-e (Nota Fiscal de Servicos Eletronica) y la NF-C (Nota Fiscal do Consumidor Eletronica) en un único documento. De este modo, se incluirán los impuestos similares al IVA de Brasil, en este caso, el ICMS (IVA sobre productos y determinados servicios) y el ISS (IVA sobre servicios).

En la práctica, esto significa que en lugar de cumplir con numerosos formatos y mandatos de facturación electrónica, según el estado y el municipio de la transacción, un estándar digital nacional proporcionará un cumplimiento uniforme en todo el país para la facturación electrónica. La NFB-e cubrirá la facturación de bienes y servicios a nivel estatal y municipal para las transacciones B2G, B2B y B2C.

La reforma reducirá drásticamente la carga de los contribuyentes y ampliará el alcance de la facturación electrónica a los municipios en los que aún no se ha adoptado dicho mandato.

Es esencial añadir que se mantendrán los requisitos de compensación para la facturación electrónica en Brasil, lo que significa que las empresas seguirán teniendo que cumplir con las normas de compensación de facturas en tiempo real con la autoridad fiscal.

¿Qué es lo que sigue?

La propuesta de ley aún está en fase de discusión y seguirá a la Comisión Constitucional de Justicia y Ciudadanía (CCJC) para su aprobación y posibles modificaciones antes de la votación en el Congreso. Hasta entonces, el cumplimiento de las normas de facturación electrónica en todo Brasil sigue siendo un reto.

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En nuestro artículo anterior, Optimización de la gestión de la cadena de suministro: Consideraciones clave sobre la importación B2B , analizamos la posibilidad de que los proveedores británicos establecieran un almacén en la UE para facilitar las entregas a los clientes. En este artículo, analizamos esta solución con mayor profundidad, de nuevo desde la perspectiva de las transacciones B2B.

Ventajas e inconvenientes de crear un establecimiento permanente en la UE

Cuando se pretende crear un almacén en la UE, lo primero que hay que considerar es si el almacén creará un establecimiento permanente (EP) o no. El concepto de establecimiento permanente es un concepto de fiscalidad directa, pero la creación de uno puede tener consecuencias en materia de IVA si ese establecimiento permanente se considera también un establecimiento fijo.

La OCDE define un establecimiento permanente como un lugar fijo de negocios a través del cual se lleva a cabo total o parcialmente la actividad de una empresa.

La UE define un establecimiento permanente como la presencia permanente de los recursos humanos y técnicos necesarios para facilitar un suministro.

Sin embargo, la tendencia al almacenamiento local, a las entregas “justo a tiempo”, a la economía colaborativa con contratistas locales y a otros desarrollos están haciendo que las autoridades fiscales adapten estas definiciones.

Por ejemplo, en lo que respecta al almacenamiento, la opinión tradicional es que un contribuyente tendría que poseer o arrendar un almacén y emplear al personal para que se considere un establecimiento fijo a efectos del IVA. Sin embargo, una autoridad fiscal ha dictaminado que también puede crearse un establecimiento permanente cuando un depositario pone una zona definida dentro de un almacén a disposición exclusiva de un contribuyente y también proporciona el personal del almacén.

La creación de un establecimiento permanente de este tipo, que también se considera un establecimiento fijo, tendrá tanto ventajas como inconvenientes. En el lado positivo, el proveedor estará obligado a aplicar el IVA a las ventas locales en las que intervenga el establecimiento fijo, y el registro del IVA puede utilizarse para deducir el IVA de importación pagado. Además, es posible que el proveedor no tenga que designar a un agente de aduanas indirecto para que actúe como declarante de las importaciones. En el lado negativo, la empresa incurrirá en el IVA local en algunos suministros que, de otro modo, atraerían una inversión del sujeto pasivo en el Reino Unido y pueden ser objeto de un impuesto directo.

Como este es un blog sobre el IVA, no nos detendremos en lo anterior, pero está claro que el posible uso de un almacén es una consideración en la configuración de la cadena de suministro.

A la hora de decidir si se establece un almacén en la UE y dónde, hay que tener en cuenta varias consideraciones. A efectos de este blog, consideraremos en primer lugar a un proveedor del Reino Unido que desea establecer un almacén para dar servicio a sus clientes en España.

España considera que un almacén de terceros puede constituir un establecimiento permanente cuando el proveedor tiene acceso exclusivo a una zona definida del almacén. Por lo tanto, será importante revisar cuidadosamente el contrato de almacén para ver las consecuencias del IVA antes de firmarlo.

Inversión del sujeto pasivo e IVA a la importación

En España se aplica la inversión del sujeto pasivo a las ventas nacionales entre empresas. Por lo tanto, un proveedor del Reino Unido que importe bienes a España y realice únicamente ventas nacionales entre empresas no estará obligado a repercutir el IVA local. Tampoco habrá obligación de presentar una declaración de IVA local y, por tanto, el IVA a la importación se recuperará a través de la Directiva 13 . Esto supondrá potencialmente un importante flujo de caja negativo.

Para evitarlo, el proveedor británico podría cambiar el lugar de importación de las mercancías de la siguiente manera:

Cuando se envían las mercancías a España, la importación se realiza en Francia. El proveedor británico declarará las mercancías para su importación en Francia y, a continuación, comunicará una transferencia de mercancías propias de Francia a España cuando las mercancías lleguen al almacén español. Si las mercancías se trasladan en camión, esto no debería suponer un gran problema.

Desde el 1 de enero de 2022, Francia tiene la obligación de revertir el IVA a la importación, por lo que no hay problema en recuperar el IVA a la importación pagado siempre que se cumplan las condiciones. El proveedor necesitará un número de IVA francés para informar de un envío desde Francia e informar de una adquisición en España. El proveedor también necesitará un número de IVA español para declarar las adquisiciones, pero no tendrá que presentar una declaración de IVA, ya que todas las ventas desde el almacén español están sujetas a la inversión del sujeto pasivo ampliada.

Otra posibilidad es importar las mercancías a un almacén francés desde el que el proveedor británico pueda realizar entregas intracomunitarias a sus clientes españoles, evitando así la necesidad de un número de IVA español y la necesidad de presentar una declaración de SII en caso de que se supere el umbral.

El IVA es un impuesto sobre las transacciones, y una vez que se ha realizado una transacción, no se puede deshacer. Por lo tanto, es importante comprender plenamente las consecuencias del IVA de una transacción propuesta antes de firmar un contrato. Una vez firmado el contrato, las partes están comprometidas con las consecuencias del IVA, a menos que el contrato pueda renegociarse antes de que se envíen las mercancías. Una vez enviada la mercancía, las consecuencias del IVA se cristalizan y no pueden modificarse.

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Como organización global con expertos en fiscalidad indirecta en todas las regiones, nuestro equipo especializado suele ser el primero en conocer los nuevos cambios normativos y las últimas novedades en los regímenes fiscales de todo el mundo, para ayudarle en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Hablamos con Russell Brown, director senior de consultoría de IPT, sobre la consultoría de IPT de Sovos, el apoyo a los equipos fiscales y su opinión sobre el futuro del IPT.

¿Puede hablarme de su función y de lo que implica?

Dirijo la práctica de consultoría del Impuesto sobre las Primas de Seguros (IPT) dentro de Sovos. Nos encargamos de asesorar, sobre todo a los clientes que cumplen con la normativa, sobre cuestiones fiscales de los distintos tipos de seguros que suscriben en países de la UE y de fuera de ella. Aportamos claridad sobre los tipos impositivos aplicables y sus requisitos de cumplimiento en varios países, así como sobre la localización de las consultas de riesgo.

Una de mis principales responsabilidades es revisar y aprobar los informes redactados por los consultores del equipo. También ayudo a nuestro equipo de ventas con los clientes interesados en registrarse en el IPT en diferentes países. Esto implica discutir los seguros que ofrece el cliente y los países implicados y ayudar a incorporar nuevos clientes. También participo en la redacción de blogs y artículos regulares sobre IPT en una variedad de temas, y en seminarios web y otros eventos para clientes en los que discutimos una amplia gama de temas de IPT en todo el mundo.

También asistimos al equipo de servicios gestionados de cumplimiento con cualquier pregunta de sus clientes con la que necesiten ayuda. Esto puede incluir referencias legislativas o simplemente la confirmación de los tipos impositivos.

¿Puede hablarnos de la consultoría IPT de Sovos y de los proyectos típicos a los que ayuda?

La respuesta corta es que ayudamos a las aseguradoras en sus consultas sobre el cumplimiento de la IPT, pero eso puede variar de un proyecto a otro.

Un proyecto típico para el equipo de consultores sería que un cliente se dirigiera a nosotros y dijera: “Estamos pensando en suscribir este tipo de póliza de seguros en 10 países. ¿Podría decirnos todos los impuestos y tipos impositivos que se aplican, quién asume el coste de esos impuestos y cómo se calculan? ¿Podría también orientarnos sobre los requisitos de cumplimiento en cada país?”. Esto puede ser para países de la UE y de fuera de la UE.

Otro proyecto común es el de examinar las pólizas de seguro y confirmar el tipo de seguro para asegurarse de que se grava correctamente o examinar la localización del riesgo para un tipo de seguro. Esto implica analizar una póliza de muestra del cliente para confirmar cuál es el riesgo asegurable, de modo que se apliquen las normas correctas de tributación en los países pertinentes.

Los clientes de Sovos IPT tienden a tratar con seguros no de vida; a menudo se nos pide que analicemos pólizas de propiedad o riesgos de responsabilidad civil. España, Francia, Portugal y Bélgica son los países sobre los que más nos preguntan debido a sus complicados regímenes de IPT y tasas parafiscales y a sus diferentes tipos.

También nos preguntan por los seguros no admitidos. Por ejemplo, si una compañía suscribe un seguro pero no tiene licencia en ese país, puede tener preguntas sobre cómo se calculan los impuestos, quién es responsable de los mismos, quién debe liquidarlos, etc. Estas preguntas suelen provenir de aseguradoras no pertenecientes al EEE que suscriben pólizas en países del EEE.

Los corredores son otro tipo de clientes con los que tratamos, o como parte de las discusiones con las aseguradoras cuando hay dudas sobre quién es responsable de liquidar los impuestos sobre las primas. En estos casos podemos asesorar tanto a la aseguradora como al corredor.

¿Dónde necesitan apoyo los equipos fiscales y cómo ayuda Sovos?

Los equipos fiscales quieren tener la certeza de que están cobrando los impuestos correctos, y de que están cumpliendo con la liquidación de esos impuestos con las autoridades de los países pertinentes. Ahí es donde entramos nosotros, proporcionando orientación e informes. Hemos recibido comentarios de clientes que dicen que los informes han sido especialmente útiles para mostrar a los altos cargos que se está cumpliendo con los impuestos. Los informes son también un documento importante para tener en el archivo que demuestra que hubo un problema identificado y que recibieron asesoramiento externo. Es importante que los altos directivos y los auditores internos y externos tengan constancia de esta actividad. Si las autoridades fiscales hacen alguna pregunta a un equipo fiscal, pueden aportar pruebas.

Solemos trabajar con los equipos fiscales en las fases de planificación, cuando una organización quiere identificar cualquier problema fiscal potencial con antelación para garantizar que los sistemas estén actualizados y sean conformes desde el primer día.

¿Qué opina sobre el panorama de la IPT y su futuro?

Tengo algunas ideas.

La primera es sobre Las leyes de IPT de Alemania. Cuando el país cambió su ley sobre el IPT a finales de 2020, la autoridad amplió el alcance de quiénes podrían ser potencialmente gravados por el IPT alemán. Se pensó que otros países de Europa podrían intentar hacer lo mismo, siendo los Países Bajos un buen ejemplo en el que la legislación actual lo permite potencialmente en determinadas circunstancias. Pero como la aplicación de la ley alemana no fue la más exitosa, existe la sensación de que es poco probable que otros países sigan este camino por el momento.

También se plantea la cuestión de si se suprimirá o no el IPT en el Reino Unido y se sustituirá por el IVA. El gobierno está iniciando una consulta sobre el IVA en los servicios financieros, y es probable que esta propuesta se incluya en las discusiones entre el HMT, el HMRC y el mercado de los seguros, incluyendo tanto a las aseguradoras como a los corredores. Esta consulta durará probablemente un par de años, por lo que no conoceremos los resultados hasta dentro de un tiempo, y es posible que cualquier decisión al respecto se retrase por el momento de las próximas elecciones generales.

También está el debate sobre la digitalización del IPT. Últimamente no ha habido mucho movimiento al respecto. Irlanda está en proceso de digitalización y Francia iba a seguir su ejemplo, pero lo ha pospuesto hasta el año que viene. Ya estamos ayudando a nuestros clientes a poseer la capacidad de presentar el IPT en línea cuando esto se convierta en un requisito.

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En la Unión Europea, las normas del IVA relativas a las entregas de bienes, así como a las prestaciones de servicios “tradicionales” entre dos partes, están bien definidas y establecidas. Sin embargo, los servicios entre iguales facilitados por una plataforma no siempre se ajustan a las categorías establecidas en la Directiva del IVA de la UE (Directiva 2006/112/CE del Consejo). Existen ambigüedades en torno a la naturaleza del servicio prestado por el operador de la plataforma y al estatus, a efectos fiscales, del proveedor individual del servicio (es decir, un conductor de un servicio de transporte compartido o un individuo que ofrece su propiedad en alquiler en un mercado en línea). Esto supone un reto único para los responsables de la política del IVA.

La Comisión Europea ha abierto recientemente una consulta pública sobre el IVA y la economía de plataforma para abordar estas cuestiones. Ya hemos hablado de otras iniciativas propuestas por la Comisión, como el registro único del IVA en la UE y la declaración del IVA y la facturación electrónica . En este blog se analizarán los retos subyacentes a los que se enfrentan los responsables políticos y las propuestas específicas expuestas en la consulta, que podrían afectar de forma significativa a los operadores y usuarios de plataformas digitales.

Las plataformas digitales y la legislación vigente sobre el IVA

Una cuestión previa al tratamiento del IVA de las plataformas digitales es si la plataforma se limita a poner en contacto a vendedores individuales con clientes individuales -es decir, si actúa como intermediario- o si presta activamente un servicio independiente al cliente. Esta cuestión es importante porque los servicios prestados a una persona que no es sujeto pasivo por un intermediario, de conformidad con el artículo 46 de la Directiva del IVA, se imputan al lugar de la operación subyacente.

En cambio, los servicios prestados a una persona que no es sujeto pasivo en nombre de un contribuyente se imputan en el lugar donde se encuentra el proveedor o, en determinadas circunstancias, en el lugar donde se encuentra el cliente. El hecho de que una plataforma concreta actúe como intermediario puede ser muy específico y depender, por ejemplo, del nivel de control ejercido por la plataforma sobre los precios o la conducta del usuario .

Para complicar aún más las cosas, existen posibles ambigüedades en relación con el IVA:

  1. Si los operadores de plataformas actúan como agentes revelados o no revelados de vendedores individuales, o
  2. Si los servicios de los operadores de plataformas, en la medida en que no son servicios de intermediación, se prestan por vía electrónica y, por lo tanto, se dirigen a la ubicación del cliente.

Una última fuente de ambigüedad es si un prestador de servicios individual tiene la condición de sujeto pasivo cuando realiza únicamente prestaciones ocasionales; esto podría plantear la cuestión de si dichas prestaciones estarían sujetas al IVA.

Estas ambigüedades suponen un reto evidente para la coherencia del tratamiento del IVA de las plataformas en todos los Estados miembros.

Soluciones propuestas

En el marco de su consulta pública sobre “El IVA en la era digital“, la Comisión de la UE ha propuesto varias soluciones a los retos mencionados. De ellas, tres propuestas abordan directamente la naturaleza ambigua de los servicios prestados a través de plataformas:

  1. Una “aclaración” en toda la UE de la naturaleza de los servicios prestados por los operadores de plataformas
  2. Presunción iuris tantum para los proveedores de servicios que utilizan plataformas
  3. Un “régimen de proveedor considerado” para las plataformas digitales, similar al que existe ahora para las plataformas que facilitan el suministro de bienes

El objetivo de estas propuestas es proporcionar directrices claras a los Estados miembros sobre cómo deben clasificarse los servicios de plataforma y, por tanto, qué normas de IVA deben aplicarse en virtud de la Directiva. Quizá la más directa sea la propuesta de “proveedor considerado”, que atribuiría la responsabilidad del IVA a los operadores de plataformas en determinadas circunstancias.

Ya existe un “régimen de proveedor considerado” para las plataformas que facilitan la venta de bienes de bajo valor en la UE, por lo que es probable que la Comisión considere seriamente esta opción. En particular, la consulta pública solicitó comentarios sobre tres permutaciones diferentes del régimen de proveedor considerado, que sólo difieren en el alcance de los servicios cubiertos.

Sea cual sea la dirección que tome finalmente la UE, está claro que se avecina un cambio importante para las plataformas digitales. Los operadores y usuarios de las plataformas deben prestar mucha atención a estas consultas en curso en los próximos meses.

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Los gobiernos de todo el mundo están introduciendo sistemas de control continuo de las transacciones (CTC) para mejorar y reforzar la recaudación del IVA al tiempo que combaten la evasión fiscal. Rumanía, con la mayor brecha de IVA de la UE (34,9% en 2019), es uno de los países que más rápido está avanzando en la introducción de CTC. En diciembre de 2021 el país anunció el uso obligatorio del sistema RO e-Factura para los productos de alto riesgo fiscal en las transacciones B2B a partir del 1 de julio de 2022, y ya ahora están dando el siguiente paso.

Sistema RO e-Transport

El Ministerio de Finanzas ha publicado recientemente un proyecto de Ordenanza de Emergencia (Ordenanza) que introduce un sistema obligatorio de transporte electrónico para el control de determinadas mercancías en el territorio nacional a partir del 1 de julio de 2022. El sistema RO e-Transport estará interconectado con los sistemas informáticos existentes a nivel del Ministerio de Finanzas, la Agencia Nacional de Administración Fiscal (ANAF) o la Autoridad Aduanera Rumana.

Según el proyecto de Ordenanza, el transporte de productos de alto riesgo fiscal se declarará en el sistema e-Transport con un máximo de tres días naturales de antelación al inicio del transporte, antes del movimiento de las mercancías de un lugar a otro.

La declaración incluirá lo siguiente:

El sistema generará un código único (código UIT) tras la declaración. Este código debe acompañar a las mercancías que se transportan, en formato físico o electrónico con el documento de transporte. Las autoridades competentes verificarán la declaración y las mercancías en las rutas de transporte.

La primera pregunta que se plantea es cuál es la definición de productos de alto riesgo fiscal. El Ministerio de Finanzas rumano ya había establecido una lista de productos de alto riesgo fiscal para el uso obligatorio del sistema RO e-Factura. Sin embargo, aún se desconoce si la lista de productos de alto riesgo fiscal será la misma. El Ministerio de Finanzas establecerá una orden posterior que defina los productos de alto riesgo fiscal en los próximos días.

Si el transporte incluye tanto mercancías de alto riesgo fiscal como otras mercancías que no están en la categoría de alto riesgo fiscal, todo el transporte debe declararse en el sistema RO e-Transport.

¿Qué transportes entran en el ámbito de aplicación?

El sistema RO e-Transport se establece para controlar el transporte de mercancías de alto riesgo en el territorio nacional.

Esto incluye lo siguiente:

El transporte de mercancías destinadas a misiones diplomáticas, oficinas consulares, organizaciones internacionales, fuerzas armadas de Estados miembros extranjeros de la OTAN o como resultado de la ejecución de contratos, no están en el ámbito del sistema RO e-Transport.

¿Qué pasa después?

Se espera que el proyecto de ordenanza se publique en el boletín oficial en los próximos días. Tras la publicación, el Ministerio de Finanzas establecerá órdenes posteriores para definir las categorías de vehículos de carretera y la lista de productos de alto riesgo fiscal para el sistema RO e-Transport. Además, a partir del 1 de julio de 2022, el uso del sistema RO e-Transport será obligatorio para el transporte de productos de alto riesgo fiscal.

El incumplimiento de las normas relativas al sistema e-Transport dará lugar a una multa que alcanzará los 50.000 LEI (aproximadamente 10.000 euros) para las personas físicas y los 100.000 LEI (aproximadamente 20.000 euros) para las personas jurídicas. Además, se confiscará el valor de las mercancías no declaradas.

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El ámbito del Impuesto sobre las Primas de Seguros (IPT) ha ido normalmente a la zaga de otros impuestos en lo que respecta a la presentación digital. Hasta hace poco, había varios países de la Unión Europea (UE) en los que todavía había que enviar físicamente las declaraciones en papel a la autoridad fiscal correspondiente. Esta práctica se mantiene en algunos casos. Sin embargo, recientemente se han producido algunos avances significativos en algunos países hacia la digitalización del IPT. Aprovecharemos esta oportunidad para ofrecer un resumen.

Francia

La presentación del IPT se había fijado para pasar a ser en línea con efecto de la declaración de enero de 2022 presentada en febrero de 2022, pero esto se pospuso a enero de 2023 con poco aviso. Dado que muchas aseguradoras ya están preparadas para la presentación en línea, solicitamos a la autoridad fiscal que nos aclare si será posible presentar la declaración en línea de forma voluntaria antes del nuevo plazo.

ALEMANIA

Aunque la capacidad de hacer presentaciones en línea del IPT y del Impuesto sobre el Cuerpo de Bomberos (FBT) ha estado previamente disponible para aquellos aseguradores que lo deseen, la presentación en línea se convirtió en obligatoria para todas las declaraciones realizadas a partir del 1 de enero de 2022, independientemente del período que se presente. Este requisito significa que las declaraciones en papel ya no se aceptan como presentaciones válidas y no serán consideradas por la autoridad fiscal.

IRLANDA

Como se confirmó anteriormente, el régimen fiscal de primas de Irlanda, consistente en la tasa gubernamental, las contribuciones al Fondo de Compensación de Seguros y el impuesto sobre actos jurídicos documentados, se trasladará al Servicio de Ingresos en Línea (ROS) de la autoridad. La primera declaración para la que será obligatorio el uso de ROS es el período del primer trimestre de 2022, con una fecha límite del 25 de abril de 2022. Entendemos que la autoridad fiscal consolidará estos impuestos en una sola declaración de impuestos.

Muchos de nuestros clientes sabrán que estamos en proceso de configurarlos en el ROS para asegurarnos de que puedan presentar sus impuestos de manera satisfactoria teniendo en cuenta este plazo, y también estamos en contacto regular con la autoridad pertinente.

ESLOVENIA

Muchas aseguradoras recibieron correspondencia de la autoridad fiscal eslovena a finales de 2021 sobre el uso de su portal eDavki . En la actualidad, la autoridad ha confirmado que no es obligatorio utilizar este portal para presentar las declaraciones de IPT y FBT. Sin embargo, puede utilizarse para contactar con cada aseguradora en caso necesario. No obstante, la difusión de esta correspondencia por parte de la autoridad podría indicar que podría ser obligatoria para las presentaciones en el futuro, especialmente porque ya es obligatorio declarar otros impuestos de esta manera. Al igual que con cualquier cambio previsible que pueda afectar al cumplimiento del IPT, esto es algo que vigilaremos en el futuro.

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La iniciativa de la Comisión Europea “VAT in the Digital Age” reflexiona sobre cómo las autoridades fiscales pueden utilizar la tecnología para luchar contra el fraude fiscal y, al mismo tiempo, modernizar los procesos en beneficio de las empresas.

A principios de este año se puso en marcha una consulta pública en la que la Comisión agradece los comentarios sobre las opciones políticas para las normas y procesos del IVA en una UE económica digitalizada. En una entrada anterior del blog, Sovos exploró los aspectos de un registro único del IVA en la UE . Es una de las principales iniciativas propuestas por la Comisión para adaptar el marco del IVA de la UE a la era digital. Otra cuestión fundamental son las obligaciones de notificación del IVA y la facturación electrónica, que se analizan en este blog.

Requisitos de los informes digitales

La Comisión ve la necesidad de modernizar las obligaciones de notificación del IVA y está estudiando la posibilidad de ampliar la facturación electrónica. La Comisión introdujo el término “requisitos de información digital” para designar cualquier obligación de notificación de datos sobre transacciones que no sea la obligación de presentar una declaración del IVA, es decir, la notificación transacción por transacción. Esto significa que los requisitos de información digital incluyen varios tipos de requisitos de información sobre transacciones (por ejemplo, el listado del IVA, el archivo estándar de auditoría/SAF-T, la información en tiempo real) y requisitos obligatorios de facturación electrónica.

Estas medidas se han aplicado de diversas maneras en los distintos Estados miembros de la UE en los últimos dos años, lo que ha dado lugar a una diversidad de normas y requisitos para la declaración del IVA y la facturación electrónica en toda la UE. La actual iniciativa de la Comisión es una oportunidad para que la UE consiga una armonización en este ámbito. En su consulta pública se pide información sobre el camino a seguir.

El camino hacia la armonización

La consulta pública contiene varias opciones políticas a considerar. Una de ellas sería dejar las cosas como están actualmente, sin armonización y con la necesidad de que los Estados miembros sigan solicitando una excepción si quieren introducir la facturación electrónica obligatoria. En el otro extremo de la escala, otra opción sería introducir la plena armonización de la información sobre las transacciones del IVA, tanto para las transacciones intracomunitarias como para las nacionales.

Y entre estos extremos, hay otras vías. En lugar de hacer obligatoria una solución armonizada, ésta podría ser simplemente recomendada y voluntaria, junto con la supresión de la necesidad de solicitar una excepción antes de introducir los mandatos de facturación electrónica B2B. Otra vía es hacer que los contribuyentes conserven todos los datos de las transacciones y los pongan a disposición de las autoridades que los soliciten. Y una última opción podría ser adoptar una armonización parcial en la que la declaración del IVA para todas las entregas intracomunitarias se alinee y sea obligatoria, pero en la que a nivel nacional siga siendo opcional.

Si bien estas opciones políticas permanecen formalmente abiertas a consulta pública hasta el 5 de mayo aquí, deben considerarse ahora a la luz de la resolución del Parlamento Europeo de 10 de marzo de 2022 con recomendaciones a la Comisión sobre una fiscalidad justa y sencilla que apoye la estrategia de recuperación.

En su resolución, el Parlamento Europeo pide a la Comisión que adopte medidas relativas a la facturación electrónica y la presentación de informes, para reducir la brecha fiscal y los costes de cumplimiento. Entre las medidas recomendadas está la de establecer sin demora una norma común armonizada para la facturación electrónica en toda la UE y establecer el papel de la facturación electrónica en los informes en tiempo real. Además, el Parlamento Europeo propone que la Comisión explore la posibilidad de una introducción gradual de la facturación electrónica obligatoria para 2023, en la que los sistemas operados por el Estado o certificados deberían administrar la emisión de facturas. En ambos casos hay que centrarse en una reducción significativa de los costes de cumplimiento, especialmente para las PYME.

Queda por ver cómo conseguirá la Comisión alinear las recomendaciones del Parlamento Europeo con sus opciones políticas y los Estados miembros, donde en varios casos ya se han aplicado soluciones.

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Making Tax Digital para el IVA – Expansión

A partir de abril de 2022, los requisitos de Making Tax Digital (MTD) para el IVA se ampliarán a todas las empresas registradas en el IVA. MTD para el IVA ha sido obligatorio para todas las empresas con una facturación anual superior al umbral de registro del IVA de 85.000 libras esterlinas desde abril de 2019. Como resultado, se espera que la expansión de este año afecte a las empresas más pequeñas cuya facturación está por debajo del umbral pero que, sin embargo, están registradas en el IVA del Reino Unido.

Qué es MTD para el IVA – Un repaso

Bajo MTD, las empresas deben presentar digitalmente las declaraciones de IVA utilizando un “software funcional compatible” que pueda conectarse a la API de HMRC. Las empresas también deben utilizar un software para mantener registros digitales de los documentos específicos relacionados con el IVA. Los registros almacenados deben incluir “datos designados”, como el nombre de la empresa y el número de IVA, detalles sobre las ventas y las compras, y datos resumidos del IVA para el período. Se permite el uso de varios programas informáticos. Por ejemplo, las empresas pueden utilizar programas de contabilidad para almacenar registros digitales. Además, se puede utilizar un “software puente” para establecer la conexión con la API de HMRC y presentar las declaraciones de IVA.

A partir de abril de 2021, las empresas también deben cumplir con el requisito de los enlaces digitales. En virtud de este requisito, se requiere un enlace digital siempre que una empresa utilice varios programas informáticos para almacenar y transmitir sus registros y declaraciones del IVA con arreglo a los requisitos del MTD. Se produce un enlace digital cuando se puede realizar una transferencia o un intercambio de datos por vía electrónica entre programas informáticos, productos o aplicaciones, sin necesidad ni participación de ninguna intervención manual.

Caducidad del tipo reducido de hostelería

En 2020, en respuesta a la pandemia de COVID-19, el gobierno británico introdujo un tipo reducido del 5% sobre determinados servicios de hostelería. Este tipo reducido se incrementó al 12,5% a partir del 1 de octubre de 2021. Actualmente está previsto que el tipo reducido expire a finales de marzo. En consecuencia, los siguientes servicios volverán a tributar al tipo normal a partir de abril:

En noviembre de 2021, la Cancillería del Primer Ministro de Bélgica publicó un Proyecto de Real Decreto con el objetivo de ampliar el ámbito de aplicación del actual mandato de facturación electrónica para determinadas transacciones entre empresas y gobiernos (B2G) mediante la aplicación de la facturación electrónica obligatoria para todas las transacciones con las administraciones públicas en Bélgica. Esta obligación ya existía para los proveedores de las entidades públicas centralizadas de determinadas regiones (Bruselas, Flandes, Valonia). Sin embargo, en adelante, incluirá a todas las entidades públicas de todas las regiones belgas.

Un enfoque gradual

Más concretamente, la implantación de la emisión obligatoria de facturas electrónicas por parte de los proveedores de las instituciones públicas en Bélgica se llevará a cabo con el siguiente enfoque gradual:

Como resultado de la transposición de la Directiva 2014/55/UE, todos los organismos gubernamentales belgas ya están obligados a poder recibir y procesar facturas electrónicas dentro de la contratación pública. Esta nueva legislación nacional amplía el ámbito de aplicación de la Directiva y obliga a la emisión de facturas electrónicas por parte de todos los proveedores del gobierno federal.

El viaje continúa hacia un mandato de facturación electrónica B2B

Estos desarrollos B2G no son el final de la historia. Son sólo el principio. El ministro belga de Finanzas, Vincent Van Peteghem, anunció en octubre de 2021 que el gobierno tiene la intención de ampliar la actual obligación de facturación electrónica B2G para cubrir también las transacciones B2B. Sin embargo, las fuentes oficiales aún no han comunicado información formal que especifique los detalles del mandato y su posterior aplicación. El rumor dice que una propuesta legislativa para el mandato de facturación electrónica B2B se iba a publicar durante 2022 y que el proceso de implementación se produciría en 2023.

Sin embargo, teniendo en cuenta la Resolución del Parlamento Europeo de la semana pasada que favorece fuertemente la facturación electrónica armonizada y obligatoria en la UE, es probable que Bélgica se mantenga a la expectativa al menos hasta que la Comisión presente una propuesta sobre cómo gestionar la facturación electrónica y la presentación de informes en la Unión.

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El registro del Impuesto sobre las Primas de Seguros (IPT) ante las autoridades fiscales de toda Europa puede resultar difícil y complejo, especialmente cuando se trata de varios territorios. Hay muchos elementos que las empresas deben tener en cuenta a la hora de registrarse para el IPT. ¿Cuáles son los documentos justificativos necesarios? ¿Quién puede firmar? ¿Es necesario legalizar los documentos? ¿Hay un proceso de dos pasos? Estas son solo algunas de las preguntas que puede hacerse durante el proceso de registro.

Basándonos en los problemas más comunes que nos encontramos con nuestros clientes de IPT, hemos reunido nuestros cinco consejos principales para facilitar el proceso de registro de IPT:

Es probable que su empresa ya esté haciendo negocios en los territorios en los que debe registrarse. Por lo tanto, es importante que el registro se complete rápidamente para evitar las sanciones que pueden imponer algunas autoridades fiscales. Le recomendamos que firme y devuelva los documentos lo antes posible para evitar estas complicaciones.

Las autoridades fiscales europeas son muy específicas con sus requisitos, y dependiendo del Estado miembro de la UE, las normas pueden ser diferentes. Por lo general, los documentos justificativos deben estar fechados en los últimos seis meses y ser claramente legibles. Algunas autoridades fiscales exigen que los documentos estén certificados por un notario y apostillados, otras aceptan la firma electrónica y otras no. El proceso de registro puede retrasarse cuando los documentos justificativos son incorrectos, o las plantillas se rellenan de forma incorrecta. Para evitar retrasos en la presentación de su registro, asegúrese de prestar mucha atención a las instrucciones proporcionadas.

Aunque alguna información solicitada puede parecer intrusiva y personal, siempre hay una razón para la solicitud. Nunca le pediremos que proporcione nada más que lo que las autoridades fiscales requieren para completar un registro de IPT. Sus datos personales se tratan siempre con la más estricta confidencialidad y seguridad y cumplen con las normas del GDPR.

Los plazos para el registro del IPT en los Estados miembros de la UE pueden variar. Algunas autoridades fiscales, como Alemania, confirman el registro en el plazo de una semana desde su presentación, mientras que Grecia puede tardar entre 8 y 12 semanas. No se preocupe si su registro no se confirma tan rápido como esperaba.

Queremos que su registro se realice de la manera más eficiente y rápida posible. Si tiene alguna duda, su representante de registro está siempre dispuesto a ayudarle. Podemos responder a sus preguntas por correo electrónico o concertar una llamada para repasar todo el proceso si así lo prefiere.

Los servicios gestionados de IPT de Sovos ofrecen el apoyo de nuestro equipo de expertos mediante un software que se actualiza en tiempo real. Además, nuestro equipo de especialistas en regulación supervisa e interpreta las regulaciones globales de IPT, para que usted no tenga que hacerlo.

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El 10 de marzo, el Parlamento Europeo (PE) adoptó una Resolución sobre el Plan de Acción de la Comisión para una fiscalidad justa y sencilla en apoyo de la estrategia de recuperación, que establece 25 iniciativas relacionadas principalmente con el Impuesto sobre el Valor Añadido de la Unión Europea (IVA de la UE). El documento incluye varias consideraciones generales y recomendaciones a la Comisión para la propuesta de revisión de la Directiva del IVA (“El IVA en la era digital”) para 2022.

Cambios en la política fiscal del IVA de la UE

La resolución del PE aborda los importantes retos de la política fiscal del IVA de la Unión Europea (UE) y presta especial atención a la simplificación, modernización y armonización de dichas normas mediante la adopción uniforme de herramientas tecnológicas en todos los Estados miembros, incluidos los requisitos y mandatos de facturación digital y electrónica.

La resolución actualizada pone de manifiesto la preocupación por la falta de apoyo suficiente por parte del Consejo en relación con el régimen definitivo del IVA, es decir, el cambio del principio de origen al de destino, que aún está pendiente de aplicación. En este sistema, el IVA se recaudará en el lugar de destino, dejando atrás las complejas normas del régimen transitorio del IVA.

Retos de la política fiscal del IVA en la UE

También se planteó la preocupación por la complejidad de las múltiples normativas fiscales en toda la UE y las limitaciones que ello conlleva, sobre todo para el cumplimiento de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y para aquellas vulnerables al fraude. A estos factores se suman los elevados costes que soportan las empresas para ajustarse a la multitud de requisitos legislativos de las distintas jurisdicciones. El Parlamento hace un llamamiento urgente para que se avance de forma coherente hacia un sistema de IVA más sencillo y moderno.

Hacia la simplificación de la declaración del IVA

Más concretamente, el PE calificó de “máxima importancia” los esfuerzos de la Comisión por armonizar las normas de procedimiento en toda la UE y fomentar una mayor cooperación entre las autoridades fiscales y las empresas a través del programa de cumplimiento de la UE “Cooperativa”.

El objetivo de varios puntos era utilizar la tecnología como medio eficaz para un cumplimiento fiscal sencillo y moderno. La digitalización del IVA se acogió con gran satisfacción como medio para un cumplimiento moderno y simplificado del IVA, en el que los Estados miembros deben utilizar la información en tiempo real o casi real y la facturación electrónica de manera uniforme y armonizada en todas las jurisdicciones de la UE.

En el mismo sentido, se recomendó que la autoridad fiscal recopile los datos una sola vez, con la máxima protección y respeto a la legislación sobre seguridad de los datos, y que utilice la inteligencia artificial (IA) y diversos programas informáticos para garantizar la máxima eficacia en el uso y la seguridad de los datos. La adopción de requisitos de digitalización mejorará la seguridad, prevendrá y combatirá el fraude y aumentará la cooperación administrativa entre los Estados miembros.

La resolución también se centraba en la nueva agenda empresarial y fiscal de la Unión, apoyando el diseño de un nuevo y único libro de normas sobre el impuesto de sociedades de la Unión, que debería reflejar las negociaciones del Pilar 1 de la OCDE (reasignación de derechos fiscales) y del Pilar 2 (impuesto mínimo sobre los beneficios de las empresas).

Estas recomendaciones deberán ir seguidas de la presentación por parte de la Comisión Europea de una o varias propuestas legislativas antes de 2022/2023.

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