Actualización: 8 de marzo de 2023 por Kelly Muniz

España lanza consulta pública para la factura electrónica obligatoria B2B

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha lanzado una consulta pública sobre el próximo mandato de facturación electrónica B2B.

El mandato permitirá a los ciudadanos participar en la elaboración de normas antes de su desarrollo. Esta consulta pública se realiza a través del portal web del departamento competente y todos los interesados tienen hasta el 22 de marzo de 2023 para enviar sus comentarios.

Sobre la base de los comentarios recibidos, el gobierno desarrollará y aprobará el marco regulatorio necesario de acuerdo con la ley que adopta la facturación electrónica B2B obligatoria, publicada el 29 de septiembre de 2022.

La consulta pública consta de 32 preguntas específicas sobre siete áreas diferentes que abordará el marco regulatorio. Estas áreas son:

Puede encontrar el texto oficial de la consulta pública aquí.

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Actualización: 16 de septiembre de 2022 por Víctor Duarte

El Congreso español aprueba la factura electrónica B2B obligatoria

El Congreso de España ha aprobado la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, y se espera que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los próximos días.

Esta Ley también modifica Ley 56/2007 de Medidas de Impulso a la Información para adoptar la obligatoriedad de la emisión de factura electrónica para todos los empresarios y profesionales en sus relaciones comerciales.

Introducción de la facturación electrónica obligatoria en España para el sector privado

Según esta Ley, todos los empresarios y profesionales deben emitir, enviar y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales. Además, el destinatario y el remitente de las facturas electrónicas deben proporcionar información sobre el estado de las mismas.

Las principales normas de la Ley relacionadas con la facturación electrónica establecen que:

El proceso de acreditación de la interconexión y la interoperabilidad de las plataformas será determinado por la normativa en una fase posterior.

Obligaciones adicionales de facturación electrónica para determinados sectores

La ley establece que las empresas que prestan determinados servicios a los consumidores finales deben emitir y enviar facturas electrónicas en sus relaciones con los particulares que acepten recibirlas o que las hayan solicitado explícitamente. Esta obligación afecta a las empresas que prestan servicios de telecomunicaciones, servicios financieros, servicios de agua, gas y electricidad, entre otros sectores y actividades prescritas en el artículo 2.2 de la Ley 56/2007.

Estas empresas deben facilitar el acceso a los programas necesarios para que los usuarios puedan leer, copiar, descargar e imprimir la factura electrónica de forma gratuita sin tener que acudir a otras fuentes para obtener las aplicaciones necesarias. También deben habilitar procedimientos sencillos y gratuitos para que los usuarios puedan revocar el consentimiento dado a la recepción de facturas electrónicas en cualquier momento.

Las empresas del ámbito de aplicación que se abstengan de ofrecer a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas serán sancionadas con una advertencia o una multa de hasta 10.000 euros.

Próximo paso: marco normativo

El Gobierno desarrollará las disposiciones de esta Ley de acuerdo con la normativa, y en el ámbito de sus competencias. Por ello, los Ministerios de Economía y Transformación Digital y de Hacienda y Administraciones Públicas determinarán la información y los requisitos técnicos que deben incluirse en la factura electrónica para verificar las fechas de pago y obtener los plazos de pago.

También es necesario establecer los requisitos mínimos de interoperabilidad entre los proveedores de soluciones tecnológicas de factura electrónica, y los requisitos de seguridad, control y normalización de los dispositivos y sistemas informáticos que generan los documentos.

El Gobierno dispondrá de 6 meses desde la publicación de esta Ley en el Boletín Oficial para aprobar el marco normativo.

Entrada en vigor de la facturación electrónica B2B obligatoria en España

Las disposiciones relativas a la facturación electrónica B2B obligatoria serán efectivas en función de su volumen de negocios anual:

Esto significa que la obligación de facturación electrónica B2B podría ser efectiva para los grandes sujetos pasivos para el primer trimestre de 2024.

Es importante destacar que la entrada en vigor de la obligación de facturación electrónica B2B está sujeta a la obtención de la excepción comunitaria a los artículos 218 y 232 de la Directiva del IVA. Esta excepción es menos difícil de obtener que la que se ha concedido a otros Estados miembros como Italia, Francia y Polonia para permitirles adoptar el régimen obligatorio de facturación electrónica en sus jurisdicciones.

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La autoridad tributaria colombiana (DIAN) sigue invirtiendo en la ampliación de su sistema CTC (controles continuos de transacciones). La última actualización propone una ampliación del alcance de los documentos cubiertos por el mandato de facturación electrónica.

En este artículo abordaremos el recién publicado Proyecto de Resolución 000000 del 19-08-2022. Esto adelanta cambios importantes para los contribuyentes cubiertos por las normas de facturación electrónica obligatoria.

Este proyecto de cambios incluye una nueva obligación de emitir documentos equivalentes (documentos equivalentes) en formato electrónico, un calendario para su aplicación, la actualización de la documentación técnica y otras novedades significativas, todo lo cual requiere que los contribuyentes se preparen para cumplir.

¿Qué cambiará para las empresas colombianas con estas nuevas propuestas de facturación electrónica?

Entre los muchos cambios propuestos, el proyecto de resolución tiene como principal objetivo regular la emisión electrónica del documento equivalente.

Estos documentos corresponden a la factura de venta según la legislación colombiana, pero cubren tipos específicos de transacciones y están regulados en el proyecto de resolución, de la siguiente manera

  1. Recibo de caja generado con sistemas P.O.S.
  2. Entrada de cine
  3. Billete de transporte de pasajeros
  4. Extracto emitido por fideicomisos y compañías de fondos
  5. Billete de transporte aéreo de pasajeros
  6. Documento en juegos localizados
  7. Boleta, fracción, formulario, tarjeta, boleto o instrumento emitido en juegos de azar, que no sean juegos localizados
  8. Documento emitido para el cobro de los peajes
  9. Comprobante de liquidación de operaciones emitido por la Bolsa
  10. Documento para el funcionamiento de la bolsa agrícola y otros productos básicos
  11. Documento emitido para los servicios públicos domiciliarios
  12. Entrada a espectáculos públicos y de artes escénicas
  13. Entrada a otros espectáculos públicos

Esto significa que todos los contribuyentes sujetos al mandato de facturación electrónica colombiano que emitan uno de estos documentos equivalentes estarán obligados a hacerlo en formato electrónico, según el Anexo Técnico del Documento Equivalente Electrónico versión 1.0 (Anexo técnico del Documento Equivalente Electrónico), introducido por el proyecto.

Además, el proyecto prevé una primera regulación de los documentos electrónicos del sistema de facturación (documentos electrónicos del sistema de facturación). Son documentos que ayudan al control por parte de la autoridad tributaria y aduanera, para soportar las declaraciones tributarias o aduaneras y/o para soportar los trámites realizados ante la DIAN, en virtud de lo establecido en el inciso 1 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario.

Por último, se actualizan las especificaciones técnicas de la principal factura electrónica del sistema, la factura electrónica de venta, a la versión 1.9 (Anexo técnico de la Factura Electrónica de Venta versión 1.9).

Plazos para las propuestas de facturación electrónica de Colombia

La obligación de emitir el documento equivalente en formato electrónico se aplicará de forma gradual, según el tipo de documento equivalente. Comienza el 1 de marzo de 2023 y cubrirá todos los documentos equivalentes el 1 de julio de 2023.

También será posible una aplicación voluntaria temprana, una vez que la funcionalidad esté disponible en el sistema de la DIAN. Hasta que se cumplan los plazos para la implantación electrónica del documento equivalente, éste deberá seguir emitiéndose de acuerdo con la Resolución nº 000042 de 2020.

El proyecto también establece un calendario para la implementación de los documentos electrónicos del sistema de facturación, durante los años fiscales de 2023 y 2024. Estos documentos se regularán en los seis meses siguientes a la vigencia de la resolución oficial, así como la adopción de su anexo técnico, que no se ha presentado con el proyecto de resolución.

Por último, la propuesta establece el plazo de aplicación del Anexo Técnico de la factura de venta electrónica versión 1.9 por parte de los contribuyentes. Esto ocurrirá al menos tres meses después de su publicación oficial.

¿Qué sigue para la facturación electrónica en Colombia?

El proyecto de resolución, una vez publicado oficialmente, derogará la Resolución de la DIAN No. 000042 de 2020 en todas las disposiciones que le sean contrarias, excepto las relacionadas con los documentos equivalentes, que seguirán vigentes hasta que la DIAN establezca su implementación electrónica.

Los contribuyentes también pueden esperar una nueva legislación que regule el resto de documentos electrónicos del sistema de facturación, en los meses siguientes a la publicación oficial de este proyecto de resolución.

Hasta entonces, las empresas deben prepararse para los importantes cambios que se avecinan y ajustar sus procesos empresariales para cumplir con el nuevo mandato colombiano.

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La Dirección de Impuestos de Colombia (DIAN) se ha concentrado mucho en la ampliación de su régimen de facturación electrónica en los últimos años. La DIAN introdujo el primer cronograma de implementación obligatoria de la facturación electrónica en el país en 2018 y, desde entonces, el sistema ha ido abarcando más transacciones y contribuyentes.

En este artículo, examinaremos los dos últimos nuevos mandatos de la facturación electrónica colombiana:

  1. La introducción del documento de apoyo en compras (Documento Soporte en Aquisiciones con No Obligados a Facturar Electrónicamente) y
  2. La aplicación de un umbral para la emisión de billetes en el punto de venta (TPV).

Estas nuevas obligaciones tienen un impacto significativo y requieren ajustes por parte de los contribuyentes. Estos cambios también suponen una ampliación sustancial de la facturación electrónica colombiana para incluir transacciones totalmente nuevas en su ámbito de aplicación.

Documento de apoyo a las adquisiciones

La administración tributaria colombiana ha creado un nuevo tipo de documento electrónico, el documento de soporte para las adquisiciones de los sujetos no obligados a emitir facturas electrónicas. Este documento de apoyo y sus notas correctivas fueron introducidos por Resolución 167 de 2021. Amplía el ámbito de aplicación de la facturación electrónica para garantizar que un mayor número de transacciones entren en el mandato y permite el apoyo a las deducciones fiscales.

Los contribuyentes obligados a generar este documento electrónico son los que están bajo el régimen de facturación electrónica del país. Incluye a los sujetos pasivos del impuesto sobre la renta y complementarios y responsables del IVA cuando adquieran bienes y/o servicios de proveedores no obligados a emitir facturas electrónicas o documentos equivalentes y requieran el soporte de los costos y deducciones en las mencionadas declaraciones tributarias. Para generar el documento de apoyo, el contribuyente debe ser autorizado por la DIAN como emisor electrónico.

El documento de soporte y sus notas correctivas deben generarse en formato XML y contener un CUDS: código único del documento de soporte (código único del documento de soporte). Este código alfanumérico permite identificarlo inequívocamente. Una vez generados, los documentos electrónicos deben ser transmitidos para su autorización por la DIAN en tiempo real o, a más tardar, el último día natural de la semana, para las operaciones acumuladas con el mismo proveedor realizadas durante esa misma semana.

Tras haber sido pospuesta su fecha de aplicación original, la generación del documento de apoyo a las adquisiciones pasó a ser obligatoria el 1 de agosto de 2022.

Implantación del umbral de emisión de billetes en el punto de venta

De acuerdo con este mandato, los tickets de caja generados a través de sistemas P.O.S. (tickets de máquinas registradoras con sistemas P.O.S.) podrán ser emitidos por los sujetos obligados a facturar, siempre que la venta del bien y/o la prestación del servicio que se registre en el mismo no supere las cinco (5) UVT (unidad de valor fiscal) por cada documento, sin incluir los impuestos.

Esto significa que, para las operaciones de venta de bienes y/o prestación de servicios que superen el importe de cinco (5) UVT, los contribuyentes acogidos al mandato de facturación electrónica del país deben emitir una factura de venta electrónica. El comprador de bienes y/o servicios por debajo del umbral puede seguir exigiendo la emisión de una factura de venta, en cuyo caso el proveedor debe proporcionarla.

El umbral se introdujo de facto en 2021 mediante Ley 2155, pero sólo en julio de 2022 la DIAN estableció un despliegue gradual del mandato, a través de Resolución 1092, siguiendo el siguiente calendario:

¿Está usted preparado para estos cambios?

Mientras que la generación del documento de apoyo para las adquisiciones ya es obligatoria, los contribuyentes deben empezar a prepararse para cumplir con el nuevo umbral de emisión de facturas electrónicas en lugar de los tickets del TPV. Sovos puede ayudar a su empresa a adaptarse a la facturación electrónica y garantizar el cumplimiento de los nuevos mandatos de Colombia.

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El plan de acción de la Comisión Europea (CE) para una fiscalidad justa y sencilla – ‘VAT in the Digital Age‘- sigue avanzando. Tras un proceso de consulta pública, la CE ha publicado los informes finales en los que se debaten las mejores opciones para que el mercado europeo luche contra el fraude fiscal y beneficie a las empresas con el uso de la tecnología.

Las áreas cubiertas son:

  1. Obligaciones de declaración del IVA y facturación electrónica
  2. Tratamiento del IVA de la economía de plataforma
  3. Registro único del IVA en la UE

Se espera que la CE proponga modificaciones legislativas en la Directiva del IVA este otoño.

Conclusiones sobre el pilar de la declaración del IVA y la facturación electrónica

El informe centrado en la notificación del IVA y la facturación electrónica evalúa los “Requisitos de notificación digital (DRR)”. Se trata de cualquier obligación para los sujetos pasivos del IVA de presentar periódica o continuamente los datos de las transacciones de forma digital a la autoridad fiscal, por ejemplo, mediante el uso del SAF-T, el listado del IVA, la notificación en tiempo real o la facturación electrónica.

Según el informe, la mejor opción política sería la introducción de un RRC en forma de un sistema de facturación electrónica de controles continuos de las transacciones en toda la UE (CTC) que cubra tanto las transacciones intracomunitarias como las nacionales. Los Estados miembros con un sistema de facturación electrónica existente podrían mantenerlo a corto plazo mediante una cláusula de statu quo, siempre que garanticen la interoperabilidad con el nuevo sistema de la UE. Sin embargo, a medio plazo, entre cinco y diez años, los sistemas nacionales de facturación electrónica deberán converger con el sistema de la UE.

Un sistema de facturación electrónica de CTC en toda la UE

El informe se decanta claramente por la opción política de una armonización total en la UE mediante un sistema de facturación electrónica del CTC, lo que significa que la factura se presentará a las autoridades antes o después de su emisión. La armonización parece centrarse principalmente en la forma, con la sugerencia de un protocolo y un formato comunes para toda la UE. Mientras que las decisiones importantes relativas a la arquitectura corren el riesgo de ser dejadas en manos de los Estados miembros, incluyendo si el sistema será de compensación o simplemente de información, si se aprovechará una plataforma B2G nacional existente y la periodicidad de la información, etc. El único requisito para los Estados miembros parece ser la aceptación de las facturas electrónicas emitidas y transmitidas sobre la base de un protocolo y un formato comunes.

El informe sugiere alinear el alcance de los requisitos y excluir a los sujetos pasivos no registrados y a los cubiertos por el régimen de IVA de las PYME. A corto plazo, sólo se cubren las transacciones B2B y B2G, quedando las transacciones B2C fuera del ámbito de aplicación.

Por último, el informe sugiere que, para aliviar la carga de las empresas, los Estados miembros deben considerar una serie de medidas, como la eliminación conjunta de otras obligaciones de información, el suministro de declaraciones de IVA precumplimentadas, el apoyo a la inversión en la automatización de las empresas (especialmente para las PYME) y el apoyo público a la adopción de los sistemas de cumplimiento de las TI

. No se discute cómo se coordinará todo esto de forma conjunta, pero no parece que la CE espere que estas medidas sean armonizadas por la UE.

Expectativas de futuro

Aunque el informe concluye que la implantación de un sistema de facturación electrónica obligatorio en toda la UE es la mejor medida y la más segura para el futuro, no se explica en el informe cómo diseñar un sistema de facturación electrónica eficaz y no parece que esté en el ámbito de la armonización.

Sin embargo, el diseño del sistema de facturación electrónica puede tener un impacto importante en los resultados fiscales y económicos. Tal y como describe el informe de expertos independientes ʻNext Generation Model Decentralized CTC and Exchange’ (apoyado por EESPA, openPEPPOL y otros grupos de interés clave), los mayores beneficios sólo pueden obtenerse cuando un sistema de facturación electrónica permite a las empresas automatizar otros procesos además de la facturación.

Es un buen comienzo que la Comisión aspire a un sistema de facturación electrónica de CTC en toda la UE. Queda por ver la eficacia de esta armonización. Cuando los políticos europeos vuelvan de las vacaciones de verano de este año, empezaremos a conocer mejor la viabilidad general de las opiniones de la Comisión.

Como proveedor que ha implantado soluciones de CTC y de cumplimiento del IVA en todo el mundo desde hace varias décadas, nuestro deseo sería que el debate fuera más allá de la interoperabilidad a nivel de datos, para que Europa pueda dar pasos audaces hacia un futuro que preserve la automatización de la cadena de suministro y la innovación tecnológica.

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Para saber más sobre lo que creemos que nos depara el futuro, descargue el 13th Annual Trends. Síganos en LinkedIn y Twitter para mantenerse al día de las noticias y actualizaciones sobre la normativa.

Las autoridades aduaneras italianas han actualizado recientemente su sistema nacional de importación aplicando el nuevo Modelo de Datos Aduaneros de la Unión Europea (EUCDM). Estos nuevos cambios entraron en vigor el 9 de junio de 2022.

Según el nuevo procedimiento, se ha suprimido el antiguo modelo de declaraciones de importación en papel. Las declaraciones de importación se transmiten ahora al sistema de información de las autoridades aduaneras italianas con una firma digital.

¿Qué significa esto en la práctica?

La aceptación de una declaración aduanera se notifica al operador económico (que puede ser el importador, el agente de aduanas, etc.) a través de un número de referencia maestro (MRN), una cadena alfanumérica de 18 caracteres.

El antiguo mensaje de MI (pista telemática que debe presentarse en el momento de la importación a las autoridades aduaneras italianas a través del Servicio Telemático de Aduanas (es decir Servizio telematico doganale (STD)) ha sido sustituido por las siguientes vías definidas por la legislación de la UE:

¿Cómo puedo saber cuánto se debe pagar por el IVA a la importación de mercancías procedentes de fuera de la UE en Italia?

En el momento del levante de las mercancías, las autoridades aduaneras italianas ponen a disposición de los interesados el “ estado resumido a efectos contables de la declaración aduanera” (prospetto di riepilogo ai fini contabili della dichiarazione doganale). El resumen incluye todos los datos necesarios para detectar los derechos de aduana, el IVA a la importación y cualquier otro cargo debido.

El resumen mencionado anteriormente se pone a disposición del importador y del declarante/representante en el área reservada del portal único de las autoridades aduaneras italianas a través del servicio ” Gestión de documentos – declaraciones de aduana” .

Recomendamos a los importadores que se pongan en contacto con su agente de aduanas para recibir una copia de este resumen para su contabilidad.

¿Cómo y cuándo puedo recuperar el IVA italiano a la importación?

Según la ley italiana del IVA, es necesario poseer un Documento Único Administrativo (DUA) para ejercer el derecho a recuperar el IVA a la importación en Italia. Al no disponer del DUA, las autoridades aduaneras italianas, de acuerdo con la Agencia Tributaria italiana, acordaron que el nuevo resumen contable es suficiente para que el importador pueda ejercer el derecho a recuperar el IVA a la importación.

Por lo tanto, el nuevo resumen contable es necesario para ejercer su derecho a recuperar el IVA de importación pagado a las autoridades fiscales italianas.

Además, el derecho a recuperar el IVA a la importación sólo se ejerce una vez que el resumen se recoge en el libro de IVA de las compras, según el art. 25 de la Ley del IVA italiana.

Por último, el documento de importación debe incluirse en su declaración trimestral del IVA y en su declaración anual del IVA, que debe reflejar sus libros de contabilidad del IVA italiano.

Para que no pierda el IVA a la importación, le recomendamos que tenga en cuenta que el último día para recuperar el IVA a la importación, relacionado con una importación de bienes realizada en 2022, es el 30 de abril de 2023.

Otros documentos introducidos a partir de junio de 2022

Además del resumen Prospetto di riepilogo ai fini contabili della dichiarazione doganale, comentado anteriormente, los operadores económicos podrán recibir:

Las autoridades aduaneras italianas aconsejan a los operadores aduaneros que proporcionen el Prospetto di svincolo a los transportistas como prueba del cumplimiento de las formalidades aduaneras en caso de control.

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Hable con nuestro equipo si tiene alguna pregunta sobre los últimos requisitos de importación italianos y su impacto en el cumplimiento de su negocio.

Como ya predijo Sovos, las autoridades indias han rebajado el umbral para la implantación de la facturación electrónica obligatoria. De acuerdo con la Notificación de la Junta Central de Impuestos Indirectos y Aduanas nº 17/2022 – Impuesto Central, a partir del 1 de octubre de 2022 el cumplimiento de las normas de facturación electrónica será obligatorio para los contribuyentes con un umbral anual de 10 Cr. de rupias (aproximadamente 1.270.000 USD) o más.

Recapitulación de los requisitos de facturación electrónica de la India

El sistema indio de facturación electrónica entra en la categoría de controles continuos de las transacciones (CTC) en el marco del Impuesto sobre Bienes y Servicios (GST). La validez legal de la factura está condicionada a que el Portal de Registro de Facturas (IRP) firme digitalmente la factura y proporcione un Número de Registro de Facturas (IRN). Si no se incluye el IRN en una factura, ésta no tendrá validez legal.

El ámbito de aplicación abarca tanto las transacciones nacionales como las transfronterizas. El proceso de autorización IRP es obligatorio para las transacciones B2B, B2G y de exportación. Así, los contribuyentes del ámbito de aplicación deberán emitir sus facturas (así como otros documentos que necesiten un NIF) de acuerdo con el nuevo sistema para todas las transacciones B2B, B2G o de exportación.

Los contribuyentes en el ámbito de la facturación electrónica deben generar facturas electrónicas a través del sistema de facturación electrónica. No es posible adherirse voluntariamente al sistema de facturación electrónica. Esto significa que los contribuyentes que no cumplen con el límite del umbral no pueden adoptar la facturación CTC.

Calendario de aplicación

Antes de la introducción inicial, el plan de facturación electrónica fue anunciado por las autoridades indias ya en 2018. Posteriormente, la evolución del plan ha sido la siguiente:

1 de enero de 2020: Periodo voluntario de facturación electrónica para las empresas con un volumen de negocio de 500 Crore o más

1 de febrero de 2020: Período voluntario de facturación electrónica para las empresas con un volumen de negocios de 100 Crore o más

1 de octubre de 2020: Comienzo del periodo obligatorio de facturación electrónica para las empresas con un volumen de negocio de 500 Crore o más (seis meses más tarde de lo previsto anteriormente). Durante los primeros 30 días, hubo un periodo de gracia durante el cual se podían notificar las facturas después de haberlas emitido.

1 de enero de 2021: Comienzo del periodo de facturación electrónica obligatoria para las empresas con un volumen de negocio igual o superior a 100 millones de rupias.

1 de abril de 2021: El umbral para la facturación electrónica obligatoria se reduce a los contribuyentes con un volumen de negocios entre 100 Crore y 50 Crore.

1 de abril de 2022: El umbral se ha reducido de 50 a 20 millones de rupias. Los contribuyentes de más de Rs. 20 Crore debe implementar la facturación electrónica.

1 de octubre de 2022: El umbral se reducirá de 20 Crore a 10 Crore. Los contribuyentes de más de Rs. 10 Crore debe implementar la facturación electrónica.

¿Qué es lo siguiente para la facturación electrónica en la India?

Se esperan algunos cambios relativos al flujo de trabajo de la facturación electrónica. Actualmente, existe una única plataforma (IRP) para el proceso de autorización, pero pronto se introducirán múltiples IRP. Las autoridades indias ya han aprobado nuevos PIR, lo que demuestra que las autoridades desean tener un mercado de facturación electrónica interoperable y están avanzando en sus planes para hacer realidad sus objetivos.

Además, las facturas B2C no están cubiertas actualmente por la autorización del PIR, aunque las autoridades han anunciado su intención de incluirlas en el ámbito de su sistema CTC.

La India es una jurisdicción desafiante para muchos contribuyentes; las empresas deben tener estrategias inteligentes de digitalización y mantenimiento para seguir cumpliendo. Los beneficios de la digitalización se pueden materializar a través de una estrategia global que las empresas podrían poner en marcha.

Para obtener más información, póngase en contacto con nuestro equipo.

Desde el 1 de enero de 2019, los proveedores de servicios electrónicos extranjeros deben emitir facturas en la nube, un tipo de factura electrónica, para las ventas de servicios electrónicos a compradores individuales en Taiwán. Paralelamente, las autoridades fiscales locales de Taiwán han introducido incentivos para que los contribuyentes nacionales apliquen la facturación electrónica, a pesar de no ser un requisito obligatorio.

Antes de entrar en los detalles del sistema de facturación electrónica en Taiwán, hablaremos de la factura uniforme del Gobierno (GUI), ya que el sistema de facturación electrónica se basa en las facturas uniformes del Gobierno.

¿Qué es una factura uniforme del gobierno (GUI)?

La factura uniforme del gobierno es una factura estándar del IVA regulada y numerada previamente por las autoridades fiscales. Todas las entidades comerciales deben emitir GUI para todas las ventas de bienes y servicios sujetas al IVA, salvo las exenciones legales.

Los contribuyentes pueden emitir GUIs una vez que su registro de negocios ha sido aprobado por la autoridad fiscal local competente en Taiwán. Los contribuyentes pueden emitir diferentes tipos de GUIs, incluyendo GUIs en papel y también facturas uniformes gubernamentales electrónicas (eGUIs). Las eGUIs son un tipo de GUI que se emiten, transmiten u obtienen a través de Internet u otros medios electrónicos. Como se ha mencionado anteriormente, la emisión de una eGUI es obligatoria para los proveedores de servicios electrónicos extranjeros que vendan servicios electrónicos a particulares en Taiwán a partir del 1 de enero de 2019. Sin embargo, la emisión de eGUIs es opcional para el conjunto de la economía, incluidos los contribuyentes nacionales de Taiwán.

¿Cómo se emiten los eGUIs?

Como parte del proceso de emisión de la eGUI, los contribuyentes deben utilizar los números proporcionados por las autoridades fiscales durante el proceso de registro de la empresa. Una eGUI debe cumplir con el MIG 3.2.1 basado en un formato XML proporcionado por la autoridad fiscal. Tras la emisión de una factura electrónica uniforme, la información de la factura debe cargarse en la plataforma de la autoridad fiscal en un plazo de 48 horas para las transacciones B2C y de siete días para las transacciones B2B.

Las entidades empresariales extranjeras que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de los requisitos o cualquier entidad que opte por emitir eGUIs pueden designar a un proveedor de servicios externo llamado Centro de Valor Añadido para emitir eGUIs. Una alternativa es implementar una solución basada en el software de transmisión “llave en mano” proporcionado por el Ministerio de Finanzas.

¿Qué es lo siguiente?

Las autoridades taiwanesas fomentan la facturación electrónica desde hace muchos años. Como resultado, cada vez más empresas han comenzado a emitir eGUIs. Asimismo, la obligación de emitir facturas en la nube para los proveedores de servicios electrónicos extranjeros ha desempeñado un papel importante en la adopción generalizada de la facturación electrónica en todo el país. Aunque está claro que Taiwán ha avanzado mucho en cuanto a la digitalización de los procesos de facturación electrónica, todavía se pueden emitir facturas en papel según la normativa taiwanesa. Seguiremos la evolución en el futuro para ver si la implantación obligatoria de la facturación electrónica se extiende a la economía en general en Taiwán.

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¿Necesita asegurar el cumplimiento de la eGUI de Taiwán? Hable con nuestros expertos fiscales o descargue el 13th Annual Trends para conocer mejor el panorama mundial de la facturación electrónica.

El sistema filipino de control continuo de las transacciones (CTC) de facturación electrónica (EIS) se ha puesto en marcha oficialmente para los 100 grandes contribuyentes seleccionados por el gobierno para inaugurar el mandato. Aunque los contribuyentes seguían luchando por cumplir los requisitos técnicos del nuevo sistema de facturación electrónica justo antes de la fecha de entrada en funcionamiento, Filipinas mantuvo el plazo previsto y puso en marcha este piloto el 1 de julio de 2022.

La puesta en marcha de Filipinas ha puesto de manifiesto una vez más los retos que plantea el cumplimiento de los nuevos mandatos y ha demostrado que la preparación es fundamental.

Junto con una de las seis empresas piloto iniciales, que empezaron a hacer pruebas a principios de este año, Sovos ha desarrollado la primera solución de software que ha obtenido la aprobación del EIS para operar la transmisión de facturas electrónicas a través de la plataforma de transmisión del gobierno. La solución de Sovos está en marcha en Filipinas.

Publicación de la nueva normativa

Un día antes de la puesta en marcha del EIS, la autoridad fiscal filipina, el BIR (Bureau of Internal Revenue), publicó los reglamentos fiscales n. 6-2022, 8-2022, y 9-2022, que contienen las políticas y directrices del nuevo sistema y documentan las normas y procedimientos adoptados por el EIS.

Si bien la normativa no representa una novedad para los contribuyentes piloto que han implantado con éxito sus sistemas de presentación de facturas electrónicas CTC, puede que no ocurra lo mismo con los que se preparan para cumplir con el nuevo mandato. La legislación establece oficialmente la iniciativa de emisión y notificación de facturas/recibos electrónicos del país, introducida por primera vez en 2018 por la Ley de Reforma Fiscal para la Aceleración y la Inclusión (TRAIN), y documenta la información pertinente.

¿Quién tiene que cumplir?

A partir del 1 de julio de 2022, 100 contribuyentes piloto seleccionados están obligados a emitir y transmitir facturas y recibos electrónicos a través del EIS. La BIR está planeando un despliegue gradual para otros contribuyentes dentro del ámbito del mandato, a partir de 2023, pero todavía no se ha anunciado un calendario oficial.

Los contribuyentes cubiertos por el mandato son:

El mandato exige la emisión electrónica de facturas (B2B), recibos (B2C), notas de débito y crédito y su transmisión a través de la plataforma EIS en tiempo casi real, es decir, en un máximo de tres (3) días naturales contados a partir de la fecha de emisión. Los documentos deben transmitirse utilizando el formato de archivo JSON (JavaScript Object Notation).

Emisión y transmisión

La emisión y transmisión se puede hacer a través del portal del contribuyente del EIS o utilizando la API (Interfaz de Programación de Aplicaciones), en la que los contribuyentes deben desarrollar un Sistema de Transmisión de Datos de Ventas y obtener la certificación antes de operar a través del EIS. Esto implica la solicitud de la Certificación EIS y de un Permiso de Transmisión (PTT) mediante la presentación de documentación con información detallada sobre el sistema del contribuyente.

Aunque la normativa establece que ya no es necesaria la presentación de facturas y recibos impresos para los contribuyentes que operan con el SMI, no se han modificado los requisitos de archivo. Esto significa que durante el periodo de archivo de 10 años, los contribuyentes deben conservar copias impresas de los documentos transmitidos durante los primeros cinco (5) años, tras lo cual se permite el almacenamiento exclusivamente electrónico durante el tiempo restante.

Además, la legislación establece que sólo se aceptarán a efectos de deducción del IVA las facturas transmitidas con éxito a través del EIS.

Los contribuyentes no estaban dispuestos a cumplir

Muchos de los 100 contribuyentes piloto tuvieron dificultades para cumplir el plazo establecido por el país. Por esta razón, la DIA ha permitido alternativas al plazo para determinados contribuyentes, siempre que presenten una Declaración Jurada en la que se detallen las razones por las que no pueden cumplir el requisito a tiempo y un calendario con la fecha en la que pretenden cumplirlo, que están sujetas a la aprobación de la DIA.

En cuanto al incumplimiento, la normativa establece que la autoridad fiscal impondrá una sanción por el retraso o la falta de transmisión de las facturas/recibos electrónicos al EIS y que las ventas no declaradas serán objeto de una investigación posterior.

¿Qué es lo siguiente?

Tras el inicio del programa piloto y el establecimiento legal del marco de la CTC, el Gobierno tiene previsto extender gradualmente el mandato a todos los contribuyentes incluidos en el ámbito de aplicación en 2023. Sin embargo, los contribuyentes que no están en el ámbito obligatorio del EIS pueden optar ya por inscribirse en el sistema y estar preparados para cumplirlo de antemano.

Sovos fue el primer proveedor de software que se certificó, junto con uno de los contribuyentes piloto, para transmitir a través del EIS, y está preparado para cumplir con la presentación de facturas electrónicas de la CTC de Filipinas. Nuestro potente software, combinado con nuestro amplio conocimiento del panorama fiscal de Filipinas, ayuda a las empresas a resolver los problemas fiscales de forma definitiva.

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Rumanía ha estado dando pasos hacia la introducción de un mandato de control continuo de las transacciones (CTC) desde 2021. Aunque la autoridad fiscal rumana sólo estableció el marco legal para la implantación del sistema de facturación electrónica hace menos de un año, está previsto que entre en funcionamiento en breve. Al mismo tiempo, el sistema de transporte electrónico, introducido incluso más tarde, también se pondrá en marcha. Ambos sistemas serán obligatorios a partir del 1 de julio; sin embargo, todavía hay cuestiones abiertas que los contribuyentes esperan que sean resueltas por las autoridades rumanas. En comparación con el resto del mundo, los contribuyentes rumanos tienen un plazo relativamente corto para cumplir con las nuevas obligaciones.

Sistema RO E-Factura

Los proveedores de bienes de alto riesgo fiscal están obligados a utilizar el sistema RO E-Factura a partir del 1 de julio de 2022. Los proveedores deben transmitir al sistema las facturas estructuradas emitidas en formato XML. El Ministerio de Hacienda aplicará su sello electrónico como prueba de autorización. Este XML con el sello del Ministerio de Finanzas se considera la factura legal según la normativa rumana.

Rumanía solicitó una excepción a la Directiva del IVA 2006/112/CE de la UE para introducir la facturación electrónica obligatoria. La ANAF (Agencia Nacional de Administración Fiscal) está autorizada por la Ley nº. 139 para emitir una orden en 30 días tras la esperada decisión de derogación de la Directiva del IVA de la UE para establecer el alcance y el calendario del mandato de facturación electrónica B2B según la Ley nº 139. Sin embargo, las autoridades rumanas no se pronuncian sobre si el mandato del 1 de julio de utilizar el sistema e-Factura para las entregas B2B de alto riesgo fiscal requiere también una decisión de excepción a la Directiva del IVA de la UE.

En cuanto a la documentación técnica, la ANAF ha publicado recientemente el procedimiento OAUTH (Open Authorization) 2.0 dentro del SPV (Espacio Privado Virtual), que permite a los contribuyentes producir un token de autenticación y pasarlo a las aplicaciones de terceros, lo que permitirá a estas últimas autenticarse hacia el SPV. Sin embargo, aunque las complicaciones con el proceso de autentificación parecen resueltas tras la reciente documentación, la fecha de mayo de la publicación de estos documentos planteó dudas sobre si las autoridades rumanas dieron un tiempo razonable a las empresas para cumplir con la normativa antes del 1 de julio.

RO e-transport

El sistema de transporte electrónico de Rumanía es otro proyecto rumano de digitalización. Obliga a los contribuyentes a utilizar un sistema informático y a emitir un documento de transporte electrónico antes de iniciar el transporte de determinadas mercancías. Al igual que la facturación electrónica, los contribuyentes deben emitir un archivo XML y enviarlo a la autoridad fiscal a través de SPV.

La obligación de expedir documentos de transporte electrónicos se refiere a las categorías de productos de alto riesgo fiscal; como se ha mencionado anteriormente, esto también entra en vigor el 1 de julio de 2022. Aunque la fecha de entrada en funcionamiento obligatoria del sistema de transporte electrónico es inminente, la ANAF aún no ha completado el proceso legislativo. Además, la documentación técnica, que incluye las API, el esquema y las reglas de validación, se completó hace sólo dos semanas.

¿Qué es lo siguiente?

Las ordenanzas de urgencia que introdujeron la obligación del sistema de facturación y transporte electrónicos para los productos de alto riesgo fiscal a partir del 1 de julio aún no han sido aprobadas por ley.

Sin embargo, dado que ambos sistemas serán obligatorios a partir del 1 de julio de 2022, las empresas se han estado preparando para cumplir con los requisitos, al tiempo que tratan de hacer frente a muchas incertidumbres.

Veremos en los próximos días cómo gestionan las autoridades rumanas la implantación de ambos sistemas, bien manteniendo la fecha límite del 1 de julio o bien aplazando los mandatos hasta que se aclaren y orienten las cuestiones pendientes.

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En 2020, la Autoridad de Zakat, Impuestos y Aduanas (ZATCA) de Arabia Saudí anunció la introducción de un mandato de facturación electrónica que consta de dos fases. La primera fase de la facturación electrónica saudí exige a todos los sujetos pasivos residentes en el Reino que generen y almacenen las facturas electrónicamente y se aplica desde el 4 de diciembre de 2021. La segunda fase, que ZATCA pondrá en marcha a partir del 1 de enero de 2023, conlleva requisitos adicionales y no será obligatoria para todos los contribuyentes al principio. Sin embargo, la ZATCA planea desplegar gradualmente y exigir a todos los contribuyentes residentes que cumplan con los requisitos de la fase 2 de la facturación electrónica.

¿Quién debe cumplir la fase 2 de la facturación electrónica saudí?

La ZATCA va a desplegar la fase 2 por etapas, empezando por un grupo de contribuyentes más pequeño. Hace apenas unos días, el 24 de junio de 2022, se publicó el primer grupo de contribuyentes que deben cumplir con las normas de facturación electrónica a partir del 1 de enero de 2023. Según el anuncio de ZATCA, los contribuyentes cuyos ingresos anuales superan los 3.000 millones de riales (aproximadamente 800 millones de dólares estadounidenses) para el periodo de 2021 están en el ámbito de aplicación.

Hasta ahora, sólo se ha revelado el primer umbral del grupo. La ZATCA anunciará más adelante otros grupos de contribuyentes y nuevos plazos. La ZATCA notificará a cada grupo de contribuyentes con al menos seis meses de antelación.

¿Cómo cumplir con la fase 2 de la facturación electrónica saudí?

En la fase 2, los contribuyentes deben generar todas las facturas y notas electrónicas (notas de crédito y débito) en formato XML (UBL 2.0). Hay requisitos de contenido de la factura únicos. Todas las facturas y notas electrónicas deben incluir:

Sin embargo, los requisitos de la facturación electrónica relativos a las facturas fiscales (B2B) y a las facturas simplificadas (B2C) son diferentes, por lo que se han puesto a disposición diferentes API para los distintos tipos de facturas.

Las facturas fiscales estarán sujetas a un régimen de control continuo de las transacciones (CTC) . Más concretamente, el sistema puede clasificarse como facturación electrónica de liquidación. Después de generar la factura XML, incluyendo todo el contenido necesario, la factura se transmitirá al portal de la autoridad fiscal (la plataforma ZATCA) para su liquidación a través de la API de liquidación. La plataforma ZATCA aplicará el sello de ZATCA como prueba de autorización, tras lo cual la factura adquirirá validez legal. El XML firmado se devolverá al proveedor, permitiéndole elegir si desea enviar la factura XML firmada o una versión legible por humanos, incluyendo el XML (PDF A-3 con XML incrustado). La versión legible para el ser humano debe ser en formato PDF A-3 (con XML incrustado).

Las facturas simplificadas estarán sujetas a un régimen de información del CTC . Después de generar la factura XML, incluyendo todo el contenido necesario, la factura será firmada utilizando el sello criptográfico del proveedor. Posteriormente, el vendedor presentará al comprador una copia en papel de la factura. En un plazo de 24 horas, el contribuyente debe notificar el XML firmado a la plataforma ZATCA a través de la API de notificación

Los contribuyentes deben almacenar las facturas electrónicas en formato electrónico. Existen requisitos específicos relativos al almacenamiento, entre los que se incluyen, por ejemplo, el almacenamiento local obligatorio como norma principal y el almacenamiento en el extranjero sólo permitido en determinadas condiciones. Las soluciones de facturación electrónica deben permitir además que los contribuyentes descarguen las facturas electrónicas para almacenarlas fuera de línea.

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Debido a la crisis económica y a la necesidad del gobierno de tomar medidas orientadas al crecimiento económico y a la recaudación eficiente de impuestos, el 29 de noviembre de 2021 se publicó en el Registro Oficial del Ecuador la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y la Sostenibilidad Fiscal después de la Pandemia del COVID-19 . Según esta ley, los contribuyentes obligados a emitir facturas deben incorporarse al sistema de facturación electrónica en el plazo de un año desde su publicación.

Para cumplir con dicha medida, el 27 de mayo de 2022, el Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó Resolución NAC-DGERCGC22-00000024. Establece la obligación de expedir facturas electrónicas a los contribuyentes que estén obligados a expedir facturas, y la obligación para estos contribuyentes, calificados como agentes de retención, de expedir la versión del Anexo Transaccional Simplificado (ATS) de los documentos de retención. Estos contribuyentes deberán adoptar el régimen de facturación electrónica.

Nuevos contribuyentes en el ámbito del mandato de la factura electrónica

1. Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que estén obligados a facturar pero no a emitir facturas, comprobantes de venta, retenciones y documentos complementarios en la modalidad electrónica, deberán adoptar el régimen de facturación electrónica en su actividad hasta 29 de noviembre de 2022, como máximo.

2. Las personas físicas y las empresas que no tengan la consideración de contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y estén obligadas a facturar -pero no a emitir facturas, retenciones y documentos complementarios en la modalidad electrónica- deberán adoptar el régimen de facturación electrónica en su actividad hasta 29 de noviembre de 2022, como máximo.

3. Los contribuyentes obligados a emitir facturas, retenciones y documentos complementarios bajo la modalidad electrónica, según los numerales 1. y 2. que sean calificados como agentes de retención por el SRI, deberán implementar la versión ATS de los documentos de retención, siguiendo la documentación técnica puesta a disposición por el SRI, hasta 29 de noviembre de 2022.

Para efectos de la aplicación de la presente resolución, los sujetos obligados a facturar son todos los contribuyentes inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y que deben emitir y entregar facturas, retenciones y documentos complementarios de acuerdo a las normas tributarias vigentes.

Las personas con un volumen de negocio bruto anual inferior a 20.000 dólares estadounidenses no entran en el ámbito de aplicación de esta resolución. Estos contribuyentes son conocidos en Ecuador como Negocios Populares (Negocios Populares).

Otras medidas adoptadas en la nueva resolución

– A partir del 30 de noviembre de 2022, sólo los contribuyentes responsables de la emisión de recibos de venta (notas de venta) podrán solicitar autorizaciones, modificaciones o renovaciones para la emisión de recibos a través de máquinas registradoras.

– A partir del 30 de noviembre de 2022, los contribuyentes obligados a expedir facturas, retenciones y documentos complementarios en la modalidad electrónica, sólo podrán solicitar autorizaciones de documentos preimpresos una vez que hayan obtenido la autorización para expedir documentos electrónicos en el entorno de producción del sistema de facturación electrónica.

Nuevo límite para la emisión de documentos preimpresos

La resolución introduce un límite para las facturas o recibos emitidos bajo la modalidad de preimpresos, que no podrá superar el 1% del total de recibos emitidos en el ejercicio anterior.

Los documentos preimpresos sólo deben emitirse en casos excepcionales de contingencia cuando, por fuerza mayor o caso fortuito, los contribuyentes autorizados a emitir documentos bajo la modalidad electrónica no puedan generarlos electrónicamente.

El mantenimiento gratuito de las herramientas será opcional para los ISR

Según esta resolución, el SRI podrá mantener a disposición de los contribuyentes una herramienta gratuita para generar documentos electrónicos, sin perjuicio de que los contribuyentes utilicen sus sistemas informáticos. Hay un cambio significativo respecto a la resolución anterior, que establecía que el SRI “mantendrá” esta herramienta gratuita, lo que indica que el mantenimiento de dicha herramienta es ahora opcional para el SRI.

¿Qué es lo siguiente?

De acuerdo con el plan original de implementación, el SRI tenía previsto ampliar gradualmente el mandato de la factura electrónica para todos los contribuyentes del país, con más contribuyentes programados para comenzar a emitir facturas electrónicas a partir de 2023 y 2024. Sin embargo, con esta resolución se ha modificado el calendario de implantación obligatoria de la facturación electrónica. Todos estos contribuyentes deben empezar a adoptar el sistema de facturación electrónica este año hasta el 29 de noviembre de 2022 como máximo.

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La facturación electrónica se introdujo en Perú en 2010, siguiendo la tendencia de los controles continuos de las transacciones (CTC) en los países latinoamericanos para una recaudación más eficiente de los impuestos al consumo. Desde entonces, el Gobierno ha puesto en marcha medidas para incluir a un número significativo de contribuyentes en el régimen obligatorio de facturación electrónica del país y ha avanzado en nuevas estructuras técnicas e institucionales dentro de su Sistema de Emisiones Electrónicas (SEE – Sistema de Emisión Electrónica).

En junio de 2022 finalizó el plazo para incluir al último grupo de contribuyentes en el mandato de facturación electrónica del país. Sin embargo, el gobierno sigue ampliando su sistema, con la última actualización propuesta por un proyecto de resolución que introduce cambios importantes en el documento peruano de transporte electrónico, la Guía de Remisión electrónica – GRE.

Cambios en el documento de transporte electrónico

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) publicó el 2 de junio de 2022 un proyecto de resolución que introduce cambios en el GRE, el documento electrónico de transporte que debe emitirse en relación con las facturas (comprobantes de pagos) para el control de las mercancías en transporte. El GRE sólo es vital mientras la mercancía está en tránsito, pero es un documento que las empresas suelen conservar para mantener el control interno de las mercancías transportadas.

El nuevo proyecto de resolución pretende regular aún más la emisión del documento de transporte electrónico, introduciendo varios cambios, principalmente para optimizar el control de las mercancías y eliminar el uso del papel.

Entre los numerosos cambios que introduce el proyecto, los principales son:

Qué significa esto para los contribuyentes

Los contribuyentes deben estar preparados para emitir las GRE remitente y transportista exclusivamente a través de sus propios sistemas utilizando un proveedor de software (PSE – proveedores de servicios electrónicos) o el Portal de la SUNAT. Este requisito puede suponer un gran impacto para los contribuyentes que emiten regularmente un gran volumen de GREs a través del canal del operador de servicios electrónicos, el SEE-OSE (Operador de Servicios Electrónicos).

El cambio más impactante, sin embargo, es que los contribuyentes sólo podrán utilizar el GRE como documento de apoyo al transporte de mercancías. De acuerdo con la legislación vigente, además del GRE, también se pueden utilizar como soporte del transporte de mercancías la factura guía y la liquidación de compras, que son facturas ordinarias con información adicional sobre el transporte. La emisión de la factura guía es una práctica habitual ya que supone la generación de un único documento que sirve tanto para la transacción de venta como para el transporte. Sin embargo, el proyecto de resolución sólo permite el uso del GRE para este fin.

La introducción del código QR es la apuesta del gobierno por un método de control moderno y eficaz. El código bidimensional es generado por la SUNAT una vez que el CDR (constancia de recepción) adquiere el carácter de aceptado y puede ser presentado en formato digital o impreso.

Aunque los contribuyentes pueden seguir apoyando el transporte proporcionando su número de registro (RUC), la serie y el número GRE, se espera que el código QR se convierta en el método principal para apoyar el tránsito, y el RUC sólo se utilizará como método de contingencia.

También se ha introducido un nuevo tipo de documento de transporte electrónico. La guía de remisión por evento sólo puede ser emitida a través del Portal de la SUNAT y se utiliza para complementar una GRE previamente emitida en caso de eventos imprevisibles no imputables al emisor. En estos casos, la normativa vigente apoya la transferencia con el mismo documento. El proyecto de resolución, sin embargo, exige que se emita el GRE por evento antes de reanudar el transporte de mercancías.

Otro cambio que los contribuyentes deben conocer, ya que puede dar lugar a escenarios complejos, es la creación de un nuevo catálogo de unidades de medida aplicable sólo a los GRE, que se encuentra en el Anexo III. Los catálogos de unidades de medida ya existentes para el resto de facturas no se aplicarán a la GRE, lo que provocará una falta de uniformidad, ya que el mismo concepto utilizaría dos catálogos diferentes.

Fechas de implantación

El proyecto de resolución fija el 13 de julio de 2022 como fecha de entrada en vigor, momento en el que los contribuyentes que ya se encuentren en el ámbito de aplicación del GRE podrán empezar a emitir por los cauces oportunos y comenzar a utilizar voluntariamente el código QR como soporte del transporte.

No obstante, hasta el 30 de septiembre de 2022, los contribuyentes podrán emitir excepcionalmente los GRE remitente a través de la SEE-OSE, considerando las condiciones y requisitos existentes antes de la publicación de la resolución. El proyecto también establece una lista de determinados contribuyentes (emisores y transportistas) que pasarán a estar obligados a emitir el GRE y las fechas correspondientes, en el Anexo X, según los tipos de contribuyentes y las mercancías transportadas, a partir del 1 de enero de 2023.

¿Qué es lo siguiente?

Al tratarse de un proyecto de resolución, los cambios sólo serán definitivos con la publicación oficial de la versión final de la resolución. Sin embargo, al acercarse el 13 de julio de 2022, se espera que la resolución se publique en las próximas semanas. Por lo tanto, los contribuyentes que ya tienen la obligación de emitir los GRE deben estar preparados para cumplir con los nuevos mandatos en el plazo de un mes.

La SUNAT acepta comentarios al proyecto de resolución, que pueden enviarse por correo electrónico hasta el 16 de junio de 2022, a la siguiente dirección: RPATRICI@sunat.gob.pe.

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En línea con las obligaciones establecidas por la Directiva Europea 2014/55 sobre la facturación electrónica en la contratación pública, Bélgica introdujo un mandato para que las entidades públicas reciban y procesen facturas electrónicas en 2019.

En el caso de Bruselas, Flandes y Valonia, la iniciativa fue más allá de los requisitos mínimos de la Directiva de la UE e introdujo la obligación de emitir también facturas electrónicas para los proveedores de las entidades del sector público de estas regiones.

Con los recientes cambios legales, Bélgica se prepara ahora para ampliar la obligación de facturación electrónica a un número aún mayor de empresas, introduciendo la facturación electrónica obligatoria en el sector B2B.

Facturación electrónica en la contratación pública

El 31 de marzo de 2022, el Boletín Oficial belga publicó el Real Decreto de 9 de marzo de 2022, que pretende ampliar la obligación de emitir facturas electrónicas a todos los proveedores de las instituciones públicas en el marco de los contratos públicos y de los contratos de concesión.

Como se ha mencionado anteriormente, esta obligación ya existía en varias regiones, como Bruselas, Flandes y Valonia, pero ahora el mandato abarca a los proveedores de los organismos públicos de todas las regiones. Las fechas relativas a la emisión de facturas electrónicas en los contratos públicos, en función de su valor son:

Sólo están exentos los contratos públicos y las concesiones cuyo valor estimado sea inferior o igual a 3.000 euros sin IVA.

Facturación electrónica en el sector privado

Como se informó anteriormente en , las autoridades belgas han indicado la ambición de ir más allá de la facturación electrónica B2G. El 11 de mayo de 2022, la Cámara de Representantes de Bélgica publicó un proyecto de ley que modifica la ley de 2 de agosto de 2002 relativa a la lucha contra la morosidad en las transacciones comerciales, modificada por última vez por la ley de 28 de mayo de 2019, con el objetivo de implantar la facturación electrónica entre empresas privadas (B2B).

La justificación de la propuesta es la necesidad de permitir a las empresas invertir en la facturación electrónica, después de haber apoyado ya la digitalización de la facturación en el sector B2G. Las ventajas que se derivan son un proceso de facturación mucho más rápido, más seguro y que minimiza el riesgo de errores y de falta de datos.

Además, las posibilidades de fraude disminuyen y la protección de la privacidad aumenta, sin necesidad de intervención humana en el proceso de facturación.

Por último, se destaca el aspecto medioambiental relativo al menor consumo de papel. En términos de beneficio financiero, según los cálculos del Servicio de Simplificación Administrativa (DAV), la plena digitalización de las facturas en Bélgica podría reducir la carga administrativa en 3.370 millones de euros.

En base al proyecto de ley, las empresas (a excepción de las microempresas) estarán obligadas a enviar sus facturas en formato electrónico estructurado (en línea con la norma europea de facturación electrónica EN 16931-1:2017 y CEN/TS 16931-2:2017), así como a recibir y procesar las facturas electrónicamente.

Nada en el proyecto de ley describe la participación de una plataforma de compensación centralizada, o la notificación de los datos de la factura electrónica a las autoridades fiscales. Por lo tanto, en este momento no hay ninguna indicación formal de que el mandato propuesto se diseñe como un sistema de facturación electrónica de control continuo de las transacciones (CTC), aunque es posible que el sistema evolucione para conectarse con PEPPOL.

La ley entrará en vigor el 1 de enero de 2025 en lo que respecta a las PYME, garantizando así que las empresas tengan el tiempo suficiente para prepararse para la transición. Si se trata de grandes empresas, se espera que la facturación electrónica obligatoria esté presente a partir de enero de 2024. En principio, la fecha relativa a los grandes contribuyentes era julio de 2023, y la de los pequeños contribuyentes, a partir de 2024, por lo que lo más probable es que esas fechas se pospongan.

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En 2019, el gobierno portugués promulgó el Decreto Ley n. 28/2019, introduciendo una reforma completa de las normas relativas a la emisión, el procesamiento y el archivo de las facturas, con los principales objetivos de implementar la facturación electrónica, simplificar el cumplimiento para los contribuyentes y reducir la brecha del IVA.

La ampliación del ámbito de los obligados a utilizar un software de facturación certificado por la Agencia Tributaria portuguesa, la inclusión de un código QR y un código numérico único secuencial (ATCUD – código único de documento) y los requisitos más estrictos de integridad y autenticidad en la emisión de facturas y otros documentos fiscales relevantes fueron algunos de los mandatos más impactantes introducidos por esta ley.

Sin embargo, muchos contribuyentes tuvieron dificultades para cumplir con los nuevos requisitos. Por ello, la autoridad fiscal ha retrasado la puesta en marcha de diferentes componentes del Decreto, y algunos de ellos siguen sin aplicarse.

En una reciente Decisión Ministerial de 26 de mayo de 2022 , la línea de meta para la aplicación del requisito de integridad y autenticidad más estricto, el punto central de este artículo, se ha trasladado de nuevo, ahora al 1 de enero de 2023.

El requisito de integridad y autenticidad más estricto

El Decreto de 2019 estableció que para garantizar el cumplimiento de los requisitos de autenticidad e integridad de las facturas electrónicas y otros documentos fiscales relevantes (según el artículo 233 de la Directiva del IVA de la UE 2006/112/CE), los contribuyentes deben utilizar una firma electrónica cualificada, un sello electrónico cualificado (QES) o un sistema de intercambio electrónico de datos (EDI) con medidas de seguridad según el Modelo Europeo de Acuerdo EDI. Este cambio es importante ya que limita la elección de los métodos de cumplimiento generalmente reconocidos en la UE a uno solo entre QES y EDI.

Para lograr este objetivo, el Decreto determinó que los contribuyentes sólo podrían utilizar las firmas electrónicas o los sellos (el nivel más bajo de seguridad de la firma) previamente aceptados en advanced hasta el 31 de diciembre de 2020. A partir de entonces, todas las facturas tendrían que incorporar una firma o sello cualificado o ser emitidas a través del EDI.

¿Cuándo es el nuevo plazo?

El plazo original para la aplicación de los requisitos más estrictos de integridad y autenticidad se ha pospuesto varias veces. El primer aplazamiento se ordenó a través de Despacho n. 437/2020-XXII de 9 de noviembre de 2020 de la Secretaría de Estado de Asuntos Fiscales (SEAF – Secretário de Estado dos Assuntos Fiscais). De acuerdo con esto, las facturas en PDF sin QES se aceptarían hasta el 31 de marzo de 2021 y se considerarían facturas electrónicas a todos los efectos fiscales.

Desde entonces, el mandato ha sido aplazado cuatro veces más, siendo la última el 26 de mayo de 2022, mediante el Despacho n. 49/2022-XXIII del SEAF. Según este acto, las facturas en PDF sin medidas de seguridad específicas deben ser reconocidas como facturas electrónicas a efectos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2022, en lugar de la fecha establecida anteriormente, el 30 de junio de 2022.

Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2023, los contribuyentes acogidos al Decreto Ley n. 28/2019 deberán cumplir con el requisito de garantizar la autenticidad e integridad, bien aplicando una Firma/Sello Electrónico Cualificado o bien utilizando el “EDI by-the-book” (EDI según el Modelo Europeo de Acuerdo EDI).

Próximos requisitos adicionales

Además de la exigencia más estricta de autenticidad e integridad, los contribuyentes deben estar preparados para cumplir con los nuevos mandatos de facturación adicionales en curso en Portugal. El 1 de julio de 2022, se exigirá el uso exclusivo de facturas electrónicas estructuradas en formato CIUS-PT para las transacciones B2G. La facturación electrónica obligatoria B2G ya se está aplicando mediante un despliegue gradual. Está previsto que finalice y sea obligatoria para las pequeñas y medianas empresas y las microempresas el 1 de julio de 2022. Además, la inclusión del código ATCUD en las facturas y otros documentos fiscales relevantes, que también se había pospuesto anteriormente, será obligatoria el 1 de enero de 2023.

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Desde que se convirtió en el primer país de la UE en hacer obligatoria la facturación electrónica a través de un proceso de liquidación en 2019, Italia ha mantenido un ritmo constante en la mejora de su sistema de control continuo de las transacciones (CTC) para cerrar las brechas en el cumplimiento del IVA.

En los últimos años, Italia ha ampliado gradualmente su sistema introduciendo diversos mandatos. Los siguientes cambios reflejan los esfuerzos del Gobierno por atar los cabos sueltos y hacer valer mecanismos de control de mayor alcance para lograr un sistema eficiente y completo.

Los cambios que se enumeran a continuación entrarán en vigor el 1 de julio de 2022; algunos de ellos ya están disponibles de forma voluntaria y otros permiten un breve periodo de gracia para su adaptación.

Obligación de informar sobre las facturas transfronterizas a través de la IDE

La retirada del sistema de declaración de impuestos, Esterometro, obligará a los contribuyentes italianos a informar de todas las transacciones transfronterizas a través del Sistema di Interscambio (SDI). Dado que la compensación de las facturas transfronterizas no entra en el ámbito de aplicación del sistema italiano de CTC, se trata de un claro paso hacia la centralización.

Los contribuyentes pueden seguir intercambiando facturas de cualquier forma acordada, incluido el formato FatturaPA. La declaración, sin embargo, debe hacerse a través de la IDE utilizando el formato FatturaPA. Esto es opcional desde enero de 2022.

Nuevos contribuyentes en el ámbito del mandato de facturación electrónica

Italia ha ampliado recientemente el alcance de su mandato de facturación electrónica incorporando nuevos grupos de contribuyentes:

Se establece un breve periodo de carencia desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2022. Durante este periodo, estos contribuyentes podrán emitir facturas electrónicas dentro del mes siguiente a la realización de la operación sin que se les aplique ninguna sanción.

El nuevo mandato también establece que las microempresas con ingresos o tasas de hasta 25.000 euros al año estarán obligadas a emitir y compensar las facturas electrónicas con la IDE, pero esto no empieza hasta enero de 2024.

Facturación electrónica obligatoria entre Italia y San Marino

Siguiendo el mandato del CTC italiano, Italia y San Marino iniciaron negociaciones para acomodar el intercambio de facturas entre los dos países a través del sistema más moderno basado en la compensación, que requiere que los contribuyentes de emitan y compensen las facturas electrónicas utilizando el formato FatturaPA. Esto se estableció mediante la creación de un modelo de “cuatro esquinas” con la IDE italiana como punto de acceso para los contribuyentes italianos y la plataforma HUB-SM como la contraparte de la IDE por parte de San Marino.

El mandato cubre la venta de bienes enviados a San Marino para los contribuyentes residentes, establecidos o identificados en Italia. Para las ventas de bienes a Italia, los operadores económicos deben emitir una factura electrónica con la identificación que les atribuye la República de San Marino. Un efecto importante de este mandato es que las obligaciones de información a través de Esterometro llegarán a su fin.

La fase de transición voluntaria comenzó en octubre de 2021.

Prepararse para el cambio

El inicio del segundo semestre de 2022 traerá consigo cambios significativos, y los contribuyentes tienen un tiempo limitado para ajustarse a medida que se acerca el mes de julio. Entender cómo estos nuevos requisitos pueden afectar a su empresa garantizará el cumplimiento y evitará errores innecesarios.

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El sistema de facturación electrónica de Arabia Saudí se está implantando en en dos fases; los requisitos de la segunda fase difieren de los de la primera. La primera fase comenzó el 4 de diciembre de 2021 para todos los sujetos pasivos residentes. La segunda fase entrará en funcionamiento el 1 de enero de 2023, y aún no se ha anunciado el grupo de contribuyentes afectado. Sin embargo, la Autoridad del Zakat, los Impuestos y las Aduanas (ZATCA) ha avanzado considerablemente en la puesta en marcha de la segunda fase.

Lanzamiento del portal de facturación electrónica

La fase 2 introducirá un régimen de control continuo de las transacciones (CTC) en el que las facturas electrónicas y las notas de crédito y débito electrónicas se transmitirán a la plataforma ZATCA en tiempo real. Se prescribe un régimen de compensación para las facturas B2B, mientras que las facturas B2C deben ser comunicadas a la plataforma de la autoridad fiscal en las 24 horas siguientes a su emisión. Por lo tanto, se esperaba que la ZATCA introdujera su plataforma de facturación electrónica mucho antes del lanzamiento de la fase 2.

Como se esperaba, la ZATCA anunció recientemente el lanzamiento de un portal de desarrollo de facturación electrónica (Sandbox). Los usuarios utilizarán el Sandbox para simular la integración con la plataforma de ZATCA y podrán acceder a los detalles sobre las API y otros requisitos a través de esta plataforma previo registro.

Propuesta de modificación de las normas de facturación electrónica

ZATCA ha propuesto cambios específicos en las normas de facturación electrónica. Los cambios propuestos son objeto de consulta pública y las partes interesadas pueden presentar sus comentarios hasta el 10 de junio de 2022.

Los cambios pretenden aclarar algunos requisitos (por ejemplo, el sello criptográfico, el hash, el contador, etc.) en lugar de introducir otros nuevos.

Los próximos pasos

Los últimos cambios aclaratorios de las normas de facturación electrónica están en marcha, y se ha puesto en marcha el portal para desarrolladores. Ahora esperamos el anuncio de la ZATCA sobre los grupos de contribuyentes en el ámbito del mandato y esperamos que se produzca al menos seis meses antes de la fecha de entrada en vigor. Como la ZATCA tiene previsto desplegar la fase 2, habrá diferentes plazos para los distintos grupos de contribuyentes. Esperamos esta información en los próximos meses.

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Actualización: 29 febrero 2024 por Inês Carvalho

Desde enero de 2023, el sistema obligatorio de transporte electrónico de Rumanía supervisa el transporte de determinadas mercancías en el territorio nacional. El sistema de transporte electrónico funciona en paralelo con el sistema de facturación electrónica de Rumanía.

Este blog responde a las preguntas más frecuentes sobre el sistema de transporte electrónico de Rumanía, incluido qué y quién está en el ámbito de aplicación, el formato del documento y las multas por incumplimiento.

¿Qué transporte está en el alcance?

A partir de enero de 2023, el sistema rumano de transporte electrónico supervisa el transporte de mercancías de alto riesgo fiscal en el territorio nacional.

El transporte en el alcance incluye:

Además del tipo de transporte, las categorías de vehículos de carretera incluidas en el ámbito de aplicación son las siguientes:

  1. Vehículos de carretera con una masa máxima autorizada (MMA) de al menos 3,5 toneladas, y
  2. Cargados con mercancías de alto riesgo fiscal con una masa bruta total de un mínimo de 500 kg o un valor total de más de 10.000 leu (aprox. 2.000 €)

El transporte de mercancías de alto riesgo fiscal que no entren en este ámbito de aplicación no necesita declararse en el sistema de transporte electrónico de Rumanía.

El transporte de mercancías destinado a misiones diplomáticas, oficinas consulares, organizaciones internacionales, fuerzas armadas de Estados miembros extranjeros de la OTAN o como resultado de la ejecución de contratos, no entra en el ámbito de aplicación del sistema RO e-Transport.

A partir del 15 de diciembre de 2023, el alcance del mandato de transporte electrónico se amplió para incluir el transporte internacional de todas las mercancías. Si bien el cambio entró en vigencia de inmediato, existe un período de gracia vigente hasta el 1 de julio de 2024, después del cual se impondrán sanciones.

¿Cuáles son los productos de alto riesgo fiscal que deben declararse en el sistema de transporte electrónico de Rumanía?

La Agencia Nacional de Administración Fiscal de Rumanía (ANAF) estableció una lista de productos de alto riesgo fiscal utilizando los mismos criterios que el sistema de facturación electrónica (E-Factura), con algunas diferencias.

Las categorías de productos de alto riesgo fiscal para el sistema de transporte electrónico son:

  1. Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos, productos alimenticios
  2. Frutas comestibles; cáscaras de cítricos o melones
  3. Bebidas, licores y vinagre
  4. Sal; azufre; tierras y piedras; yeso, cal y cemento
  5. Prendas y accesorios de vestir de punto o ganchillo
  6. Prendas de vestir y accesorios de vestir, excepto los de punto
  7. Calzado, polainas
  8. Fundición, hierro y acero

Si el transporte incluye tanto mercancías de alto riesgo fiscal como mercancías fuera de la categoría de alto riesgo fiscal, el transporte debe declararse en el sistema rumano de transporte electrónico.

¿Cómo funciona el sistema rumano de transporte electrónico?

El sistema de transporte electrónico de Rumanía funciona a través del Espacio Privado Virtual (SPV), el portal de la autoridad fiscal utilizado a efectos fiscales, incluido el sistema rumano de facturación electrónica. El sistema de transporte electrónico se puede utilizar a través de una API o una aplicación gratuita proporcionada por el Ministerio de Finanzas.

¿Quién está obligado a informar a la plataforma de transporte electrónico en Rumanía?

Las entidades obligadas a comunicar los datos de transporte en la plataforma de transporte electrónico son las siguientes:

  1. el importador mencionado en la declaración aduanera de importación;
  2. el exportador mencionado en la declaración aduanera de exportación;
  3. el destinatario en Rumanía, en caso de adquisiciones intracomunitarias de bienes;
  4. el proveedor en Rumanía, en el caso de transacciones nacionales (solo productos de alto riesgo fiscal) o entregas intracomunitarias de bienes;
  5. el depositario, en el caso de mercancías objeto de operaciones intracomunitarias en tránsito, tanto para las mercancías descargadas en Rumanía para su almacenamiento o para crear una nueva partida a partir de una o varias partidas de mercancías, como para las mercancías cargadas después del almacenamiento o tras la formación de una nueva partida en el territorio nacional a partir de una o varias partidas de mercancías.

¿Qué información debe enviarse al sistema de transporte electrónico de ósmosis inversa?

El declarante debe presentar un archivo en formato XML siguiendo el esquema oficial que incluya lo siguiente:

¿Cuáles son las multas por incumplimiento del sistema de transporte electrónico en Rumanía?

El incumplimiento de las normas del sistema de transporte electrónico dará lugar a una multa de hasta 50.000 RON (aprox. 10.000 €) para particulares y 100.000 RON (aprox. 20.000 €) para personas jurídicas. Además, se decomisará el valor de los bienes no declarados.

En cuanto al transporte internacional de mercancías, distintas de las comprendidas en la categoría de ‘alto riesgo fiscal’, las multas solo se aplicarán a partir de julio de 2024, una vez finalizado el periodo de carencia establecido.

Automatización de los informes de transporte electrónico de ósmosis inversa

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La verdadera clave para el cumplimiento es mirar más allá de hoy; Si sabes lo que viene, siempre puedes estar preparado. Sovos es su socio de cumplimiento ideal para el presente y el futuro, tanto en Rumanía como en cualquier otro lugar donde haga negocios, proporcionando una solución única y global. Hable con nuestros expertos para asegurarse de que está en el lado correcto del riesgo.

La tendencia mundial en el ámbito de la facturación electrónica durante la última década ha demostrado que los legisladores y las autoridades fiscales locales de todo el mundo se están replanteando el proceso de creación de facturas. Mediante la introducción de plataformas tecnológicamente sofisticadas de control continuo de las transacciones (CTC), las autoridades fiscales obtienen un control inmediato y detallado del IVA, lo que ha demostrado ser una forma muy eficaz de reducir la brecha del IVA.

Sin embargo, muchos países de derecho consuetudinario que no tienen un sistema de IVA, como Estados Unidos, Australia y Nueva Zelanda, no han seguido el mismo camino. Han destacado en las comparaciones internacionales por su escasa regulación en el ámbito de la facturación electrónica. La razón por la que no es necesario tener un control sobre las facturas es la falta de un régimen fiscal de IVA. Sin embargo, la evolución reciente indica que también los países de derecho consuetudinario tratan de impulsar la facturación electrónica, impulsados por la eficiencia de los procesos empresariales más que por la necesidad de control fiscal. En consecuencia, en este blog se abordarán las próximas novedades, centrándose en el programa piloto de facturación electrónica de Estados Unidos y en las iniciativas australianas y neozelandesas de fomento de la facturación electrónica.

Estados Unidos

La facturación electrónica está permitida desde hace mucho tiempo en Estados Unidos, pero todavía no es una práctica comercial generalizada. Según algunas fuentes, la facturación electrónica sólo representa actualmente el 25% de todas las facturas intercambiadas en el país. Con la introducción del programa piloto de facturación electrónica de la Business Payments Coalition (BPC), en cooperación con la Reserva Federal, esto puede estar a punto de cambiar.

El programa piloto del mercado de intercambio de facturas electrónicas de la BPC tiene como objetivo promover una comunicación B2B más rápida y ofrecer una oportunidad para que todo tipo de empresas intercambien facturas electrónicas en Estados Unidos.

El piloto del mercado de intercambio de facturas electrónicas del BPC

El programa piloto es una red de facturación electrónica estandarizada a través de la cual se pueden intercambiar facturas electrónicas estructuradas entre las contrapartes que utilizan varios sistemas de facturación interoperables para conectarse e intercambiar documentos. Su objetivo es impulsar la eficiencia y la productividad, reduciendo al mismo tiempo los errores de datos. Un modelo de servicios de registro federado permite a los administradores o registradores autorizados registrar e incorporar a los participantes al marco de intercambio de facturas electrónicas.

El marco de intercambio de facturas electrónicas funciona de forma similar al ecosistema del correo electrónico. Los usuarios pueden inscribirse en un proveedor de correo electrónico para enviar y recibir mensajes. El proveedor sirve de punto de acceso a los intercambios de correo electrónico para sus usuarios y entrega los correos electrónicos entre ellos a través de Internet. Permite que varios registradores inscriban a los participantes en el marco del intercambio de facturas electrónicas. Esto recuerda al modelo PEPPOL, establecido a nivel mundial, que estandariza la estructura de una factura y proporciona un marco de interoperabilidad.

Visión de futuro

Estados Unidos sigue el modelo europeo de facturación electrónica, basado en la funcionalidad de interoperabilidad abierta. Permite a las partes que utilizan diversos sistemas de facturación conectarse e intercambiar documentos a través de la red de facturación electrónica con facilidad. El proceso de digitalización en el ámbito de la facturación electrónica permitirá a las organizaciones grandes y pequeñas de EE.UU. ahorrar recursos, promover la sostenibilidad y proporcionar eficiencia empresarial.

Australia y Nueva Zelanda

Al igual que en EE.UU., la evolución hacia la facturación electrónica en Australia y Nueva Zelanda no está impulsada principalmente por cuestiones fiscales, sino por la eficiencia de los procesos. Ninguno de los dos países tiene planes relativos a un mandato tradicional de facturación electrónica B2B. Sin embargo, los gobiernos de Nueva Zelanda y Australia se han comprometido a adoptar un enfoque conjunto de la facturación electrónica, y los primeros pasos son garantizar que todas las entidades gubernamentales puedan recibir facturas electrónicas.

Australia

En Australia, todos los organismos gubernamentales de la Commonwealth deberán poder recibir facturas electrónicas PEPPOL a partir del 1 de julio de 2022. Además, el Gobierno también pretende impulsar la facturación electrónica en el espacio B2B sin el tradicional mandato de que las empresas facturen electrónicamente. En su lugar, la propuesta consiste en implantar lo que se denomina Derecho de Facturación Electrónica Empresarial (BER).

Según la propuesta del Gobierno, las empresas tendrían derecho a solicitar a sus interlocutores comerciales el envío de una factura electrónica a través de la red PEPPOL en lugar de las tradicionales facturas en papel. Las empresas deben configurar sus sistemas para poder recibir las facturas electrónicas PEPPOL. Una vez que una empresa tenga esta capacidad, podrá ejercer su “derecho” y solicitar a otras empresas que le envíen facturas electrónicas PEPPOL.

Se espera que esta reforma se introduzca en julio de 2023, para lo cual las empresas podrán solicitar la recepción de facturas electrónicas PEPPOL sólo de las grandes empresas, y a continuación se llevará a cabo un despliegue por etapas para que finalmente abarcará a todas las empresas el 1 de julio de 2025.

Nueva Zelanda

Tras la reforma de la facturación electrónica australiana a partir de julio de 2022 para el sector B2G, el Gobierno de Nueva Zelanda está animando a las empresas y a los organismos gubernamentales a adoptar la facturación electrónica. Un paso en esta dirección es la posibilidad de que todos los organismos de la administración central puedan recibir facturas electrónicas basadas en PEPPOL BIS Billing 3.0 a partir del 31 de marzo de 2022.

Aparte de estos requisitos para el sector B2G, actualmente no hay planes publicados para que toda la economía pase a la facturación electrónica obligatoria.

Para saber más sobre lo que creemos que nos depara el futuro, descargueTrends 13th Edition.

Tome medidas

¿Necesita ayuda para asegurarse de que su empresa está al día de los cambios en los sistemas de facturación electrónica de Estados Unidos, Australia y Nueva Zelanda? Póngase en contacto con nuestro equipo de expertos en para saber cómo pueden ayudarle las soluciones de Sovos.