Facturación electrónica en Perú

Perú está muy avanzado en su recorrido hacia la facturación electrónica, ya que ha implementado un mandato para que todos los contribuyentes emitan y reciban facturas electrónicas. Regulada por el Sistema de Emisión Electrónica del país, la facturación electrónica se introdujo en 2010, aunque era voluntaria al principio.

El régimen de facturación electrónica de Perú no incluye solo las facturas electrónicas, sino que también exige otros documentos electrónicos, lo que aumenta la complejidad, particularmente para las organizaciones internacionales que deben cumplir con múltiples regulaciones nacionales de facturación electrónica. Esta página es su resumen especial de la facturación electrónica de Perú y se actualizará cuando sea necesario, así que asegúrese de guardarla en sus marcadores.

¿Cómo funciona la facturación electrónica en Perú?

Validación

El sistema actual de facturación electrónica de Perú no exige que la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) o el OSE validen previamente los comprobantes de pago electrónicos (CPE) antes de enviarlos a los destinatarios. Una vez generado el comprobante, se puede remitir de forma simultánea a la SUNAT o, incluso, después de enviarse al cliente o destinatario.

Sin embargo, la SUNAT lo desaconseja, ya que, si el documento enviado anteriormente al cliente es rechazado por el OSE o la SUNAT, no tendrá de validez fiscal y el contribuyente tendrá que emitir un documento nuevo a su cliente.

Esto significa que, aunque los emisores de CPE pueden validarlos a través de un proceso asíncrono, la mayoría de los emisores prefieren hacer el procedimiento de validación previa o validar de manera sincrónica. Cuando el OSE o la SUNAT reciben el CPE, se emite un comprobante de recibo (CDR), que indica al emisor que el documento enviado para su validación cumple con los requisitos definidos por la SUNAT.

Contingencia

Actualmente, si el contribuyente no puede emitir los comprobantes fuera del sistema de emisión electrónica por motivos de fuerza mayor o circunstancias ajenas a su voluntad, debe emitir una declaración en una fecha determinada con los comprobantes de pago, las notas de crédito y las notas de débito emitidos sin utilizar el Sistema de Emisión Electrónica (SEE).

Acuse de recibo

En principio, los destinatarios de facturas electrónicas deben generar un acuse de recibo de las facturas que reciben. Sin embargo, esa aprobación puede ser tácita: la legislación vigente ha establecido que, si el destinatario no otorga un acuse de recibo, la factura se considerará formalmente aceptada ocho días después de haber recibido el documento.

Características de la facturación electrónica en Perú

Facturación electrónica B2B en Perú

Perú regula su régimen de facturación electrónica, en que los documentos se conocen como "Recibos Electrónicos de Pago" (CPE), a través de su Sistema de Emisión Electrónica (SEE). Se rige por su autoridad tributaria nacional, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

Las empresas deben emplear este sistema y cumplir con estrictos requisitos técnicos tanto para emitir como para recibir facturas electrónicas. Su implementación comenzó en enero de 2014, y las pequeñas y medianas compañías fueron las últimas en ser incluidas en la obligación a principios de 2022. A partir de entonces, todos los contribuyentes de Perú han tenido que emitir facturas electrónicas, así como otros documentos de venta.

Facturación electrónica B2G en Perú

Perú exige a las empresas que emitan facturas electrónicas cuando hagan transacciones con proveedores de entidades públicas y que reciban facturas electrónicas de todas las entidades públicas.

Al igual que con las transacciones B2B, el régimen del país requiere que las compañías cumplan con los estándares establecidos por el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) y archiven los documentos electrónicos durante cinco años.

Tipos de comprobantes de pago electrónico en Perú

  1. Factura electrónica: Requerida en las transacciones B2B y B2G que generan crédito fiscal. La validez de este documento está sujeta al cumplimiento estricto de las normas de estructura, emisión y validación.
  2. Recibo por tarifa electrónica: Emitido por personas físicas que prestan servicios de forma independiente.
  3. Boleto electrónico de venta: Expedido a los consumidores finales. No permite usar crédito fiscal ni respaldar los gastos a efectos fiscales, y su estructura es menos compleja que la de las facturas electrónicas.
  4. Liquidación electrónica de compras: Emitida por los contribuyentes que hacen compras a personas físicas que producen o recolectan productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, la pesca artesanal y la extracción de madera, entre otros, siempre y cuando estos vendedores no cuenten con su número de Registro Único de Contribuyente (RUC).
  5. Nota electrónica de débito y de crédito: La primera se utiliza para recuperar los gastos o costos incurridos por el vendedor, y la segunda, para acreditar las cancelaciones, los descuentos u otras modificaciones en facturas y boletos electrónicos de venta emitidos anteriormente.
  6. Recibo electrónico de servicios públicos (recibo electrónico de SP): Un vale especial emitido por los servicios de telecomunicaciones, agua, electricidad y gas natural, en transacciones B2B, que otorga créditos fiscales tanto a consumidores finales como a empresas.
  7. Comprobante de retención electrónico: Obligatorio para los contribuyentes designados como agentes de retenciones que hacen transacciones sujetas al régimen de retención del impuesto general sobre la venta (IGV).
  8. Comprobante de percepción electrónico: Comprobante de pago emitido por el agente de percepción cuando realiza el cobro total o parcial del IGV a su cliente o importador, ya sea por la compra de combustible o por las ventas internas incluidas en el Régimen de Percepciones del IGV.
  9. Guía de remisión electrónica – Remitente: Emitida por el remitente para apoyar el transporte o la transferencia de mercancías.
  10. Guía de remisión electrónica – Transportista: Emitida por el usuario transportista en formato digital para apoyar el transporte o la transferencia de mercancías, es necesario emitirla por unidad de transporte, por destino, por destinatario y por remitente.
  11. Guía de remisión electrónica por eventos: Emitida por el remitente o el transportista para complementar otra previamente emitida por el mismo sujeto debido a hechos no imputables a ellos.
  12. Guías de remisión electrónica – Bienes fiscalizados (BF): Asiste la transferencia de insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados que están sujetos a control porque pueden ser empleados, directa o indirectamente, en la elaboración de drogas ilícitas. Para saber si los productos que se transportarán deben ser inspeccionados, consulte el Decreto Supremo N.º 268-2019-EF.
  13. Documento electrónico autorizado (DAE): Comprobante de pago que le permite sustentar gastos o costos para fines fiscales, así como la posibilidad de usar un crédito fiscal, emitido de acuerdo con la particularidad de las operaciones, siempre que el adquirente o usuario sea identificable y se discrimine el impuesto.

SEE: Sistema de Emisión Electrónica de Perú

Hay numerosos sistemas de emisión electrónica en Perú que ayudan a generar comprobantes de pago electrónicos. Pueden ser públicos, comerciales o privados. Estos son los principales sistemas:

Sistema de emisión SOL: SUNAT ofrece este sistema gratuito, también conocido como "SUNAT – Operaciones en línea (SOL)". Tiene varias limitaciones y está dirigido, principalmente, a pequeños contribuyentes y profesionales independientes que generan un bajo volumen de CPE. También cuenta con la aplicación SUNAT y Emprender.

Sistema de emisión de los sistemas del contribuyente: Se desarrolla de acuerdo con las medidas y necesidades del contribuyente. La emisión de los CPE no requiere acceso al portal web de la SUNAT; los CPE se generan, remiten y validan entre los sistemas del contribuyente y la base de datos de la SUNAT o el OSE.

Sistema de emisión de facturación de la SUNAT: Esta aplicación gratis le permite emitir recibos electrónicos. Está dirigida, principalmente, a medianos y pequeños contribuyentes con sistemas informatizados y un alto volumen de facturación.

Sistema de emisión del operador de servicios electrónicos: El proceso de validación de los CPE generados por los sistemas de emisión del contribuyente requiere que las entidades autorizadas por la SUNAT verifiquen electrónicamente que estos se consideren emitidos.

Sistemas de emisión de empresas supervisadas: Emiten recibos electrónicos para los servicios públicos. Sin embargo, los emisores de estos sistemas pueden expedir dichos comprobantes a través del sistema de emisión de los sistemas del contribuyente.

Participantes en los sistemas de emisión electrónica

Remitente electrónico

El contribuyente emite los recibos de forma electrónica, ya sea porque está obligado a hacerlo o porque se adhirió voluntariamente al sistema.

Adquirente o usuario

El consumidor de bienes o servicios a quien se le emite un CPE y que debe recibirlo en calidad de consumidor. Cuando el consumidor también es un emisor electrónico, es un adquirente electrónico, pero, de lo contrario, se considera un adquirente no electrónico.

Proveedor de servicios electrónicos (PSE)

La entidad que presta servicios al emisor electrónico, en nombre de este, para desempeñar actividades inherentes a la emisión electrónica de comprobantes de pago. Para ser un PSE, se requiere la acreditación correspondiente ante la SUNAT.

Operador de servicios electrónicos (OSE)

El OSE es una entidad autorizada por la SUNAT e inscrita en el Registro de SBE que verifica electrónicamente el cumplimiento de los aspectos esenciales de lo que se emite en la SEE – SBE.

Cronograma de la facturación electrónica en Perú

Perú implementó la facturación electrónica en fases, lo que hizo que el lanzamiento gradual sea difícil de seguir. Estas son las fechas principales:

  • Enero de 2014: Comienza la implementación de la facturación electrónica en fases
  • 1 de enero de 2018: Los contribuyentes que deduzcan o recauden el VAT, estén identificados como PRICO o cuya identificación fiscal figure en el Apéndice I de la Resolución 155-2017 deben participar en la facturación electrónica.
  • 1 de mayo de 2018: Los contribuyentes cuya identificación fiscal se encuentre en el Apéndice II de la Resolución 155-2017 deberán participar en la facturación electrónica.
  • 1 de agosto de 2018: Los contribuyentes cuya identificación fiscal se encuentre en el Apéndice III de la Resolución 155-2017 deberán participar en la facturación electrónica.
  • 1 de noviembre de 2018: Los contribuyentes cuya identificación fiscal se encuentre en el Apéndice IV de la Resolución 155-2017 deberán participar en la facturación electrónica.
  • 2022: Las pequeñas y medianas compañías se unen al régimen de facturación electrónica.

Sanciones: ¿Qué sucede si no cumplo con la facturación electrónica en Perú?

La falta de emisión o entrega de comprobantes de pago o documentos complementarios en el marco de las disposiciones vigentes puede provocar el cierre del establecimiento.

Emitir u otorgar documentos en que la impresión o la importación no cumpla con los requisitos y características puede provocar una multa de, aproximadamente, EUR 632 o el cierre del establecimiento.

¿Qué más necesito para cumplir con el VAT en Perú?

El cumplimiento tributario en Perú es más que la facturación electrónica, especialmente teniendo en cuenta la importancia del cumplimiento de las obligaciones de VAT.

Las exigencias de las organizaciones crecen de forma significativa cuando se mantienen al tanto de los cambios regulatorios. El cumplimiento requiere satisfacer las demandas tanto actuales como futuras, y esto puede consumir muchos recursos. Por eso, Sovos es su socio de cumplimiento: lo ayudamos a lograr el cumplimiento global (Global Compliance) a través de la experiencia local.

Preguntas frecuentes

Los contribuyentes que generan ingresos deben emitir y recibir facturas electrónicas en Perú.

Cada contribuyente establecido en Perú debe emitir y recibir facturas electrónicas.

Sí, las facturas electrónicas se pueden cancelar en Perú, siempre y cuando sea dentro de un plazo específico.

Las cancelaciones de las facturas electrónicas deben realizarse dentro de las 72 horas posteriores a la emisión de una factura electrónica.

A partir del 6 de enero de 2023, los contribuyentes tienen hasta tres días calendario para enviar las facturas electrónicas a la SUNAT.

Si se envían facturas o notas electrónicas fuera de la fecha límite a la SUNAT, el documento no se considerará legítimo, incluso si ya se entregó al comprador.

Si se envían documentos electrónicos al OSE fuera del plazo, este no los verificará y no se consideran válidos, incluso si ya se entregaron al comprador.

Configurar la facturación electrónica en Perú con Sovos

Con la facturación electrónica cada vez más común a nivel mundial conforme al ejemplo de países latinoamericanos como Perú, es importante que priorice el cumplimiento.

La adopción global, aunque fragmentada, de la facturación electrónica refuerza el menester de elegir un único proveedor para todas las necesidades de cumplimiento, dondequiera que haga negocios. Sovos es un socio de cumplimiento tributario en el que puede confiar.

Concéntrese en lo que realmente importa: hable con un miembro de nuestro equipo hoy mismo para comenzar a recuperar su tiempo.

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Facturación electrónica en Chile

Chile ha sido líder en la adopción de la facturación electrónica durante mucho tiempo: su trayectoria comenzó en 2001 con la adopción voluntaria para los contribuyentes.

Su condición de país pionero en materia de facturación electrónica se refleja en el hecho de que todos los contribuyentes de la nación deben emitir y recibir facturas electrónicas, un tipo de Documento Tributario Electrónico (DTE).

Esta página contiene toda la información esencial que necesita para comprender el régimen de facturación electrónica de Chile y cómo garantizar su cumplimiento. Guarde este resumen como favorito para mantenerse informado de cualquier actualización regulatoria futura.

¿Cómo funciona la facturación electrónica en Chile?

Validación

La legislación actual obliga a las empresas a enviar todos los DTEs al SII, la autoridad tributaria de Chile, en tiempo real, después de lo cual informarán al contribuyente sobre su aceptación. En algunos casos, la autorización del SII debe preceder al envío del documento al cliente. Este es el caso de las guías de despacho no acompañadas de facturas electrónicas.

Contingencia

Obligatorio para todos los DTEs que se envían al SII para validación. Sin embargo, el SII acepta que se continúen emitiendo dichos documentos cuando esta remisión no sea posible. En estos casos, se ha establecido un sistema de contingencia que permitirá al SII remitirlos y validarlos.

Proceso sincrónico

Todas las facturas locales o de exportación, o notas de débito o crédito, deben declararse a la administración tributaria y ser validadas por ella.

Retención de archivos

Todos los documentos deben conservarse durante seis años debido a las disposiciones del Código Tributario de Chile.

Acuse de recibo

En principio, los destinatarios de facturas electrónicas deben generar un acuse de recibo de las facturas que reciben. Sin embargo, la legislación vigente establece que se considerará aceptada formalmente transcurrido un plazo de ocho días desde la recepción de la factura.

Operaciones de factoraje

Uno de los cambios más importantes introducidos por la Ley de Pago a 30 días fue el incentivo para las operaciones de factoraje con facturas electrónicas emitidas por los contribuyentes en el sistema de facturación del Servicio de Impuestos Internos. De este modo, la factura electrónica se convierte en un instrumento negociable para los proveedores, que pueden venderla en el mercado como si se tratara de un valor más. Esto ha provocado que los destinatarios de dichas facturas monitoreen cuidadosamente los cambios generados en la propiedad de las facturas que han recibido.

Características de la facturación electrónica en Chile

Facturación electrónica B2B en Chile

Chile exige que todas las compañías establecidas emitan y reciban facturas electrónicas.

Aunque el recorrido del país con respecto a la facturación electrónica comenzó a principios de la década del 2000, no fue sino hasta 2018 cuando se volvió obligatoria para las empresas de todos los tipos y tamaños.

Las empresas deben seguir muchas reglas y requisitos para cumplir con el mandato de facturación electrónica B2B de Chile. Estos incluyen usar una firma electrónica, archivar de manera segura las facturas electrónicas durante seis años, cumplir con el estricto procedimiento administrativo y más.

Facturación electrónica B2G en Chile

Al igual que con las transacciones B2B, Chile requiere que las transacciones B2G se documenten y procesen a través de facturas electrónicas. Todas las organizaciones deben emitir y recibir facturas electrónicas cuando traten con entidades gubernamentales y de la administración pública.

Para las transacciones B2G se aplican los mismos requisitos estrictos que para las transacciones B2B y B2C en material de seguridad Estas normas garantizan que los documentos no puedan manipularse, y que el SII los apruebe como auténticos y exactos.

Tipos de documentos electrónicos en Chile

Chile tiene requisitos para otros documentos electrónicos, además de las facturas electrónicas. Las regulaciones incluyen otros documentos electrónicos relacionados con la compra y la venta de productos que los contribuyentes deben conocer, como por ejemplo:

  • Factura de ventas: Requerida en transacciones B2B y generadores de crédito fiscal.
  • Factura de compra: Para compras B2B en que el comprador asume la obligación de emitir la factura.
  • Guía de despacho: Documento obligatorio que autoriza el transporte de las mercancías vendidas.
  • Boleta de ventas y servicios: Obligatoria en casos de ventas B2C. No generan crédito fiscal.
  • Liquidación de facturas: Emitida por el comisionista al cliente para facturar su comisión y el registro del pago al responsable.
  • Nota de débito y de crédito: Se aplica en todos los casos anteriores, excepto en las guías de despacho.

Formato de documentos y facturas electrónicas en Chile

Existen algunos elementos comunes de los documentos electrónicos (DTE), como las facturas electrónicas, que se usan en Chile, entre ellos:

  • Encabezado: Se utiliza para identificar al remitente, el receptor y la cantidad total, entre otros datos.
  • Detalle por artículo: Datos de cada artículo vendido, como peso, valor y cantidad.
  • Descuentos y recargos: Identifica los descuentos o recargos totales.
  • Información de referencia: Identifica los documentos asociados al emisor.
  • Comisiones y otros cargos: Campo obligatorio para la liquidación de facturas.
  • Sello electrónico del SII: Firmas electrónicas en los campos definidos como representativos del documento, incluido el Código de Autorización de Folios proporcionado por el SII.
  • Firma electrónica: Verifica la integridad del contenido del DTE. Las firmas electrónicas deberán utilizar un certificado digital otorgado por una empresa de certificación acreditada por el SII.

Cronograma de la facturación electrónica en Chile

Un mandato tan importante como la normativa sobre la facturación electrónica de Chile requiere tiempo para desarrollarse e implementarse. Estas son las fechas clave de su desarrollo:

  • 2001: La facturación electrónica se implementa como un régimen voluntario para los contribuyentes
  • 2014: La facturación electrónica del IVA es obligatoria para las organizaciones establecidas
  • Marzo de 2018: La facturación electrónica B2B es obligatoria para las organizaciones establecidas
  • Marzo de 2021: La facturación electrónica B2B es obligatoria para los contribuyentes establecidos

Sanciones: ¿Qué sucede si no cumplo con la facturación electrónica en Chile?

Chile cuenta con sanciones para los contribuyentes que no cumplan con los requisitos del mandato, incluida una multa del 50-500% del monto de la operación.

La multa mencionada anteriormente se aplica a lo siguiente:

  • No emitir guías de envío para las facturas, notas de débito o de crédito, boletas
  • Uso de boletas, facturas, notas de débito o de crédito, guías de entrega no autorizadas.

El primero también provocará que el lugar físico donde se cometió la infracción cierre por hasta 20 días. Las infracciones repetidas de este tipo dentro en un plazo de tres años pueden resultar en prisión.

¿Qué más necesito para cumplir con el IVA en Chile?

Hay otras obligaciones establecidas que los contribuyentes en Chile deben acatar, incluido el cumplimiento general del IVA. No cumplir con lo que exigen las autoridades fiscales y los gobiernos puede ser costoso, y esto se aplica en Chile, así que asegúrese de saber lo que se espera de su organización con nuestras descripciones generales.

Estos requisitos pueden ser aún más exigentes al considerar las obligaciones de su negocio en otros países. Por eso, Sovos es su socio de cumplimiento ideal.

Preguntas frecuentes

Chile exige a todos los contribuyentes establecidos que emitan y reciban facturas electrónicas, llamadas "Documentos Tributarios Electrónicos" (DTE).

Todo contribuyente establecido en Chile está obligado a emitir y recibir facturas electrónicas cuando realiza transacciones.

En Chile, una factura electrónica puede ser cancelada si la cancelación se emite en el mismo periodo tributario. Se deberá generar una nota de crédito electrónica que contenga un campo con la anulación.

Las facturas electrónicas deben anularse en el mismo periodo fiscal en que se emitieron.

En Chile, los documentos tributarios electrónicos (DTE) son un nombre general para los documentos digitales relacionados con la compra y venta de productos y servicios. Las facturas electrónicas son el tipo de DTE más común en el país.

En Chile, las facturas electrónicas deben protegerse con una firma electrónica, la tecnología que valida la integridad del documento y su contenido. También deben autorizarse a través del SII antes de enviarse al comprador.

Si el destinatario de una factura electrónica no genera un acuse de recibo dentro de los ocho días después de la recepción del documento, se considerará formalmente aceptada.

Los clientes tienen ocho días para responder a una factura electrónica una vez que se ha enviado a través del SII. Si se rechaza o no se recibe, el comprador debe ponerse en contacto con el vendedor por correo electrónico. Si no se da ningún acuse de recibo durante ese periodo, se considerará formalmente aceptada.

Configurar la facturación electrónica en Chile con Sovos

La facturación electrónica es cada vez más común a nivel mundial, siguiendo el ejemplo de países latinoamericanos como Chile, y el cumplimiento debe ser una prioridad.

La facturación electrónica se está volviendo global, pero está fragmentada en todos los lugares donde hace negocios, lo que consolida la necesidad de elegir un solo proveedor para el cumplimiento. Sovos es un socio de cumplimiento tributario en el que puede confiar.

Concéntrese en lo que realmente importa y recupere su tiempo con la certeza de que Sovos lo respalda. Hable hoy mismo con un miembro de nuestro equipo para comenzar a recuperar su tiempo.

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Módulo para factura electrónica

Trazabilidad de documentos de Sovos

Trazabilidad de correos emitidos en su sistema de factura electrónica

Trazabilidad absoluta

Realice un seguimiento y mantenga el control sobre los correos emitidos

El módulo eTrace permite tener un control preciso del proceso de envío y distribución realizado desde la aplicación de facturación electrónica. De esta manera, contará con una trazabilidad absoluta de la distribución de correos electrónicos hacia sus clientes, permitiendo así gestionar posteriormente la información distribuida, y podrá obtener reportes con estados nuevos asociados al envío de los correos.

eTrace le permite asociar los eventos anteriores a los documentos involucrados, de manera de facilitar las gestiones destinadas a la solución/reenvío/cobranza de los mismos, a diferencia de otros modelos de gestión, que utilizan como elemento de punto de partida el correo.

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Beneficios

Determine los e-mails erróneos entregados desde los sistemas del cliente (back office)

Compruebe los correos electrónicos que han sido ingresados de forma errónea en el back office del cliente y que son enviados como destinatario a la aplicación de facturación electrónica.

Compruebe los e-mails enviados a usuarios inexistentes

Compruebe qué correos electrónicos fueron enviados exitosamente pero no fueron recibidos por el destinatario, porque el usuario no existía.

Identifique los correos rebotados

Compruebe los e-mails que fueron enviados exitosamente pero que no fueron recibidos por el destinatario, por ejemplo, por una casilla llena.

Confirme los correos leídos por los receptores

Marque en la aplicación de facturación electrónica aquellos e-mails que fueron leídos por los receptores. Esta marca, además de permitir identificar usuarios que recibieron correos, permite saber qué usuarios abrieron el e-mail y lo leyeron.

Módulo para factura electrónica

Cesión de factura de Sovos

Cesión de factura transparenta la información de documentos cedidos a factorings

Agilice su gestión de pago a proveedores

Acceda de forma transparente a la información de documentos cedidos a factoring por sus proveedores

Dentro del ámbito de la factura electrónica, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el gobierno siempre han buscado facilitar el pronto pago a proveedores y promover el financiamiento de las pequeñas y medianas empresas (PYMEs).

Las PYMEs tienen la posibilidad de ceder las facturas a un factoring, pudiendo financiarse rápidamente sin tener que esperar que el comprador efectúe el pago por el servicio prestado, lo cual puede suceder, en el mejor de los casos, dentro de un plazo de 30 días.

La problemática por el lado del comprador se produce cuando se cede la factura: al ser cedida, ya no se le debe pagar al emisor del documento (proveedor), sino que al factoring que la compró. 

El módulo de Cesión de Factura entrega las herramientas necesarias para que los compradores tengan acceso, de forma transparente, a la información de las cesiones de facturas realizadas por sus proveedores, agilizando los procesos de pago a proveedores y evitando el doble pago al determinar rápidamente cuáles facturas deberán ser pagadas a entidades bancarias.

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Beneficios

Visualización

Vista en una sola pantalla de todos los documentos cedidos por sus proveedores a un factoring, tanto en PDF como XML.

Búsqueda rápida

Realice una búsqueda fácil de las facturas a las que desea acceder según distintos conceptos (RUT, folio, monto, etc.).

Consulta

WebService para listar los documentos cedidos.

Notificaciones

En el caso del rechazo de una cesión, la aplicación envía un correo al e-mail de contacto del cesionario notificando del rechazo.

Módulo para factura electrónica

Reclamaciones de documentos de Sovos

Automatice el reclamo y revisión de facturas con el módulo de reclamaciones de Sovos.

Automatización de procesos

Automatice el proceso de reclamación de documentos ante el SII como parte de su proceso de recepción y asegure su operación sin riesgos.

La ley del SII que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia cedible de una factura, establece un período máximo de 8 días para reclamar la falta parcial o total de la mercadería recibida o del servicio prestado, quedando la factura irrevocablemente aceptada después de este periodo. Adicionalmente, incorpora el concepto de reclamación y la necesidad de realizar esta acción para formalizar, ante el SII y el mercado, el rechazo (no pago) de una factura. Los mecanismos para informar la reclamación son distintos a los del rechazo comercial, ya que el SII recibe dicha notificación a través de un WebService y el intercambio de acuses entre contribuyentes electrónicos es mediante correos electrónicos con archivos XML adjuntos.

Ante esta normativa, el riesgo de no reclamar los documentos recibidos a tiempo es muy alto y la necesidad de agilizar los procesos de procesamiento y recepción de facturas es imprescindible.

En Sovos hemos incorporado las funcionalidades requeridas para que usted pueda realizar el reclamo de una o más facturas desde la aplicación de factura electrónica y, adicionalmente, hemos desarrollado el Módulo de Reclamaciones, que permite, a aquellos clientes que cuenten con eInvoice Inbound,  automatizar y agilizar todas las tareas asociadas a la reclamación, además de implementar alertas, búsquedas y reglas preventivas que permiten ayudar en el proceso de revisión masiva de facturas candidatas a reclamación.

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Beneficios

Automatización

Realice la cuadratura entre las facturas recibidas y las que se encuentran en el SII, reclamando solo las que no se hayan recibido.

Sinergia con los rechazos

Reclame de forma automática al momento de realizar un rechazo comercial.

Riesgo

Reclame las facturas a tiempo y elimine los riesgos inherentes a la recepción.

Reclamación automática

Configure reglas para realizar el reclamo automático de las facturas que no cumplan con criterios establecidos.

Informes

Acceda a reportes para mantener el control de las facturas reclamadas.

Cartas de reclamo

Informe a los proveedores sobre las facturas que les han sido reclamadas.

Visualización

Seleccione una vista especial de las facturas que pueden ser reclamadas.

Factura electrónica de Sovos

Prepárese para la nueva era digital de los impuestos y el rápido avance de la globalización con la solución global de Sovos para la emisión de factura electrónica.

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Solución global para la digitalización de los impuestos

Sovos simplifica el cumplimiento fiscal global para emitir facturas electrónicas

Para enfrentar el rápido avance en la globalización de los impuestos, Sovos ha creado el primer software global para emitir factura electrónica y estar al día con los cambios normativos. Hoy, los gobiernos de todo el mundo están aprovechando la tecnología para cerrar los vacíos fiscales.

Si bien cada país tiene sus propios requisitos específicos (SII de Chile, SUNAT en Perú, DIAN en Colombia, AFIP en Argentina, etc.), la cada día más extendida obligación de utilizar un software para emitir la factura de manera electrónica en tiempo real está cambiando el cumplimiento de los negocios entre empresas y gobiernos en cada punto de la cadena de suministro, y ha dado lugar a que las empresas deban buscar nuevas formas de convertir el cumplimiento tributario en una ventaja a su favor.

Preguntas frecuentes

La factura electrónica es un documento fiscal y comercial en formato digital que, tal como hace una factura en papel, acredita una transacción u operación comercial entre un proveedor (quien provee un producto o servicio) y un receptor (quien lo adquiere). Se emite y recibe de manera electrónica.

La factura electrónica sirve para validar y dejar un registro de cada transacción comercial entre vendedor y comprador de acuerdo con las normativas legales de cada país otorgándole validez fiscal. El formato, desglose e impuestos de la factura dependerá de los requisitos específicos de cada país y entidad tributaria.

Entre los principales beneficios de la factura electrónica destacan:

  • Permite documentar transacciones de manera digital
  • Ahorro de papel y costos de almacenamiento
  • Agiliza los procesos
  • Mayor precisión y menos errores, al eliminar el manejo de datos de forma manual

En América Latina la adopción de la factura electrónica ha ido creciendo rápidamente. Chile fue el pionero en el mundo y en Latinoamérica al establecer su introducción en 2003.  Luego se sumaron Brasil y México.

Paulatinamente se han ido agregando Perú, Argentina, Panamá, Ecuador y Uruguay, con sistemas avanzados. Otros países como República Dominicana, El Salvador, Bolivia, Honduras están en proceso de implementación gradual.

¿Quieres conocer en detalle la historia y principales normativas en torno a la facturación electrónica en Chile, Colombia, Perú, México, Ecuador, Brasil, Costa Rica y Argentina?

Si te informan que has emitido una factura electrónica con errores debes verificar que has completado correctamente todos los campos exigidos por la administración tributaria. Esta glosa es similar en todos los países, pero pueden existir algunas variaciones.  

Clientes

“Nuestro personal puede enfocarse en las actividades comerciales estratégicas en vez de tener que dedicarse a investigar e implementar constantemente los cambios que se producen en el país. Dado que Sovos proporciona las actualizaciones de redes, así como las configuraciones del ERP de SAP, hemos sido capaces de trabajar con un solo proveedor en varios países y gestionar con confianza los cambios en la Nota Fiscal de Brasil, y la regulación del CFDI en México”.

Randy Isdahl

Director de arquitectura de proceso SAP en Brown-Forman

Factura electrónica de Sovos

El software de factura electrónica de Sovos garantiza la continuidad operacional y el cumplimiento de normativas fiscales

La facturación electrónica es clave en el cumplimiento tributario moderno, pero representa un gran desafío por la constante evolución de normativas fiscales en cada país y los requerimientos tecnológicos para las empresas. Sovos ofrece una solución integral, escalable y de clase mundial que simplifica la emisión y recepción de documentos electrónicos, que asegura el cumplimiento en tiempo real y la adaptabilidad a cualquier requerimiento local, transformando el cumplimiento en una ventaja competitiva. Descubre las características y beneficios de nuestra solución en este brochure.

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9 de junio, 2021

La administración tributaria mexicana (SAT) ha lanzado una nueva actualización del Catálogo CFDI, centrada en la introducción de la versión 80 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se modificaron o agregaron diez códigos que entraron en vigencia el 11 de junio de 2021. Esta nueva versión también liberó la versión 57 de la tabla de códigos de la patente aduanal (c_PatenteAduanal) donde se agregó un nuevo código que entró en vigencia el 11 de junio de 2021.

El complemento Carta Porte es un comprobante fiscal, de tipo ingreso o traslado, que debe acompañar las operaciones de traslado de bienes o mercancías cuando se transportan vía terrestre mediante autotransporte de carga que circule por carreteras federales o por vía férrea, marítima, aérea o fluvial.

Objetivo

Este complemento, que se incorpora al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), debe contener la información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio por el que se transportan; además de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

¿A quién aplica?

A aquellos contribuyentes que requieren trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional, por alguna de las siguientes vías:

Tipos de comprobantes

Ingreso: Contribuyentes dedicados al servicio de transporte terrestre de carga que circulen por carreteras federales, deben emitir este CFDI para amparar la prestación del servicio y deberán incorporar el complemento Carta Porte.

Traslado: Debe ser emitido por la o el propietario de los bienes o mercancías que requiere trasladar su mercancía por carreteras federales a otra locación con sus propios medios de transporte.

Fecha de entrada en vigor

El Complemento Carta Porte inicia su vigencia el 1 de junio de 2021 y es obligatorio transcurridos 120 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia, 30 de septiembre del 2021.

Disponibilidad

El complemento ya se encuentra disponible para su uso en ambiente de prueba desde el día 1 de junio de 2021. Actualmente estamos en proceso de aprobación con el SAT; una vez concretado el proceso, el complemento estará disponible en ambiente de producción.

Estructura

El complemento cuenta con 195 campos divididos en una sección principal y tres subsecciones; ubicaciones para origen, puntos intermedios y destino, mercancías y medio de transporte.

 

3 de junio, 2021

La SUNAT ha actualizado las reglas de validación del CPE, donde se ajustaron ocho campos para modificar o eliminar las validaciones requeridas en esos campos. En línea con los cambios mencionados, la SUNAT también actualizó el esquema XSD del CPE a la versión 2.1.

2 de junio

La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo de CFDI, centrada en la introducción de la versión 79 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se modificaron o agregaron diez códigos que entraron en vigencia el 28 de mayo de 2021. Esta nueva versión también contempla la versión 56 de la tabla de códigos de la patente aduanal, donde se agregó un nuevo código que entró en vigencia el 25 de mayo de 2021.

2 de junio, 2021

La administración tributaria de Uruguay (DGI) liberó la versión 22.1 de la documentación técnica que respalda el mandato de factura electrónica del país. Esta actualización absorbe los cambios introducidos por la versión 22, que ahora se encuentra en estado de sustituida, y agrega nuevas validaciones relacionadas con varios campos del esquema de factura electrónica. De acuerdo con la DGI, el entorno de prueba para estos cambios estará disponible el 1 de septiembre de 2021 y entrará en el entorno de producción el 1 de octubre de 2021.

En el caso del Informe Diario, el 24 de mayo la administración tributaria emitió la versión 12 para incorporar una nueva validación, la B-10, relacionada con la fecha de recepción.

Junto con estos cambios, la DGI ha proporcionado el esquema XSD propuesto que respaldaría los cambios mencionados anteriormente. Estas modificaciones aún no son efectivas, ya que están en estado “a publicar”, pero serán obligatorios una vez que la DGI los considere “publicados” en el sitio web oficial.

El sistema de facturación electrónica colombiano está llegando al nivel de madurez. Desde su creación en 2018, Colombia vino consolidando y ampliando progresivamente el mandato para hacerlo más estable, confiable e integral.

A raíz de la promulgación de la reciente Resolución 000013/2021, la Dirección de Impuestos Internos de Colombia (DIAN), amplió oficialmente el mandato de facturación electrónica para incluir también las transacciones de nómina. Esta expansión sigue el patrón establecido por México, Brasil y otros países que ya ampliaron el mandato de facturación electrónica también a las transacciones de nómina.

El Documento Soporte de Nómina Electrónica se conoce localmente en Colombia como Documento Soporte de Nómina Electrónica o también simplemente como Nómina Electrónica. Es un nuevo documento digital destinado a soportar y validar los costos relacionados con la nómina y las deducciones del impuesto sobre la renta y los créditos del IVA (en su caso) cuando las compañías hagan pagos derivados de relaciones laborales, legales y otras de carácter similar (pensiones).

En términos simples, las transacciones de costos laborales deben reportar bajo este nuevo sistema digital para que sean válidas. Esto ocurre cuando los empleadores realizan pagos de salarios, sueldos, reembolsos, pensiones, etc.

¿Quién está obligado a cumplir con el mandato de nómina electrónica?

Los empleadores que pagan salarios bajo una relación laboral, donde los pagos se informan como gastos para efectos del impuesto sobre la renta o como impuestos deducibles para el IVA, deben cumplir. Sin embargo, existen importantes excepciones derivadas de ese marco legal. Por ejemplo, las oficinas públicas, las entidades sin fines de lucro o los contribuyentes acogidos al régimen simplificado actualmente no están obligados a cumplir. En consecuencia, no necesitan emplear dichos pagos para deducir el impuesto sobre la renta o el IVA.

Calendario de despliegue

La DIAN estableció un cronograma de implementación con base en el número de empleados que tenga el contribuyente en su nómina. Hay cuatro etapas o grupos sujetos a los siguientes plazos:

Grupo Fecha límite para iniciar la generación y remisión del documento Número de empleados
De Arriba a
1 1 de septiembre de 2021 Más de 250 empleados101
2 1 de octubre de 2021 101 250
3 1 de noviembre de 2021 11 100
4 1 de diciembre de 2021 1 10

Fecha límite para el envío de remesas

Como la Nomina Electronica debe informar mensualmente, los pagos de cada mes deben informar antes del día 10 del mes siguiente. Las notas de ajuste deberán ser informadas dentro del mismo plazo, una vez hechas por el empleador.

Elementos de información del mandato de nómina electrónica

Existen dos tipos básicos de reportes que forman parte de este mandato: el Documento Soporte de la nómina electrónica y -cuando sea necesario- la Nota de Ajuste.

Documento Soporte de Nómina Electrónica o Nomina Electronica

Este documento electrónico contiene la información que sustenta los pagos hechos a los trabajadores por concepto de salarios y otras compensaciones, las deducciones y la diferencia entre ellas hechas por el patrón, según consta en la nómina. El empleador deberá luego generar y transmitir el documento a la DIAN empleando el formato XML establecido en la documentación técnica incluida en la norma 000037/2021.

Notas de ajuste

En este mandato no existen notas de crédito como las conocemos en el sistema de factura electrónica de Colombia. Sin embargo, cuando un empleador necesita realizar correcciones al Documento Soporte de Nómina Electrónica reportado a la DIAN, puede emitir lo que conocemos como Notas de Ajuste en donde el empleador podrá corregir cualquier valor previamente reportado a la DIAN a través de la Nómina Electrónica.

Contenido y estructura de los reportes

Los empleadores deberán presentar a la DIAN reportes individualizados por cada beneficiario que reciba pagos de los empleadores. En consecuencia, el reporte requiere el aporte de cierta información obligatoria para que la DIAN la valide. Esto incluye la identificación adecuada del reporte en sí, la parte informante, además de los empleados, los salarios u otros pagos a los empleados, la fecha, la numeración, el software, etc.

Otro elemento de información obligatorio que vale la pena mencionar es el CUNE o Código Único del Documento Soporte de Nómina Electrónica. Este es un identificador único para cada Documento de Soporte de Nómina Electrónica. Permitirá la identificación exacta de cada reporte o de las Notas de Ajuste emitidas con posterioridad al mismo. Sin embargo, existe información opcional adicional que se puede proporcionar dependiendo de las necesidades o conveniencia del empleador que realiza el reporte.

Desde un punto de vista técnico, ni el Documento Soporte de la Nómina Electrónica ni las Notas de Ajuste están basados en la estructura UBL 2.1 empleada en Colombia para la factura electrónica. Esto se debe a que el estándar UBL no incluye módulos para transacciones o reportes de nómina. Por ello, la DIAN basó su arquitectura en un estándar XML diferente. Cada reporte requiere una firma digital. Para ello, el contribuyente podrá emplear el mismo certificado digital que emplea para firmar las facturas electrónicas.

Generación, transmisión y validación

La normativa vigente no exige que la Nomina Electronica ni las Notas de Ajuste sean generadas por una solución de software particular o por un proveedor de software autorizado por la DIAN. Los contribuyentes tienen la opción de generar el reporte empleando su propia solución. Esa es una solución de mercado o una solución que va a dar la DIAN para los pequeños contribuyentes. Sin embargo, todos los reportes deberán apegar estrictamente a la documentación técnica emitida por la DIAN mediante la Resolución 000037/2021. La remisión de dichos documentos se realiza de forma electrónica, empleando los servicios sitio web que especifique la DIAN.

Luego de realizada la transmisión, la DIAN valida el documento. Posteriormente informarán al contribuyente la respuesta de la solicitud correspondiente, indicando su aceptación y validación. Sólo entonces, los importes reportados en el documento de nómina serán gastos válidos para la deducción.

Sanciones y penalizaciones

El incumplimiento de la nómina electrónica en Colombia estará sujeto a las mismas multas y sanciones establecido para el incumplimiento del mandato de facturación electrónica, definido en el Art. 652-1 del Código Tributario de Colombia (Estatuto Tributario). Pero la participación más importante del incumplimiento es que cualquier pago no reportado por el empleador, no será permitido como gasto para efectos del impuesto sobre la renta o del IVA cuando corresponda.

Tome medidas

Hable con nuestros expertos sobre sus requisitos tributarios en Colombia y mantener actualizado con el cambiante panorama de cumplimiento del IVA descargando Tendencias del IVA: Hacia controles de transacciones continuos.

14 de mayo, 2021

La administración tributaria mexicana (SAT) ha lanzado una nueva actualización del Catálogo CFDI, enfocada en la introducción de la Versión 77 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se modificaron o agregaron diecisiete códigos que entraron en vigencia el 11 de mayo de 2021. Esta nueva versión también incluye la versión 55 de la tabla de códigos de la patente aduanera (c_PatenteAduanal) donde se ha agregado un nuevo código.

11 de mayo, 2021

La administración tributaria de Panamá (DGI) estaría planeando expandir el mandato de facturación electrónica a los profesionales que no estén usando las impresoras/cajas registradoras fiscales. Varias disposiciones contenidas en la Sección IV del Decreto Ejecutivo 766/2020, que definen la operatividad del sistema de facturación electrónica del país, entrarán en vigencia a partir de junio de 2021. El mencionado decreto establece que desde ese mes, todo aquel que quiera adherirse al sistema de facturación electrónica podrá hacerlo; de lo contrario, deberá utilizar las impresoras fiscales. Sin embargo, además, algunos medios de comunicación y empresas locales han venido informando que a partir de ese mes, la DGI tiene previsto ampliar el mandato a las personas que prestan servicios profesionales en el país. El sitio web de la administración tributaria no muestra ninguna información sobre el tema, pero Sovos está en contacto con la DGI para confirmar esta información y proporcionar más detalles.

10 de mayo, 2021

La administración tributaria de República Dominicana emitió una versión actualizada de la guía del contribuyente para transformarse en un facturador electrónico certificado. El documento pone al día las especificaciones sobre las tres etapas de aprobación (Solicitud, Pruebas y Certificación) que deben ser realizadas por los contribuyentes que quieren convertirse en facturadores certificados en el país, las condiciones que deben cumplir y los requisitos del sistema en cuanto a las soluciones utilizadas por dichos contribuyentes.

6 de mayo, 2021

La administración tributaria colombiana (DIAN) dio a conocer oficialmente la nueva resolución 000037/2021, que pospone la implementación de los cambios introducidos por las resoluciones 12, 13 y 15 de 2021 relacionados con la nómina electrónica y la versión 1.8 de la documentación técnica de la factura electrónica. De acuerdo con esta nueva resolución, a partir del 1 de agosto de 2021 la DIAN tendrá disponible el sistema de homologación, validación, transmisión y envío de la factura electrónica. Sin embargo, para el caso del documento soporte de la nómina electrónica, el plazo para comenzar a cumplir se definirá en función del número de empleados del contribuyente.

 4 de mayo, 2021

El congreso costarricense ha promulgado una nueva ley que facilitaría las transacciones de factoring con facturas electrónicas autenticadas por la administración tributaria. La nueva Ley de Digitalización del Cobro Judicial está introduciendo cambios en el Código de Comercio para asegurar que la factura electrónica pueda convertirse en un título ejecutivo frente a los destinatarios de esos documentos, una vez que firmen digitalmente su representación gráfica. Antes de este cambio, los emisores de facturas electrónicas debían imprimir el documento y enviarlo a su cliente para que lo firmara, de manera que esa factura se convirtiera en un título ejecutivo. Ese sistema dificultaba la negociación de facturas electrónicas. La nueva ley está pendiente de publicación en el Diario Oficial.