La organización de eventos y conferencias suele llevar mucho tiempo y, a principios de 2020, varios eventos que estaban programados para celebrarse fueron imposibles debido a las diversas restricciones de Covid-19. Ante la pérdida de ingresos, y sin saber cuánto durarían las restricciones, muchos anfitriones se conectaron a Internet y organizaron eventos virtuales. Esto cambió tanto la naturaleza como el lugar de la oferta.

Cuando hay asistencia física a un evento, el lugar de suministro es el lugar donde se celebra el evento para todos los delegados.

En el caso de los delegados B2B, las normas actuales significan que la admisión virtual se clasificará como un servicio de regla general, por lo que el IVA se devengará en el lugar donde esté establecido el cliente.

En el caso de los delegados B2C, las normas actuales dependen de si la asistencia virtual puede considerarse un servicio prestado por vía electrónica o un servicio por regla general. En el caso de los servicios prestados por vía electrónica, el lugar de prestación es el lugar de residencia habitual del cliente y, en el caso de los demás servicios, el lugar de prestación es el lugar de establecimiento del proveedor.

Un servicio prestado electrónicamente es aquel que puede prestarse sin ninguna intervención humana, como por ejemplo descargar y ver una presentación pregrabada. Cuando un servicio requiere la intervención humana, no se considera entregado electrónicamente.

Las conferencias y eventos en línea suelen contar con un anfitrión o un árbitro y normalmente también permiten a los delegados hacer preguntas en tiempo real a través de un chat en vivo o similar. La dimensión humana excluye la posibilidad de que se clasifique como un servicio prestado electrónicamente, lo que significa que para el B2B el lugar de prestación es donde está establecido el cliente y para el B2C el lugar de prestación es donde está establecido el anfitrión.

Futura posición fiscal respecto a los eventos con asistencia virtual

Los cambios se introducen para garantizar la imposición en el Estado miembro de consumo. Para ello, es necesario que todos los servicios que puedan prestarse a un cliente por vía electrónica sean imponibles en el lugar donde el cliente esté establecido, tenga su domicilio permanente o resida habitualmente. Esto significa que es necesario modificar las normas que regulan el lugar de prestación de los servicios relacionados con dichas actividades.

Los cambios se aplican a los “servicios que pueden prestarse por vía electrónica”, pero no se define. Parece, por lo que se indica a continuación, que es más amplio que “entregado electrónicamente”.

Para ello, la legislación actual que regula la asistencia de los delegados B2B, que da lugar a que se deba pagar el IVA cuando se celebra el evento, excluirá específicamente la admisión cuando la asistencia sea virtual.

Esto sugiere que “suministrado a un cliente por medios electrónicos” se produce cuando la asistencia es virtual y tiene el efecto de eliminar la distinción de la “intervención humana” con respecto a los servicios prestados electrónicamente.

La ley que regula las ventas B2C establecerá que cuando las actividades sean “transmitidas por streaming o puestas a disposición virtualmente de otra manera”, el lugar de suministro será el lugar donde esté establecido el cliente.

Estos cambios sugieren que el “suministro a un cliente por medios electrónicos” se produce cuando el servicio se transmite por streaming o se pone a disposición virtual. La posibilidad de streaming (que puede ser en directo o grabado) no aparece en la modificación de la norma B2B.

La ley que regula el uso y disfrute también se ha actualizado para reflejar estas adiciones.

Resumen de la asistencia virtual a eventos – implicaciones para el cumplimiento del IVA

En el caso de los eventos a los que se asiste de forma virtual, el lugar de prestación, tanto para el B2B como para el B2C, será el lugar en el que esté establecido el cliente, aunque esto puede modificarse mediante la aplicación de las normas de uso y disfrute.

En el caso de los asistentes B2B, el anfitrión no cobrará el IVA local, ya que se aplicará la inversión del sujeto pasivo, a menos que el anfitrión y el asistente estén establecidos en el mismo Estado miembro.

En el caso de los asistentes B2C, el anfitrión cobrará el IVA local en función de la ubicación del asistente. El OSS de la Unión y de fuera de la Unión estará disponible para ayudar a informar cuando el asistente esté en la UE.

Transposición

Los Estados miembros deberán adoptar y publicar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias antes del 31 de diciembre de 2024 y deberán aplicarlas a partir del 1 de enero de 2025.

En nuestro próximo blog estudiaremos algunas cuestiones prácticas que pueden surgir de estos cambios y cómo afectan al cumplimiento del IVA.

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A lo largo de la última década, la región de Oriente Medio ha experimentado cambios financieros y fiscales impactantes. El IVA se introdujo como una de las soluciones para evitar el impacto de la bajada de los precios del petróleo en la economía después de que los resultados económicos de la región empezaran a ralentizarse.

Tras darse cuenta de los beneficios del IVA para la economía, el siguiente paso para la mayoría de los gobiernos es aumentar la eficacia de los controles del IVA. En la actualidad, la mayoría de los países de Oriente Medio cuentan con regímenes de IVA. Al igual que muchos países, los países de Oriente Medio están preparando el camino para introducir regímenes de control continuo de las transacciones (CTC) para lograr un mecanismo eficaz de control del IVA.

Facturación electrónica en Oriente Medio

Arabia Saudí está liderando el camino, introduciendo su sistema de facturación electrónica en 2021. Este marco de facturación electrónica, en su forma actual, no requiere que los contribuyentes presenten los datos relevantes del IVA a la autoridad fiscal en tiempo real. Sin embargo, esto está a punto de cambiar, ya que la autoridad fiscal saudí aplicará los requisitos de facturación electrónica del CTC a partir del 1 de enero de 2023. Esto significa que los contribuyentes deberán transmitir sus facturas a la plataforma de la autoridad fiscal en tiempo real. Se espera que la ZATCA publique más detalles sobre el próximo régimen de CTC.

Se espera que la introducción del concepto de CTC en Arabia Saudí cree un efecto dominó en la región; algunos indicios ya lo indican. Recientemente, la autoridad fiscal de Omán emitió una solicitud de información que reveló sus planes de introducir un sistema de facturación electrónica. La invitación de la autoridad fiscal a las partes interesadas afirmaba que aún no se han fijado los plazos de implantación del sistema y que podría tratarse de un despliegue gradual. El objetivo es implantar el sistema de facturación electrónica de forma gradual. Se espera que el sistema de facturación electrónica entre en funcionamiento en 2023 de forma voluntaria y posteriormente de forma obligatoria.

La bahreiní National Bureau for Revenue (NBR) ha realizado esfuerzos similares. La NBR solicitó a los contribuyentes que participaran en una encuesta en la que se preguntaba por el número de facturas generadas anualmente y si los contribuyentes generaban actualmente facturas de forma electrónica. Este hecho es una señal de los próximos planes de facturación electrónica, o al menos un primer paso en esa dirección.

“En Jordania, el Ministerio de Economía Digital y Emprendimiento (MODEE) publicó un documento de precalificación para la selección de un proveedor de sistemas de facturación electrónica & Solución integrada de administración fiscal” que era, de hecho, una solicitud de información. La autoridad fiscal de Jordania comunicó anteriormente su objetivo de introducir la facturación electrónica. Como sugieren los últimos acontecimientos, Jordania se está acercando a tener una plataforma en funcionamiento para la facturación electrónica, a la que probablemente seguirán cambios legales en la legislación actual relativa a las normas de facturación.

El futuro global de los CTC

La tendencia global es claramente hacia diversas formas de CTC. En los últimos años, los controles del IVA y su importancia, así como las ventajas que presenta la tecnología, han cambiado el enfoque de las autoridades fiscales respecto a la digitalización de los mecanismos de control del IVA. Dado que los gobiernos de los países de Oriente Medio también se están dando cuenta de las ventajas que la adopción de los CTC podría desbloquear, es razonable esperar que el panorama del IVA en la región sea desafiante.

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Los negocios electrónicos se han enfrentado recientemente al cambio de normas dentro de la UE con la introducción del paquete de IVA para el comercio electrónico , pero también es importante asegurarse de que se cumplen los requisitos de conformidad a nivel mundial. En este blog analizamos algunos de los regímenes de bienes de bajo valor que se han introducido en los últimos años, así como los que se avecinan.

Suiza

Suiza fue uno de los primeros países fuera de la UE en introducir un régimen de bienes de bajo valor cuando revisó la ley suiza del IVA con efecto a partir del 1 de enero de 2018. Anteriormente, la importación de bienes por debajo de 62,50 CHF estaba exenta de los derechos de aduana suizos y del IVA a la importación. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2018, todos los vendedores extranjeros que importen bienes de bajo valor por debajo de 62,50 CHF (bienes con clasificación estándar) o 200 CHF (bienes con clasificación reducida) que superen el umbral de 100.000 CHF deberán registrarse y cobrar el IVA suizo sobre las ventas de dichos bienes.

Noruega

El 1 de abril de 2020, Noruega introdujo el régimen de IVA sobre el comercio electrónico (VOEC) para los vendedores extranjeros y los mercados en línea que venden bienes de bajo valor. Estos bienes de bajo valor incluyen los que tienen un valor inferior a 3.000 coronas noruegas, sin incluir los gastos de envío y seguro. El umbral se aplica por artículo y no por factura, aunque no incluye las ventas de alimentos, alcohol y tabaco, ya que estos bienes siguen estando sujetos a la recaudación en frontera del IVA, los impuestos especiales y los derechos de aduana. Todo vendedor extranjero que supere el umbral de 50.000 coronas noruegas tiene la obligación de registrarse en el IVA noruego y aplicarlo en el punto de venta si está registrado en el régimen VOEC.

Australia y Nueva Zelanda

Australia y Nueva Zelanda introdujeron regímenes muy similares para recaudar el GST sobre los bienes de bajo valor que venden los vendedores en el extranjero. Australia introdujo su régimen el 1 de julio de 2018 para todos los bienes con un valor en aduana inferior a 1.000 dólares australianos y un umbral de facturación de 75.000 dólares australianos que, una vez superado, significa que el vendedor en el extranjero debe registrarse para el GST australiano y cobrarlo en el punto de venta.

Nueva Zelanda introdujo un esquema de bienes de bajo valor el 1 de octubre de 2019 y lo aplicó a los bienes de bajo valor valorados en menos de 1.000 NZD. El umbral de facturación en Nueva Zelanda es de 60.000 NZD que, una vez superado, requiere que el vendedor extranjero se registre y cobre el GST neozelandés.

Reino Unido

Tras el Brexit , el Reino Unido suprimió la desgravación por envío de bienes de bajo valor de 15 libras esterlinas e introdujo un nuevo régimen el 1 de enero de 2021 que cubre las importaciones de bienes procedentes de fuera del Reino Unido en envíos cuyo valor no supere las 135 libras esterlinas (lo que se ajusta al umbral de responsabilidad de los derechos de aduana). Con estas nuevas normas, el punto de recaudación del IVA se traslada del punto de importación al punto de venta. Esto significa que el IVA de las entregas en el Reino Unido, en lugar del IVA de las importaciones, se aplicará a estos envíos. La realización de estas entregas requiere el registro del IVA en el Reino Unido desde la primera venta.

Singapur

Singapur es el último país en anunciar que introducirá nuevas normas para los bienes de bajo valor. A partir del 1 de enero de 2023, los consumidores privados de Singapur tendrán que pagar un 7% de GST por los bienes valorados en 400 SGD o menos que se importen a Singapur por vía aérea o postal (el tipo de GST aumentará al 9% en algún momento entre 2022 y 2025).

Un vendedor extranjero (es decir, un proveedor, un operador de mercado electrónico o un distribuidor) deberá registrarse en el GST cuando su volumen de negocios global y el valor de los suministros B2C de bienes de bajo valor realizados a clientes no registrados en el GST en Singapur superen el millón de SGD al final de cualquier año natural. También es posible registrarse voluntariamente si es necesario.

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SAF-T: Introducción al estándar internacional

Entender el estándar flexible adoptado por Austria, Francia, Lituania, Luxemburgo, Noruega, Portugal y Rumanía

El SAF-T (archivo de auditoría estándar para impuestos) es un estándar internacional para la declaración electrónica de información contable de las organizaciones a una autoridad fiscal nacional o a auditores externos, usado por las administraciones fiscales para recopilar datos detallados de las empresas, ya sea bajo demanda o periódicamente.

El estándar SAF-T ha sido adoptado en una mayoría de países europeos, lo que alivia la necesidad de que las autoridades fiscales tengan que visitar físicamente las empresas para extraer y revisar una amplia variedad de datos corporativos.

Este libro electrónico incluye:

  • ¿Qué es SAF-T?: una exploración del estándar y sus orígenes
  • Un análisis más profundo del formato SAF-T: los conjuntos y requisitos de datos actuales
  • Los retos del SAF-T para empresas: la flexibilidad y el uso más amplio del estándar
  • El futuro del SAF-T: ¿qué es lo siguiente?
  • Cómo puede ayudarle Sovos

Obtenga el libro electrónico

Los países que han introducido legislación para aplicar los requisitos del SAF-T incluyen a Austria, Francia, Lituania, Luxemburgo, Noruega, Polonia, Portugal y Rumanía. Los requisitos del SAF-T siguen adoptándose en varios Estados miembros de la UE y países de otras zonas están considerando activamente su introducción.

El último estándar SAF-T incluye datos de contabilidad, cuentas por cobrar, cuentas por pagar, activos fijos e inventario. En la mayoría de los casos, las autoridades solicitan un archivo de texto en una estructura XML.

Las directrices de SAF-T son flexibles, lo que permite que los gobiernos adapten libremente SAF-T para adaptarse a sus sistemas de presentación y auditoría de impuestos, para realizar auditorías o como base para prerrellenar declaraciones fiscales como devoluciones de IVA o declaraciones de inventario.

Este libro electrónico trata sobre la introducción de SAF-T en 2005 y cómo ha evolucionado el estándar desde entonces, así como los retos de SAF-T tanto para empresas como para gobiernos.

Cómo puede ayudarle Sovos con el cumplimiento del SAF-T

Sovos puede ayudar a los clientes a gestionar los requisitos del SAF-T en múltiples jurisdicciones a través de soluciones de software automatizadas que extraen fácilmente los datos necesarios, los asignan de forma precisa a las estructuras del SAF-T en los formatos legales más recientes y realizan análisis en profundidad de los archivos SAF-T generados.

Sovos proporciona seguridad gracias a su estrategia preparada para el futuro, la cual está diseñada para abordar las obligaciones de cumplimiento en todos los mercados a medida que las normativas sobre IVA evolucionan hacia una declaración electrónica continua y otros controles continuos de transacciones que requieren datos cada vez más pormenorizados. La solución de Sovos para el SAF-T combina la extracción de datos, su análisis y la generación de resultados para proporcionar a nuestros clientes toda la certeza que necesitan.

Aproveche la gestión integral del cumplimiento y la tranquilidad que ofrece Sovos.

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El 5 de abril de 2022, el Consejo de la UE adoptó formalmente cambios en las normas actuales que regulan los tipos reducidos del IVA para bienes y servicios. Estas modificaciones de la Directiva del IVA se publicaron en el Diario Oficial de la UE el 6 de abril de 2022 a través de Directiva del Consejo (UE) 2022/542 de 5 de abril de 2022 y son efectivas de inmediato.

La aprobación del Consejo de la UE se produce tras la revisión oficial de las modificaciones por parte del Parlamento de la UE en marzo de 2022.

Nuevas tarifas reducidas

La Directiva del Consejo concede a los Estados miembros más opciones de tipos que pueden aplicar y garantiza la igualdad de trato entre los Estados miembros. El artículo 98 de la Directiva del IVA se modifica para prever la aplicación de un máximo de dos tipos reducidos de al menos el 5% que pueden aplicarse hasta a 24 entregas enumeradas en el anexo III revisado.

Los Estados miembros podrán aplicar un tipo reducido inferior al 5% y una exención con derecho a deducción del IVA (tipo cero) a un máximo de siete entregas del anexo III. La aplicación del tipo reducido y del tipo cero se limita a los bienes y servicios considerados de primera necesidad, como el agua, los alimentos, los medicamentos, los productos farmacéuticos, los productos sanitarios y de higiene, el transporte de personas y los artículos culturales como libros, periódicos y revistas. Es la primera vez que los Estados miembros pueden eximir estas necesidades.

Todos los Estados miembros tienen ahora el mismo acceso a las excepciones existentes para aplicar tipos reducidos a productos específicos que antes se concedían de forma específica para cada país. Los contribuyentes deben ejercer la opción de aplicar las excepciones antes del 6 de octubre de 2023.

El anexo III contiene notables nuevos suministros y revisiones para apoyar las transiciones verde y digital: suministro e instalación de paneles solares, suministro de electricidad y calefacción y refrigeración urbana, bicicletas y bicicletas eléctricas, admisión a eventos de transmisión en vivo (a partir del 1 de enero de 2025), plantas vivas y productos de floricultura, y otros. También se han añadido bienes nocivos para el medio ambiente, como los combustibles fósiles y los fertilizantes y plaguicidas químicos, pero quedarán excluidos a partir del 1 de enero de 2030 y 2032.

Los Estados miembros deben adoptar y publicar, antes del 31 de diciembre de 2024, las leyes y medidas de cumplimiento necesarias para ajustarse a las nuevas normas que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2025.

Actividad legislativa

Los Estados miembros han comenzado a promulgar legislación en respuesta a la nueva Directiva de tipos reducidos desde su aprobación en diciembre de 2021. Polonia y Croacia redujeron el tipo de IVA de los alimentos básicos al tipo cero y Bulgaria y Rumanía están considerando hacer lo mismo. Bélgica, Croacia, Chipre, Irlanda, Italia, Países Bajos, Polonia, Rumanía y España han anunciado reducciones del IVA sobre los suministros de energía (por ejemplo, electricidad, calefacción/refrigeración, gas natural) y Grecia está estudiando la posibilidad de reducirlo.

Estos cambios de tipos ya se han propuesto o promulgado antes de la fecha de entrada en vigor de la Directiva del Consejo, el 6 de abril de 2022. Aunque los acontecimientos mundiales y las subidas de los precios de la energía también contribuyen a estos cambios, las modificaciones de los tipos reducidos, tan esperadas, permiten ahora a los Estados miembros hacerlo dentro de los límites de la Directiva del IVA.

Se espera que más Estados miembros revisen su estructura de tipos de IVA en respuesta a estas nuevas oportunidades de tipos reducidos.

Para más información sobre estas modificaciones, consulte nuestro anterior blog .

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El Ministerio de Hacienda noruego ha propuesto modificar la Ley noruega del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en relación con las ventas transfronterizas de servicios no digitales entre empresas y consumidores. La propuesta exigiría que las compras de servicios que se pueden prestar a distancia a proveedores establecidos fuera de Noruega a consumidores situados en ese país estén sujetas al IVA.

Requisitos actuales en Noruega

Desde 2011, Noruega aplica un régimen simplificado de cumplimiento del IVA para los proveedores extranjeros de servicios digitales a los consumidores. Los proveedores no residentes que venden libros electrónicos, medios de transmisión, software u otros servicios digitales a consumidores noruegos y que alcanzan el umbral de registro del IVA de 50.000 coronas noruegas deben registrarse y recaudar el IVA sobre estas ventas, al igual que las empresas residentes.

Los proveedores no residentes no establecidos en Noruega pueden utilizar el régimen simplificado de IVA sobre el comercio electrónico (VOEC) para el registro y la presentación de informes. Además, los proveedores de Noruega deben pagar el IVA sobre todas las compras de servicios que se prestan a distancia a empresas situadas en el extranjero. Sin embargo, en la actualidad, los proveedores extranjeros de servicios que se pueden prestar a distancia, que no son digitales, no están obligados a registrarse y pagar el IVA sobre sus ventas de dichos servicios.

Propuesta

La autoridad fiscal noruega está preocupada por la ventaja competitiva de los proveedores no residentes sobre los proveedores residentes cuando prestan servicios entregables a los consumidores noruegos. El Ministerio de Hacienda noruego ha presentado una propuesta de modificación de la Ley noruega del IVA para exigir a los proveedores no residentes que recauden y declaren el IVA sobre los servicios que se prestan a distancia a los consumidores.

Según la propuesta, los proveedores extranjeros de servicios tradicionales tendrían que cobrar el IVA por los servicios de consultoría, contabilidad y otros servicios transfronterizos prestados a consumidores situados en Noruega. Cuando el cliente sea una empresa o una autoridad pública, o cuando la transacción se considere una venta B2B, el IVA seguiría siendo cargado y recaudado por el cliente a través del mecanismo de inversión del sujeto pasivo. Los proveedores que no estén establecidos en Noruega podrán utilizar el actual régimen VOEC.

Situación y calendario

El Ministerio de Hacienda noruego ha presentado la propuesta de modificación de la Ley noruega del IVA relativa a la venta de servicios prestados a distancia desde el extranjero a destinatarios en Noruega para su consulta en . El plazo para presentar comentarios sobre la propuesta es el 8 de julio de 2022. Esté atento a las actualizaciones sobre si las enmiendas propuestas se adoptan en Noruega y cuándo entrarán en vigor en caso de que se adopten.

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El Gobierno italiano ha dado pasos importantes para ampliar el alcance de su mandato de facturación electrónica , más concretamente ampliando el ámbito de los contribuyentes sujetos a las obligaciones de emisión y compensación de facturas electrónicas, a partir del 1 de julio de 2022.

El 13 de abril de 2022, el proyecto de Ley-Decreto, conocido como la segunda parte del Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia (Decreto Legge PNRR 2 – Piano Nazionale di Ripresa e Resilienza), fue aprobado por el Consejo de Ministros italiano (Consiglio dei ministri).

El Plan Nacional de Recuperación aprobado por el Gobierno italiano forma parte del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) de la Unión Europea, un instrumento creado para ayudar financieramente a los Estados miembros a recuperarse de los retos económicos y sociales planteados por la pandemia del Covid-19.

La ampliación del mandato de facturación electrónica de Italia es uno de los elementos del paquete de medidas del Gobierno contra la evasión fiscal y aborda, en particular, el avance de la transformación digital, uno de los seis pilares del DRR.

Nuevos contribuyentes en el ámbito de aplicación

El proyecto de Decreto-Ley PNRR 2 amplía la obligación de emitir y compensar facturas electrónicas a través de la plataforma de compensación italiana Sistema di Intercambio (SDI) a determinados contribuyentes del IVA exentos del mandato hasta ahora. Esto significa que, a partir del 1 de julio de 2022, los siguientes contribuyentes adicionales están obligados a cumplir el mandato de facturación electrónica italiano:

El régimen forfettario está disponible para los contribuyentes que cumplen requisitos específicos, lo que les permite adoptar un régimen de IVA a tanto alzado reducido del 15%, disminuido al 5% para las nuevas empresas durante los primeros cinco años. Estos contribuyentes han estado, hasta ahora, exentos de la obligación de emitir facturas electrónicas y compensarlas a través de la IDE, según el Decreto Legislativo 127 de 5 de agosto de 2015.

Además, se incluyen como nuevos sujetos las asociaciones deportivas de aficionados y las entidades del tercer sector con ingresos de hasta 65.000 euros que también han estado exentas del mandato de facturación electrónica. A partir del 1 de julio de 2022, la facturación electrónica también será obligatoria para ellos.

El mandato sigue excluyendo a las microempresas con ingresos o tasas de hasta 25.000 euros al año, que en cambio estarán obligadas a emitir y compensar facturas electrónicas con la IDE a partir de 2024.

Se introduce un breve periodo de gracia

El proyecto de decreto también establece un breve período de gracia transitorio desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2022. Durante este tiempo, los contribuyentes sujetos al nuevo mandato podrán emitir facturas electrónicas dentro del mes siguiente al que se realizó la transacción, sin estar sujetos a ninguna sanción. Esto da tiempo a los nuevos sujetos para ajustarse a la norma general que establece que las facturas electrónicas deben emitirse en un plazo de 12 días desde la fecha de la transacción.

¿Qué es lo siguiente?

El texto definitivo del decreto aún no se ha publicado en la Gaceta Oficial italiana; sólo cuando se dé este último paso, el decreto se convertirá formalmente en ley y su ámbito de aplicación ampliado será vinculante. El inicio del segundo semestre de este año trae consigo otros cambios significativos en Italia en relación con la notificación obligatoria de las facturas transfronterizas a través de FatturaPA, que también comenzará el 1 de julio de 2022.

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Han pasado poco más de nueve meses desde la introducción de uno de los mayores cambios en las normas del IVA de la UE para los minoristas de comercio electrónico, el paquete de IVA sobre comercio electrónico que amplía la ventanilla única e introduce la ventanilla única de importación.

El objetivo del Paquete IVA Comercio Electrónico de la UE es simplificar el comercio transfronterizo B2C en la UE, aliviando la carga de las empresas, reduciendo los costes administrativos del cumplimiento del IVA y garantizando que el IVA se cobre correctamente en esas ventas.

Con la nueva normativa, se han eliminado los umbrales de venta a distancia de bienes específicos de cada país y se han sustituido por un umbral de 10.000 euros en toda la UE para las empresas establecidas en ella, mientras que las empresas no establecidas en la UE no tienen ahora ningún umbral. Para muchas empresas, esto significa que deben pagar el IVA en todos los países a los que venden, lo que les obliga a estar registradas a efectos del IVA en muchos más países que antes de julio de 2021. Sin embargo, la introducción del sistema de liquidación del IVA de la Unión les permitió simplificar sus obligaciones en materia de IVA al permitirles declarar el IVA de todas las ventas en la UE en una única declaración del sistema de liquidación del IVA.

Cómo ha afectado a las empresas el paquete de medidas sobre el IVA del comercio electrónico de la UE

Aunque para muchas empresas la idea de tener que cobrar el IVA en todos los países a los que venden puede haber sido abrumadora en un principio, ahora están viendo los muchos beneficios que la introducción del OSS pretendía conseguir. El mayor beneficio para las empresas es la simplificación de los requisitos de cumplimiento del IVA, con una sola declaración trimestral del IVA en lugar de cumplir con muchos plazos de presentación y pago en diferentes Estados miembros de la UE.

Las empresas que subcontratan el cumplimiento del IVA han podido reducir sus costes de forma significativa al darse de baja del régimen del IVA en muchos Estados miembros en los que ya estaban registradas. Aunque pueden ser necesarios algunos registros adicionales en función de las cadenas de suministro específicas y la ubicación de las existencias en la UE. Las empresas también se benefician del flujo de caja con el régimen de OSS, ya que el IVA se debe pagar trimestralmente, en lugar de mensualmente o bimensualmente, como era el caso anteriormente en muchos Estados miembros. En el marco de la aplicación del paquete de medidas sobre el IVA en el comercio electrónico de la UE, también se suprimió la exención de los envíos de bajo valor, lo que significaba que el IVA a la importación se aplicaba a todas las mercancías que entraban en la UE. La Comisión Europea (CE) ha anunciado que actualmente hay más de 8.000 operadores registrados.

Hemos visto algunos contratiempos iniciales, ya que los Estados miembros de la UE no reconocen los números de las IOSS en el momento de la importación, lo que ha provocado una doble imposición para algunos vendedores. Pero para la mayoría de las empresas el IOSS les ha permitido agilizar la venta de productos a clientes de la UE para pedidos inferiores a 150 euros. La CE también ha alabado recientemente el éxito inicial de este sistema al publicar cifras preliminares que muestran que hasta la fecha se han recaudado 1.900 millones de euros en concepto de IVA.

El futuro del OSS y el IOSS

La CE está llevando a cabo una consulta en , en la que se recogen las opiniones de las partes interesadas sobre el funcionamiento de los nuevos regímenes con vistas a introducir posibles cambios. Algunos de los cambios que se están debatiendo incluyen la obligatoriedad del sistema IOSS para todas las empresas, lo que ampliaría significativamente su uso, ya que hace que entren en juego muchos más comerciantes. También se ha hablado de aumentar el actual umbral de 150 euros, lo que permitiría que un mayor número de envíos pudieran acogerse a las IOSS, aunque dado que el actual umbral de derechos de aduana también es de 150 euros, sería interesante ver cómo se alinean estas normas. La CE también publicará propuestas a finales de año sobre la posible ampliación de la OSS para incluir las transacciones de bienes B2B, con vistas a su aplicación en 2024.

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El comercio electrónico sigue creciendo, y las autoridades fiscales de todo el mundo se han esforzado por seguir el ritmo. Las autoridades fiscales desarrollaron muchos sistemas de IVA antes de la llegada del comercio electrónico en su formato actual y de la evolución de Internet. En todo el mundo esto ha dado lugar a cambios para garantizar que la tributación se produzca de la manera que el gobierno desea, eliminando las distorsiones de la competencia entre las empresas locales y las no residentes.

La Comisión Europea introdujo cambios el 1 de julio de 2021 con el E-commerce VAT Package, que modernizó la forma en que se aplica el IVA a las ventas de comercio electrónico y también la forma en que se recauda el IVA. Como el sistema anterior estaba en vigor desde el 1 de julio de 1993, el cambio ya era necesario.

Imposición en el lugar de consumo

El principio de la fiscalidad del comercio electrónico en la Unión Europea (UE) es que debe producirse en el lugar de consumo, es decir, donde el consumidor final hace uso de los bienes y servicios. En el caso de los bienes, esto significa el lugar de entrega de los mismos y, en el caso de los servicios, el lugar de residencia del consumidor, aunque hay algunas excepciones.

Cuando el IVA se devenga en un Estado miembro diferente al del establecimiento del proveedor, éste debe contabilizar el IVA en un país diferente. Las microempresas están exentas de la obligación de declarar el IVA en el lugar de consumo. Sin embargo, la mayoría de las empresas de comercio electrónico que venden en toda la UE tendrán que contabilizar el IVA en muchos otros Estados miembros, lo que supondría una carga administrativa.

Ampliación de la Ventanilla Única (VU)

Para superar este problema, la Comisión Europea ha decidido ampliar considerablemente la Mini Ventanilla Única (MOSS), que ya existía para los suministros B2C de telecomunicaciones, radiodifusión y servicios prestados por vía electrónica. Tres nuevos regímenes permiten a las empresas registrarse a efectos del IVA en un solo Estado miembro y utilizar ese registro de la VUCE para contabilizar el IVA en todos los demás Estados miembros en los que se deba pagar el IVA.

El OSS de la Unión permite a las empresas, tanto de la UE como de fuera de ella, contabilizar el IVA de las ventas a distancia de bienes dentro de la UE. También permite a las empresas de la UE contabilizar el IVA en las prestaciones de servicios B2C dentro de la UE.

El OSS para no comunitarios permite a las empresas de fuera de la UE contabilizar el IVA en todas las prestaciones de servicios B2C en las que se devenga el IVA de la UE.

El OSS de importación permite a las empresas, tanto de la UE como de fuera de ella, contabilizar el IVA en las importaciones de bienes en paquetes con un valor intrínseco inferior a 150 euros.

Actualmente, ninguno de los regímenes de OSS es obligatorio, y las empresas pueden optar por registrarse a efectos del IVA en el Estado miembro en el que se debe pagar el IVA. La Comisión Europea está realizando una consulta sobre el éxito de los regímenes de OSS, y una de las propuestas es que el uso del OSS de importación sea obligatorio. También se plantea la posibilidad de aumentar el umbral, aunque para ello habría que estudiar cómo tratar los derechos de aduana, ya que el umbral de 150 euros es el punto a partir del cual se pueden cobrar los derechos de aduana.

Beneficios del OSS

La utilización de los regímenes de SLV de la Unión y de fuera de la Unión puede constituir una valiosa alternativa al registro del IVA en varios Estados miembros. Sin embargo, puede haber otras razones por las que una empresa necesite mantener registros de IVA en otros países. Las empresas deben llevar a cabo una revisión completa de la cadena de suministro para identificar las obligaciones en materia de IVA.

El uso del régimen de IVA a la importación también tiene muchas ventajas, como la posibilidad de recuperar el IVA de las mercancías devueltas y un proceso de entrega simplificado tanto para el proveedor como para el cliente.

Todas las empresas que utilicen cualquier sistema de OSS deben comprender plenamente los requisitos del sistema. El incumplimiento puede dar lugar a la exclusión de la obligación de registrarse a efectos del IVA en los países en los que se debe. Esto eliminará el beneficio de los regímenes de OSS, aumentando los costes y la carga administrativa para la empresa.

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La página web de Filipinas sigue avanzando constantemente hacia la implantación de su sistema de control continuo de transacciones (CTC), que consiste en la notificación casi en tiempo real de las facturas y recibos emitidos electrónicamente. El 4 de abril comenzaron las pruebas en el Sistema de Facturación Electrónica (EIS), la plataforma del gobierno, con seis empresas seleccionadas como pilotos para este proyecto.

El movimiento inicial hacia un sistema de CTC en Filipinas comenzó en 2018 con la introducción de la Ley de Reforma Fiscal para la Aceleración y la Inclusión, conocida como ley TRAIN, que tiene como objetivo principal simplificar el sistema fiscal del país haciéndolo más progresivo, justo y eficiente. El proyecto de implantación de un sistema obligatorio de facturación e información electrónica en todo el país se ha desarrollado en estrecha colaboración con el gobierno de Corea del Sur, considerado un modelo de éxito con su completo y experimentado sistema de CTC.

La facturación y los informes electrónicos son algunos de los muchos componentes establecidos por la ley TRAIN como parte del programa de transformación digital DX Vision 2030 del país. Con ello, Filipinas avanza en la modernización de su sistema fiscal.

Introducción de la declaración electrónica obligatoria en Filipinas

El sistema CTC de Filipinas exige la emisión de facturas (B2B) y recibos (B2C) en formato electrónico y su comunicación casi en tiempo real a la Oficina de Impuestos Internos (BIR), la autoridad fiscal nacional. El EIS ofrece diferentes posibilidades de presentación, lo que significa que la transmisión puede hacerse en tiempo real o casi en tiempo real. Los documentos que deben emitirse y notificarse electrónicamente son las facturas de venta, los recibos y las notas de crédito/débito.

Según el Código Fiscal de Filipinas, los siguientes contribuyentes están cubiertos por el próximo mandato:

No obstante, los contribuyentes que no estén cubiertos por la obligación pueden optar por inscribirse en el EIS a efectos de notificación de facturas y recibos electrónicos

Las facturas electrónicas deben emitirse en formato JSON (JavaScript Object Notation) y contener una firma electrónica. Una vez emitidas, los contribuyentes pueden presentar sus facturas y recibos a sus clientes. No es necesaria la aprobación de la autoridad fiscal para proceder. Sin embargo, los documentos electrónicos deben transmitirse a la plataforma EIS en tiempo real o casi.

Requisitos del archivo electrónico

Filipinas ha introducido unos requisitos algo inusuales en este periodo de digitalización, en lo que respecta al archivo de las facturas electrónicas. El periodo de conservación es de diez años y consiste en un sistema en el que los contribuyentes están obligados a conservar copias impresas durante los primeros cinco años. Después de este primer periodo, ya no se requieren copias impresas, y se permite el almacenamiento exclusivo de copias electrónicas en un archivo electrónico durante los cinco años restantes.

¿Qué sigue para los contribuyentes?

Con las pruebas oficialmente en marcha, la siguiente fase debería comenzar el 1 de julio de 2022, con la puesta en marcha para 100 contribuyentes piloto seleccionados por el Gobierno, incluidos los seis iniciales. Después, el Gobierno tiene previsto avanzar en una implantación gradual en 2023 para todos los contribuyentes incluidos en el ámbito de aplicación del sistema. Mientras tanto, los contribuyentes pueden aprovechar este periodo provisional para ajustarse a los requisitos de información de la CTC de Filipinas.

Tome medidas

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Generación SAF-T de Sovos

Produzca una gama completa de informes SAF-T que cumplan con diferentes requisitos jurisdiccionales

Manténgase al día con esquemas SAF-T en evolución

Genere resultados en SAF-T, listos para ser presentados de manera oportuna

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD) introdujo por primera vez el archivo estándar de auditoría para fines fiscales (SAF-T) en mayo de 2005. Desde entonces, un creciente número de autoridades fiscales lo han adoptado como una forma de obtener una visión amplia de los asuntos fiscales de las empresas. Muchos de los países que han introducido hasta ahora el SAF-T también han aplicado su propia interpretación individual de la versión original, o de la versión posterior de 2010, del SAF-T. Sin embargo, la cantidad de datos diversos que requieren estos esquemas SAF-T desconocidos y específicos de cada jurisdicción hace que las empresas tengan dificultades para cumplir sus obligaciones. La solicitud de una autoridad tributaria también deja un plazo relativamente corto para que las empresas recopilen los datos y los presenten en el formato prescrito, especialmente si tienen que hacerlo en varias jurisdicciones y en diferentes formatos.

La generación SAF-T de Sovos asigna datos al esquema correcto, lo que garantiza que se cumplan los requisitos de formato. También es valioso nuestro análisis complementario del SAF-T para garantizar que el SAF-T final generado comprende datos sólidos y está realmente listo para la presentación. Esta potente combinación de módulos en la solución SAF-T de Sovos proporciona la tranquilidad de que el informe SAF-T enviado a la autoridad tributaria cumplirá con sus requisitos para obtener información más detallada, sin necesidad de un análisis adicional.

Consolide y presente datos en estructuras XML legales específicas para cada país

Proporcione los resultados requeridos por cada autoridad fiscal individual que haya introducido SAF-T

Amplíe la cobertura a medida que las nuevas jurisdicciones introducen el requisito de SAF-T

Asegúrese de que los datos estén completamente consolidados a partir de todas las fuentes relevantes para generar el informe SAF-T en la estructura legal correcta

Produzca contenidos válidos y listos para su presentación cuando se utilice junto con los análisis de APR SAF-T.

Proporcione un repositorio de los archivos SAF-T generados para que se pueda acceder a ellos posteriormente.

Utilizado junto con el módulo de análisis SAF-T de Sovos, con la aplicación de reglas de precisión de datos y de inferencia de fraude, esto garantiza que se puedan tomar las medidas adecuadas para abordar cualquier anomalía y corregir o explicar errores. También proporciona una mayor garantía de que la presentación de SAF-T no dará lugar a un mayor escrutinio por parte de las autoridades fiscales. 

Transición de la facturación electrónica voluntaria a la obligatoria prevista a partir del 1 de abril de 2023

Desde el 1 de enero de 2022, los contribuyentes pueden emitir facturas estructuradas (facturas electrónicas) utilizando el Sistema Nacional de Facturación Electrónica (KSeF) de Polonia de forma voluntaria, lo que significa que los formularios electrónicos y en papel siguen siendo aceptables en paralelo. La introducción del sistema KSeF forma parte de la transformación digital que se está produciendo en Polonia tras el establecimiento de mandatos de control continuo de las transacciones (CTC) en toda Europa, lo que permite una identificación más rápida y eficaz del fraude fiscal.

El sistema KSeF permite a los contribuyentes emitir y recibir facturas electrónicamente. Es una de las herramientas tecnológicamente más avanzadas de Europa para el intercambio de información sobre hechos económicos. Las facturas estructuradas emitidas a través del sistema se preparan de acuerdo con el modelo de factura desarrollado por el Ministerio de Hacienda. Tras su emisión, las facturas se envían desde el sistema financiero y contable a través de una interfaz (API) a la base de datos central (KSeF). Después están disponibles en el sistema y pueden ser descargadas por el destinatario.

Solicitudes de excepción de Polonia

El 5 de agosto de 2021, la República de Polonia solicitó autorización para establecer una excepción a los artículos 218, 226 y 232 de la Directiva del IVA a fin de poder aplicar la obligación de expedir facturas electrónicas, procesadas a través del Sistema Nacional de Facturación Electrónica (KSeF), para todas las operaciones que requieran la expedición de una factura con arreglo a la legislación polaca en materia de IVA.

Posteriormente, el 9 de febrero de 2022, Polonia modificó su solicitud, solicitando la autorización para establecer una excepción a los artículos 218 y 232 de la Directiva del IVA y especificó que la facturación electrónica obligatoria sólo se aplicaría a los sujetos pasivos establecidos en el territorio de Polonia.

Polonia considera que la introducción de una obligación generalizada de emitir facturas electrónicas aportaría importantes beneficios en términos de lucha contra el fraude y la evasión del IVA, al tiempo que simplificaría la recaudación del impuesto. Además, la aplicación de la medida acelerará la digitalización del sector público.

La decisión derogatoria de la Comisión Europea

Como se deriva del artículo 218 de la Directiva del IVA, los Estados miembros están obligados a aceptar como facturas todos los documentos o mensajes en papel o en formato electrónico. Polonia se esforzó por obtener una excepción al citado artículo de la Directiva del IVA para que la administración fiscal polaca sólo pudiera considerar como facturas los documentos en formato electrónico.

Además, sobre la base del artículo 232 de la Directiva del IVA, la utilización de una factura electrónica está sujeta a la aceptación del destinatario. Por lo tanto, la introducción de una obligación de facturación electrónica en Polonia requiere una excepción a este artículo, de modo que el emisor ya no tenga que obtener el consentimiento del destinatario para enviar una factura en un formato sin papel. Actualmente, según el artículo 106n de la ley polaca del IVA, el uso de facturas electrónicas requiere la aprobación del destinatario de la factura, lo que dificulta la posibilidad de imponer la facturación electrónica obligatoria.

Tal como anunció la Comisión Europea el 30 de marzo de 2022, se ha concedido a Polonia la decisión de excepción tanto del artículo 218 como del artículo 232 de la Directiva 2006/112/CE. La decisión se aplicará desde el 1 de abril de 2023 hasta el 31 de marzo de 2026, tras recibir la última aprobación del Consejo de la UE. Se espera que la fase obligatoria del mandato comience el 1 de abril de 2023.

La aplicación para contribuyentes del KSeF: en el horizonte

Para que los contribuyentes puedan emitir y disponer de facturas electrónicas mediante KSeF, el Ministerio de Hacienda polaco ofrecerá varias herramientas de forma gratuita:

El 31 de marzo de 2022, el Ministerio de Hacienda anunció que la versión de prueba de la aplicación KSeF Taxpayer estará disponible el 7 de abril de 2022. Permitirá gestionar las autorizaciones, emitir y recibir facturas del KSeF.

Qué pasos dar

Con la decisión publicada por la Comisión Europea, Polonia ha entrado en la siguiente fase de aplicación de la facturación electrónica obligatoria. Los siguientes pasos se darán después de recibir la aprobación del Consejo de la UE (que ahora es una formalidad y debería tener lugar en unas semanas). Posteriormente, el Ministerio de Hacienda implantará la facturación electrónica universal en Polonia dando el tiempo suficiente para que las empresas se adapten a las nuevas soluciones.

¿Necesita ayuda con la evolución de los requisitos del CTC de Polonia?

El desarrollo de la solución CTC de Sovos para Polonia ya está muy avanzado y en breve estará listo para su aplicación. Para adelantarse a las inevitables prisas por cumplir el mandato CTC de Polonia, póngase en contacto con nosotros hoy mismo.

Brasil es, sin duda, una de las jurisdicciones más complicadas del mundo en lo que respecta a la legislación fiscal. El intrincado sistema fiscal que abarca normas de 27 estados y más de 5.000 municipios ha creado una carga para las empresas, especialmente para las transacciones entre estados y municipios.

Además, los contribuyentes deben examinar cuidadosamente los numerosos formatos y requisitos de la facturación electrónica (y, a veces, la ausencia de ellos). Por lo tanto, las esperanzas de una reforma fiscal en Brasil existen desde hace tiempo.

Simplificar el cumplimiento de la facturación electrónica

En los últimos años, varias iniciativas legislativas encaminadas a integrar los mandatos de la fiscalidad indirecta en todo el país no han tenido resultados satisfactorios. Entretanto, un paso factible para lograr tales cambios puede ser la unificación de las normas sobre el cumplimiento digital de las obligaciones fiscales, como la facturación y la declaración electrónica del IVA.

A finales de 2021 se inició una propuesta de ley (Projeto de Lei Complementar n. 178/2021) por parte del sector privado. Denominado Estatuto Nacional de Simplificación de las Obligaciones Fiscales Auxiliares, ha sido acogido este año por la Cámara de Diputados. Su objetivo principal es introducir una importante reforma dentro de las obligaciones fiscales digitales mediante la creación de un sistema unificado de facturación electrónica.

Al establecer la cooperación fiscal nacional, la propuesta pretende reducir los costes con el cumplimiento, permitir el intercambio de información entre las autoridades fiscales y crear un incentivo para la conformidad de los contribuyentes en todos los niveles federales, estatales y municipales.

El programa principal de la propuesta de ley es introducir:

Lo que significa para las empresas

El cambio más significativo es la introducción de la NFB-e (Nota Fiscal Brasil Eletronica), una norma nacional para la facturación electrónica. Supone la unificación de la NF-e (Nota Fiscal Eletronica), la NFS-e (Nota Fiscal de Servicos Eletronica) y la NF-C (Nota Fiscal do Consumidor Eletronica) en un único documento. De este modo, se incluirán los impuestos similares al IVA de Brasil, en este caso, el ICMS (IVA sobre productos y determinados servicios) y el ISS (IVA sobre servicios).

En la práctica, esto significa que en lugar de cumplir con numerosos formatos y mandatos de facturación electrónica, según el estado y el municipio de la transacción, un estándar digital nacional proporcionará un cumplimiento uniforme en todo el país para la facturación electrónica. La NFB-e cubrirá la facturación de bienes y servicios a nivel estatal y municipal para las transacciones B2G, B2B y B2C.

La reforma reducirá drásticamente la carga de los contribuyentes y ampliará el alcance de la facturación electrónica a los municipios en los que aún no se ha adoptado dicho mandato.

Es esencial añadir que se mantendrán los requisitos de compensación para la facturación electrónica en Brasil, lo que significa que las empresas seguirán teniendo que cumplir con las normas de compensación de facturas en tiempo real con la autoridad fiscal.

¿Qué es lo que sigue?

La propuesta de ley aún está en fase de discusión y seguirá a la Comisión Constitucional de Justicia y Ciudadanía (CCJC) para su aprobación y posibles modificaciones antes de la votación en el Congreso. Hasta entonces, el cumplimiento de las normas de facturación electrónica en todo Brasil sigue siendo un reto.

Tome medidas

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Conozca al experto es nuestra serie de blogs donde compartimos más sobre el equipo que está detrás de nuestro innovador software y servicios gestionados.

Como organización global con expertos en fiscalidad indirecta en todas las regiones, nuestro equipo especializado suele ser el primero en conocer los nuevos cambios normativos y las últimas novedades en los regímenes fiscales de todo el mundo, para ayudarle en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Hablamos con Russell Brown, director senior de consultoría de IPT, sobre la consultoría de IPT de Sovos, el apoyo a los equipos fiscales y su opinión sobre el futuro del IPT.

¿Puede hablarme de su función y de lo que implica?

Dirijo la práctica de consultoría del Impuesto sobre las Primas de Seguros (IPT) dentro de Sovos. Nos encargamos de asesorar, sobre todo a los clientes que cumplen con la normativa, sobre cuestiones fiscales de los distintos tipos de seguros que suscriben en países de la UE y de fuera de ella. Aportamos claridad sobre los tipos impositivos aplicables y sus requisitos de cumplimiento en varios países, así como sobre la localización de las consultas de riesgo.

Una de mis principales responsabilidades es revisar y aprobar los informes redactados por los consultores del equipo. También ayudo a nuestro equipo de ventas con los clientes interesados en registrarse en el IPT en diferentes países. Esto implica discutir los seguros que ofrece el cliente y los países implicados y ayudar a incorporar nuevos clientes. También participo en la redacción de blogs y artículos regulares sobre IPT en una variedad de temas, y en seminarios web y otros eventos para clientes en los que discutimos una amplia gama de temas de IPT en todo el mundo.

También asistimos al equipo de servicios gestionados de cumplimiento con cualquier pregunta de sus clientes con la que necesiten ayuda. Esto puede incluir referencias legislativas o simplemente la confirmación de los tipos impositivos.

¿Puede hablarnos de la consultoría IPT de Sovos y de los proyectos típicos a los que ayuda?

La respuesta corta es que ayudamos a las aseguradoras en sus consultas sobre el cumplimiento de la IPT, pero eso puede variar de un proyecto a otro.

Un proyecto típico para el equipo de consultores sería que un cliente se dirigiera a nosotros y dijera: “Estamos pensando en suscribir este tipo de póliza de seguros en 10 países. ¿Podría decirnos todos los impuestos y tipos impositivos que se aplican, quién asume el coste de esos impuestos y cómo se calculan? ¿Podría también orientarnos sobre los requisitos de cumplimiento en cada país?”. Esto puede ser para países de la UE y de fuera de la UE.

Otro proyecto común es el de examinar las pólizas de seguro y confirmar el tipo de seguro para asegurarse de que se grava correctamente o examinar la localización del riesgo para un tipo de seguro. Esto implica analizar una póliza de muestra del cliente para confirmar cuál es el riesgo asegurable, de modo que se apliquen las normas correctas de tributación en los países pertinentes.

Los clientes de Sovos IPT tienden a tratar con seguros no de vida; a menudo se nos pide que analicemos pólizas de propiedad o riesgos de responsabilidad civil. España, Francia, Portugal y Bélgica son los países sobre los que más nos preguntan debido a sus complicados regímenes de IPT y tasas parafiscales y a sus diferentes tipos.

También nos preguntan por los seguros no admitidos. Por ejemplo, si una compañía suscribe un seguro pero no tiene licencia en ese país, puede tener preguntas sobre cómo se calculan los impuestos, quién es responsable de los mismos, quién debe liquidarlos, etc. Estas preguntas suelen provenir de aseguradoras no pertenecientes al EEE que suscriben pólizas en países del EEE.

Los corredores son otro tipo de clientes con los que tratamos, o como parte de las discusiones con las aseguradoras cuando hay dudas sobre quién es responsable de liquidar los impuestos sobre las primas. En estos casos podemos asesorar tanto a la aseguradora como al corredor.

¿Dónde necesitan apoyo los equipos fiscales y cómo ayuda Sovos?

Los equipos fiscales quieren tener la certeza de que están cobrando los impuestos correctos, y de que están cumpliendo con la liquidación de esos impuestos con las autoridades de los países pertinentes. Ahí es donde entramos nosotros, proporcionando orientación e informes. Hemos recibido comentarios de clientes que dicen que los informes han sido especialmente útiles para mostrar a los altos cargos que se está cumpliendo con los impuestos. Los informes son también un documento importante para tener en el archivo que demuestra que hubo un problema identificado y que recibieron asesoramiento externo. Es importante que los altos directivos y los auditores internos y externos tengan constancia de esta actividad. Si las autoridades fiscales hacen alguna pregunta a un equipo fiscal, pueden aportar pruebas.

Solemos trabajar con los equipos fiscales en las fases de planificación, cuando una organización quiere identificar cualquier problema fiscal potencial con antelación para garantizar que los sistemas estén actualizados y sean conformes desde el primer día.

¿Qué opina sobre el panorama de la IPT y su futuro?

Tengo algunas ideas.

La primera es sobre Las leyes de IPT de Alemania. Cuando el país cambió su ley sobre el IPT a finales de 2020, la autoridad amplió el alcance de quiénes podrían ser potencialmente gravados por el IPT alemán. Se pensó que otros países de Europa podrían intentar hacer lo mismo, siendo los Países Bajos un buen ejemplo en el que la legislación actual lo permite potencialmente en determinadas circunstancias. Pero como la aplicación de la ley alemana no fue la más exitosa, existe la sensación de que es poco probable que otros países sigan este camino por el momento.

También se plantea la cuestión de si se suprimirá o no el IPT en el Reino Unido y se sustituirá por el IVA. El gobierno está iniciando una consulta sobre el IVA en los servicios financieros, y es probable que esta propuesta se incluya en las discusiones entre el HMT, el HMRC y el mercado de los seguros, incluyendo tanto a las aseguradoras como a los corredores. Esta consulta durará probablemente un par de años, por lo que no conoceremos los resultados hasta dentro de un tiempo, y es posible que cualquier decisión al respecto se retrase por el momento de las próximas elecciones generales.

También está el debate sobre la digitalización del IPT. Últimamente no ha habido mucho movimiento al respecto. Irlanda está en proceso de digitalización y Francia iba a seguir su ejemplo, pero lo ha pospuesto hasta el año que viene. Ya estamos ayudando a nuestros clientes a poseer la capacidad de presentar el IPT en línea cuando esto se convierta en un requisito.

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Polonia ha estado avanzando hacia introduciendo el marco CTC y el sistema, el Krajowy System e-Faktur (KSeF), desde principios de 2021. Desde el 1 de enero de 2022, la plataforma está disponible para los contribuyentes que opten por emitir facturas estructuradas a través de KSeF y beneficiarse de los incentivos introducidos.

Dado que los contribuyentes llevan un tiempo utilizando KSeF, veamos con más detalle lo que ha ocurrido y lo que ocurrirá en el futuro en relación con la reforma del CTC de Polonia.

Publicación del reglamento sobre el uso de KSeF

Presentado inicialmente como proyecto de ley por el Ministerio de Finanzas en noviembre de 2021, el reglamento sobre el uso del KSEF fue finalmente adoptado y publicado en el Boletín Oficial el 30 de diciembre de 2021 tras varias reiteraciones.

El reglamento abarca principalmente las categorías de autorizaciones, los métodos de autenticación y la información necesaria para acceder a las facturas estructuradas.

Según el reglamento, los contribuyentes que utilicen el KSEF deben autenticarse utilizando uno de los siguientes métodos: Firma electrónica cualificada, Sello electrónico cualificado, Firma de confianza o Token.

La firma de confianza confirma la identidad asignada a un determinado número de identificación polaco (PESEL). El método del token puede utilizarse para conceder autorizaciones en el KSeF una vez que el contribuyente se ha autenticado.

Nueva información y documentación publicada por la autoridad fiscal polaca

La autoridad fiscal polaca ha publicado nueva información en su sitio web sobre las características del KSeF, incluyendo las preguntas frecuentes y más documentación.

Las preguntas frecuentes incluyen información sobre el alcance y el funcionamiento del sistema, mientras que los archivos XML de muestra y el folleto informativo arrojan luz sobre la estructura lógica de las facturas electrónicas y los requisitos de asignación.

¿Qué pasará después?

Aunque la autoridad fiscal sigue esforzándose por aclarar los numerosos aspectos del nuevo sistema de CTC en Polonia, aún queda mucho camino por recorrer en lo que respecta a la plena aplicación del KSeF.

Por ejemplo, durante la consulta pública del proyecto de ley, el Ministerio de Hacienda declaró que los contribuyentes podrían descargar facturas estructuradas a través de la API en formato XML o PDF. A día de hoy, no hay información técnica disponible sobre la generación de PDF dentro del sistema utilizando la API. La autoridad fiscal ha publicado la documentación técnica relacionada con el proceso de salida, pero todavía no hay documentación disponible sobre el lado de entrada.

Y lo que es más importante, todavía no se ha obtenido del Consejo de la UE una decisión que autorice a Polonia a introducir medidas especiales de excepción a los artículos de la Directiva del IVA de la UE para el despliegue del mandato de facturación electrónica para todas las transacciones B2B. La actual Ley del IVA polaca exige la aceptación del comprador para recibir facturas estructuradas. Dado que las autoridades polacas pretenden que el KSeF sea obligatorio en 2023, se espera una modificación de esta disposición una vez que el Consejo de la UE haya autorizado las medidas especiales.

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En 2020, la Comisión Europea (CE) adoptó un plan de cuatro años para desarrollar un marco fiscal más justo y sencillo. El Plan de Acción aspira a endurecer el sistema fiscal, garantizar que las plataformas digitales se atengan a las normas de transparencia y utilizar mejor los datos, reduciendo el fraude y la evasión fiscal.

En 2021, la Comisión aplicó cambios en el comercio electrónico, otro paso en el proceso de modernización. A partir de julio de 2021, el sistema de Mini Ventanilla Única (MOSS) se amplió a la Ventanilla Única (OSS) y Ventanilla Única de Importación (IOSS).

La implementación de OSS amplió el uso de los esquemas sindicales y no sindicales. Esto permite a los vendedores europeos y no europeos de servicios digitales y bienes simplificar sus prácticas de información. Por su parte, el IOSS permite a las empresas registrarse e importar a la UE bienes cuyo valor no supere los 150 euros.

En 2022, está previsto publicar la legislación en el marco del plan de acción “El IVA en la era digital” . Al igual que sus predecesores en 2020 y 2021, el objetivo principal de este plan es abordar el problema del fraude y mejorar la forma en que las empresas se relacionan con el sistema del IVA. La Comisión ha anunciado tres puntos que pretende abordar en su legislación:

En concreto, un punto de interés es el punto único de registro del IVA en la UE, que pretende facilitar el cumplimiento entre los Estados miembros. Con ello, la Comisión Europea solicita información sobre cómo creen las empresas que ha ido la implantación de las I/OSS y sobre otras posibles opciones legislativas para el futuro, entre ellas:

La Comisión Europea inició el 21 de enero un periodo de consulta pública sobre la adaptación de las normas del IVA en un panorama económico digital. Buscan opiniones sobre cómo la CE debe adaptar los procesos fiscales del IVA y cómo pueden incorporar la tecnología para resolver los principales problemas de los impuestos, como el fraude y la complejidad de sus sistemas. La Comisión está aceptando comentarios en este período de consulta pública hasta el 15 de abril de 2022 – las presentaciones se pueden hacer aquí.

Sovos continuará monitoreando el desarrollo de esta legislación a lo largo del año a medida que se publique más información sobre su estructura e impacto, ya que estos cambios seguramente serán impactantes en el panorama europeo del IVA.

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El seguro es un sector dinámico que cambia constantemente para adaptarse a las necesidades de los asegurados. El aumento de las vacaciones en el extranjero después de la Segunda Guerra Mundial hizo que se necesitara un seguro de asistencia para los imprevistos ocurridos fuera del país de origen del asegurado. La Directiva 84/641/CEE del Consejo reguló por primera vez el seguro de asistencia y se creó un nuevo ramo. Este ramo se añade a los 17 ramos regulados anteriormente en la Directiva 73/239/CEE de seguros no de vida y se denomina Asistencia (ramo 18).

Evolución del seguro de viaje

En un principio, el asegurado estaba cubierto por una póliza que le proporcionaba ayuda ante cualquier eventualidad al viajar al extranjero (pérdida del pasaporte, asistencia ante cualquier problema en el coche, etc.). La aseguradora creó una serie de ayudas con centros de llamadas, redes de proveedores y servicios adicionales para ayudar a resolver las dificultades cuando se viaja al extranjero.

Posteriormente, siguiendo las exigencias de los asegurados, las compañías de seguros y las agencias de viajes crearon seguros de viaje que incluyen una amplia gama de servicios. Estos consisten en varias protecciones dentro de diferentes ramos. Aquí comienza la complejidad fiscal de las pólizas de seguros de viaje. Se trata de una amalgama de coberturas, y hay que analizar la aplicación del tratamiento fiscal correcto en cada territorio.

Tratamiento fiscal correcto en los seguros de viaje

A la hora de sopesar la correcta aplicación del impuesto sobre los seguros de viaje, las empresas deben tener en cuenta lo siguiente localización del riesgo (LoR), clase de empresas y el enfoque fiscal correcto.

Localización del riesgo: El artículo 13 de la Directiva 2009/138/CE debe seguirse en las siguientes circunstancias:

Clase de negocio afectada: Como se ha mencionado anteriormente, una de las complejidades del seguro de viaje es determinar las clases de negocio afectadas. Es habitual ver, en estos tipos de pólizas, múltiples coberturas como la de asistencia médica, pérdida o daño de equipaje, retrasos o cancelaciones de viaje, pérdida de documentos o dinero, accidentes personales, repatriación, etc. Los aseguradores deben identificar adecuadamente los detalles de estas coberturas para garantizar el tratamiento fiscal adecuado.

Taxability: Este paso es crucial. El tratamiento correcto de las pólizas podría variar las obligaciones a pagar, los diferentes impuestos y/o gravámenes y las tasas parafiscales a incluir en el cálculo de los impuestos. Esto significa que el tratamiento fiscal puede cambiar según el país. Es necesario identificar la obligación o la exención fiscal en función del ramo y de la ubicación geográfica.

Los aseguradores deben comprender la importancia de los detalles vitales asociados al seguro de viaje. Determinar el LoR, la clase de negocio afectada y la tributación garantiza que se pague la cantidad correcta y se envíe a las jurisdicciones adecuadas.

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Aunque la salida del Reino Unido de la Unión Europea (UE), el 31 de diciembre de 2020, parece muy lejana, las empresas británicas siguen teniendo que hacer frente a los cambios en los procesos vigentes a la hora de importar mercancías de proveedores de la UE.

Declaraciones de aduana

A lo largo de 2021, las mercancías importadas a Gran Bretaña desde la UE estuvieron sujetas a varias flexibilidades desde el punto de vista aduanero. Con ello se pretendía reducir la carga que supone cumplimentar las declaraciones aduaneras completas y hacer frente a todas las consecuencias de la importación de mercancías que antes no estaban sujetas a la documentación y los controles de importación.

Las empresas británicas no estaban preparadas, en parte debido a las repercusiones de la pandemia de COVID-19, por lo que estas simplificaciones se prorrogaron varias veces durante 2021. A partir del 1 de enero de 2022, las mercancías que circulen entre la UE y Gran Bretaña estarán sujetas a declaraciones y controles aduaneros completos. Por lo tanto, ya no existe la posibilidad de aplazar las declaraciones de aduana, como sucedía anteriormente.

Además, los derechos de aduana que se deban pagar por las mercancías serán exigibles en el momento de la entrada y no cuando se presente la declaración de aduana, como sucedía en 2021. Las empresas pueden conseguir retrasar el pago de los derechos de aduana solicitando una cuenta de aplazamiento de los derechos en HMRC. En algunos casos, puede lograrse sin necesidad de presentar una garantía financiera, por lo que vale la pena considerarlo.

Debido a las negociaciones entre el gobierno del Reino Unido y la UE sobre el Protocolo de Irlanda del Norte, las importaciones de bienes no controlados de Irlanda e Irlanda del Norte no estarán sujetas a estos cambios. Se seguirán aplicando las anteriores servidumbres. Esto significa que las declaraciones aduaneras pueden retrasarse hasta 175 días. El gobierno del Reino Unido hará más anuncios una vez que las discusiones sobre el Protocolo hayan concluido. Cuando esto ocurra, le informaremos con más detalle.

IVA a la importación

En cuanto al IVA a la importación, la Contabilidad del IVA a la Importación Aplazada (PIVA) sigue estando disponible y, aunque no es obligatoria, se recomienda, ya que proporciona una valiosa ventaja de tesorería. Se aplica a las importaciones de todos los países y no sólo de la UE. A diferencia de lo que ocurre en algunos países de la UE, no se aplica automáticamente y debe solicitarse al presentar la declaración de importación. Por lo tanto, el importador debe aconsejar a quien presente la declaración que la rellene debidamente. Si no se solicita, el IVA a la importación es pagadero en el momento de la entrada y tendrá que recuperarse en la declaración del IVA – HMRC sigue emitiendo el certificado C79 cuando se paga el IVA en la frontera, y es una prueba necesaria para recuperar el IVA.

Las empresas también tendrán que recordar que deben descargar la declaración mensual del PIVA del sitio web de HMRC – es necesaria para determinar el importe del IVA a la importación pagadero en la declaración del IVA. Esto debe hacerse en un plazo de seis meses, ya que no está disponible después de ese tiempo.

Declaraciones Intrastat

Otro cambio es el relativo a la declaración de Intrastat para las importaciones en Gran Bretaña procedentes de la UE. Las declaraciones de llegada se exigían durante 2021 para proporcionar al gobierno británico estadísticas comerciales, dado que los importadores podían retrasar la presentación de las declaraciones aduaneras completas. Las llegadas de Intrastat ahora sólo se requieren para las mercancías que se mueven desde la UE a Irlanda del Norte – esto se debe a que Irlanda del Norte todavía se considera parte de la UE para las mercancías.

Las disposiciones del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido tienen que ser consideradas cuando se importan mercancías de la UE, especialmente en lo que respecta al origen de las mercancías y si la importación está libre de aranceles. Esto ha estado en vigor desde el 1 de enero de 2021, pero hay cambios prácticos que se consideran más adelante en nuestro artículo que discute el origen de los bienes y la solicitud de alivio en el comercio entre la UE y el Reino Unido. Estos cambios significan que las importaciones procedentes de la UE se tratan de la misma manera que las importaciones de cualquier otro país, a excepción de las mercancías procedentes de Irlanda e Irlanda del Norte, que siguen estando sujetas a un régimen especial.

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