Argentina – 28 de abril, 2021

La administración tributaria argentina (AFIP) informó sobre una nueva herramienta disponible para los contribuyentes denominada Libro de Sueldos Digital. Según la AFIP, esta nueva herramienta electrónica permitirá a los empresarios cumplir con diferentes obligaciones en un solo trámite; generar el Libro de Sueldos y Jornales, – Hojas Móviles -, y la Declaración Jurada mensual de obligaciones previsionales (F.931)

El nuevo sistema ‘Libro_Sueldos_Digital’ compatibiliza el sistema de liquidación patrimonial del contribuyente para utilizarlo como portador de los datos de ingreso junto con la información disponible en los servicios ‘Simplificación Registral “y’ Sistema Registral” (Registro Sistema) ‘, y a partir de ahí elabora el Libro de Sueldos y Jornales, exigido según el art. 52 de la Ley N ° 20.744 y la declaración jurada mensual (F.931). La AFIP ha informado que el despliegue del nuevo sistema se hará por etapas entre los empleadores, que serán notificados de la obligación de cumplimiento a través de su dirección electrónica fiscal (domicilio fiscal electrónico) entre abril y junio de 2021.

México – 7 de abril, 2021

La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo CFDI, centrada en la introducción de la Versión 75 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se agregaron ocho códigos. Vigente a partir del 9 de abril, la nueva versión también incorpora la versión 52 de la tabla de códigos de la patente aduanera (c_PatenteAduanal).

República Dominicana – 26 de marzo, 2021

La administración tributaria dominicana (DGII) liberó una nueva actualización del documento técnico de la factura electrónica, que modifica la Sección 4 de dicho documento relacionada con los servicios de Recepción, Comunicaciones y Web Service, Comunicación Emisor-Receptor, Consulta del Estado del Servicio y Consulta TrackId e-CF. Además limita el contenido de los diferentes servicios indicados en la mencionada Sección 4, Comunicaciones y Web Service, con el fin de agregar una descripción funcional general para ver más detalles de la estructura y funcionamiento de cada uno de los servicios. Finalmente, la actualización también incluyó una actualización del ejemplo de la URL que constituye la firma digital de la factura de compra electrónica.

En forma adicional, la DGII lanzó una nueva actualización del archivo XSD utilizado para respaldar el sistema de facturación electrónica del país. Este cambio incluye las actualizaciones mencionadas en el nuevo documento técnico publicado junto con esta nueva versión del archivo de soporte. La administración tributaria también menciona una nueva actualización del formato XML de la factura electrónica.

Chile – 25 de marzo, 2021

La administración tributaria de Chile (SII) ha emitido una nueva resolución indicando que el Libro de Remuneraciones debe ser mantenido por los contribuyentes de acuerdo con las disposiciones y condiciones establecidas por la Dirección del Trabajo de Chile, y debe contener al menos la información contenida en la declaración jurada 1887 utilizada para reportar las retenciones del impuesto de la renta sobre salarios y otros beneficios marginales. El Libro de Remuneraciones es uno de los Libros Contables Digitales Adicionales que ahora deben presentarse electrónicamente al SII como resultado de la Resolución 13/2021.

México – 25 de marzo, 2021

La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo de CFDI. Enfocada en la introducción de la Versión 74 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana) -donde se agregaron siete códigos- entrará en vigor el 26 de marzo de 2021. Esta nueva versión también libera la versión 51 de la tabla de códigos de la patente aduanera (c_PatenteAduanal).

México – 19 de marzo, 2021

La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo CFDI. Esta actualización se enfoca, nuevamente, en la introducción de la versión 73 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se agregaron ocho códigos, y la versión 20 de la patente de Aduanas, donde se añadió un nuevo código.

Llegamos a marzo de nuevo. Eso significa que es tiempo de presentar la declaración anual de impuestos. ¿En qué consiste este trámite? Básicamente en declarar los ingresos por rentas o ingresos por actividades profesionales, así como de otras fuentes que detallaremos a continuación.

¿Quiénes deben presentar esta declaración? Principalmente los profesionales independientes que emiten recibos por honorarios: ellos pertenecen a la cuarta categoría. Por otro lado, quienes trabajan y están en planilla pertenecen a la llamada quinta categoría, y también deben presentar esta declaración. Además, deben hacer este trámite quienes hayan recibido ingresos por el concepto de arrendamiento o subarrendamiento ya sea el titular o el cónyuge.

En otras palabras, quienes están obligados a presentar esta declaración anual son:

En el contexto de la crisis sanitaria, la SUNAT ha determinado que este trámite sea 100% virtual, es decir, no tenemos que ir a ninguna oficina de la entidad estatal para hacerlo. Solo hay que ingresar al aplicativo y seguir los pasos. Este año, a diferencia de los anteriores, tanto personas naturales como empresas deberán hacer las declaraciones por la app.

Para declarar se tiene que usar el formulario virtual 709 en el caso de las personas naturales. En el de las empresas, se usa el formulario virtual 710. La declaración anual se hacen según el último número del R.U.C.

En Sovos tenemos el claro objetivo de acompañar y asesorar a las empresas a cumplir con la normativa SUNAT. Tenemos el servicio de Facturación electrónica para empresas y para los ciudadanos, brindamos información útil y relevante que les ayudará en este proceso de declaración de renta anual. Creemos que la salida a esta crisis sanitaria y económica está en el cumplimiento de nuestras obligaciones tributarias.

Chile – 3 de marzo, 2021

La administración tributaria chilena (SII) emitió una nueva resolución que posterga hasta el 1 de julio de 2021 la obligación de separar en los comprobantes electrónicos (recibos de pago), el IVA calculado y el monto total de la transacción. Originalmente, la fecha límite para cumplir con este mandato estaba fijada para el 1 de marzo de 2021.

Uruguay – 25 de febrero, 2021

La administración tributaria de Uruguay (DGI) ha emitido un nuevo reglamento destinado a exigir la emisión de un ticket electrónico a aquellos facturadores electrónicos que compren moneda extranjera a entidades y personas físicas no obligadas a emitir facturas electrónicas. A tal efecto, también se requerirá la e-Boleta de Entrada para las transacciones que involucren compras de moneda extranjera que se paguen con pesos uruguayos. Este mandato entrará en vigor el 1 de octubre de 2021.

México – 24 de febrero, 2021

La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo CFDI. Esta parece estar enfocada en la introducción de la Versión 72 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se agregaron seis códigos, y entró en vigencia el 26 de febrero de 2021. Se modificó además un código vigente en la misma fecha mencionada. Esta nueva versión también libera la versión 49 de la tabla para los códigos de la patente aduanera (c_PatenteAduanal) donde se agregaron dos nuevos códigos.

Perú – 24 de febrero, 2021

La administración tributaria peruana emitió la resolución 000026-2021 / SUNAT, que introduce una serie de cambios al sistema de facturación electrónica del país, principalmente con el propósito de incluir los tipos de documentos que emitirán las Administradoras de Fondos de pensiones (AFPs) para cumplir con el mandato de facturación electrónica. A partir del 1 de marzo de 2021, las AFP están obligadas a emitir documentos electrónicos en Perú, por lo que la SUNAT ha introducido cambios a las resoluciones 206-2019 / SUNAT, 318-2017 / SUNAT y 239-2018 / SUNAT con el fin de integrar los tipos de documentos que las AFP y otras entidades controladas por la Superintendencia de Bancos y Aseguradoras (SBS) emiten a sus afiliadas por los servicios que les prestan.

Panamá – 23 de febrero, 2021

En línea con la publicación del Decreto 766/2020 emitido el 30 de diciembre de 2020 el Ministerio de Finanzas de Panamá dio a conocer la documentación que especifica las condiciones para convertirse en Proveedores de Autorización Cualificados (PACs) de servicios de facturación electrónica en ese país. Estas especificaciones están incluidas dentro de la Resolución 201-0295. La participación en el sistema de facturación electrónica de Panamá sigue siendo opcional para los contribuyentes, los que aún pueden optar por utilizar las denominadas Cajas Fiscales adjuntas a su POS. La resolución antes mencionada también incluye la documentación técnica o manual para el funcionamiento de las PAC como agentes autorizados de la administración tributaria.

Uruguay – 15 de febrero, 2021

Se liberó una nueva versión del XSD relacionada con la información adicional requerida por la DGI de los proveedores de software. Si bien todavía está en estado “A publicar”, será obligatoria una vez que se mueva oficialmente a producción o al estado “Publicado” en el futuro próximo. El propósito de este comunicado es actualizar los esquemas XSD para la información que los proveedores de software de servicios de facturación electrónica deben proporcionar a la DGI, enumerando los clientes para los que están prestando dichos servicios.

Chile – 12 de febrero, 2021

La administración tributaria de Chile emitió la nueva resolución SII N° 13, que establece las normas y procedimientos para preparar, presentar y guardar los libros contables electrónicos adicionales requeridos de los contribuyentes que deben utilizar aplicaciones electrónicas para la gestión aquellos libros contables y los que estén autorizados como emisores de libros contables electrónicos. Dicha resolución especifica las condiciones técnicas que deben cumplir los libros de contabilidad adicionales cuyo contenido está definido por la normativa contable existente y las resoluciones emitidas por las autoridades correspondientes (SII, Dirección del Trabajo, etc.) que exigen la emisión y conservación de los libros contables auxiliares adicionales. Estos libros de contabilidad electrónicos deben ser firmados digitalmente y enviados electrónicamente al SII a más tardar el día 10 del mes siguiente al período al que corresponde el libro contable. Este mandato entrará en vigor el 1 de agosto de 2021, pero el SII ha aclarado que se requerirá a los contribuyentes que proporcionen retroactivamente información de los meses del año en los que se les comenzó a exigir que cumplieran con la resolución. Finalmente, la resolución también ha aclarado que estos requisitos no se aplican a los libros contables que genera el SII.

Existen en Chile una serie de libros contables y otros que se requieren para respaldar el libro mayor de contabilidad. El contenido y la estructura de esos libros mayores son definidos principalmente por el SII, pero pueden ser definidos también por otras autoridades con interés directo en la información que contienen.

Los libros auxiliares más importantes son el Libro de Remuneraciones, obligatorio para cualquier persona con más de cinco empleados; el Libro de Fondo de Utilidades Tributarias (FUT),  donde los contribuyentes registran el historial de ingresos tributables y no tributables; el Libro Auxiliar de Inventarios de Mercancías -similar al Bloco K de Brasil- para registrar entradas y disposición de inventario; el Libro de Ingresos y Egresos y el Libro de Compras y Ventas, que ahora es controlado y mantenido directamente por el SII.

Por lo tanto, con la excepción del último libro, que está excluido de esta resolución, el otro libro mayor podía ser mantenido manualmente en formato no digital por los contribuyentes. Ahora se les exige tenerlos en formato digital y presentar la información contenida en ellos al SII. Antes de la emisión de esta resolución, era opcional que mantuvieran esa información en formato digital, pero después de agosto, será obligatorio.

La transformación digital fue acelerada por la coyuntura actual, en donde la tecnología comprobó tener un rol mucho más importante, pasó de ser una herramienta que demuestra innovación, a ser el recurso más esencial para la continuidad de las empresas y para la comunicación e interacción de las personas.

A medida que una tendencia tecnológica crece, nuestros hábitos de consumo cambian; y hoy el peruano ha integrado a su día día nuevas acciones y formas de interacción con el mundo digital. Existen canales de venta y atención tradicionales que quizás nunca desaparezcan como son los mercados o las bodegas; es parte de nuestra cultura. Sin embargo, se han sumado diversos medios y plataformas tecnológicas a los que cada vez estamos más acostumbrados.

Según una reciente encuesta de Ipsos, durante el 2020, el 94% de los peruanos ha realizado alguna acción digital, por ejemplo transacciones bancarias o compras en línea. Antes se veía mucha más publicidad para los aplicativos móviles del banco, ahora es casi instintivo tenerlos, hoy incluso las tiendas te permiten pagar con QR o a través de tecnología sin contacto. Así mismo el pago digital aumentó en un 65% en diferentes ámbitos, por ejemplo el pago de servicios o los trámites ahora se pueden pagar a través de diferentes pasarelas de pagos.

Al ver estos datos, lo que corresponde a las empresas de tecnología como Sovos, es crear escenarios más seguros en el mundo digital tanto para las empresas, como para los ciudadanos, para que las acciones digitales de los usuarios tengan un respaldo y se logre romper aún más las barreras físicas de los trámites y/o transacciones. A través de soluciones como la verificación biométrica o firmas digitales, por ejemplo.

Por otro lado, el Estado durante toda esta coyuntura que seguimos viviendo, anunció diferentes medidas para agilizar trámites o eliminar el factor presencial y así mantener en curso diferentes procesos. Es así como obtuvieron mayor protagonismo las firmas digitales, certificados digitales y sobretodo los documentos digitales con validez legal.

En esta coyuntura, términos como identidad digital, cobran cada vez más relevancia. Los peruanos nos encontramos en las vías correctas, como usuarios y consumidores digitales; ahora es tarea de las empresas privadas y del Estados, lograr generar alianzas estratégicas que integren más operaciones y trámites a entornos online 100% seguros. ¿Se imaginan poder tener un solo usuario y contraseña para realizar todos los trámites bancarios, compras de seguros, pagos de servicios, etc.?

Nuestro objetivo como Sovos es ser parte de la transformación digital del país y continuar siendo parte del crecimiento de las empresas, a través de nuestras soluciones y servicios digitales. Además de seguir innovando, siempre pensando en las experiencia de nuestros clientes, para poder hacer que la transición hacia la identidad digital, sea lo más sencilla y eficiente posible.

Argentina – 3 de febrero, 2021

La administración tributaria (AFIP) ha emitido una nueva Resolución -4925/2021- que modifica la Resolución General N° 4.597 que estableció el sistema para el registro electrónico de operaciones de compraventa, traspasos, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, arrendamientos y beneficios, también conocido como ‘Libro de IVA Digital’. El propósito de esta modificación es especificar que las entidades públicas que forman parte del gobierno federal, provincial o municipal no están obligadas a reportar sus transacciones en el Libro de IVA Digital, excepto cuando estén registradas como responsables del IVA en la AFIP. La resolución también modificó el plazo de inscripción en la AFIP para las entidades exentas de IVA. La fecha límite será mayo de 2021.

Chile – 3 de febrero, 2021

La administración tributaria ha emitido la nueva resolución 9/2021, que posterga el plazo que obliga a desglosar de manera separada del precio, el IVA aplicado sobre las ventas contenidas en dichos documentos. El nuevo plazo se ha establecido para el 28 de febrero de 2021.

México – 3 de febrero, 2021

La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo de CFDI, la que parece estar enfocada en la introducción de la Versión 71 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se cambiaron seis códigos. Adicionalmente, esta nueva versión libera a su vez la versión 48 de la tabla para los códigos de la patente aduanera (c_PatenteAduanal).