Para obtener una descripción general sobre otros requisitos relacionados con el IVA en España, lea esta página completa sobre el cumplimiento del IVA en España.
Se esperaba que cuando los ministros de Finanzas de la UE se reunieran la semana pasada, recibiéramos noticias de un acuerdo político sobre la propuesta del IVA en la Era Digital (ViDA). Desafortunadamente, debido a las objeciones de un estado miembro en torno a las reglas de la plataforma, esto no sucedió. Ahora, la fecha oficial de avance de ViDA ha quedado en suspenso mientras se resuelven estas preocupaciones entre los miembros. No obstante, la Presidencia belga ha reiterado su compromiso de mantener la propuesta como un paquete unificado y aspira a lograr un acuerdo antes de que finalice su presidencia en junio de 2024, en cuyo caso los plazos de la propuesta seguirán vigentes.
El negocio de la legislación no es lineal, ni es tan limpio como a muchos de nosotros nos gustaría. Sin embargo, no se equivoque al respecto. VIDA está llegando y cambiará el panorama del IVA de la UE para siempre. Un indicador positivo de ello fue el hecho de que dos de los tres pilares de ViDA fueron aceptados por unanimidad. Dado que se requiere el consentimiento unánime de todas las partes, ninguna de las propuestas puede seguir adelante hasta que se encuentre una solución de compromiso, pero no tengo ninguna duda de que llegaremos a este punto en un futuro próximo.
ViDA es bueno para todos. A pesar de algunas objeciones menores aquí y allá y de algunos posicionamientos por parte de algunos miembros de la UE, entienden que ViDA es una herramienta fundamental para crear eficiencias de escala en el sistema de IVA de la UE. A fin de prepararse mejor para la economía moderna, corresponde a los gobiernos reducir la complejidad de las empresas y fomentar el comercio transfronterizo en toda la UE.
La razón por la que ViDA se introdujo por primera vez fue para fomentar una cultura empresarial más colaborativa y que la UE pudiera garantizar la captura precisa de los ingresos fiscales que se les deben legalmente a sus miembros. La propuesta constaba de tres partes que abordaban el fraude del IVA, apoyaban a las empresas y promovían la digitalización. Todos estos elementos siguen siendo necesidades vitales de la comunidad de la UE y por eso creo que pronto se acordará una solución viable. En este momento, confío en que todavía se puedan cumplir los plazos propuestos.
En pocas palabras, ViDA es una propuesta que permitirá a los países de la UE utilizar la tecnología para mejorar el sistema actual del IVA y prevenir mejor el fraude. Las actualizaciones incluyen la facilitación de la facturación electrónica, la introducción de requisitos obligatorios de información digital de las transacciones transfronterizas y mecanismos legales para facilitar los negocios transfronterizos y el cumplimiento. Cuando se promulgue, esto significará cambios significativos en la forma en que opera en estos países.
Como era de esperar, cambios de este tamaño y alcance están generando muchas preguntas entre las empresas que realizan operaciones en la UE. Todo, desde los costos de los procesos hasta las necesidades tecnológicas, se está evaluando a medida que se dispone de más información sobre ViDA.
Mis colegas y yo hemos escrito extensamente sobre los beneficios de ViDA y lo que la propuesta significa tanto para la UE como para sus respectivas comunidades empresariales. Le animo a que siga a nuestros expertos de forma rutinaria para conocer los últimos acontecimientos, ya que la puntualidad puede cambiar a menudo sin previo aviso.
P: ¿Cuándo comenzarán las empresas a ver el impacto de ViDA?
R: El conjunto de propuestas sobre el IVA en la era digital publicado por la Comisión Europea abarca varias áreas de la legislación sobre el impuesto sobre el valor añadido (IVA). En sentido estricto, el impacto concreto de ViDA afectará a diferentes empresas en diferentes momentos entre 2024 y 2030. Esta última fecha se aplica a las propuestas de ViDA sobre la obligatoriedad de la facturación electrónica y la presentación de informes digitales para las denominadas transacciones intracomunitarias, que representan menos del 20 % de todas las transacciones de la UE. Sin embargo, lo que es mucho más importante, ViDA propone eliminar las restricciones actuales para que los países de la UE introduzcan la facturación electrónica obligatoria nacional tan pronto como se adopte el paquete ViDA, lo que bien podría ocurrir durante este año. Esto significa que, muy probablemente, los países de la UE que aún no cuentan con tales regímenes acelerarán la introducción de la facturación electrónica obligatoria y la presentación de informes en tiempo real ya en los próximos dos años. Si uno se da cuenta de que muchos países de la UE ya habían anunciado iniciativas en esta dirección, o incluso habían comenzado a implementarlas, es fácil ver cómo el efecto neto de esta disposición será una intensificación de la actual ola de nuevos mandatos del Comité contra el Terrorismo para los que hay que prepararse a muy corto plazo.
Los otros dos pilares de ViDA, principalmente los relativos a las normas del IVA para los operadores de plataformas que facilitan el alquiler de alojamientos de corta duración y los servicios de transporte de pasajeros, y la simplificación de los registros a efectos del IVA en la UE, entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2027.
P: ¿Es probable que haya un período de gracia para que las empresas se ajusten y cumplan?
R: La propuesta de ViDA tiene como objetivo un enfoque razonable para permitir que las empresas preparen sus sistemas y procesos para el impacto de ViDA, pero el hecho es que tan pronto como el paquete entre en vigor, los Estados miembros son libres de introducir la facturación electrónica obligatoria sin ninguna aprobación derogatoria de la UE. A pesar de que los Estados miembros tienen la ambición de implementar sus mandatos de manera responsable, empresas como Sovos, que han cumplido con los mandatos del CTC en muchos países durante casi dos décadas en todo el mundo, ahora saben que ningún período de gracia es lo suficientemente largo como para permitir que una empresa adopte una actitud relajada. Muchas empresas subestiman gravemente el trabajo que hay que hacer para garantizar la calidad de los datos y los largos ciclos de adaptación de sus diferentes aplicaciones empresariales para incorporar los cambios de datos y procesos necesarios para la elaboración de informes en tiempo real y la facturación electrónica. Y la introducción de cambios de esta magnitud en los procesos empresariales y administrativos nunca está exenta de desafíos en ambos lados de la ecuación: las empresas cometerán errores que pueden tardar en corregirse, y esto solo se vuelve más difícil a medida que los gobiernos hacen lo mismo de su lado en paralelo bajo la presión de los plazos políticos.
P: ¿A qué nuevas demandas tecnológicas podemos esperar que se enfrenten las empresas?
R: Si bien a menudo los procesos de presentación de informes que deben implementarse para cumplir con los protocolos de transmisión específicos, la autenticación y la orquestación del intercambio de documentos siempre reciben mucha atención, las empresas deben ser igualmente cautelosas con el impacto de los mandatos de CTC generados o modificados por ViDA en sus procesos y datos ascendentes. Muchas empresas tienen múltiples sistemas ERP, múltiples sistemas de facturación, sistemas de cuentas por pagar, etc. para diferentes líneas o categorías de negocios o socios comerciales. La mayoría de estos sistemas procesan los datos de las facturas en una factura en papel o en PDF según la legislación vigente de forma torpe, manual o semiautomatizada que no se puede “actualizar” fácilmente para gestionar los requisitos de integridad y calidad de los datos de un estricto régimen de facturación electrónica y presentación de informes electrónicos. Más allá de los titulares sobre la facturación electrónica obligatoria y la presentación de informes en tiempo real, la letra pequeña de la propuesta sobre el IVA en la era digital impulsará una serie de modificaciones potencialmente desafiantes en los procesos comerciales, incluida la definición misma de lo que constituye una factura, que requerirá que miles de millones de facturas en PDF en la Unión Europea se conviertan a formatos legibles por máquina. Lo que complica las cosas es que las iniciativas de CTC y ViDA solo cuentan una parte de la historia: las empresas de la UE también deben cumplir con un número cada vez mayor de requisitos de facturación electrónica de empresa a gobierno, y muchos gobiernos están planeando extender los requisitos para facturar a los clientes del sector público a la esfera de empresa a empresa. Esto significa que las empresas deben utilizar cada vez más software y proveedores de servicios que puedan garantizar el cumplimiento de marcos y leyes que se suman a la necesidad de un replanteamiento completo de los procesos y sistemas de facturación en la mayoría de las empresas.
P: ¿Qué procesos de negocio es probable que se vean afectados como parte de las nuevas regulaciones?
R: Todos los procesos de facturación y relacionados se verán afectados. Esto incluye cualquier proceso de cuentas por pagar y cuentas por cobrar y los sistemas de información asociados que los respaldan: todo esto debe revisarse en este contexto y prepararse para el cambio de paradigma de digitalización que vendrá de la mano de ViDA.
P: ¿Pueden las empresas esperar que sus asociaciones tecnológicas actuales funcionen para los nuevos estándares?
R: Las empresas que actualmente utilizan sistemas EDI, software de automatización de compras a pago o cuentas por pagar de servicios SaaS, gestión de comunicaciones con los clientes, order-to-cash, presentación de facturación electrónica y soluciones de pago, etc., deben preguntarse cómo manejarán esas plataformas los nuevos requisitos para la facturación electrónica y la presentación de informes electrónicos en virtud de ViDA y las iniciativas regulatorias asociadas. Estos proveedores, que se especializan en la optimización de procesos empresariales, suelen tener poca experiencia en esta área específica de cumplimiento. La mayoría de ellos no están configurados para anticipar y abordar de manera oportuna las decenas o cientos de cambios que suelen seguir a la implementación inicial de un régimen de CTC en cualquier jurisdicción. Aconsejamos a las empresas que se pongan en contacto con sus proveedores de software empresarial y proveedores de servicios para hacer estas preguntas: ¿están al tanto de estos cambios y cuál es su plan para mantenerlo en cumplimiento?
P: ¿Cómo se verán afectadas las transacciones transfronterizas?
R: Las transacciones transfronterizas entre países de la UE estarán sujetas a un nuevo régimen de información en tiempo real que sustituye al requisito actual de un estado recapitulativo. La notificación real se realizará sobre una base transaccional a cada Estado miembro, y los Estados miembros comunicarán esta información a una base de datos central de la Comisión Europea. Además de estas secciones de información digital de ViDA, las transacciones transfronterizas dentro de la UE también se ven afectadas por otras partes de la propuesta de otras maneras. Por ejemplo, se prevén cambios de gran alcance para eliminar las cargas administrativas de las empresas que trasladan sus propias existencias entre países de la UE. Además, será obligatoria la denominada ventanilla única de importación (I-OSS) para las ventas transfronterizas a distancia de bienes de bajo valor a los consumidores de la UE, lo que afectará a los vendedores y plataformas de comercio electrónico en, por ejemplo, los Estados Unidos y China.
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El gobierno español ha publicado el tan esperado proyecto de reglamento con el marco para implementar la facturación electrónica B2B obligatoria.
La legislación propuesta describe el funcionamiento del sistema espñol de factura electrónica. Su característica principal es la dependencia de los principios de interoperabilidad de los formatos de factura electrónica y de interconectividad de las plataformas de facturación electrónica. El objetivo es promover la digitalización (especialmente para las empresas más pequeñas), reducir la morosidad en los pagos de facturas y ahorrar en costes administrativos como la gestión de facturas.
El proyecto de Real Decreto amplía la Ley de Creación y Crecimiento de Sociedades publicada en septiembre de 2022, que establece inicialmente la obligación de facturación electrónica para empresas y profesionales.
Todas las empresas y profesionales obligados a emitir facturas según la legislación española estarán obligados a hacerlo electrónicamente. Esto se aplica a operaciones B2B con algunas transacciones excluidas, como por ejemplo: al emitir una factura simplificada, emitir una factura de forma voluntaria cuando no existe tal obligación según las normas españolas y en otros casos que el gobierno pueda regular en el futuro.
Sin embargo, la obligación no se aplica si una de las partes de la operación no tiene un negocio establecido, un establecimiento fijo o una residencia comercial habitual en territorio español donde se emiten directamente las facturas.
El sistema español de factura electrónica estará compuesto por las plataformas de facturación electrónica de titularidad privada y la solución de facturación electrónica pública gestionada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Los contribuyentes bajo alcance deberán enviar y recibir facturas electrónicas a través de uno de estos dos medios y podrán utilizar ambos en paralelo.
Otras características y requisitos importantes de este sistema son:
La propuesta de Real Decreto define la factura electrónica como un documento estructurado, lo que significa que un PDF dejará de considerarse factura electrónica. Los contribuyentes estarán obligados a emitir facturas electrónicas utilizando uno de los formatos aceptados:
Además, de acuerdo con el principio de interoperabilidad, las plataformas privadas de facturación electrónica deben poder convertir facturas electrónicas a todos los formatos admitidos preservando al mismo tiempo la I&A.
El destinatario de la factura deberá comunicar el estado de la factura electrónica al emisor de la factura en el plazo máximo de cuatro días naturales contados a partir de la fecha del estado informado.
Los estados obligatorios comprenden lo siguiente:
Además, el proyecto de reglamento establece estatus opcionales:
El Real Decreto se encuentra actualmente en borrador pero entrará en vigor 12 meses después de su publicación oficial en el Boletín Oficial de España (BOE). De acuerdo con la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, el plazo de 12 meses se aplicará a los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8 millones de euros, y para el resto de contribuyentes sujetos al alcance el plazo será de 24 meses.
En el primer año a partir de la fecha de entrada en vigor de la regulación, las empresas bajo la obligación de facturación electrónica deben adjuntar un archivo PDF a la factura electrónica legal para garantizar la legibilidad para las contrapartes que aún no están dentro del alcance, a menos que el destinatario acepte recibirla en el formato original.
La obligación de informar del estado de la factura electrónica entrará en vigor a los 36 meses de la publicación del Real Decreto para los empresarios con una facturación anual inferior a 6 millones de euros y a los 48 meses de la publicación del Real Decreto para los profesionales inferiores al mismo umbral.
Se esperan más detalles sobre cómo los contribuyentes bajo el mandato del SII (Suministro Imediato de Información) deben informar los estados obligatorios de la factura electrónica.
Como todavía se trata de un borrador y aún quedan por establecer ciertos detalles, los contribuyentes pueden esperar cambios antes de la publicación de la versión final. Además, hasta el 10 de julio de 2023, el proyecto de reglamento está abierto a comentarios del público en general.
Otra nota importante es que la entrada en vigor de este proyecto de Real Decreto está sujeta a que España obtenga ante la Comisión de la UE una excepción a los artículos 218 y 232 de la Directiva del IVA de la UE. Aunque se trata de un paso formal y no hay indicios de que la Comisión no vaya a conceder la excepción, hasta que eso suceda las nuevas normas españolas no pueden entrar en vigor.
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El experimentado líder en tecnología SaaS guiará la empresa a medida que más y más países exigen la facturación electrónica a nivel mundial, impulsando la adopción de las soluciones de cumplimiento fiscal global de Sovos.
BOSTON, XX DE JUNIO DE 2023: el proveedor mundial de software de impuestos Sovos anunció hoy el nombramiento de Kevin Akeroyd como CEO. Akeroyd se une a Sovos desde Magnit, donde se desempeñó como CEO desde julio de 2020, supervisando una empresa multimillonaria. Sovos ha alcanzado una escala de propuesta de valor a los clientes empresariales única en el sector: factura electrónica y cumplimiento fiscal en cualquier país desde una única conexión API.
Akeroyd se une en un momento en que cada vez más países exigen la facturación electrónica y las soluciones de Sovos se están adoptando ampliamente en empresas multinacionales. Como parte de esta transición, el actual CEO de Sovos, Andy Hovancik, pasa a formar parte de la junta directiva.
“Cumplir con los requisitos normativos en todo el mundo solía ser un problema fiscal y financiero; ya no. Hoy en día, las autoridades gubernamentales invierten mucho en tecnología y exigen información en tiempo real directamente de la fuente”, afirmó Kevin Akeroyd, CEO de Sovos. “Las cuestiones reglamentarias son ahora competencia de TI, y Sovos dispone de las soluciones capaces de ofrecer lo que las autoridades desean, cuando lo desean y de la forma que lo desean. Sovos es el único socio con el que se puede contar para proporcionar la confianza de que se están cumpliendo las obligaciones de cumplimiento para que pueda centrarse en sus prioridades empresariales. Estoy deseando dirigir este increíble equipo”.
Antes de incorporarse a Magnit, Akeroyd fue CEO de Cision, llevando a la empresa a cotizar en NYSE, la Bolsa de Nueva York. Anteriormente, Akeroyd había sido gerente general tanto en Oracle como en Salesforce, dirigiendo unidades de negocio líderes en su categoría en software en la nube, servicios y datos.
“TI y la gestión de datos siguen desempeñando un papel cada vez más importante en el cumplimiento de las obligaciones normativas en todo el mundo, un área en la que Kevin aporta una gran experiencia y credibilidad a la creciente organización de Sovos”, dijo Jonathan Boyes, socio de Hg. “Su experiencia navegando en el mundo de la tecnología SaaS y las empresas globales lo convierten en la persona ideal para este puesto. Estamos entusiasmados de asociarnos con él en la siguiente fase de crecimiento de Sovos”.
Acerca de Sovos
Sovos se construyó para resolver las complejidades de la transformación digital de los impuestos, con ofertas completas y conectadas para la determinación de impuestos, los controles transaccionales continuos, los informes fiscales y más. Los clientes de Sovos incluyen a la mitad de las empresas del ranking Fortune 500, así como a empresas de todos los tamaños que operan en más de 70 países. Sus productos SaaS y la plataforma patentada Sovos S1 se integran con una amplia variedad de aplicaciones comerciales y procesos de cumplimiento gubernamental. Sovos tiene empleados en toda América y Europa, y es propiedad de Hg y TA Associates. Para más información, visite www.sovos.com/es y síganos en LinkedIn, Instagram y Youtube.
Sovos Contact:
Amelia Wright
Alloy on behalf of Sovos
sovos@alloycrew.com
Como director ejecutivo, Kevin Akeroyd establece la estrategia y el tono de la empresa. Kevin se puede describir mejor como un líder que adopta la transformación y la innovación y comprende el papel que juegan los datos y el análisis para impulsar el crecimiento de la empresa. Es un gran pensador que alienta las grandes ideas de sus equipos y equilibra esas ambiciones con las realidades financieras y operativas de la organización.
Él cree en ser una organización impulsada por un propósito que existe para el bien común. La cultura no es una palabra de moda para él, sino algo que considera el tejido de la empresa. Kevin entiende que tener una organización en la que todos se sientan incluidos y puedan aportar su verdadero yo al trabajo todos los días conduce a mejores resultados. Como líder de personas ante todo, se preocupa profundamente por nuestros empleados, clientes y socios como personas.
Kevin está bien versado en tecnología, globalización y estrategias de comercialización para carteras de productos sofisticados. Entiende las complejidades de los negocios internacionales y cómo las empresas luchan por escalar operaciones a través de una multitud de fronteras, regulaciones y supervisores gubernamentales diferentes.
Cuando no está en la oficina, Kevin pasa el mayor tiempo posible con su familia. Es un apasionado y siempre agradece una conversación sobre deportes, viajes, música y la madre naturaleza. Un buen debate sobre el vino del viejo mundo contra el vino del nuevo mundo también es algo que también entretendrá activamente.
Para obtener más información, consulte el perfil de LinkedIn de Kevin.
La Comisión Europea ha anunciado su largamente esperada propuesta de cambios legislativos en relación con la iniciativa del IVA en la Era Digital (ViDA). Este es uno de los avances más importantes en la historia del IVA europeo, y afecta no solo a las empresas europeas, sino también a las no comunitarias cuyas empresas comercian con la UE.
La propuesta requiere modificar la Directiva 2006/112 sobre el IVA, su Reglamento de aplicación 282/2011, y el Reglamento 904/2010 sobre cooperación administrativa en materia de lucha contra el fraude en el ámbito del IVA. Abarca tres áreas distintas:
Esta propuesta de cambio normativo aún necesitará la aprobación formal del Consejo de la Unión Europea y del Parlamento Europeo con arreglo a los procedimientos legislativos ordinarios antes de que pueda entrar en vigor. En asuntos fiscales como este, el proceso requiere la unanimidad de todos los Estados miembros.
Este blog se centra en las obligaciones de información digital del IVA y la facturación electrónica, mientras que las futuras actualizaciones de Sovos abordarán las otras dos áreas.
Por el momento, la Comisión Europea ha optado por no proponer una reglamentación relativa al canal de transmisión de los datos declarados a las autoridades fiscales. En la actualidad, esto se deja a la decisión de los Estados miembros.
La razón de esta decisión se debe probablemente a que se trata de una cuestión técnica, y a que el debate habría ralentizado el proceso de publicación de esta propuesta. La Comisión Europea también parece ambigua sobre si querría regularlo en el futuro.
Muchos países preparados para introducir los controles transaccionales continuos (CTC) han estado esperando a que los reguladores de la UE ofrezcan una respuesta sobre qué normas deberá cumplir cada Estado miembro. Queda por ver si esta propuesta animará a estos Estados miembros a seguir adelante con sus planes, a pesar de su carácter no definitivo. Cabe destacar que Alemania solicitó una excepción a la actual Directiva del IVA para poder imponer la facturación electrónica solo unos días antes de la fecha original en la que la Comisión tenía previsto publicar esta propuesta: el 16 de noviembre de 2022.
Hable con nuestros expertos fiscales para entender cómo afectarán a su empresa estos cambios propuestos.
Parte I de V – Steve Sprague, director comercial, Sovos
Las leyes de facturación electrónica exigidas por los gobiernos se están abriendo paso en casi todas las regiones del mundo, trayendo consigo mandatos y expectativas más estrictas para las empresas. Insertados en todos los aspectos de su operación, los gobiernos son ahora una influencia omnipresente en su pila de datos que revisa cada transacción en tiempo real mientras atraviesa su red. La supervisión en tiempo real también ha traído consigo la aplicación de la ley en tiempo real, que puede variar en severidad desde multas significativas hasta el cierre completo de su negocio. Todo esto ha creado una nueva realidad para los líderes de TI que necesitan una estrategia para hacer frente a estos cambios globales. Hemos pedido a nuestro director de estrategia, Steve Sprague, que nos ofrezca su orientación sobre cómo afectará esto a los departamentos de TI y cómo pueden prepararse mejor.
P: Ahora que las autoridades gubernamentales están en los datos de las empresas y exigen informes en tiempo real o casi real, ¿qué impacto tendrá esto en los departamentos de TI?
SS: Los CIO tienen que tomar una decisión: ¿pivotan con estos cambios y adoptan un enfoque centralizado de sus datos, sistemas, procesos de negocio y aplicaciones, o dirigen una plataforma descentralizada en la que se deja que cada país tome sus propias decisiones? Más del 95% de las empresas han aplicado un enfoque descentralizado a medida que estos mandatos han ido creciendo país a país. Sin embargo, a medida que América Latina ha pasado de tener sólo tres países que instituían estos mandatos en 2014 a más de 14 países que los implementan ahora, y con otros 30 países de todo el mundo que están comenzando el proceso de implementación de regímenes similares, incluyendo economías de toda Asia y Europa, como Francia y Alemania, un enfoque descentralizado conduce a varios problemas a largo plazo, incluyendo:
– Visibilidad limitada fuera del país
– Múltiples herramientas y proveedores a través de diferentes países
– Procesos desarticulados con un enfoque en el cumplimiento de las obligaciones locales solamente
– Resolver el “problema a mano” vs. mirar el panorama más amplio mirar el panorama general
– Funciones y responsabilidades mal definidas
– Enfoque incoherente a la hora de implementar países adicionales
P: Para cumplir con los mandatos del gobierno y garantizar que las operaciones continúen sin interrupción, ¿qué debería priorizar la TI? ¿Qué enfoque recomendaría?
SS: La TI debe centrarse en el objetivo final: implementar un enfoque centralizado de estas leyes de facturación electrónica exigidas por el gobierno para garantizar un enfoque globalmente coherente de todas las presentaciones digitales. Habrá una reducción de costes al consolidar el número de proveedores y herramientas, y el riesgo se mitigará aún más gracias a una mayor estandarización y visibilidad. No puedo exagerar la importancia de las sinergias de aplicación a medida que los requisitos aumentan y se amplían. Esto sólo va a ser más complejo a medida que pase el tiempo. La claridad de las funciones y responsabilidades es el otro beneficio para los equipos de TI, ya que este enfoque conducirá a áreas de enfoque claramente definidas para el equipo. Por último, la alineación de los análisis a través de un centro de datos será ahora posible, proporcionando un panel de control centralizado para sus operaciones globales.
Muchas cosas han cambiado en el mundo de la facturación electrónica exigida por los gobiernos. La continua inversión en tecnología por parte de las autoridades gubernamentales ha puesto a los reguladores en posición de exigir una mayor transparencia junto con informes más detallados y en tiempo real. Para satisfacer estas demandas, las empresas recurren a sus organizaciones de TI. La buena noticia es que no tiene que hacerlo solo. Sovos cuenta con los conocimientos necesarios para guiarle a través de esta evolución global, basándose en nuestra experiencia de trabajo con muchas de las principales marcas del mundo.
¿Necesita ayuda para mantenerse al día con los mandatos globales? Póngase en contacto con el equipo de expertos fiscales de Sovos.
El registro del Impuesto sobre las Primas de Seguros (IPT) ante las autoridades fiscales de toda Europa puede resultar difícil y complejo, especialmente cuando se trata de varios territorios. Hay muchos elementos que las empresas deben tener en cuenta a la hora de registrarse para el IPT. ¿Cuáles son los documentos justificativos necesarios? ¿Quién puede firmar? ¿Es necesario legalizar los documentos? ¿Hay un proceso de dos pasos? Estas son solo algunas de las preguntas que puede hacerse durante el proceso de registro.
Basándonos en los problemas más comunes que nos encontramos con nuestros clientes de IPT, hemos reunido nuestros cinco consejos principales para facilitar el proceso de registro de IPT:
Es probable que su empresa ya esté haciendo negocios en los territorios en los que debe registrarse. Por lo tanto, es importante que el registro se complete rápidamente para evitar las sanciones que pueden imponer algunas autoridades fiscales. Le recomendamos que firme y devuelva los documentos lo antes posible para evitar estas complicaciones.
Las autoridades fiscales europeas son muy específicas con sus requisitos, y dependiendo del Estado miembro de la UE, las normas pueden ser diferentes. Por lo general, los documentos justificativos deben estar fechados en los últimos seis meses y ser claramente legibles. Algunas autoridades fiscales exigen que los documentos estén certificados por un notario y apostillados, otras aceptan la firma electrónica y otras no. El proceso de registro puede retrasarse cuando los documentos justificativos son incorrectos, o las plantillas se rellenan de forma incorrecta. Para evitar retrasos en la presentación de su registro, asegúrese de prestar mucha atención a las instrucciones proporcionadas.
Aunque alguna información solicitada puede parecer intrusiva y personal, siempre hay una razón para la solicitud. Nunca le pediremos que proporcione nada más que lo que las autoridades fiscales requieren para completar un registro de IPT. Sus datos personales se tratan siempre con la más estricta confidencialidad y seguridad y cumplen con las normas del GDPR.
Los plazos para el registro del IPT en los Estados miembros de la UE pueden variar. Algunas autoridades fiscales, como Alemania, confirman el registro en el plazo de una semana desde su presentación, mientras que Grecia puede tardar entre 8 y 12 semanas. No se preocupe si su registro no se confirma tan rápido como esperaba.
Queremos que su registro se realice de la manera más eficiente y rápida posible. Si tiene alguna duda, su representante de registro está siempre dispuesto a ayudarle. Podemos responder a sus preguntas por correo electrónico o concertar una llamada para repasar todo el proceso si así lo prefiere.
Los servicios gestionados de IPT de Sovos ofrecen el apoyo de nuestro equipo de expertos mediante un software que se actualiza en tiempo real. Además, nuestro equipo de especialistas en regulación supervisa e interpreta las regulaciones globales de IPT, para que usted no tenga que hacerlo.
Póngase en contacto con nuestro equipo de expertos para descubrir cómo su empresa puede beneficiarse de una oferta completa de IPT de principio a fin, o descargue nuestro libro electrónico, IPT Compliance: A Guide for Insurers, para saber más sobre IPT en toda Europa.
Actualización: 10 de febrero de 2023 por Carolina Silva
El gobierno español está siguiendo varias rutas para digitalizar los controles fiscales, incluida la introducción de requisitos de software en el sistema de facturación.
En febrero de 2022, España publicó un Proyecto de Real Decreto que establece requisitos de software de facturación para garantizar la normativa antifraude española.
El Anteproyecto de Decreto garantiza que los software de facturación cumplan con los requisitos legales de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. Establece estándares para los sistemas conocidos como SIF (Sistemas Informáticos de Facturación).
Para cumplir con los estándares del SIF, los contribuyentes pueden utilizar un sistema Verifactu, un sistema de emisión de facturas verificable que se detalla más adelante en este artículo.
Desde la publicación del Proyecto de Decreto y la conclusión de su consulta pública, la autoridad tributaria española ha publicado un proyecto de especificaciones técnicas para el sistema Verifactu y una lista de modificaciones que se introducirán en el Proyecto de Decreto. Uno es la fecha estimada de entrada en vigor de los requisitos del software de facturación.
Entre los múltiples requisitos del SIF establecidos en el Proyecto de Decreto se encuentra la capacidad de generar un registro de facturación en formato XML por cada venta de bienes o prestación de servicios. Este debe enviarse a la autoridad fiscal simultáneamente o inmediatamente antes de la emisión de la factura.
El Proyecto de Decreto establece dos sistemas alternativos que los contribuyentes pueden adoptar para cumplir con las normas técnicas del SIF: el SIF ordinario y el sistema Verifactu.
Un sistema Verifactu es un sistema de emisión de facturas verificable y su adopción es voluntaria según el Proyecto de Decreto. Los contribuyentes que utilicen sistemas informáticos de facturación para cumplir con sus obligaciones de facturación podrán optar por enviar continuamente a la autoridad tributaria todos los registros de facturación generados por sus sistemas.
Un sistema de facturación Verifactu cumple con todas las obligaciones técnicas impuestas por el Proyecto de Decreto. Los contribuyentes utilizan el sistema para enviar efectivamente todos los registros de facturación de manera electrónica de manera continua, automática, consecutiva, instantánea y confiable.
Un contribuyente opta por un “sistema de emisión de facturas verificable” iniciando sistemáticamente la transmisión de registros de facturación a la autoridad tributaria. Si los sistemas son Verifactu, las facturas deberán incluir una frase que así lo indique.
Existen varios beneficios para los contribuyentes que deciden optar por un sistema Verifactu:
Los contribuyentes y promotores de SIF deben conocer varios plazos establecidos por la autoridad tributaria española. Estos todavía son parte del borrador de desarrollo del SIF y los plazos oficiales están pendientes:
Aunque todavía se encuentra en borrador, se espera que se publique oficialmente el Proyecto de Real Decreto, junto con una Orden Ministerial que detalle las especificaciones técnicas y funcionales de los sistemas de facturación. Próximamente la publicación oficial de las especificaciones técnicas de Verifactu.
El Proyecto de Decreto establece explícitamente que su implementación es compatible con un mandato de facturación electrónica que también está en marcha en España. Por lo tanto, los contribuyentes deben prepararse para cumplir.
Para obtener más información sobre los próximos cambios fiscales en España, hable con un miembro de nuestro equipo de expertos.
Actualización: 24 de febrero de 2022 por Víctor Duarte
El Ministerio de Hacienda de España ha publicado un proyecto de resolución que, una vez adoptado, establecerá los requisitos para el software y los sistemas que respaldan los procesos de facturación de empresas y profesionales. Esta ley tendrá un impacto significativo en los actuales procesos de emisión de facturas. Será necesario implementar nuevos requisitos de contenido de las facturas, incluido un código QR, y la generación de registros de facturación para enero de
El reglamento también pretende adaptar el sector empresarial español, especialmente pymes, microempresas y autónomos, a las exigencias de la digitalización. Para ello se considera necesario estandarizar y modernizar los programas informáticos que apoyan la contabilidad, facturación y gestión de las empresas y emprendedores.
El reglamento establece los requisitos que debe cumplir cualquier sistema para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación sin interpolaciones, omisiones o alteraciones.
Las nuevas normas establecidas en el reglamento se aplicarán a:
Las empresas que no entran en las categorías anteriores no tienen que cumplir, pero las que sí lo hacen deben asegurarse de que sus sistemas informáticos están adaptados a esta normativa a partir del 1 de enero de 2024.
Las facturas generadas por los sistemas informáticos o los sistemas y programas electrónicos que soportan los procesos de facturación de las empresas y profesionales deben incluir un código de identificación alfanumérico y un código QR, generados según las especificaciones técnicas y funcionales establecidas por el Ministerio de Hacienda.
Los sistemas informáticos que soportan los procesos de facturación deben tener la capacidad de:
Para conseguir estos fines, todos los sistemas informáticos deberán certificar que garantizan el compromiso de cumplir con todos los requisitos establecidos en esta norma a través de una "declaración responsable". El Ministerio de Hacienda establecerá el contenido mínimo de esta declaración más adelante en una nueva resolución.
Los registros de facturación deben cumplir con varios requisitos de contenido establecidos por la normativa.
Los contribuyentes que utilicen sistemas informáticos para el cumplimiento de sus obligaciones de facturación podrán voluntariamente enviar a la AEAT todos sus registros de facturación generados por los sistemas informáticos de forma automática por medios electrónicos. La respuesta de un mensaje de aceptación formal por parte de la AEAT supondrá automáticamente la incorporación de estos registros a los libros de ventas e ingresos del contribuyente.
La AEAT podrá personarse en el lugar donde se encuentre o se utilice el sistema informático y podrá requerir el acceso total e inmediato al registro de datos, obteniendo, en su caso, el nombre de usuario, la contraseña y cualquier otra clave de seguridad que sea necesaria para el acceso total.
La AEAT podrá solicitar una copia de los registros de facturación, que las empresas podrán facilitar en formato electrónico mediante soporte físico o por medios electrónicos.
El reglamento no incluye ninguna norma específica para el mandato de la factura electrónica B2B proyecto de decreto que se está discutiendo actualmente en el Congreso y está a la espera de su aprobación. Sin embargo, si se aprueba el mandato, todas las facturas electrónicas B2B emitidas bajo este proyecto de decreto tendrán que cumplir con todas las nuevas reglas establecidas en este reglamento.
Aunque esta nueva normativa no parece llevar a España más allá del control continuo de transacciones (CTC), la propuesta tiene claras similitudes con los requisitos de facturación de Portugal.
El proyecto de resolución que los establece está actualmente abierto a consulta pública hasta el 11 de marzo de 2022. Una vez aprobada esta resolución, el Ministerio de Hacienda publicará las especificaciones técnicas y funcionales necesarias para cumplir con los nuevos requisitos y la estructura, contenido, detalle, formato, diseño y características de la información que las empresas deben incluir en los registros de facturación.
El Ministerio de Hacienda también publicará las especificaciones de la política de firma y los requisitos que debe cumplir la huella digital o ‘hash’. Una vez que se publiquen estos detalles, quedará más claro si España sigue el camino de Portugal o si se hace un camino propio.
¿Necesita ayuda para mantenerse actualizado con las últimas actualizaciones de IVA y cumplimiento en España que pueden afectar su negocio? Póngase en contacto con el equipo de expertos de Sovos hoy.
Actualización: 9 de marzo de 2023 por Héctor Fernández
El IPT en España es complejo. Navegar por los requisitos del país y garantizar el cumplimiento puede parecer una tarea difícil.
Sovos ha desarrollado esta guía para responder preguntas destacadas y urgentes que le ayudarán a comprender el impuesto a las primas de seguros en el país. Creada originalmente después de un seminario web del IPT en España que organizamos, la guía contiene preguntas formuladas por expertos de la industria y respondidas por expertos legislativos.
El tipo actual del IPT en España es del 8%, a partir de 2022 y se aplica a todos los ramos de seguros, con algunas exenciones. Los ramos exentos del IPT incluyen seguros de vida, salud, reaseguros, pensiones colectivas, créditos a la exportación, fianzas, mercancías y pasajeros en tránsito internacional, riesgos agrícolas, aviación y cascos marítimos.
El aspecto más desafiante es presentar correctamente ante las cinco autoridades tributarias diferentes: Álava, Guipuzkoa, Navarra, Estatal y Vizcaya.
La base para el cálculo del IPT es el importe total de la prima a pagar por el asegurado, excluidos los fondos para el seguro de riesgos extraordinarios y el impuesto de bomberos. Las empresas deben mostrar el impuesto además de la prima.
El asegurador es responsable de calcular y pagar el impuesto. Las aseguradoras del EEE que operan bajo el régimen de Libertad de Servicio deben designar un representante fiscal en España.
El seguro de enfermedad y salud está exento del IPT en España, según el artículo 5 de la Ley del IPT. Sin embargo, esto no incluye la cobertura de accidentes, que debería estar sujeta a un impuesto del 8%.
El artículo 5 de la ley IPT establece una exención para “las operaciones de seguros relacionadas con buques o aeronaves que estén destinadas al transporte internacional, excepto aquellas que realicen navegación o aviación privada de recreo”.
Según la Ley 22 de la Ley 37/1992 (Ley del IVA), “se considera transporte internacional el que se realiza en el interior del país y finaliza en un punto situado en un puerto, aeropuerto o zona fronteriza para su expedición inmediata fuera de la península española y Islas Baleares”.
Por lo tanto, entendemos que los seguros, como los de responsabilidad civil del transitario y de carga marítima, obtienen la exención del IPT, en la medida en que se relacionen con el transporte internacional.
No conocemos ninguna herramienta de Microsoft para preparar el archivo CCS para los informes mensuales. Este archivo puede ser complejo.
CLEA es el recargo para financiar la actividad de liquidación de las empresas de seguros. Estaba incluido en el Modelo 50 CCS y corresponde a todos los contratos de seguro sobre riesgos suscritos en España. Se excluyen los seguros de vida y los seguros de crédito a la exportación por cuenta o con el apoyo del Estado.
El tipo de recargo destinado a financiar la actividad de liquidación de las entidades aseguradoras se compone del 0,15% de las primas anteriores.
Todos los aseguradores deben registrarse en las provincias donde se encuentra la ubicación del riesgo. Es un requisito de cumplimiento porque las aseguradoras deben declarar los impuestos sobre las primas a las autoridades fiscales correctas según la ubicación del riesgo.
El código postal es un dato obligatorio que debe enviarse al Consorcio mensualmente, ya que el CCS necesita conocer la Localización del riesgo de cada póliza suscrita en España.
Los informes anuales de Fire Brigade Charge (FBC) también se envían a través del portal CCS. El código postal es un campo obligatorio que ayuda a los distintos Ayuntamientos a identificar las pólizas que fueron suscritas en sus territorios y cobrar su parte del FBC en consecuencia.
Los aseguradores pueden optar por declarar únicamente su parte del acuerdo de coaseguro, en caso de que ese sea el acuerdo entre los aseguradores que son parte en el contrato.
Cuando Consorcio no pueda recuperar una suma pendiente de un coasegurador, probablemente responsabilizará al asegurador principal por ese monto. Alternativamente, el asegurador principal puede pagar los recargos de todos los aseguradores asociados. Por tanto, existe, hasta cierto punto, un elemento de discrecionalidad por parte de las aseguradoras pertinentes.
Podemos proporcionar esto a nuestros clientes si lo solicitan. Póngase en contacto con nuestros expertos en IPT para obtener ayuda.
Vea nuestro seminario web, IPT: Enfoque en España para profundizar en la CCS de España
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