Facturación electrónica en España: lo que necesita saber

Facturación electrónica en España

España es uno de los muchos países europeos que han adoptado la facturación electrónica para los contribuyentes. Con varias normas que respetar y el cumplimiento adicional del IVA regional, comprender los requisitos de facturación electrónica en España puede resultar complejo.

Nuestros expertos en normativa desglosan todo lo que necesita saber, desde las normas específicas B2B y B2G hasta los formatos requeridos. Guarde esta página en marcadores para estar al tanto de los últimos requisitos de facturación electrónica en España.

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Contenido

¿Quién debe utilizar la facturación electrónica en España?

La facturación electrónica en España es obligatoria para todas las transacciones entre las administraciones públicas y sus proveedores desde 2015.

Las empresas tienen distintas obligaciones en materia de facturación electrónica en función de la naturaleza de sus transacciones. Las facturas electrónicas serán pronto obligatorias para las transacciones entre empresas (B2B), mientras que las transacciones entre empresas y administraciones públicas (B2G) ya pueden beneficiarse de ella. A continuación encontrará más información sobre las obligaciones específicas de cumplimiento de las empresas.

¿Cómo funciona la facturación electrónica en España?

Desde la perspectiva de la facturación electrónica, España es un país posterior a la auditoría. No existe un requisito de revisión de facturas electrónicas como tal, pero España ha sido uno de los primeros países en adoptar el método CTC en la UE con la introducción de la notificación obligatoria de datos de facturas casi en tiempo real.

Actualmente, la autoridad tributaria española está en proceso de transición para adoptar un requisito obligatorio de facturación electrónica B2B que afectará significativamente al proceso de facturación electrónica del país.

Facturación electrónica B2B en España

España tenía previsto inicialmente poner en marcha su mandato de facturación electrónica B2B en julio de 2024, pero lo pospuso. Dado que el Gobierno español se compromete a notificar con un año de antelación la aprobación de una ley, las empresas pueden esperar que el mandato entre en vigor en 2025.

Está previsto que el país implemente la facturación electrónica B2B de forma escalonada, de manera que inicialmente se aplicará solo a los grandes contribuyentes y, un año más tarde, a todos los demás.

Más información sobre la facturación electrónica B2B en España.

Facturación electrónica B2G en España

Desde 2015, la facturación electrónica es obligatoria en España en el sector público. La Ley 25/​2013 obliga a que todas las facturas que se envíen a las entidades del sector público se envíen y firmen electrónicamente. Todas las entidades públicas reciben las facturas a través de un punto de entrada común, el FACe.

Una excepción a la norma permite enviar facturas en papel a las administraciones públicas si el importe de la transacción es inferior a 5000 euros.

Cronograma para la facturación electrónica en España​

El requisito obligatorio de facturación electrónica B2B será efectivo en función del volumen de negocios anual del contribuyente:

  • Los empresarios y profesionales cuyo volumen de negocios anual supere los €8 million de euros dispondrán de un año a partir de la aprobación del marco reglamentario
  • Para el resto de empresarios y profesionales, la obligación de facturación electrónica entrará en vigor dos años después de que se apruebe el marco normativo

Este cronograma se actualizará cuando se anuncien las fechas oficiales de implementación.

¿Cuál es el formato requerido para una factura electrónica?

El formato de facturación electrónica aprobado en España para las transacciones B2G es FacturaE y sigue el estándar XAdES y utiliza firmas XML. La plataforma central para enviar facturas electrónicas a las administraciones públicas es FACe, aunque las transacciones comerciales se procesarán a través del servicio web FACeB2B.

En España, las facturas electrónicas deben cumplir la norma EN 16931 y se exige que incluyan la información establecida, entre la que se incluye:

  • Código QR
  • Número de IVA
  • Fecha y hora
  • Número de factura
  • Importe total de la factura con impuestos incluidos
  • Número único de identificación (Número de Identificación Fiscal o NIF)

El emisor de la factura electrónica debe archivar el documento electrónico durante un mínimo de seis años.

Spain - Alcalá

Normas y métodos de comunicación para la facturación electrónica en España

Spain - Toledo

En España existen varias normas de facturación electrónica que regulan la forma en que los contribuyentes llevan a cabo el proceso.

Por ejemplo, el formato de las facturas electrónicas para transacciones B2G debe cumplir unas normas establecidas. En concreto, las facturas electrónicas deben seguir el formato FacturaE, una norma nacional basada en XML que se utiliza junto con una firma electrónica segura que sigue la norma XAdES.

Una vez que entre en vigor la facturación electrónica para las transacciones B2B, el formato de las facturas electrónicas deberá ajustarse a la norma EN 16931. Se aceptarán los siguientes:

  • Mensajes de factura EDIFACT conformes con la norma ISO 0735
  • Mensajes de factura y nota de crédito UBL de conformidad con ISO/​IEC 19845:2015

En términos de comunicación para la facturación electrónica en España, FACe es el centro singular para la presentación de facturas electrónicas en suministros B2G.

Cómo puede ayudarle Sovos

A estas alturas, ya sabrá que el cumplimiento de las obligaciones fiscales en España no es tarea sencilla para muchas empresas. No tiene por qué hacer las cosas solo, aunque Sovos puede ayudarle, combinando la experiencia fiscal local con soluciones completas para el cumplimiento.

Hable hoy mismo con un miembro de nuestro equipo para liberarse y centrarse en lo que realmente importa: su negocio.

Cumplimiento del IVA en España para empresas

El cumplimiento del IVA en España es algo denso, pero no tiene por qué ser difícil de conseguir. La legislación española en materia de IVA se ha modificado en numerosas ocasiones desde su introducción, y existen otras normativas que las organizaciones también deben conocer, desde el SII hasta la facturación electrónica.

Este es su centro para todo lo relacionado con el cumplimiento del IVA en España, que cubre todos los mandatos y requisitos que pueden aplicarse a su empresa. Utilice esta página para conocer en profundidad la normativa española sobre el IVA y saber cómo cumplirla.

Normas del IVA en España

España es un país complejo en cuanto a las normas del IVA. Hay muchos elementos que las empresas deben conocer, incluyendo:

IPT en España

Requisitos para darse de alta en el IVA en España

Antes de julio de 2021, los vendedores extranjeros debían estar registrados a efectos del IVA si sus importaciones anuales en España superaban los 35000 euros. A partir de esa fecha, en virtud de una resolución a nivel de la UE, el umbral se redujo a 10000 euros. Si la facturación anual de una empresa supera esa cantidad, está sujeta al IVA en todos los Estados miembros de la UE.

Las empresas que suministran bienes o prestan servicios sujetos a IVA en España deben solicitar un número de identificación a efectos del IVA nacional en su delegación local de la Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y designar a un representante fiscal español para que se comunique con la Agencia Tributaria española en su nombre.

El equipo de expertos de Sovos está especialmente preparado para gestionar el registro del IVA de las empresas. Póngase en contacto hoy para más información.

¿Cuándo se aplica el IVA?

En España, el IVA se aplica a los siguientes tipos de operaciones:

  • Suministro de bienes o prestación de servicios que tengan lugar en España, efectuadas por un sujeto pasivo
  • Adquisiciones intracomunitarias específicas (tanto llegadas como envíos)
  • Inversión del sujeto pasivo a escala nacional
  • Importación

Requisitos de facturación en España

España tiene requisitos estrictos para la creación, el procesamiento y el almacenamiento de facturas. Las facturas deben emitirse antes del día 16th del mes siguiente al del suministro, en el caso de los sujetos pasivos, y en el momento del suministro, en el caso de no tener la condición de sujeto pasivo.

La legislación española establece que las facturas deben incluir datos básicos como:

  • Datos del proveedor
  • Datos del cliente
  • Fecha de emisión (y fecha de transacción si difieren)
  • Descripción completa de los bienes o servicios
  • Importe exigible por bienes o servicios
  • Valor neto imponible del suministro
  • Importe bruto de la factura
  • Tipo(s) de IVA aplicado(s) e importe de IVA por tipo

El Gobierno español ha publicado un proyecto de reglamento con el marco para implantar la facturación electrónica B2B obligatoria. Al tratarse de un borrador, los contribuyentes pueden esperar cambios antes de la publicación de la versión definitiva.

Lea nuestro blog específico para obtener más información sobre la facturación electrónica B2B en España

Registro en la OSS

La UE estableció la ventanilla única (OSS, por sus siglas en inglés) en julio de 2021, estableció un umbral de IVA en toda la UE de 10000 euros y simplificó las ventas transfronterizas en línea en la región. Esto forma parte del paquete de medidas de la UE sobre el IVA y el comercio electrónico​.

Las personas que se inscriben en el régimen deben facilitar información específica al Estado miembro de identificación, y los Estados miembros son libres de elegir cómo recopilan dicha información por vía electrónica.

Además de la OSS, las empresas que comercian en España y otros Estados miembros de la UE deben cumplir la normativa Intrastat. Existen umbrales de Intrastat específicos para cada país que, una vez superados, exigen el registro y la declaración de conformidad. Este sistema tiene por objeto recoger información y elaborar estadísticas sobre la circulación de mercancías entre los Estados miembros de la UE.

Preguntas frecuentes sobre el cumplimiento del IVA en España

La ley del IVA en España se conoce como LIVA y ha sido modificada varias veces para adaptarla a la legislación de la UE en materia de IVA. España no tiene un umbral de registro de IVA por lo que tanto los contribuyentes residentes como los no residentes deben registrarse a efectos del IVA en el país antes de realizar entregas imponibles.

La información que se suele exigir en las facturas de IVA en España incluye la fecha de emisión y transacción, el número de IVA del proveedor, la descripción de los bienes o servicios, el valor neto del suministro, el tipo o tipos de IVA aplicados y las direcciones tanto del proveedor como del cliente.

El tipo normal del IVA en España es del 21%. Dicho esto, el país también cuenta con bienes de tipo cero que deben declararse en las declaraciones del IVA, aunque no se cobre IVA por los productos.

España tiene un tipo reducido de IVA del 10% para productos sanitarios, hoteles, restaurantes y actividades deportivas y de ocio, y del 4% para determinados alimentos, libros, revistas y periódicos.

España no tiene un umbral de registro del IVA, lo que significa que tanto los contribuyentes residentes como los no residentes deben registrarse a efectos del IVA en el país antes de realizar una entrega imponible.

Cómo puede ayudarle Sovos

Con esto debería haber quedado claro que el cumplimiento del IVA en España puede ser una tarea difícil y compleja. Prepare su cumplimiento para el futuro con Sovos, un único proveedor con experiencia fiscal global y local.

Póngase en contacto hoy mismo con nuestro equipo de expertos, y concéntrese en hacer crecer su negocio sin tener que preocuparse por el cumplimiento de la normativa.

Important verifications beyond TIN matching

TIN matching typically occurs at two points when paying a vendor or customer: when onboarding a new vendor or customer based on information collected on Form W9 and prior to reporting amounts paid on 1099s to ensure name/TIN information is still accurate. When it comes to onboarding new vendors or customers, there are two additional verifications beyond TIN matching businesses must be aware of. Understanding these verifications can help prevent your organization from working with fraudulent individuals or businesses.

Read more about verifications beyond TIN matching.

Arabia Saudita - Facturación electrónica

Arabia Saudita es líder en los controles continuos de transacciones en el Golfo

Facturación electrónica en Arabia Saudita desde diciembre de 2021

Arabia Saudita presentará un régimen de facturación electrónica con un enfoque por fases a partir de diciembre de 2021. Tras haber introducido el IVA recientemente, el 1 de enero de 2018, el país está liderando la digitalización del cumplimiento tributario en la región del Golfo.

La normativa definitiva publicada por la autoridad tributaria de Arabia Saudita, Zakat, Autoridad de impuestos y aduanas (ZATCA) confirma la fecha de entrada en vigor de la segunda fase el 1 de enero de 2023.

Aparte de otros requisitos, la fase dos también introduce la integración con una plataforma digital ZATCA de control continuo de transacciones (CTC por sus siglas en inglés), que requiere que los contribuyentes compensen las facturas antes de la transmisión a los compradores.

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Puntos clave del mandato

Fase 1 – Generación obligatoria de facturas electrónicas con controles de auditoría posteriores: empieza el 4 de diciembre de 2021

  • Se aplica a todos los sujetos pasivos residentes en Arabia Saudita.
  • Exige a los contribuyentes que generen, modifiquen y almacenen facturas y notas electrónicas (notas de crédito y débito) en todas las transacciones B2B, B2C y B2G, incluidas las exportaciones.
  • Las empresas deben generar facturas electrónicas y sus notas asociadas en un formato electrónico estructurado.
  • Las facturas y las notas electrónicas deben contener toda la información necesaria.
  • Se permite cualquier formato electrónico estructurado.
  • Las facturas B2C deben incluir un código QR.
  • Todas las facturas deben contener una marca de tiempo.
  • Se requiere explícitamente la integridad de las facturas electrónicas.
  • Los requisitos de almacenamiento son los mismos en la fase 1 y en la 2 (deben archivarse en un sistema o servidor que se encuentre físicamente en el territorio de Arabia Saudita. Si cumplen ciertos requisitos adicionales, los contribuyentes que tengan una filial en Arabia Saudita pueden tener sus sistemas informáticos centrales ubicados fuera del país).
  • Los proveedores deben almacenar las facturas electrónicas en un formato estructurado, independientemente de cómo las intercambien con los compradores.
  • Algunas funcionalidades están prohibidas para las soluciones de facturación electrónica.

Fase 2 – Régimen CTC: comienza el 1 de enero de 2023 y requiere que los contribuyentes transmitan las facturas electrónicas, además de las notas electrónicas, a la autoridad tributaria, ZATCA, para su compensación.

  • Se prevé un enfoque por fases para diferentes contribuyentes.
  • Las facturas B2B funcionarán bajo un régimen de compensación, mientras que las facturas B2C deberán notificarse a la plataforma de ZATCA en las 24 horas siguientes a su emisión.
  • Las facturas deben emitirse en el formato obligatorio XML.
  • Las facturas fiscales pueden enviarse a los compradores en formato XML o PDF/A-3 (con XML incrustado). Las facturas B2C deben presentarse en papel según el acuerdo mutuo de las partes; sin embargo, dichas facturas se pueden compartir electrónicamente o en cualquier otra forma en la que el comprador pueda leerla.
  • Una solución de facturación electrónica conforme debe tener las siguientes características:
    • Generación de un identificador único universal (UUID) además del número secuencial de la factura.
    • Contador de facturas antimanipulaciones.
    • Alguna capacidad para guardar y archivar facturas electrónicas y notas electrónicas.
    • Generación de un sello criptográfico para facturas B2C, un hash y un código QR para cada factura electrónica y nota electrónica.

Fechas importantes

Fase 1: 4 de diciembre de 2021: todos los sujetos pasivos residentes en Arabia Saudita pueden generar, modificar y almacenar facturas electrónicas y notas electrónicas (notas de crédito y débito).

Fase 2: 1 de enero de 2023: requisitos adicionales para que los sujetos pasivos transmitan facturas electrónicas, así como notas electrónicas, a ZATCA. La adopción se hará por fases, empezando por las empresas más grandes, y las demás se irán incorporando gradualmente al mandato. Las empresas recibirán un aviso con seis meses de antelación a la fecha límite de cumplimiento del mandato.

Cómo puede ayudarle Sovos

¿Necesita ayuda para garantizar que su empresa cumple con la normativa de IVA de Arabia Saudita? Sovos actúa como punto comercial único para la gestión de la conformidad con las obligaciones de facturación electrónica en Arabia Saudita y en todo el mundo. Sovos ofrece una combinación única de conocimiento local y una experiencia de cliente global y fluida.

La ventanilla única de importación del IVA (IOSS)

Simplifique el IVA de la UE con IOSS en una sola declaración

Ya está aquí la ventanilla única de importación (IOSS). Simplifique el cumplimiento del IVA de la UE en una única declaración de IVA – aumente sus ventas en la UE, evite multas y sanciones y mejore la experiencia de cliente eliminando tarifas inesperadas para los compradores.

Desde su lanzamiento, hemos ayudado a empresas de comercio electrónico de todos los tamaños a realizar el cambio al nuevo sistema. Nuestro servicio IOSS le brinda acceso completo a nuestras soluciones de software de cumplimiento del IVA y a un equipo de especialistas en impuestos indirectos. Deje que nos encarguemos del registro inicial, la cumplimentación mensual y los requisitos de intermediación para que usted pueda seguir centrándose en lo que mejor sabe hacer.

Hable con un experto en IVA

¿Qué es IOSS?

Desde julio de 2021, todos los bienes importados a la UE, independientemente de su valor, están sujetos a IVA. A partir de la misma fecha, las empresas que vendan productos importados valorados en menos de 150 EUR ahora pueden utilizar IOSS para recaudar, declarar y pagar el IVA a las autoridades fiscales locales en una única declaración del IVA. IOSS simplifica su cumplimiento del IVA de la UE – desbloquee todo el potencial del mercado de comercio electrónico de la UE, maximice su flujo de caja y brinde un excelente servicio al cliente.  

Para obtener un registro, las empresas de fuera de la UE deben designar un intermediario. A continuación, pueden obtener un número de registro de IVA de IOSS en el Estado miembro en el que dicho intermediario tenga su sede.  

Servicio IOSS completo

Deje que nos encarguemos del proceso de registro, obtengamos un número de IVA para su empresa y presentemos las declaraciones mensuales de IOSS. Todo incluido, sin cargos ocultos.

Contáctenos

Actuamos como su intermediario IOSS

Las empresas no pertenecientes a la UE solo pueden registrarse en el sistema a través de un intermediario. Podemos actuar como intermediario para usted. 

Contáctenos

¿Cuales son los beneficios?

  • Las mercancías pasan por la aduana más rápido: IOSS calcula y contabiliza el IVA por adelantado en lugar de aplicarlo en el momento de la importación 
  • Con un número de registro de IVA de IOSS, el IVA se contabiliza en el punto de venta 
  • Cargos reducidos por despacho de aduana – sin un registro de IVA IOSS, el IVA de importación se pagará cuando las mercancías se despachen en la UE y es probable que haya costes de despacho de aduana más altos 

Datos de interés

  • La simplificación de IOSS puede utilizarse ahora para cualquier transacción que cumpla los requisitos 
  • El sistema requiere un mantenimiento de registros adicional: las empresas deben conservar registros de las transacciones más detallados que antes
  • Las declaraciones de IVA de IOSS son mensuales  
  • Las empresas pueden corregir las declaraciones previas de IVA de IOSS en la siguiente declaración
  • Es posible que las empresas no pertenecientes a la UE tengan que designar a un intermediario y obtener un registro del IVA de IOSS en el país de la UE donde tenga su domicilio fiscal el intermediario
  • Dependiendo de la naturaleza de la actividad comercial o las cadenas de distribución, es posible que los minoristas de fuera de la UE tengan que informar en la ventanilla única de la Unión (OSS) y los sistemas de OSS de fuera de la Unión. 
  • Las empresas necesitan al menos un registro de IVA "estándar" y posiblemente más debido a almacenes o similares si van a utilizar la OSS de la Union.  No se necesitan otros registros de IVA para IOSS u OSS de fuera de la Unión.

Sanciones y multas

Las autoridades fiscales locales pueden imponer sanciones y multas a las empresas si las declaraciones y los pagos no se envían a tiempo. Además, el incumplimiento reiterado puede dar lugar a una exclusión de dos años del sistema. Las empresas tendrían que registrarse a efectos del IVA en todos los Estados miembros donde importan mercancías o tener acuerdos alternativos para hacer frente al IVA a la importación. 
 
Las empresas que quieran utilizar IOSS pueden necesitar un intermediario. Si se requiere un intermediario, no puede hacerlo solo. Nuestro servicio integral se encarga de todos sus requisitos de registro, cumplimentación e intermediación.  

Es hora de cumplir con el IVA de la UE con IOSS y Sovos

Nuestro servicio IOSS le da acceso completo a nuestro equipo de especialistas en impuestos indirectos y al software de cumplimiento del IVA. Deje que nos encarguemos del registro inicial, la cumplimentación mensual y los requisitos de intermediación para que usted pueda centrarse en lo que mejor sabe hacer. 

Póngase en contacto con nosotros para hablar con un experto en IVA y saber cómo empezar. 

Régimen de IVA de Portugal

Portugal sigue adelante con la digitalización del IVA

En 2019, Portugal aprobó una pequeña reforma de la facturación electrónica que consolidaba el marco del país en lo referente a la presentación del SAF-T y software de facturación certificado.

Desde entonces, ha habido muchas novedades: los requisitos de facturación electrónica se ampliaron a empresas no residentes, las fechas límite se aplazaron a causa de la Covid y se han publicado normativas nuevas.

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Datos de interés

  • Es obligatorio utilizar software de facturación certificado para crear todo tipo de facturas; esto se entiende como el sistema ERP del contribuyente.
  • Debe incluirse un código QR en todas las facturas. Las especificaciones técnicas sobre el contenido y la ubicación del código dentro de la factura están disponibles en  el sitio web de la autoridad tributaria.
  • El número de identificación único (ATCUD) debe incluirse en todas las facturas y es parte del contenido del código QR. El ATCUD es un número con el siguiente formato: “ATCUD: Código de validación – Número secuencial”.
  • En abril de 2021, Portugal aclaró que las empresas no residentes registradas en Portugal a efectos del IVA debían cumplir con las normativas de IVA nacionales. Esto incluye, entre otras, utilizar un software de facturación certificado para generar facturas. Estas empresas también deben garantizar la integridad y autenticidad de las facturas electrónicas, lo que en Portugal significa utilizar una firma o sello electrónicos cualificados o usar EDI con medidas de seguridad contractuales.
  • Las facturas B2G deben emitirse electrónicamente en formato CIUS-PT y transmitirse a la administración pública a través de uno de los servicios web disponibles.

Fechas importantes

  • Desde el 1 de julio de 2021, las empresas no establecidas pero registradas a efectos del IVA deben adoptar un software de facturación certificado.
  • Emisión de facturas B2G:
  • Mandatory B2G e-invoicing: all supplies to public sector companies require the related invoice to be issued in CIUS-PT format and transmitted via an approved web service.
    • 1 de enero de 2021:  Inicio de la implementación voluntaria por fases para grandes empresas.
    • 1 de julio de 2021: Ampliación para incluir a pequeñas y medianas empresas, sujeta a un periodo de gracia durante el cual los compradores del sector público aceptan PDFs.
    • 30 June 2022: The new format and transmission approach must be used by all businesses including microenterprises.
  • 1 January 2022:  A QR Code and ATCUD will be required in all invoices. This is voluntary for 2022 and
    expected to become mandatory on 1 January 2023.

     

¿Necesita ayuda para garantizar que su empresa cumple con la normativa de IVA portuguesa?

Sovos ofrece una solución única de cumplimiento de IVA, SAF-T y B2G para Portugal que ayuda a los clientes a cumplir con las exigencias de la transformación digital de los impuestos y las compras públicas con un solo proveedor. Sovos ofrece una combinación única de conocimiento local y una experiencia de cliente global y fluida.

Facturación electrónica

La autoridad tributaria de Colombia, la DIAN, implementó algunos cambios en su modelo de facturación electrónica

Con la experiencia obtenida de la primera iteración de facturación electrónica en Colombia, la DIAN implementará un modelo de autorización similar al de Brasil, México y otros países de América Latina.

El nuevo modelo requiere que las organizaciones que actualmente facturan de forma electrónica a través de SAP implementen el nuevo modelo antes del 2 de noviembre de 2019. Las empresas que implementan la facturación electrónica por primera vez deben seguir las directrices publicadas por la DIAN en la Resolución 000020, que exige el cumplimiento desde el 1 de agosto de 2019 para muchas organizaciones.

Actualizaciones más recientes​

El mandato nuevo empleará un modelo para autorizar la facturación electrónica que requiere una validación previa en tiempo real. En este modelo, el proveedor debe validar todas las facturas con la autoridad tributaria antes de enviarle los productos a un cliente.
La facturación entrante ahora es un requisito.
Un nuevo esquema XML exige más de 200 validaciones, para lo cual se han implementado nuevos catálogos que estandarizan los datos y 7 nuevos acuses de recibo.

Puntos clave del mandato

  • El mandato reduce la evasión del IVA en un 50 %, equivalente a 8000 millones de pesos (~2.800 millones USD).
  • El mandato produjo más de tres millones de documentos electrónicos con un valor superior a 40000 millones de pesos (~13000 millones USD).
  • Para obtener más detalles sobre la evolución y los requisitos del mandato, descargue la guía sobre facturación electrónica en Colombia.

Fechas de implementación del mandato

Con el nuevo modelo UBL 2.1 y el mandato de validación previa publicados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), las fechas para implementar la autorización de facturas electrónicas son las siguientes:

  • Las empresas que no facturan electrónicamente deben implementarlo entre el 1 de agosto de 2019 y el 1 de agosto de 2020, según la resolución 020.
  • Las empresas que en la actualidad facturan electrónicamente deben implementarlo el 2 de noviembre de 2019.

Sanciones

Las empresas que no cumplan con el mandato de facturación electrónica están sujetas a multas de hasta 15000 UVT, según los siguientes criterios:

  • 5% del importe de la factura para la que no se haya proporcionado la información obligatoria.
  • 4% del importe de la factura por información enviada en un formato no válido.
  • 3% del importe de la factura por presentaciones fuera de plazo.
Guía gratuita

Requisitos de declaración y de facturación electrónica en Colombia

Para obtener más detalles sobre la evolución y los requisitos del mandato, descargue la guía sobre facturación electrónica en Colombia.

Cómo Sovos ayuda a las empresas a mantener el cumplimiento de las normas de facturación electrónica de Colombia

La solución de Sovos para el cumplimiento de facturación electrónica sirve como una fuente única para gestionar todas las obligaciones de cumplimiento de facturación electrónica en Colombia y en todo el mundo. La combinación de distintas soluciones locales en diferentes países es costosa e implica riesgos. La solución del Framework SAP de Sovos se personaliza para administrar casos específicos de facturación electrónica en Colombia y para gestionar los requisitos en otros países. Esto permite que las empresas facturen en SAP fácilmente y también monitorea los procesos de cumplimiento para las cuentas por pagar y para las cuentas por cobrar de forma integral y dentro de SAP.

Proveedor tecnológico certificado por la DIAN

Sovos obtuvo la certificación de la DIAN. Las empresas que operan en Colombia deben usar un proveedor tecnológico certificado para la facturación electrónica.Ver certificación

Certificado para espacio de nombres y SAP orientado a S/4HANA

La solución SAP integrada de Sovos permite que los usuarios de las cuentas por pagar y cuentas por cobrar gestionen sus operaciones diarias dentro de los procesos agilizados de SAP, lo que mantiene a SAP como la única fuente de datos.

Participante exitoso en el programa piloto de Colombia

Sovos implementó con éxito la facturación electrónica en Colombia con grandes multinacionales, incluidas Coca-Cola, Kellogg y S.C. Johnson.

Lista de funciones

Monitores localizados de SAP para configurar fácilmente los procesos de facturación electrónica

Sovos ofrece experiencia en SAP en todo el mundo, lo que elimina la necesidad de que los mismos clientes SAP encuentren y proporcionen los expertos.

Gestión de cambios para monitorear y mantener el sistema de facturación electrónica

Los clientes SAP no solo ahorran dinero por no tener que crear lógicas de asignación y extracción de datos SAP internos para sus procesos de facturación electrónica, sino que tampoco afrontan los costos significativos de supervisar y mantener esos sistemas.

Soluciones de Sovos para el cumplimiento de facturación electrónica localizadas para casos y requisitos específicos del mercado

La solución integrada SAP permite que los usuarios de las cuentas por cobrar y cuentas por pagar gestionen sus operaciones diarias dentro de los procesos agilizados de SAP, lo que mantiene a SAP como la única fuente de datos. Sovos facilita un alcance internacional con experiencia interna en materia regulatoria para la facturación transaccional antes de la autorización y después de la auditoría. Cuando las autoridades tributarias presentan un mandato nuevo o modifican uno existente, Sovos hace un seguimiento para que los clientes SAP continúen cumpliendo la reglamentación, se ahorren varios dolores de cabeza y eviten las interrupciones de sus operaciones comerciales.

Espacio de nombre SAP reservado y nativo

Creada directamente en SAP con su propio espacio de nombre, la solución de Sovos para el cumplimiento de facturación electrónica ofrece las herramientas que los clientes SAP necesitan para gestionar, controlar y supervisar los procesos de cumplimiento de facturación electrónica en tiempo real.

Funcionalidad integrada en más de 60 EDI líderes globales y redes P2P, incluido SAP Ariba

El cumplimiento de facturación electrónica de Sovos funciona directamente dentro de los sistemas P2P y EDI más complejos y populares, eliminando la necesidad de financiar y mantener costosos proyectos de integración.

Soporte en múltiples idiomas

Sovos ofrece un servicio completo de atención al cliente en los idiomas que hablan los países con mandatos de facturación electrónica de todo el mundo.

Clientes

Las regulaciones de la facturación electrónica en Brasil

Brasil tiene un sistema de facturación electrónica maduro pero excepcionalmente complejo.

En 2008, Brasil adoptó un modelo de facturación electrónica con autorización en el que las autoridades tributarias del país deben recibir y autorizar una factura antes de que un proveedor pueda enviarla a un pagador. Poco más de una década después, la digitalización del sistema que gestiona los impuestos de Brasil ha evolucionado tanto que otras administraciones tributarias denominan a Brasil el "Google de los bienes fiscales". 

Las regulaciones actuales incluyen facturas electrónicas para suministros de bienes (NF-e), servicios (NFS-e), transporte (CT-e), envío (MDF-e), SPED y EFD REINF.

Para reducir la probabilidad de una auditoría y de experimentar interrupciones en la cadena de suministro, las empresas con actividad comercial en Brasil deben implementar un sistema de facturación electrónica que pueda integrar y automatizar todos los requisitos impositivos dentro de sus sistemas de planificación de recursos empresariales (ERP, por sus siglas en inglés).

¿Tiene usted alguna pregunta? Póngase en contacto con los expertos en facturación electrónica de Sovos Brasil

Últimas actualizaciones

Los recibos electrónicos emitidos por cajas registradoras especiales están siendo reemplazados por nuevos tipos de facturas electrónicas B2C.
La administración tributaria está implementando otra clase de factura electrónica para proveedores de electricidad.
REINF EFD v1.4 se está actualizando a v2.1, en el que se agregan nuevos libros a las declaraciones

Puntos clave del mandato

  • El primer modelo de facturas electrónicas con autorización de América del Sur.
  • Todas las facturas deben estar en esquemas XML predeterminados por las autoridades tributarias.
  • Además de las facturas electrónicas, los proveedores también pueden emitir los documentos complementarios.
  • Los documentos deben almacenarse durante un período establecido por ley.

Sanciones

  • No presentar una factura o emitir una que no cumpla los requisitos técnicos y legales se traducirá en una multa de hasta el 100 % del valor de la factura o del precio de la transacción.
  • El incumplimiento de las obligaciones de facturación puede implicar un delito.

Cómo ayuda Sovos a las empresas a mantener el cumplimiento de facturación electrónica de Brasil

La solución de Sovos sirve como una fuente única para gestionar todas las obligaciones de cumplimiento de facturación electrónica en Brasil y en todo el mundo. La combinación de distintas soluciones locales en diferentes países es costosa e implica riesgos. La solución SAP Framework de Sovos se personaliza para administrar casos específicos de facturación electrónica en Brasil y para gestionar los requisitos en otros países. Esto permite que las empresas facturen fácilmente dentro de SAP y también supervisa los procesos de cumplimiento para las cuentas por cobrar y para las cuentas por pagar, de forma integral y dentro de SAP.

Más de una década de experiencia en Brasil

Sovos ha prestado sus servicios en Brasil durante más de diez años. La plataforma de Sovos incluye la facturación, las cuentas por pagar, la firma electrónica, la declaración del IVA y la declaración digital de este, además de automatizar las cuentas por pagar y los recibos electrónicos.

Certificado para Namespace y SAP orientado a S/4HANA

La solución SAP integrada de Sovos permite que los usuarios de las cuentas por cobrar y cuentas por pagar gestionen sus operaciones diarias dentro de los procesos agilizados de SAP, lo que mantiene a SAP como la única fuente de datos.

Más de 70 OEM

Las soluciones para el cumplimiento de la facturación electrónica de Sovos se integran a la perfección con Ariba, Coupa y muchas otras opciones de pago.
Guía gratuita

Requisitos de declaración y de facturas electrónicas en Brasil

Para obtener más detalles sobre la evolución y los requisitos del mandato, descargue la guía sobre facturación electrónica en Brasil.

Lista de productos

eReceipts

Sovos proporciona una solución global para recibos electrónicos regidos por un modelo de autorización, que requieren que las empresas B2C presenten recibos al gobierno en el punto de venta para fines de auditoría del IVA.

Automatización tributaria de las cuentas por pagar

La automatización tributaria de las cuentas por pagar de Sovos automatiza el proceso de compra y los documentos entrantes emparejando las órdenes de compra con los XML. Esto permite que las empresas reduzcan los costes de adquisición, disminuyan el riesgo y aumenten la eficiencia al recibir los bienes de los proveedores.

Lista de funciones

Configure fácilmente los procesos de facturación electrónica

Sovos ofrece experiencia en SAP en todo el mundo, lo que elimina la necesidad de que los mismos clientes SAP encuentren y proporcionen los expertos.

Gestión de cambios para supervisar y mantener el sistema de facturación electrónica

Los clientes SAP no solo ahorran dinero por no tener que crear lógicas de asignación y extracción de datos SAP internos para sus procesos de facturación electrónica, sino que tampoco afrontan los significativos costos de supervisar y mantener esos sistemas.

Soluciones para el cumplimiento de la facturación electrónica adaptadas para casos y requisitos específicos del mercado.

La solución integrada SAP permite que los usuarios de las cuentas por cobrar y cuentas por pagar gestionen sus operaciones diarias dentro de los procesos agilizados de SAP, lo que mantiene a SAP como la única fuente de datos. Sovos facilita un alcance internacional con experiencia interna en materia regulatoria para la facturación transaccional tanto de autorización previa, como bajo el modelo de post-audit. Cuando las autoridades tributarias presentan un mandato nuevo o modifican uno existente, Sovos hace un seguimiento para que los clientes SAP continúen cumpliendo la reglamentación, se ahorren varios dolores de cabeza y eviten las interrupciones de sus operaciones comerciales.

Espacio de nombres SAP reservado y nativo

La solución de Sovos para el cumplimiento de facturación electrónica, creada directamente en SAP con su propio espacio de nombre, ofrece las herramientas que los clientes SAP necesitan para gestionar, controlar y supervisar los procesos de cumplimiento de facturación electrónica en tiempo real.

Funcionalidad integrada en más de 60 EDI líderes globales y redes P2P, incluido SAP Ariba.

El cumplimiento de facturación electrónica de Sovos funciona directamente dentro de los sistemas P2P y EDI más complejos y populares, eliminando la necesidad de financiar y mantener costosos proyectos de integración.

Automatización tributaria de las cuentas por pagar

La automatización tributaria de las cuentas por pagar automatiza el proceso de compra y los documentos entrantes emparejando las órdenes de compra con los XML. Esto permite que las empresas reduzcan los costes de adquisición, disminuyan el riesgo y aumenten la eficiencia al recibir los bienes de los proveedores.

Sistema mexicano de facturación electrónica

Requisitos de facturación electrónica de México:

México cuenta con uno de los sistemas de facturación electrónica más sofisticados de América Latina. Conocido localmente como Comprobante Fiscal Digital por Internet, o simplemente CFDI, se creó en 2011, cuando sustituyó al CFD o Comprobante Fiscal Digital. La diferencia entre estos dos tipos de recibos/certificados que sustituyeron a la factura en papel es que el CFDI requiere la validación por parte de un Proveedor Autorizado de Certificación, también conocido como PAC. En algunos casos, dicha validación se puede hacer directamente con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

¿Alguna pregunta? Póngase en contacto con un experto en facturación electrónica de México.

Tipos de comprobantes fiscales

El sistema de facturación electrónica de México contiene múltiples tipos de certificados fiscales. Entre los principales se encuentran:

Recibo de ingresos: se emite principalmente en operaciones de venta por las que se recibe algún tipo de ingreso en efectivo, cheque o cualquier otra forma, generalmente por ventas de bienes y servicios, pero también en caso de donaciones y honorarios.

Justificante de gasto: este tipo de certificado fiscal se expide en los casos en que la empresa paga o devuelve dinero como consecuencia de devoluciones, bonificaciones, descuentos o anulación total de un justificante de ingreso. Son equivalentes a las notas de crédito.

Certificado de transferencia: se utilizan para justificar la adquisición o posesión legítima de los bienes que deben transferirse. Estos CFDI se utilizan como contrato de transporte cuando una empresa proporciona el transporte de mercancías al propietario de las mismas.

Comprobantes de certificado de pago: se expiden cuando se recibe un pago en una fecha distinta a la que se realiza la operación y se genera el CFDI. Su función principal es documentar el cobro de un pago total o parcial. Por lo tanto, se utilizan para pagos totales (pago único), pagos parciales o pagos a crédito recibidos después de que se haya emitido el CFDI original. Contienen un complemento de pagos. El sistema de IVA mexicano utiliza la contabilidad de caja, lo que significa que las empresas solo pagan IVA sobre los pagos que reciben inmediatamente por sus ventas imponibles. Sin embargo, las facturas electrónicas que los vendedores facilitan al SAT incluyen información de todas las ventas, ya sean pagadas al contado, a crédito o mediante pagos aplazados. Esto significa que el número de facturas de un mes determinado puede no coincidir con el importe del IVA reportado al SAT si los vendedores han recibido pagos a crédito o han aceptado pagos atrasados de operaciones anteriores. El complemento de recepción de pagos cierra la brecha de información entre el número de pagos recibidos y el número de transacciones en un periodo determinado.

Certificados de información de retenciones y pagos: se utilizan para informar sobre las retenciones fiscales aplicadas en el momento de efectuar los pagos para los que debe expedirse un certificado de retención. Este tipo de certificado también se aplica cuando se practican retenciones por pagos al extranjero, derechos de autor, venta de acciones, dividendos o beneficios distribuidos, entre otros.

Certificados relacionados: son certificados fiscales que están relacionados con otros certificados emitidos anteriormente del mismo tipo. Son necesarios, por ejemplo, cuando se emite una nota de crédito por un error en su contenido, o cuando se emite un CFDI de traspaso por mercancía que ya fue pagada y para la cual es necesario incluir una referencia al CFDI original.

Complementos del CFDI: además de los tipos de facturas o CFDI antes mencionados, la legislación fiscal mexicana exige que cuando se realicen determinadas operaciones, se proporcione información adicional, especificando el tipo de operación de que se trate. Este tipo de información adicional figura en los denominados «complementos», que se adjuntan al CFDI original. Los principales complementos de las facturas o CFDI son los siguientes:

  • Aerolíneas
  • Certificado de destrucción
  • Comercio exterior
  • Carta Porte
  • CFDI Registro Fiscal
  • Compra venta de divisas
  • Consumo de combustibles
  • Donatarias
  • Estado de cuenta de combustibles de monederos electrónicos
  • Complemento de Hidrocarburos
  • INE
  • Instituciones educativas privadas
  • Leyendas fiscales
  • Notarios públicos
  • Obras de arte plásticas y antigüedades
  • Otros derechos e impuestos
  • Pago en especie
  • Persona física integrante de coordinado
  • Recepción de pagos
  • Recibo de pago de nómina
  • Renovación y sustitución de vehículos
  • Sector de ventas al detalle (Detallista)
  • Servicios parciales de construcción
  • Timbre fiscal digital
  • Turista pasajero extranjero
  • Vales de despensa
  • Vehículo usado
  • Venta de vehículos

En otros casos, la obligación de emitir un complemento al CFDI se debe a retenciones efectuadas al momento de realizar pagos por operaciones específicas. Estos suplementos son los siguientes:

  • Cesión de acciones
  • Dividendos
  • Intereses
  • Arrendamiento
  • Pagos a extranjeros
  • Premios
  • Fideicomisos no empresariales
  • Planes de jubilación
  • Interés hipotecario
  • Transacciones con derivados
  • Sector financiero

Componentes Esenciales

Tanto el Código Fiscal como la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente establecen una serie de condiciones esenciales que deben cumplir los CFDI. El anexo 20 del RMF detalla los requisitos técnicos que deben cumplir los CFDI, tanto en términos de contenido y formato como de sintaxis. En cuanto al contenido, detallamos algunos de los componentes más esenciales para los CFDI de ingresos:

  1. Encabezado: sirve para identificar al emisor, su RFC, régimen fiscal, fecha y lugar desde donde se emite el CFDI, folio o UUID asignado, sello digital del SAT, información del receptor, RFC, etc. En el caso de transacciones con el público en general, se debe proporcionar un RFC genérico.
  2. Detalles del artículo: descripción por código de los bienes y servicios vendidos, cantidad, unidad de medida, etc.
  3. Valor consignado: incluye el valor de cada bien o servicio detallado en formato numérico.
  4. Comisiones y otros gastos: campo obligatorio para la liquidación de facturas.
  5. Descuentos y recargos: identifican los descuentos o recargos totales.
  6. Subtotales informativos: campos opcionales para informar de los subtotales.
  7. Tipo de pago efectuado: a) pago único (en efectivo); b) pago a plazos; c) otra forma de pago.
  8. Información de referencia: identifica los documentos asociados a la emisión.
  9. Sello digital del SAT.
  10. Firma con un certificado válido de firma electrónica avanzada.
  11. Fecha y hora de la firma electrónica.

En el caso de la representación impresa del CFDI, debe cumplir con ciertas condiciones mínimas establecidas por el Código Fiscal y la RMF.

  • Código de barras bidimensional o QR generado conforme a la especificación técnica establecida en el artículo I.D. del anexo 20 o el número de folio fiscal del comprobante
  • Número de serie del Certificado de Sello Digital del emisor y del SAT
  • El texto: «Este documento es una representación impresa de un CFDI»
  • Fecha y hora de emisión y certificación del CFDI
  • Cadena original del complemento de certificación digital del SAT

Es importante indicar que los requisitos indicados anteriormente aplican para CFDI de ingresos. Otros CFDIs emitidos en ocasión de traslado, pago, nómina, o egresos, así como complementos tienen otros requisitos adicionales o sustitutivos de los anteriores. De igual manera, existen otros requisitos opcionales dependiendo el tipo de bien vendido. Por ejemplo, en los casos de ventas de vehículos, divisas vendidas por casas de cambio o donativos se requerirán informaciones adicionales a las indicadas anteriormente en el CFDI que se emita.

Procesos

Validación

Para que un CFDI sea legítimo, debe estar debidamente validado ante el SAT o por los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) antes de ser enviado a su destinatario. Para que este proceso de validación sea posible, el CFDI debe cumplir con las condiciones esenciales de formato definidas en el anexo 20 anterior:

  • a) El archivo XML generado deberá cumplir con las condiciones técnicas de formato y sintaxis establecidas en la Resolución Miscelánea Fiscal y sus anexos técnicos.
  • b) Dicho CFDI deberá pasar las reglas de validación establecidas para el contenido y formato del archivo XML generado.
  • c) En caso de que el CFDI contenga anexos adicionales requeridos de acuerdo al tipo de operación o partes involucradas, dichos anexos también deberán cumplir con las reglas de validación establecidas en la ley y en la RMF. Todo ello requiere que el archivo electrónico del CFDI esté debidamente referenciado al esquema XSD especificado conforme a la ruta publicada por el SAT.

En general, las validaciones del CFDI no las realiza directamente el SAT (salvo contadas excepciones), sino los PAC. Un PAC es la persona moral autorizada por el Servicio de Administración Tributaria para revisar la integridad del archivo XML, asegurando que cumpla con el estándar tecnológico vigente definido por el SAT. Además, está obligado a enviar a la autoridad una copia de los CFDI validados por sus clientes. Una vez realizadas las validaciones correspondientes, el PAC asignará el folio fiscal correspondiente (también conocido como UUID) y sellará o certificará el archivo XML, convirtiéndolo así en una factura digital. Este proceso se realiza siempre de forma electrónica y 100 % digital.

Buzón Tributario

El buzón tributario es un sistema de mensajería digital instalado en el portal de Internet del SAT, a través del cual el SAT se pone en contacto con los contribuyentes y estos deben utilizarlo para comunicarse entre sí, especialmente en asuntos relacionados con facturas recibidas y emitidas. La notificación, aceptación o rechazo de la cancelación del CFDI por otros medios no es válida para efectos fiscales en México. La aceptación puede ser expresa o tácita.

Anulación del CFDI

El proceso de anulación del CFDI se encuentra actualmente regulado por las Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal y el artículo 29A del Código Fiscal de la Federación, el cual establece dos procesos básicos para la anulación de un CFDI: uno que requiere la autorización del receptor de la factura a través del buzón tributario y otro que no. La anulación puede efectuarse a más tardar el último día en que debe presentarse la declaración de la renta.

Por defecto, se requiere que el receptor de una factura acepte su anulación para que proceda; sin embargo, de acuerdo con la regla 2.7.1.35 de la Resolución Miscelánea Fiscal, existen doce casos en los que excepcionalmente no será necesaria la aceptación de la contraparte:

  1. El importe de la transacción facturada no supera los 1000 MXN
  2. Las ventas son a consumidores finales
  3. Las ventas son a residentes en el extranjero
  4. Nómina
  5. Para gastos (nota de crédito)
  6. Por concepto de transferencia
  7. Cuando el CFDI a cancelar contenga información de retenciones y pagos
  8. Emitidos a residentes en el extranjero
  9. Cuando la anulación se realice dentro del siguiente día hábil
  10. Por concepto de ingresos expedidos a contribuyentes del RIF (actualmente RESICO)
  11. Para los ingresos emitidos a los contribuyentes del RIF (actualmente RESICO)
  12. Cuando el CFDI es emitido por organizaciones gubernamentales
  13. En el caso de determinados CFDI de ingresos emitidos por actividades agrícolas y otros

Cuando el CFDI deba ser cancelado, deberá justificarse y soportar documentalmente el motivo de la cancelación sobretodo cuando se trate de CFDI´s de ingresos. Estas causas de cancelación son las siguientes:

  • Recibos emitidos con errores relacionados.
  • Recibos emitidos con errores no relacionados.
  • La operación no se ha llevado a cabo.
  • Operación nominativa relacionada con una factura global.

Cuando la cancelación del CFDI tenga por objetivo substituir el mismo con uno nuevo, el nuevo CFDI deberá hacer referencia al CFDI cancelado y viceversa.

Cabe señalar que conforme al Código Fiscal vigente  los CFDI sólo podrán cancelarse en el mismo ejercicio en que se expidan, sin embargo la autoridad podrá establecer otras facilidades como la establecida en la Regla 2.7.1.47 de la RMF vigente donde establece que la  cancelación de los CFDI se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante.

Contingencias

Es obligatorio que todos los CFDI sean enviados al PCCFDI para su validación, o en algunos casos excepcionales, al SAT. Sin embargo, es posible que, por inconvenientes tecnológicos, dicho CFDI no pueda ser enviado para la validación correspondiente. En estos casos, se ha establecido que el contribuyente tendrá 72 horas para enviar la factura para la validación correspondiente.

Acuse de Recibo

La legislación mexicana no exige la emisión de un acuse de recibo por parte del receptor de un CFDI. No obstante, en caso de que una factura se emita erróneamente, el emisor deberá anularla siguiendo el procedimiento de anulación mencionado anteriormente. En la mayoría de los casos, el emisor debe contar con la aceptación del receptor de la factura.

Conservación de Archivos

De acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación, los CFDI y sus anexos deben conservarse durante cinco años.

Sanciones

México prevé una amplia gama de sanciones para quienes incumplan con las obligaciones de facturación electrónica establecidas en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. En general, estas sanciones corresponden a multas aplicadas en función de la gravedad y periodicidad de las infracciones. Los artículos 83 fracción VII, IX, XI, XII  en relación con el 84 del CFF establecen a detalle estas infracciones, cuya sanción se define y actualiza anualmente en el anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Cabe señalar, sin embargo, que en ciertos casos graves, tanto el Código Fiscal como la Resolución Miscelánea Fiscal establecen que el SAT podrá sancionar a los infractores con la clausura del establecimiento desde el cual se cometan dichas infracciones.

Evolución de la Ley de Facturación Electrónica en México

Marco Legal

La obligación general de emitir CFDI está definida en el Código Tributario de México, también conocido como Código Fiscal de la Federación. El artículo 29, apartado II, obliga a los contribuyentes a expedir CFDI utilizando los formatos que para tal efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estas disposiciones están más detalladas en el Reglamento del Código Fiscal Federal.

Resolución Miscelánea Fiscal en vigor

Los detalles técnicos del CFDI se establecen en un decreto emitido anualmente, conocido como Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). En dichas resoluciones, la administración tributaria establece las condiciones técnicas que deben cumplir dichos documentos electrónicos, el plazo para su remisión, proceso de validación y otros. La regla 2.7.1.2 de la RMF exige que el CFDI, y los sellos digitales del mismo, cumplan con las normas técnicas establecidas en dicha resolución.

Publicaciones del SAT

El SAT edita de manera periódica publicaciones técnicas destinadas a modificar el contenido de los CFDI. Los esquemas, archivos, guías y demás documentos necesarios para cumplir con el mandato de facturación electrónica son actualizados de manera periódica por el SAT y publicados en el sitio web del SAT.

El bien establecido sistema de facturación e-Tax de Corea del Sur

Facturas electrónicas de Corea del Sur

Corea del Sur presentó su sistema fiscal para facturación electrónica, conocido como e-Tax, en 2010. Desde 2011, esto se ha convertido en un requisito obligatorio para la facturación electrónica, junto con la obligación de informar de las facturas sujetas al e-Tax poco después de su emisión. Dicho requisito significa que Corea del Sur tiene una obligación de informe de controles continuos de transacciones (Continuous Transaction Controls, CTC). El ámbito de aplicación del e-Tax se ha ampliado para abarcar a más contribuyentes, aunque los flujos de trabajo y los requisitos iniciales del mismo se han mantenido relativamente estables.

La facturación electrónica es obligatoria para todas las empresas desde 2011 y para los sujetos pasivos individuales cuando superan un determinado umbral de facturación.

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Puntos clave del mandato

  • Facturación electrónica obligatoria con el modelo de declaración de CTC: una factura electrónica emitida debe transmitirse al Servicio Nacional de Impuestos (NTS, por sus siglas en inglés) en el plazo de un día a partir de la emisión de la factura
  • Los datos de factura se envían al NTS en formato XML
  • Se aplica a las facturas y a las modificaciones de factura (tanto a crédito como a débito)
  • Se aplica solo a transacciones nacionales. No se aplica a transacciones internacionales

Fechas de implementación del mandato

  • Enero de 2011: La emisión electrónica de facturas con IVA y la declaración al día siguiente se vuelven obligatorias para todos los contribuyentes corporativos de Corea del Sur
  • Enero de 2012: Además de la primera categoría, los propietarios únicos con un valor de suministro de mil millones de KRW o superior deben emitir facturas e-Tax
  • Julio de 2014: El umbral pasa de los mil millones de KRW a los trescientos millones de KRW o superior
  • Julio de 2019: Introducción de la parte libre de impuestos de los ingresos que debe incluirse al calcular el umbral de trescientos millones de KRW
  • Julio de 2022: El umbral pasará de los trescientos a los doscientos millones de KRW o superior
  • Julio de 2023: El umbral pasará de los doscientos a los cien millones de KRW o superior

Sanciones

Las sanciones se mueven entre el 0,3 % y el 1 % del precio de suministro según el tipo de incumplimiento. Ejemplos: no emisión, formulario de emisión, emisión retrasada, no transmisión, transmisión tardía.

INFOGRAFÍA

Requisitos de los CTC de Corea del Sur

Infórmese sobre los controles continuos de transacciones de Corea del Sur, incluido cuándo las empresas deben cumplir con los requisitos y cómo Sovos puede ayudar.

Información Relevante

Sí, el IVA es el impuesto al consumo de Corea del Sur y se aplica, prácticamente, a todo lo que se vende en el país.

Sí, la facturación electrónica en Corea del Sur es obligatoria para todas las corporaciones y para determinadas personas con suministros superiores a cierto monto.

El IVA se cobra sobre todos los suministros de productos y servicios. Hay algunas exenciones y también suministros de productos y servicios no sujetos al IVA.

Aquí encontrará más detalles sobre algunos de los países de Asia que requieren la facturación electrónica.

¿Cómo puede ayudarle Sovos?

A medida que diferentes países del mundo digitalizan sus sistemas fiscales para reducir la brecha del IVA, nuestros expertos supervisan, interpretan y codifican continuamente estos cambios en nuestro software, lo que reduce la carga que supone el cumplimiento para sus equipos fiscales e informáticos.

Descubra la solución a medida de Sovos para gestionar toda su facturación electrónica y obligaciones de IVA para Corea del Sur.

Grecia introducirá los controles continuos de transacciones (Continuous Transactions Controls, CTC) para las operaciones nacionales y transfronterizas

Greece myDATA

Grecia ha introducido un nuevo esquema de controles continuos de transacciones (CTC): myDATA. Se trata de un sistema de contabilidad electrónica con elementos de informes electrónicos que requiere que los contribuyentes transmitan datos transaccionales y contables a la administración tributaria (en tiempo real o periódicamente) que llena un conjunto de libros contables en línea mantenidos en el portal gubernamental. Con la transmisión de los datos de las transacciones por parte de los contribuyentes al portal gubernamental, el sistema myDATA pone a Grecia en línea con la tendencia mundial hacia los CTC.

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Puntos clave del mandato

  • El esquema myDATA se aplica a los contribuyentes griegos, obligados por ley a mantener sus registros contables según las normas contables griegas. Esto cubre transacciones B2B, B2G y B2C.
  • Los libros electrónicos de myDATA registran: un resumen de las operaciones de ingresos y gastos, las clasificaciones de las operaciones, así como los ajustes contables, que pretenden ofrecer una visión global de los resultados contables y fiscales del contribuyente.
  • Cuando las empresas presentan sus declaraciones de impuestos, los datos declarados en ellas se concilian con los datos de los libros electrónicos.
  • Una discrepancia entre los libros electrónicos y las declaraciones de impuestos desencadena un proceso de conciliación en dos fases, por el que el contribuyente debe corregir la diferencia resultante, o de lo contrario se incurrirá en auditorías o sanciones.

Fechas de implementación del mandato

  • 1 de octubre de 2020: Puesta en marcha de la declaración voluntaria de ingresos y gastos, así como de las clasificaciones a través de todos los métodos de declaración (excepto la declaración a través de los proveedores de facturación electrónica, que se promulgó el 20 de julio de 2020).

  • 1 de julio de 2021: Fase obligatoria de lanzamiento de myDATA.

  • 28 de febrero de 2021: Informes voluntarios de datos históricos emitidos entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2020. Si el emisor no ha podido reportar los datos dentro de este plazo, el destinatario los puede reportar en marzo de 2021. El emisor puede aceptarlo hasta el 30 de abril de 2021.

  • 31 de octubre de 2021: Fecha límite para la notificación obligatoria de los datos históricos relativos al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2021.

Sanciones

La falta de coherencia entre los datos registrados en los libros electrónicos y los datos informados en las declaraciones de impuestos genera sanciones o auditorías fiscales. Se espera una legislación secundaria en la que se detallen las sanciones.

Sovos ayuda a las empresas a cumplir la normativa griega myDATA

Sovos actúa como una verdadera ventanilla única para la gestión de la conformidad con los controles continuos de transacciones en Grecia y en todo el mundo. Sovos ofrece una combinación única de excelencia local y una experiencia de cliente global y fluida.

Ley de factura electrónica en Argentina

Argentina: Régimen de Factura Electrónica

Argentina fue uno de los primeros países de América Latina en implementar un régimen de factura electrónica dirigido a verificar el cumplimiento de los contribuyentes. Aun cuando las raíces del sistema actual datan de los años 90 -con el establecimiento del régimen de registro fiscal de imprentas y del Código de Autorización de Impresión (CAI) por Internet- las primeras regulaciones sobre la factura electrónica propiamente hablando fueron emitidas hace casi dos décadas, con la publicación de la Resolución General que regulaba el régimen de emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes en el 2002 y la implantación de un sistema de facturación electrónica opcional para cierto segmento de contribuyentes. Este sistema se convirtió paulatinamente en obligatorio, a partir del 2006, para contribuyentes específicos designados por la administración tributaria argentina (AFIP).

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Para esto, la AFIP estableció un cronograma aplicable a algunos contribuyentes, mientras que para otros se hicieron notificaciones directas llamándolos a cumplir con el nuevo régimen. Es importante indicar que en la Argentina, cuando se habla de modalidades de factura electrónica, se incluyen tanto la facturación por medio de dispositivos autorizados por la administración tributaria (controladores fiscales) como la emisión de facturas electrónicas en sentido estricto, las cuales se conocen como “comprobantes electrónicos originales”. Este último tipo de comprobantes se puede emitir por medio de un sistema provisto por la administración (facturas en línea o Facturador Móvil, que veremos posteriormente) o por vía WebService, usando un proveedor privado de soluciones que utiliza para tal fin los esquemas XML autorizados por la AFIP.

Sin embargo, la principal expansión generalizada del sistema de factura electrónica en Argentina vino con la Resolución General 3749/2015, que extendió el uso obligatorio de la factura electrónica a los responsables inscritos en el IVA de acuerdo a sus niveles de ingresos y al tipo de actividad a la cual se dedicaran.  En agosto de 2018 se emitieron las resoluciones generales 4290, 4291 y 4292, las cuales estuvieron dirigidas a especificar los plazos para el uso de los controladores fiscales y/o las facturas electrónicas (comprobantes electrónicos), así como a unificar el procedimiento que deben seguir los contribuyentes al emitir, reportar y guardar dichas facturas. En ese mismo año se aprobó la ley 27440, mediante la cual se estableció la factura de crédito electrónica para las medianas y pequeñas empresas, y con ella se extendió el alcance del régimen de facturación argentino a las operaciones de factoraje basadas en las facturas emitidas por los pequeños y medianos contribuyentes. La implementación de este sistema se hizo basada en un calendario que se extendió durante el año 2019.

Tipos de facturas y documentos electrónicos

Comprobantes en general: En Argentina, las operaciones comerciales de los contribuyentes pueden ser respaldadas por diferentes tipos de documentos o comprobantes, tales como facturas, facturas de exportación, comprobantes de compra, recibos emitidos por profesionales y proveedores de servicios, documentos fiscales emitidos mediante controladores fiscales, remitos, notas de débito y crédito y otros documentos equivalentes. Es importante indicar que en Argentina, los documentos de venta emitidos a consumidores finales también son denominados “factura”.

Facturas, recibos y ticket-facturas: En la nomenclatura fiscal Argentina, los recibos son emitidos por los profesionales y demás prestadores de servicios, mientras que las facturas son emitidas por contribuyentes o negocios registrados en la AFIP que venden bienes y servicios. Dependiendo del propósito y la categoría del emisor y el receptor de dichos documentos, los mismos podrán tener las categorías A, B, C o M, que se detallarán posteriormente. En ciertas circunstancias, contribuyentes comunes pueden emitir “recibos” dentro de las operaciones del negocio; sin embargo, la normativa existente exige que dichos recibos tengan una leyenda específica, mencionando que los mismos no tienen validez como factura, ya que las transacciones amparadas por dichos documentos deben ser documentadas por medio de facturas. Cuando los documentos de venta son emitidos a través de controladores electrónicos autorizados por la AFIP, los mismos pueden ser de dos tipos: tickets, los cuales son recibos con información simplificada a consumidores finales desde un punto de venta, o tickets-facturas. que podrán tener las mismas categorías A, B, C o M indicadas anteriormente, dependiendo de quién sea el emisor, el receptor y el propósito de dicho documento. Cuando los documentos electrónicos son generados por vía de sistemas electrónicos de facturación (en línea, WebService o aplicativo) dichos documentos se denominan “comprobantes electrónicos originales”.

Modalidades de emisión: Por lo general, a los contribuyentes se les permiten dos modalidades de emisión de los comprobantes fiscales: Por medio de los controladores fiscales, y/o por medio de sistemas electrónicos de facturación. Cuando se opta por emitir facturas mediante sistemas electrónicos, los contribuyentes tienen tres opciones: 1. Utilizar el programa aplicativo de la AFIP, 2) Utilizar el sistema de Comprobantes en Línea y generar las facturas directamente desde el portal de la AFIP o 3) Operar con WebService mediante una aplicación personal o de mercado.  El uso de un sistema no es excluyente de los otros. Tanto el uso del aplicativo como el uso de facturación en línea solo son recomendadas para pequeños contribuyentes o profesionales con bajo nivel de facturación. Sin embargo, debe clarificarse que las pequeñas y medianas empresas adheridas al sistema de “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”, deben emitir exclusivamente facturas electrónicas originales por sus operaciones con empresas grandes o con otras pequeñas empresas. En adición a estos medios de emisión, existen además los comprobantes en caso de contingencia, los cuales son autorizados en situaciones en las que no es posible emitir los anteriores.

Tipos de comprobantes: Dependiendo de quién sea el emisor y el receptor de dichos documentos, así como de la capacidad de dicho documento para sustentar créditos del IVA, dichos documentos pueden ser de varios tipos:

  • Facturas y recibos clase A: Estos son emitidos por contribuyentes registrados que cumplen con los requisitos mínimos, a otros contribuyentes registrados en la AFIP. En otras palabras, estos son facturas o recibos B2B, entre contribuyentes del IVA, que sirven para sustentar créditos del IVA.
  • Facturas y recibos tipo A con pago CBU informada: esta variante de las facturas tipo A son emitidas de negocio a negocio, con la particularidad de que están sujetas a retención del 50% del IVA aplicable más el 3% del impuesto a las ganancias, y deben ser pagadas a la cuenta bancaria informada por el suplidor emisor de la factura mediante la clave bancaria uniforme o CBU. Por lo general, la AFIP requiere la emisión de este tipo de factura a nuevos contribuyentes.
  • Facturas y recibos tipo B: Estos documentos son emitidos por contribuyentes inscritos a consumidores finales, monotributistas y entidades exentas. Dichos comprobantes no generan crédito fiscal para el adquirente.
  • Facturas y recibos tipo C: Son emitidos por entes no inscritos en el IVA, básicamente entidades y personas exentas del IVA y/o monotributistas a sus clientes en general.
  • Facturas y recibos tipo M: Son emitidos por contribuyentes inscritos en el IVA a clientes también inscritos en el IVA. Sin embargo, este tipo de facturas y recibos difieren de los anteriores en el sentido de que están sujetos a retención completa del IVA por parte del comprador y deben poseer una leyenda indicando dicha situación. En adición a esto, las operaciones están sujetas a la retención del impuesto a las ganancias (generalmente 6%). Este tipo de facturas por lo general son autorizadas a contribuyentes que por primera vez solicitan autorización para emitir facturas tipo A y presentan inconsistencias.
  • Facturas tipo E: Estas son las facturas de exportaciones, las cuales deben ser emitidas tanto por contribuyentes del IVA como por monotributistas.
  • Facturas tipo T: Son facturas emitidas generalmente por hoteles y servicios de alojamiento a turistas extranjeros.

  • Factura de crédito electrónica: Con el objetivo principal de impulsar el financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, Argentina instituyó la factura de crédito electrónica, que permite a esos contribuyentes aumentar su productividad mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar emitidos a sus clientes y/o deudores en ocasión de venta de bienes, locación de cosas muebles u obras o prestación de servicios a plazo. Este tipo de factura exige que tanto el emisor como el receptor posean un domicilio fiscal electrónico y haber registrado un CBU. Este tipo de facturas pueden ser de tipo A, B o C, según definición anterior, con sus correspondientes notas de crédito y débito.

  • Notas de crédito y débito: Una vez un contribuyente emite un comprobante, el mismo no puede ser editado. Las modificaciones a facturas y recibos mencionados anteriormente deben ser hechas por medio de notas de crédito o débito siguiendo la misma categoría A, B, C, M o E del documento original.

Mensajes de confirmación: Los receptores de los comprobantes electrónicos no se encuentran obligados a emitir mensajes de confirmación de la recepción de estos. Sin embargo, para el caso de la factura de crédito electrónica, los receptores deberán aceptar o rechazar los documentos electrónicos recibidos de sus suplidores. 

Características de la factura electrónica en Argentina

De acuerdo con la documentación técnica emitida por la AFIP, el proceso de emisión, validación, recepción y almacenamiento de los documentos electrónicos se encuentra estrictamente regulado por las disposiciones legales de dicho país tanto con relación al contenido de los documentos transmitidos, como también los sistemas de emisión de estos. Dentro de las principales características de dicho sistema, deben ser indicadas las siguientes:

Requisitos de identificación y contenido de los comprobantes: Dependiendo del tipo de comprobante electrónico emitido por el contribuyente, las normativas existentes fijarán una serie de datos mínimos que los mismos deberán contener.  La determinación del tipo de comprobante que un contribuyente puede emitir (A, B, C, E o M) en muchos casos es decidido por la AFIP dependiendo del estatus que dicho emisor contribuyente tenga ante la AFIP. Los datos que deben ser provistos también varían de acuerdo con el tipo de bienes o servicios que son incluidos en la transacción, según definidos en las resoluciones de la AFIP (por ejemplo, en la Resolución General 1415/2003) y en los manuales de desarrolladores emitidos por la AFIP para esos fines. Algunos de los elementos comunes encontrados en estos documentos electrónicos son los siguientes: fecha de emisión, CUIT del emisor, punto de venta, tipo de comprobantes, número de comprobante, importe total, moneda, cotización, información del receptor, código del tipo de autorización y el código de autorización, entre otros. Las facturas emitidas a consumidores finales no requieren por lo general información del receptor de estas, salvo que las transacciones incluidas en las mismas sobrepasen los mínimos establecidos por la legislación. En tal caso, dichas facturas deberán contener los nombres, domicilio, y número de identificación fiscal o del documento de identidad de dicho receptor (CUIT, CUIL, CDI, LE, LC, DNI). El formato especifico que debe tener la información antes indicada está detallado en los esquemas XML de los manuales de desarrolladores emitidos por la AFIP para cada tipo de documento. Las facturas de crédito electrónicas emitidas por las micro, pequeñas y medianas empresas deberán igualmente cumplir con algunos requisitos adicionales referentes a la fecha de vencimiento, plazo de solicitud de autorización, los remitos relacionados a esta y los códigos de autorización electrónicos, entre otros.

Requisitos de los sistemas de emisión: Los sistemas de facturación deben ser capaces de comunicarse vía WebService con los sistemas o bases de datos de la AFIP, generar en forma automatizada los XMLs de los comprobantes electrónicos siguiendo los requisitos de validaciones lógicas y aritméticas de los campos que requieran algún calculo, así como el control de validación de las numeraciones asociadas a los mismos. Una vez remitido el pedimento de autorización, y recibidos los códigos de autorización electrónica (C.A.E.), estos sistemas deben además ser capaces de generar, enviar y permitir la visualización e impresión de la representación gráfica del documento electrónico, todo esto con la seguridad que garantice como mínimo la integridad, autenticidad, y autoría de estos.

Representación gráfica. Por lo general, la emisión de la representación impresa de la factura electrónica en Argentina no es obligatoria. En múltiples casos, la factura es generada en formato PDF y enviada concomitantemente al receptor, que tiene la opción de imprimirla o no. Sin embargo, cuando se trata de operaciones con consumidores finales, el vendedor tiene la obligación de entregar el comprobante impreso, excepto que el comprador, locatario o prestatario acepte otro medio para su recepción que asegure su consulta en el momento de su emisión. El requisito de impresión del comprobante no será exigido cuando la facturación se deba efectuar en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de la transacción, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante.

Código de respuesta rápida – Código QR: Por sus siglas en inglés, «quick response code» o código de respuesta rápida es un elemento obligatorio de los comprobantes electrónicos que consiste en un código de barras bidimensional cuadrado que permite almacenar información en una matriz de puntos.  Las regulaciones actuales exigen que dicho código contenga la siguiente información: fecha de emisión, CUIT del emisor, punto de venta, tipo de comprobantes, número de comprobante, importe total, moneda, cotización, tipo documento receptor (de corresponder), número de documento de receptor (de corresponder), código del tipo de autorización y el código de autorización. La legislación exige que cuando dicho código es generado a partir del programa del contribuyente, toda la información anterior debe ser leída desde el código a través de cualquier dispositivo de captura compatible.

Elementos de seguridad: El uso de la factura electrónica requiere la integración de múltiples elementos que aseguren la integridad, autenticidad y autoría de los comprobantes electrónicos. Entre estos elementos se encuentra primero el Certificado Digital, que debe ser obtenido desde la AFIP e instalado en el dispositivo desde el cual el contribuyente estará realizando sus actividades de facturación. La obtención de estos certificados presupone la tenencia de la correspondiente clave fiscal con el nivel de seguridad 3 o mayor. Los certificados emitidos por AFIP tienen una vigencia establecida al momento de la emisión. Una vez vencidos ya no podrán ser utilizados y el contribuyente deberá solicitar un nuevo certificado.

Participantes en los sistemas de emisión electrónica

Emisores

A partir de 2018 se generalizó en Argentina el sistema de emisión electrónica de comprobantes, de modo que los contribuyentes deben justificar sus transacciones por medio de facturas emitidas por vía de controladores fiscales o de factura electrónica propiamente dicha:

➝ Todos los inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado.
➝ Los monotributistas.
Empresas prestadoras de servicio de medicina prepaga, por los planes contratados por cada titular, y los establecimientos privados de educación cuando el valor del plan o las cuotas mensuales superen el importe de cinco mil pesos.
➝ Los locadores de inmuebles de terceros con fines turísticos.
➝ Los exportadores.
➝ Los comercializadores de bienes usados no registrables.

De esta forma, el sistema actual está diseñado para alcanzar casi la totalidad de entidades y personas ejerciendo actividades comerciales por cuenta propia o de terceros. De acuerdo con la legislación actual, todos los emisores electrónicos son también receptores electrónicos de dichos comprobantes. De manera opcional, aquellos contribuyentes completamente exentos del IVA podrán optar por emitir facturas electrónicas.

Proveedores tecnológicos

Es la entidad jurídica que provee los servicios de generación, transmisión, entrega, recepción y conservación de comprobantes electrónicos de venta a los emisores electrónicos. Dentro de este grupo se encuentran igualmente las empresas que proveen los controladores fiscales que se utilizan para emitir tickets y ticket-facturas.

Receptor electrónico

Comprende a los contribuyentes obligados a recibir los comprobantes en formato electrónico a través del domicilio fiscal establecido en la AFIP

Receptores manuales

Por lo general, estos son los consumidores finales de bienes y servicios a los cuales los emisores de comprobantes electrónicos tienen la obligación de emitirles la representación grafica de la factura o ticket factura, excepto en los casos en los que las normas requieren que dichas facturas sean emitidas de forma electrónica.

Procesos

Los contribuyentes obligados a facturar electrónicamente en Argentina tienen la obligación de constituir un domicilio fiscal electrónico, el cual es un domicilio virtual, gratuito, seguro, personalizado y válido para la recepción de comunicaciones de AFIP y otros organismos, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones. Este domicilio es obligatorio y produce, en el ámbito administrativo, los efectos del domicilio fiscal constituido, por lo que, a través de las comunicaciones que se reciban por este medio, se considerará al contribuyente como efectivamente notificado. El uso de este domicilio es una pieza fundamental del sistema de factura electrónica, especialmente para el funcionamiento de la factura de crédito electrónica que mencionaremos posteriormente. Las facturas electrónicas que se notifiquen mediante el “domicilio fiscal electrónico” o por intercambio de información a través del “WebService” denominado “Consumir Comunicaciones de Ventanilla Electrónica (WSCCOMU)” gozarán, a todos los efectos legales y reglamentarios, de plena validez y eficacia jurídica, constituyendo medio de prueba suficiente de su existencia y de la información contenida en ellos. Las facturas de crédito electrónicas se considerarán recibidas a la hora 24 del día inmediato siguiente al de su puesta a disposición en el domicilio fiscal electrónico.

Validación

El actual sistema de factura electrónica de Argentina requiere la validación previa de los comprobantes a ser emitidos por los contribuyentes antes de los mismos ser remitidos a sus clientes. Esta validación consiste en un Código de Autorización Electrónica o C.A.E., que es emitido por la AFIP mediante un archivo XML en respuesta a la solicitud que en este sentido hace el contribuyente vía WebService a través del ticket de requerimiento de acceso contentivo de un archivo XML con la información de la factura. El CAE es único e irrepetible e identifica de forma individualizada la factura que sustenta la transacción comercial, la cual no posee validez jurídica sin la presencia de dicho código. En caso de rechazo a la solicitud de autorización, la AFIP responderá mediante una respuesta electrónica en la cual se indicarán mediante códigos y mensajes las inconsistencias detectadas en la solicitud. El proceso de validación de las facturas electrónicas puede hacerse de forma individual por cada factura tipo A y aquellas a consumidores finales que requieren identificación, o puede ser hecha por lotes en caso de comprobantes tipo B y C que no requieran identificación del consumidor final. Alternativamente al CAE, la AFIP permite la utilización de códigos prevalidados de autorización dentro de determinados casos y con múltiples limitaciones. Estas pre-autorizaciones de facturación se hacen a través del Código de Autorización Electrónica Anticipado (C.A.E.A). Los contribuyentes pueden solicitar el uso de estos códigos de forma quincenal y solamente pueden ser usados desde un punto de venta especifico, dentro de la quincena para la cual están autorizados. No todos los contribuyentes pueden usar este tipo de código. Dentro de las precondiciones establecidas para su uso están algunas referentes a la cantidad mínima y el tipo de las facturas a ser emitidas. El uso del C.A.E.A está restringido en términos de la cantidad de facturas que pueden ser emitidas en cada periodo. Cualquier exceso en el volumen de facturas que son emitidas con esos códigos serán penalizadas con la prohibición del uso de este código por parte de la AFIP.

Contingencia

La actual legislación sobre emisión de documentos electrónicos requiere que los emisores de dichos documentos cuenten con planes de contingencia que les permitan prevenir los efectos de fallas, caídas o problemas de operación del sistema. Para tales fines, la legislación permite diferentes métodos que los contribuyentes pueden adoptar para continuar facturando en situaciones de contingencia: Esos son, a saber: a) Gestionando el Código de Autorización Electrónico Anticipado “C.A.E.A.” correspondiente de facturación; b) A través del equipamiento electrónico denominado “controlador fiscal” de “nueva tecnología” y c) o a través de un método manual (talonario). Sin embargo, esta última opción está limitada a los contribuyentes que utilizan el sistema de “comprobantes en línea” para emitir los documentos electrónicos originales según definidos anteriormente.

Anulación o corrección

Una vez emitidos los comprobantes electrónicos, independientemente de la categoría o clase de los mismos, estos no pueden ser directamente anulados o cancelados. Mas bien, sus efectos contables pueden anularse o modificarse mediante la emisión de notas de crédito o débito electrónicas que deberán contener la referencia correspondiente al comprobante original cuyo contenido es incorrecto.

Expedición y entrega de documentos electrónicos

La expedición del comprobante electrónico debe realizarse al momento de la venta, la recepción del pago o la prestación del servicio (lo que suceda primero) para el caso de ventas a consumidores finales. En los demás casos de transacciones con otros contribuyentes, el plazo de expedición y el de entrega variaran dependiendo del tipo de transacción. Para el caso de la entrega es de diez días contados desde la fecha de la emisión.

Aceptación o rechazo de las facturas

Los contribuyentes no pueden negarse a recibir las facturas que les son emitidas en formato electrónico. Para evitar conflictos en este sentido, la regulación actual ha establecido domicilio fiscal electrónico, donde el contribuyente recibirá formalmente las facturas que les son emitidas. En el caso de las facturas de crédito electrónicas MiPyMEs, así como las notas de crédito y débito relacionadas a las mismas, ellas pueden ser aceptadas de manera expresa o tácita. La aceptación tácita ocurrirá cuando luego de transcurrido el plazo de treinta días, la misma no se hubiera rechazado por el receptor. Por lo tanto, el rechazo de estas facturas solo puede hacerse hasta los 30 días corridos contados desde su recepción en el domicilio fiscal electrónico del receptor, y solo por alguna de las causales previstas en la ley, tales como: daño en las mercaderías, cuando no estuviesen expedidas o entregadas por su cuenta y riesgo; vicios, defectos y diferencias en la calidad o en la cantidad, debidamente comprobados; divergencias en los plazos o en los precios estipulados; no correspondencia con los servicios o la obra efectivamente contratados; existencia de vicios formales que causen su inhabilidad, lo que generará la inhabilidad de la factura de crédito electrótiquenica MiPyMEs tanto como título ejecutivo así como documento comercial; falta de entrega de la mercadería o prestación del servicio o cancelación total de la factura de crédito electrónica MiPyMEs.

Almacenamiento

Una vez los comprobantes electrónicos son emitidos o recibidos por los contribuyentes involucrados en dichos procesos, los mismos deben ser almacenados por el periodo que establece la ley, esto es, por un espacio de cinco años luego de operada la prescripción del período fiscal a que se refieran. Ese almacenamiento debe hacerse electrónicamente e incluir los documentos asociados a estos.

Factoring

La Argentina comenzó a implementar, desde el 2019, un novedoso sistema de factoring para las facturas emitidas por las micro, pequeñas y medianas empresas. Una vez las facturas emitidas por dichas empresas son aceptadas, tácita o expresamente "sin cancelación" -o sea sin haber sido pagadas- las mismas pueden ser negociadas por el emisor mediante su transferencia a un 'agente de depósito colectivo' (caja de valores) o a través del sistema de circulación abierta, inclusive luego de la fecha de vencimiento del pago consignada en el comprobante. Según cual sea el sistema elegido, el comprador, locatario o prestatario, obligado al pago de la factura, recibirá en el domicilio fiscal electrónico una comunicación informando sobre la mencionada transferencia de la factura de crédito electrónica "MIPyME" a la 'caja de valores'.

Sanciones

La no emisión de comprobante electrónicos, o su emisión sin cumplir con los requerimientos y normativas técnicas establecidos por la AFIP, así como el no almacenamiento de los comprobantes justificativos de las adquisiciones realizadas por el contribuyente, pueden dar lugar a múltiples sanciones que pueden ir desde la aplicación de multas, a clausura temporal de establecimientos de entre dos a seis días. Además de estas sanciones, existen otras de carácter más técnico, como lo son la prohibición de acceder a ciertas ventajas otorgadas al contribuyente o la prohibición de usar ciertos tipos de facturas (Tipo A, por ejemplo). El esquema sancionatorio no solamente se limita a casos de no emisión o de emisión fuera de los formatos establecidos. Cuando el contribuyente emite elevados números de comprobantes originales en contingencia, bien sea por vía de facturas manuales con CAI (Código de Autorización de Impresión), o por uso de los C.A.E.A., la AFIP les obligará a adoptar los demás métodos alternativos de facturación. Por ejemplo, si el contribuyente emite facturas electrónicas mediante una solución de mercado, la AFIP le obligará a utilizar controladores electrónicos, y viceversa.

Evolución de la ley de factura electrónica en Argentina

El régimen legal de la factura electrónica argentina puede esbozarse de diferentes formas, pero desde un punto de vista más simplificado se puede concluir que existen tres grandes grupos de regulaciones que sostienen el sistema:

Regulaciones Especificas

Incluyen las leyes y reglamentos dirigidos a regular las condiciones fundamentales de las facturas en general, a establecer las presunciones de consentimiento, a dar a la factura electrónica la validez y el estatus legal de las facturas tradicionales, así como a otorgar -en términos generales- a la administración tributaria la facultad de regular las facturas electrónicas. Dentro de este grupo se encuentran fundamentalmente:
El Código de Comercio; el Código Civil; la Ley 25.506 de Firma Digital, que establece la infraestructura y validez legal de los documentos y firmas digitales en la República Argentina; la Ley del IVA; la Ley 24760/97, que estableció la factura de crédito, la Ley de Procedimiento Tributario y el Decreto 618/97. Estas últimas regulaciones dan competencias a la AFIP para dictar las normas obligatorias en relación a los libros, anotaciones, y documentos que deberán llevar los contribuyentes en general.

Resolución No. DGT-R-033-2019

Esta resolución establece el marco legal para la ejecución de la versión actual de la documentación técnica requerida para la implementación de la factura electrónica del país.

Código de Normas y Procedimientos Tributarios

En este grupo se encuentran las leyes y resoluciones que detallan las condiciones de emisión de las facturas electrónicas, tales como la Ley 27440 -mediante la cual se aprobó la factura de crédito electrónica para las medianas y pequeñas empresas- así como las decenas de resoluciones que ha venido emitiendo la AFIP desde el 2002 para regular la entrada obligatoria de contribuyentes al régimen de factura electrónica y las condiciones de uso de estas facturas, así como para establecer requisitos para la emisión, transmisión y almacenamiento de las mismas, bien sea a través de programas de facturación electrónica per se, o a través de los controladores fiscales autorizados. Muchas son las resoluciones actualmente vigentes que se pueden citar en este contexto, pero por razones de espacio, solo mencionaremos algunas de las más importantes:
➝ RG 1415/2003: Constituye la norma madre en materia de emisión de facturas y el registro de las operaciones en la Argentina.
➝ RG 2.904/2010: Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales.
➝ RG 2.926/2010: Factura electrónica con C.A.E.A. (C.A.E. Anticipado).
➝ RG 3.561/2013: Establece el régimen de emisión de comprobantes mediante la utilización de “controladores fiscales”.
➝ RG 3.685/2014: Establece el régimen especial de emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes.
➝ RG 4.290/2018: Sobre emisión de comprobantes respaldatorios de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios.
➝ RG 4.291/2018: Sobre el régimen de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales.
➝ RG 4.292/2018: Que modifica el régimen de emisión de comprobantes mediante la utilización de “controladores fiscales”.
➝ RG 4.367/2018: Que instrumenta el régimen de facturas de crédito electrónicas MiPyMEs.
➝ RG 4.444/2019: Que modifica los regímenes de emisión y registración de comprobantes.
➝ RG 4.597/2019: Que establece el Libro de IVA digital.

Manuales y documentos técnicos

Estos documentos, de carácter estrictamente técnico, son emitidos por la AFIP para definir la forma de implementación del régimen de factura electrónica en el país. Los mismos se consideran parte integral de las regulaciones antes indicadas y deben ser implementados estrictamente por los emisores y receptores de facturas electrónicas, así como por los desarrolladores de soluciones de software de facturación.

Ley de Factura electrónica en Ecuador

Ecuador: Sistema de factura electrónica

Ecuador comenzó a implementar su sistema de factura electrónica en 2014, fecha a partir de la cual la administración tributaria (SRI) ha emitido varias normas que establecen el calendario de integración a dicho sistema. Para el caso de los contribuyentes existentes previo a la legislación actual, el calendario de implementación abarca desde enero de 2019 hasta 2023, cuando se requerirá al último grupo de contribuyentes cumplir con el mandato. Los nuevos sujetos pasivos -exceptuando a aquellos bajo el régimen simplificado o ubicados exclusivamente en las islas Galápagos- que suministren bienes o servicios en el país, deberán emitir facturas electrónicas dentro del año de su constitución, cuando su ingreso bruto anual sea igual o superior a 100.000 dólares estadounidenses. Ecuador implementó originalmente un sistema de facturación en tiempo real “en línea”, donde las facturas y los documentos relacionados debían ser validados previamente por la administración tributaria antes de su emisión y envío a los clientes. Posteriormente, el sistema se cambió a un método de validación fuera de línea (offline) en el que las facturas son enviadas concomitantemente al SRI y a los clientes, sin necesidad de una prevalidación por parte del SRI.

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Tipos de comprobantes electrónicos

Existen seis tipos de comprobantes electrónicos que deben ser emitidos por los contribuyentes en Ecuador.

A) Factura electrónica: la factura electrónica es otra forma de emisión de facturas de venta que cumple con los requisitos legales y reglamentarios para la autorización por parte del SRI, garantizando la autenticidad de su origen e integridad de su contenido, ya que incluye la firma electrónica del emisor en cada factura.

B) Liquidación de compra de bienes y prestación de servicios: estos documentos deberán ser emitidos y entregados por los sujetos pasivos para determinadas adquisiciones establecidas en el marco legal ecuatoriano.

C y D) Notas de crédito y débito: estos documentos permiten a los sujetos pasivos enmendar o modificar facturas válidas emitidas anteriormente.

E) Comprobantes de retención: este tipo de comprobante es emitido para indicar las retenciones de impuestos hechas por los agentes de retención autorizados por la legislación local.

F) Guía de remisión: estos documentos respaldan el traslado de mercancías dentro del territorio nacional, por lo que todo transporte debe llevarlos.

Requerimientos de los comprobantes electrónicos

Certificado digital: una vez que el contribuyente solicite o esté obligado a iniciarse en el proceso de factura electrónica de Ecuador, deberá solicitar y obtener un certificado digital de firma electrónica. Cumplido este paso, tendrá que solicitar la certificación para los entornos de prueba y producción directamente a través del Portal WEB SRI (Servicios Online).

Una vez que se verifique que la generación de recibos electrónicos, así como su envío y autorización, estén estructurados correctamente y que las pruebas realizadas estén aprobadas, el contribuyente puede ingresar la solicitud de emisión de facturas en el entorno de producción.

Esquema XML: los contribuyentes generarán su factura electrónica en formato .xml de acuerdo con los esquemas .xsd que se encuentran disponibles en el Portal WEB del SRI, a través de sus propias aplicaciones informáticas o mediante la factura electrónica que el SRI brinda gratuitamente a los contribuyentes.

Clave de acceso única: cada documento generado contendrá una clave de acceso única que estará compuesta por 49 dígitos numéricos. La aplicación o sistema informático que utilice el sujeto pasivo deberá generar automáticamente esta clave, requisito obligatorio que hará que cada documento electrónico sea único y a la vez, será su número de autorización. Basado en esta clave, el SRI generará la respuesta autorizando o no la factura o documento electrónico remitido por el contribuyente.

Representación impresa: la actual reglamentación de la factura electrónica en Ecuador posee disposiciones específicas con respecto al contenido de la representación impresa de los comprobantes electrónicos (RIDE). Dichas representaciones impresas deben contener un código de barras QR, cuya definición sigue los estándares internacionales del GS1-128 y deben además adecuarse al formato especifico definido en los anexos 2 y 7 de la ficha técnica del manual de usuario, catálogo y especificaciones técnicas para la “Emisión de Comprobantes Electrónicos” mediante el método de automatización offline. Otras disposiciones sobre este documento se encuentran en la Resolución 233/2018.  

Participantes en los procesos de factura electrónica

Facturador electrónico

Es el contribuyente que emite de manera electrónica sus comprobantes, ya sea porque está obligado en virtud de una resolución o por efecto de su adhesión voluntaria al sistema. El facturador electrónico podrá utilizar un sistema propio o un sistema comercial para la generación de las facturas y otros comprobantes electrónicos.

Receptor

Es el consumidor de bienes y/o servicios a quien se le emite un CPE y que, como tal, debe recibirlo en su calidad de consumidor. Cuando el mismo sea a su vez emisor electrónico, tendrá la calidad de adquirente electrónico, pero si no lo es, será considerado adquirente no electrónico.

SRI

Es el servicio de rentas internas de Ecuador, única entidad validadora de comprobantes electrónicos en dicho país. Contrario al caso de México, Panamá, Guatemala y Perú, en Ecuador no existen entidades autorizadas por la administración tributaria para validar las comprobantes electrónicos.

Procesos

Validación asincrónica

En el esquema “offline” los contribuyentes no requieren prevalidar las facturas y otros documentos electrónicos previo a su envío a los contribuyentes. Dicha remisión se hace concomitantemente y al SRI. Si los documentos electrónicos cumplen con todas las especificaciones técnicas, y la firma electrónica es válida, el Servicio de Rentas Internas los autorizará automáticamente. En caso de ser no autorizarlos, se le indicará al contribuyente el motivo del rechazo. En el caso de que una autorización haya sido rechazada por problemas de inconsistencia en su información, el emisor deberá utilizar la misma clave de acceso y número de documento para que una vez corregida la inconsistencia, los nuevos datos puedan ser enviados de regreso al SRI para su autorización. Si se autoriza un documento electrónico, los servicios web devuelven el XML autorizado, pero si el documento no es autorizado en forma reiterada, el servicio web solo devolverá el último estado. Es obligación del sujeto pasivo enviar el documento electrónico al SRI individualmente o por lotes, así como la verificación de que el documento está autorizado.

Almacenamiento

La normativa vigente obliga a los contribuyentes a conservar copias de los documentos electrónicos que hayan emitido durante todo el tiempo del plazo de prescripción; es decir, 5 años contados desde el momento de la emisión.

Acuse de recibo

Contrario a lo que sucede en otras jurisdicciones, por lo general en Ecuador no existe obligación de emitir acuses de recibo por las facturas y otros documentos electrónicos recibidos. Sin embargo, si luego de enviado un documento electrónico, este es rechazado por el SRI, dicho emisor deberá notificar al receptor sobre esa situación, hacer las correcciones correspondientes y notificar nuevamente el documento validado por el SRI. Algunas excepciones a este principio aplican.

Estatus de autorización

Una vez que un documento electrónico es remitido a la administración, este puede tener múltiples estados:
1- En procesamiento (PPR): este es un estatus temporal durante el cual el SRI aún se encuentra procesando el documento enviado. Cabe señalar que el tiempo máximo que le tomará al SRI procesar un documento electrónico será de 24 horas.
2- Autorizado (AUT): el documento electrónico ha sido formalmente autorizado por el SRI.
3- No autorizado (NAT): cuando el estado del documento electrónico sea No Autorizado (NAT), el emisor estará en la obligación de corregir y enviar nuevamente el documento electrónico a través de los servicios web y posteriormente notificar y entregar el nuevo documento electrónico al destinatario por correo electrónico. Es obligación de los destinatarios de los documentos electrónicos validarlos a través del portal WEB del SRI.

Contingencia

De acuerdo con las disposiciones del Artículo 8 de la Resolución 233/2018, cuando un contribuyente se encuentre imposibilitado de emitir una factura electrónica debido a situaciones fuera de su control, deberá emitir dichos documentos por medios físicos hasta que se solucione la situación y notificar a la administración sobre los motivos de la contingencia.

Anulación de documentos electrónicos

Ecuador tiene un procedimiento particular de anulación de documentos electrónicos. Si luego de emitido un comprobante electrónico que ha sido validado el emisor desea anularlo, podrá hacerlo accediendo directamente al portal del SRI y con la adecuada identificación del mismo, proceder a solicitar la correspondiente anulación. Dicha solicitud de anulación deberá ser automáticamente notificada vía correo electrónico y buzón fiscal al solicitante y al receptor de la factura. Si el receptor original del documento no propone ninguna objeción a la anulación, el documento se considerará anulado.

Factoring y facturación electrónica

El uso de facturas comerciales dentro del sistema de factoraje no es nuevo en Ecuador. Está contemplado desde hace muchas décadas dentro del código de comercio de ese país. Sin embargo, con la inserción de la factura electrónica, se establecieron disposiciones con respecto a la emisión, validación, procesamiento y recepción de las facturas electrónicas comerciales negociables. Este subtipo de factura electrónica debe cumplir con requisitos específicos para ser tramitadas y validadas por el SRI. Para tal propósito, la autoridad fiscal ha establecido formatos específicos para la emisión y validación de dichas facturas, las cuales deben ser aprobadas o rechazadas por los receptores, dado que las mismas poseen la calidad de título de valor para todos los fines legales correspondientes. En tal sentido, el SRI emitió varios manuales dirigidos a explicar el procedimiento de remisión, validación, aceptación o rechazo de dichas facturas.

Evolución de la ley de factura electrónica en Ecuador

El régimen de facturación electrónica en Ecuador se encuentra regulado básicamente a través de resoluciones emitidas por el SRI, las cuales definen el sistema de cumplimento de dicho mandato. En adición a dichas resoluciones, el código tributario, la ley del IVA y otras leyes y decretos forman parte de la estructura legal en la cual se basa el sistema. Dentro de las principales regulaciones podemos citar las siguientes:

Ley de Régimen Tributario Interno

Esta ley contiene las disposiciones principales para la aplicación del impuesto al valor agregado, impuesto sobre la renta y otros tributos en Ecuador.

Código Tributario

Establece los procedimientos básicos que regulan las relaciones entre los contribuyentes y la autoridad tributaria, así como el régimen sancionatorio aplicable.

Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, Registro Oficial 557 de 17 de abril de 2002

Regula mensajes de datos, firma electrónica, servicios de certificación, contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos a través de redes de información, incluido el comercio electrónico y la protección de los usuarios de estos sistemas.
Reglamento General a la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos de diciembre de 2002.

Resolución NAC-DGERCGC18-00000175 de junio de 2018

Modifica la resolución No. NAC-DGERCGC16-00000428, que dicta las normas para la transmisión electrónica de información sobre comprobantes de venta, retención y documentos complementarios a través de impresoras fiscales.

Resolución NAC-DGERCGC18-00000233 de junio de 2018

Establece las reglas para la emisión, entrega y transmisión de comprobantes de venta, retención y complementarios emitidos por contribuyentes autorizados, a través del esquema de comprobante electrónico.

Resolución NAC-DGERCGC16-00000287 de julio de 2016

Mediante la cual se emiten las definiciones para la emisión de comprobantes por medios de pago digitales o electrónicos.

Resolución NAC-DGERCGC14-00790, de octubre de 2014

Contiene las normas para la emisión y autorización de documentos de venta, retención y complementarios mediante comprobantes electrónicos.

Resolución NAC-DGERCGC13-00236, de mayo de 2013

Establece el cronograma obligatorio para la facturación electrónica.

Resolución NAC-DGERCGC12-00105 de marzo de 2012

Emite el reglamento del nuevo esquema de emisión de documentos de venta, retención y complementarios a través de mensajes de datos (comprobantes electrónicos).

Resolución NAC-DGERCGC17-00000568

Registro Oficial 123 del 20 de noviembre de 2017 Resolución de Reforma No. NAC-DGERCGC17-00000430: se refiere al uso obligatorio de recibos electrónicos.

El modelo de facturación electrónica para el control continuo de las transacciones en la India se aplica tanto a las transacciones nacionales como a las internacionales

Facturación electrónica en la India

En el nuevo marco del Impuesto sobre Bienes y Servicios (Goods and Services Tax, GST), el sistema indio de facturación electrónica entra en la categoría de controles continuos de las transacciones (Continuous Transaction Controls, CTC). La comunicación de los datos de facturación a través del portal gubernamental es un paso obligatorio antes de poder emitir una factura.

La validez legal de la factura la determina el portal de registro de facturas (Invoice Registration Porta, IRP), que firma digitalmente la factura y proporciona un número de registro de factura (Invoice Registration Number, IRN). Si no se incluye el IRN en una factura, no tendrá validez legal.

Su ámbito de aplicación abarca tanto las transacciones nacionales como las transfronterizas. El proceso de IRP es obligatorio para las transacciones B2B, B2G y de exportación. Es decir, los contribuyentes a los que se le aplica esta obligación deben emitir sus facturas (así como otros documentos que necesitan una IRN, por ejemplo, facturas eWaybill asociadas) de acuerdo con el nuevo sistema, si sus transacciones están relacionadas con B2B, B2G o si son de exportación.

La India ha introducido múltiples cambios en la normativa inicial, e inevitablemente habrá más cambios en el futuro.

Consiga la información que necesita

Puntos clave del mandato

  • Los datos de las facturas deben introducirse en el portal de registro de facturas (IRP) en formato JSON.
  • El número de referencia de la factura (IRN) obtenido a partir del IRP es un requisito de validez para las facturas.
  • Las facturas pueden intercambiarse en formato JSON o en PDF, así como en papel, entre el proveedor y el comprador.
  • Su archivado es obligatorio y el periodo de almacenamiento es de ocho años.

Fechas de implementación del mandato

  • 1 de enero de 2020: Periodo voluntario para empresas con una facturación de 500 millones de rupias o más.

  • 1 de febrero de 2020: Periodo voluntario para empresas con una facturación de 100 millones de rupias o más.

  • 1 de octubre de 2020: Comienzo del periodo obligatorio para las empresas con una facturación de 500 millones de rupias o más (seis meses después de lo previsto con anterioridad). Durante los primeros 30 días, hubo un periodo de gracia durante el cual se podían notificar las facturas después de haberlas emitido.

  • 1 de enero de 2021: Comienzo del periodo obligatorio para empresas con una facturación de 100 millones de rupias o más.

  • 1 de abril de 2021: Se reduce el umbral para la facturación electrónica obligatoria a los contribuyentes con una facturación de entre 50 y 100 millones de rupias.

  • 1 de octubre de 2022: El umbral se reduce a los contribuyentes con un umbral anual de 10 millones de rupias.

  • 1 de agosto de 2023: umbral reducido para los contribuyentes con un umbral anual de Rs. 5 millones de rupias.

Sanciones

Si una factura no está registrada en el IRP, se considerará como no emitida y dará lugar a sanciones de al menos 10 000 rupias en cada caso de incumplimiento. Las sanciones a las que se apliquen varias secciones del Impuesto sobre Bienes y Servicios (GST) se cobrarán con intereses.

Sovos ayuda a las empresas a mantener el cumplimiento de las normas de facturación electrónica de la India

A fecha de febrero de 2021, las especificaciones iniciales publicadas por la autoridad fiscal india en diciembre de 2019 ya habían sido revisadas tres veces, y es inevitable que haya más cambios en el futuro.

Nuestros expertos supervisan, interpretan y codifican continuamente estos cambios en nuestro software, lo que reduce la carga que supone el cumplimiento para sus equipos fiscales e informáticos.

Descubra cómo Sovos puede ayudarle a cumplir con sus obligaciones de autorización de facturación electrónica en India.

Requisitos del IVA en Noruega

Los requisitos de declaración del SAF-T de Noruega evolucionan a medida que la fiscalidad sigue digitalizándose

Reforma
Diseñado para reducir la carga del cumplimiento y los costes administrativos asociados con las auditorías, a la vez que brinda a las autoridades fiscales una mayor visibilidad de los datos fiscales y financieros de las empresas, el SAF-T ha seguido ganando popularidad en un número creciente de países europeos.

Tras haber introducido inicialmente su declaración voluntaria en 2017, la autoridad fiscal de Noruega hizo obligatoria la declaración del SAF-T en enero de 2020.

En la actualidad, en Noruega, solo es necesario presentar el SAF-T bajo demanda en el marco de una auditoría. Sin embargo, se espera que se extienda a áreas como impuestos de sociedades.

El 1 de enero de 2022, la autoridad fiscal introdujo la presentación digital de su declaración de IVA, que también se mejoró para capturar otros datos que ya son un requisito cuando se necesita una presentación del SAF-T. Sin embargo, como en Noruega el SAF-T aún no necesita enviarse regularmente, la finalización de estos nuevos cuadros de resumen crea un desafío para las empresas que no están familiarizadas con el SAF-T.

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Datos de interés

  • Los requisitos de SAF-T de Noruega se aplican a las empresas con obligaciones contables que utilizan sistemas de contabilidad electrónica, incluidos los organismos extranjeros registrados.
  • Las empresas con una rotación de menos de 5 millones de coronas noruegas que no están sujetas a la contabilidad obligatoria están exentas a menos que tengan disponible información electrónica sobre su contabilidad.
  • Están exentas las empresas con menos de 600 comprobantes anuales que lleven sus cuentas en hojas de cálculo o en un programa de editor de texto.
  • El SAF-T noruego se presenta a demanda y actualmente no tiene requisitos de presentación periódica.
  • SAF-T es un formato XML estándar que contiene información de contabilidad exportada.
  • Los archivos SAF-T noruegos se presentarán principalmente mediante su carga a través del portal de Internet de Altinn.
  • Es posible efectuar pruebas, y la autoridad tributaria las recomienda.

Fechas de implementación del mandato

  • 1 de octubre de 2016: Se publicó la primera versión de SAF-T Financiero en el sitio web de la autoridad tributaria noruega.
  • 9 de junio de 2017: El órgano administrativo sobre el estándar noruego de SAF-T se reunió por primera vez para gestionar las normas adaptadas a los sectores público y privado. El órgano se reúne al menos una vez al año. 
  • 1 de enero de 2017: Se inició la adopción voluntaria del SAF-T.
  • 1 de enero de 2020: Noruega introdujo la obligatoriedad de la declaración a demanda del SAF-T.
  • 1 de enero de 2022: Noruega actualizó su devolución del IVA para permitir informes más detallados y flexibilidad, ya que la nueva estructura de devoluciones elimina las casillas numeradas y, en su lugar, requiere que los usuarios asignen sus transacciones a los códigos fiscales existentes que se utilizan actualmente en el mandato del SAF-T de Noruega. La frecuencia de envío de la devolución del IVA sigue siendo la misma, pero ahora los usuarios pueden enviar directamente las devoluciones desde su sistema ERP para que el proceso sea más eficiente; si esto no es posible, los usuarios siguen pudiendo cargar archivos XML o rellenar datos manualmente a través de un portal.
Infografía

Requisitos del SAF-T de Noruega

Infórmese sobre el SAF-T de Noruega, incluyendo cuándo cumplir, plazos de presentación y requisitos de presentación, y cómo puede ayudar Sovos.

¿Cómo puede ayudar Sovos?

Es un desafío extraer datos del ERP, asignarlos al formato SAF-T correcto y garantizar que cumpla con los requisitos de la autoridad tributaria sin necesidad de un análisis más exhaustivo. El software de Sovos se encarga de esto extrayendo los datos, realizando un análisis completo y generando el archivo SAF-T listo para su envío.

Nuestros expertos supervisan, interpretan y codifican continuamente estos cambios normativos en nuestro software, lo que reduce la carga que supone el cumplimiento para sus equipos fiscales e informáticos.

Póngase en contacto con nuestro equipo de expertos para averiguar cómo la solución de Sovos puede ayudar con el cumplimiento de las novedades del SAF-T y de otros cambios en el IVA.

Polonia combina declaración de IVA con SAF-T

SAF-T en Polonia

Polonia introdujo su sistema de Archivo de auditoría tributaria estándar (SAF-T), denominado Jednolity Plik Kontrolny, en 2016. El requisito de presentaciones mensuales dio comienzo el 1 de enero de 2018 para todos los contribuyentes. En Polonia hay siete estructuras JPK reguladas, seis de las cuales se presentan a petición de la autoridad tributaria en caso de auditoría. La séptima es una modificación de la declaración de IVA polaca y debe presentarse periódicamente.

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Puntos clave del mandato

  • El JPK polaco tiene varias estructuras, dos de las cuales son pertinentes para el IVA, incluyendo facturas con IVA (JPK_FA), extractos bancarios (JPK_WB), libro de ingresos y gastos (JPK_PKPIR), cuenta de ingresos (JPK_EWP), libros de contabilidad (JPK_KR), almacenes (JPK_MAG) y registros de compras y ventas con IVA combinados con la declaración (JPK_V7M/​K).
  • La nueva estructura SAF-T combina información de JPK_VAT y declaraciones de IVA (JPK_V7M mensual y JPK_V7K trimestral) en un envío unificado.
  • Aunque se pretende simplificar las presentaciones a la autoridad tributaria eliminando la necesidad de generar dos archivos, la nueva estructura SAF-T de Polonia requiere datos adicionales para analizar la precisión de la liquidación.

Fechas de implementación del mandato

  • 1 Julio 2016: SAF-T se introduce en Polonia

  • 1 Enero 2018: Polonia exigió JPK_VAT para todos los sujetos pasivos

  • 1 Octubre 2020: Nueva estructura JPK que reemplaza la declaración de IVA obligatoria para todos los contribuyentes (JPK_V7M/​K)

  • 1 Octubre 2021: se espera que se introduzca de forma voluntaria un sistema de facturación electrónica de control continuo de transacciones (CTC).

  • 1 Enero 2023: se espera que el sistema CTC se convierta en obligatorio.

Sanciones

La nueva estructura SAF-T, como JPK_VAT y las declaraciones de IVA, se debe presentar mensual o trimestralmente. Si no se presenta correctamente y en el plazo previsto, pueden imponerse sanciones. La autoridad tributaria polaca reaccionará rápidamente ante las incoherencias detectadas en los archivos SAF-T y utilizará algoritmos de análisis de datos para identificar transacciones fraudulentas.

¿Necesita ayuda para asegurarse de que su empresa cumple con las obligaciones cambiantes de declaración y CTC en Polonia?

Mantenerse al día con las obligaciones del IVA se ha vuelto más complicado, ya que Polonia sigue tomando medidas para reducir su brecha del IVA y modernizar el sistema.

 Nuestros expertos supervisan, interpretan y codifican continuamente cambios en nuestro software, lo que reduce la carga que supone el cumplimiento para sus equipos fiscales e informáticos.

Descubra cómo la solución de Sovos para JPK_V7M/​K y otros desafíos de cumplimiento de las obligaciones de IVA pueden ayudar a las empresas a cumplir con la normativa.

Hungría ha sido pionera en el enfoque de los controles continuos de transacciones (CTC) en la UE

RTIR en Hungría

En 2018, Hungría estableció un marco legal que obligaba a los contribuyentes a utilizar un esquema diseñado para declarar datos de facturación a las autoridades tributarias (NAV) en tiempo real para transacciones nacionales por encima de un IVA mínimo.

Debido al éxito de esta medida, el alcance de este mandato se ha ampliado para incluir una gama más amplia de transacciones, y se han eliminado los umbrales anteriores. El efecto del mandato ya se nota de forma generalizada en Hungría, donde todas las transacciones nacionales entre sujetos pasivos deben comunicarse a la NAV, sin importar la cantidad de IVA declarado.

Además, Hungría también ha publicado un borrador de la normativa SAF-T y dispuesto documentos para comentarios de sujetos pasivos. Se espera que la nueva normativa SAF-T entre en vigor a finales de 2021/​2022.

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Puntos clave del mandato

  • Comunicación inmediata de los datos de todas las facturas emitidas dentro del alcance del mandato.
  • Una vez que se emite una factura electrónica, la transmisión de datos debe producirse automáticamente, mediante una interfaz M2M, y debe hacerse sin intervención humana
  • La transmisión debe incluir los datos de identificación y el contenido obligatorio que solicite la normativa húngara del IVA.
  • Las declaraciones del IVA se entregan mensual o trimestralmente y deben enviarse como máximo el día 20 del mes tras el fin del periodo de liquidación.
  • La declaración del IVA contiene varios apéndices que solicitan información adicional sobre transacciones como la provisión de nuevos medios de transporte y metales sujetos a la regla de inversión del sujeto pasivo.
  • Además de la declaración del IVA, los contribuyentes deberán aportar un resumen de todas las compras nacionales por las que estén deduciendo impuestos.

Fechas de implementación del mandato

  • 1 Julio 2018: el mandato se aplica a todos los sujetos pasivos, que deberán declarar datos de facturas en tiempo real a la administración de aduanas e impuestos húngara para las transacciones nacionales con un IVA mínimo de 100•000•HUF.

  • 1 Julio 2020: se elimina el umbral de IVA y todas las transacciones nacionales entre sujetos pasivos en Hungría deben declararse sin importar la cantidad de IVA.

  • 1 Enero 2021: las obligaciones de declaración incluyen la emisión de facturas B2C y los suministros y exportaciones B2B intracomunitarios.

  • 1 Enero- 31 Marza 2021: ​ el ministerio de finanzas otorgó un periodo de gracia libre de sanciones de tres meses para cumplir con las nuevas obligaciones de declaración y para dar a las empresas tiempo para pasar de la versión actual (v 2.0 XSD) a la nueva versión v3.0 XSD.

  • 1 Abril 2021: Se hace obligatorio el uso de la versión nueva (v3.0 XSD).

Sanciones

  • De no declarar las facturas en tiempo real, se podría recibir una sanción administrativa de hasta 500•000•HUF por factura no declarada.

  • Se aplicarían sanciones adicionales por no cumplimiento con los requisitos de software de facturación.

Sovos ayuda a las empresas a mantener el cumplimiento de las normas de declaración en tiempo real de Hungría

En un momento en el que Hungría se acerca cada vez más al modelo de autorización para facturación electrónica con CTC, Sovos ayuda a las empresas a mantenerse al día de los últimos requisitos y especificaciones técnicas para que puedan conectar de forma efectiva con la NAV y cumplir con sus obligaciones de IVA.

El viaje de la transformación electrónica de Turquía

Turquía cuenta con uno de los sistemas de Control Continuo de las Transacciones (CTC) más consolidados fuera de América Latina

La transformación electrónica de Turquía comenzó con un mandato de facturación electrónica en 2012 y evolucionó con la introducción de e-arşiv invoice que proporcionó a la autoridad fiscal turca un control en tiempo real de las facturas intercambiadas. La autoridad fiscal también ha introducido albarán electrónico para controlar el transporte de mercancías en 2017. Los contribuyentes que superan un determinado umbral o/y en determinados sectores están ahora obligados a utilizar aplicaciones de transformación electrónica.

A lo largo del tiempo, el número de contribuyentes que deben cumplir con los mandatos ha crecido a medida que los umbrales de elegibilidad se han reducido y se han añadido nuevos grupos de contribuyentes en el ámbito del mandato.

Por ello, las empresas necesitan adoptar un sistema capaz de gestionar varias aplicaciones electrónicas y reducir la complejidad de las mismas.

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Puntos clave del mandato

  • Turquía cuenta con cuatro grandes aplicaciones de transformación electrónica y mandatos que incluyen el archivo del documento electrónico.

  • El mandato de facturación electrónica de Turquía tiene dos aplicaciones principales: la factura electrónica (B2B) y la factura e-arşiv (B2B & B2C).

  • Al introducir la aplicación de factura electrónica del modelo de despacho en 2013, Turquía es uno de los pioneros de la facturación electrónica del despacho, además de los países de Latam.

  • La factura e-arşiv, introducida en 2016, es un modelo de declaración de CTC; puede intercambiarse en papel, pero debe emitirse electrónicamente y todas las facturas e-arşiv deben notificarse diariamente a la Administración Tributaria turca (TRA).

  • El mandato de los libros electrónicos obliga a los contribuyentes a crear, firmar y archivar electrónicamente su libro de caja y sus libros mayores y a informar de los resúmenes de esos libros (berats) a la TRA mensual o trimestralmente.
  • Los albaranes deben ser emitidos y aprobados por la TRA o el integrador especial para iniciar el transporte de las mercancías.

  • Utiliza un formato localizado de UBL 2.1 para la factura electrónica, la factura e-arşiv, el albarán electrónico y XBRL-GL para el libro mayor electrónico.

Próximas implantaciones de mandatos

  • 1 de enero de 2021: Aquellos con ingresos en 2018 o 2019 que superen los 5 millones de TRY deben empezar a utilizar la aplicación e-ledger debido al mandato de la factura electrónica

  • Los contribuyentes con ingresos superiores a 5 millones de TRY deben empezar a utilizar las aplicaciones de facturación electrónica antes de el séptimo mes del año siguiente.

  • Los contribuyentes que empiecen a utilizar las aplicaciones de facturación electrónica después del séptimo mes tienen que empezar a utilizar la aplicación de libro electrónico en el comienzo del año siguiente.

  • Algunos grupos de contribuyentes, incluidos los comerciantes en línea y los intermediarios o comerciantes de frutas o verduras, deben empezar a utilizar las aplicaciones de facturación electrónica en un plazo de tres meses y la aplicación de albaranes electrónicos en un plazo de cuatro meses después de establecer su negocio.

Sanciones

  • El incumplimiento de los mandatos de facturación electrónica dará lugar a una multa del 10% del importe real o del importe que falte de una factura electrónica (factura electrónica, factura e-arşiv y facturas de exportación). La multa no puede ser inferior a 350 TRY (unos 50 euros) por factura y las multas máximas pueden alcanzar los 180.000 TRY (unos 25.700 euros) anuales por tipo de documento.

  • El incumplimiento del mandato de los albaranes electrónicos dará lugar a una multa de 350 TRY (aproximadamente 50 euros) por documento. Las multas máximas pueden llegar a 180.000 TRY (unos 25.700 EUR) anuales.

¿Necesita ayuda para asegurarse de que su empresa cumple la normativa?

Somos una verdadera ventanilla única para gestionar todas las obligaciones de cumplimiento del IVA en Turquía y en todo el mundo. Con más de dos décadas de experiencia solo en Turquía, nuestras soluciones permiten a las empresas transformar y gestionar todos los escenarios financieros de principio a fin dentro de su ERP, en línea con los requisitos de la TRA.

Combinar soluciones locales dispares en países de todo el mundo es costoso y arriesgado. Sovos ofrece una solución global, garantizando la seguridad de los datos y el cumplimiento continuo con un equipo local de apoyo y expertos en regulación.

Francia, una de las mayores economías de la UE, introduce los controles continuos de transacciones

Facturación electrónica en Francia a partir de 2024

Francia está introduciendo controles continuos de las transacciones (CTC). Desde julio  de 2024 hasta enero de 2026, Francia implementará la facturación electrónica B2B obligatoria a través de una plataforma central y proveedores de servicios conectados , así como la obligación complementaria de declaración electrónica. Con estos exhaustivos requisitos, junto con la ya vigente obligación de facturación electrónica B2G, el gobierno aspira a incrementar la eficiencia, reducir los costes y luchar contra el fraude. 

Todas las facturas B2B se transmitirán a través de una plataforma central o mediante proveedores de servicios certificados conectados a esa plataforma central. Esta autorización de facturas electrónicas sentará las bases y ofrecerá a la autoridad fiscal los datos relacionados con cualquier transacción B2B de ámbito nacional. 

Para combatir el fraude de manera eficaz, la autoridad fiscal necesitará tener acceso a más datos de transacciones. Por lo tanto, los datos que la autoridad fiscal no reciba como parte del proceso obligatorio de facturación electrónica estarán sujetos a la obligación complementaria de declaración electrónica, como es el caso de facturas B2C y facturas internacionales, así como ciertos datos de pago. 

Así, la autoridad fiscal recibirá los datos de transacciones B2B y B2C (incluidos ciertos datos de pago) mediante dos medidas; el mandato de facturación electrónica combinado con la obligación de declaración electrónica. 

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Datos básicos sobre facturación electrónica B2B en Francia

  • Los requisitos propuestos entran en vigor durante los años 2024-2026. 
  • El mandato de factura electrónica se basará en un modelo de proveedores de servicios certificados que conectarán a los contribuyentes a una plataforma centralizada  (Chorus Pro), con opción de que los contribuyentes se conecten directamente a Chorus Pro. 
  • El formato estándar de la factura electrónica es Factur-X, una estructura híbrida que permite enviar tanto archivos XML como PDF.
  • Para las facturas electrónicas se deberán incluir todos los campos impositivos obligatorios existentes, así como los requeridos por leyes comerciales, incluidos los detalles de líneas de artículos. También se mencionarán en la factura el tipo de operación (bienes, servicios, mixto) y la opción de pago de IVA. Se aceptarán tanto el formato estructurado como el híbrido (imagen + datos estructurados), pero los formatos permitidos aún no se han definido.
  • Para la declaración electrónica, el nivel de detalle dependerá del tipo de transacción y del software de gestión financiera utilizado por el proveedor. Las empresas pequeñas que no dispongan de software de contabilidad notificarán menos detalles que una corporación equipada con un ERP o un software de facturación. 
  • Datos del estado de pago de cada factura de servicio.  

Fechas de implementación de la factura y la declaración electrónicas en Francia

  • Julio de 2024: Todas las empresas, independientemente de su tamaño, deben aceptar recibir facturas electrónicas según la nueva normativa. Las 300mayores empresas estarán sujetas al mandato de emisión de facturas electrónicas B2B y al mandato más amplio de declaración electrónica. El mandato de facturación electrónica no se aplica a facturas B2B e internacionalesSin embargo, existe la obligación de notificar esas transacciones para que la administración tributaria tenga total visibilidad.  
  • Enero de 2025: las obligaciones se aplicarán a otras 8000 empresas de tamaño medio.
  • Enero de 2026:todas las empresas medianas y pequeñas restantes quedarán dentro del ámbito del mandato.