Sovos organizó recientemente un seminario web en sobre la recuperación del IVA en el que tratamos los acuerdos de reciprocidad entre el Reino Unido y los Estados miembros de la UE a la hora de presentar solicitudes de devolución del IVA de la 13ª Directiva. Una de las preguntas que surgieron es ¿qué son los acuerdos de reciprocidad y por qué son importantes?
A la hora de solicitar la devolución de la 13ª Directiva, cada Estado miembro de la UE tiene diferentes normas o condiciones que cumplir antes de aceptar la devolución del IVA. Una de las condiciones que pueden exigir los Estados miembros de la UE es un acuerdo de reciprocidad. Un acuerdo de reciprocidad es un acuerdo para la devolución recíproca del IVA entre dos países.
Por lo tanto, el IVA sólo es reembolsable cuando un impuesto similar es reembolsable para las empresas locales en el país del solicitante. Por ejemplo, supongamos que a una empresa española se le permite obtener la devolución del IVA en Noruega mediante un régimen similar al de la 13 Directiva. En ese caso, es probable que España tenga reciprocidad con Noruega y permita a las empresas noruegas presentar una solicitud de devolución de la 13ª Directiva en España.
Actualmente hay unos 19 Estados miembros de la UE que exigen acuerdos de reciprocidad para que las empresas de fuera de la UE puedan solicitar la devolución del IVA. De ellos, Grecia y Eslovenia sólo tienen actualmente acuerdos de reciprocidad con dos países (Noruega y Suiza), mientras que Italia tiene tres (Noruega, Suiza e Israel). A la hora de solicitar la devolución del IVA de la UE, las empresas deben revisar la reciprocidad y no dar por sentado que se les aprobará automáticamente.
Antes de Brexit, las empresas del Reino Unido podían realizar solicitudes de devolución del IVA a través de la Directiva de devolución del IVA de la UE (también conocida como la 8ª Directiva) que se construyó para permitir la libertad de reciprocidad para todos los Estados miembros de la UE. Sin embargo, tras el Brexit, este mecanismo de solicitud de devolución del IVA dejó de aplicarse, y el Reino Unido entró en el régimen de devolución de la 13ª Directiva como empresa no comunitaria.
Aunque el Reino Unido y la UE tienen un acuerdo de libre comercio y cooperación en vigor, no se menciona específicamente la reciprocidad en las solicitudes de devolución del IVA, ya que éstas deben acordarse entre esos Estados miembros concretos de la UE y el Reino Unido. Por lo tanto, puede ser más difícil para las empresas del Reino Unido, que hacen solicitudes de devolución en toda la UE, recuperar el IVA incurrido en algunos países.
En cuanto a los actuales acuerdos de reciprocidad con el Reino Unido, los únicos anuncios oficiales que hemos visto hasta la fecha han sido los de Alemania, España y Hungría. Sin embargo, estamos al tanto de las conversaciones en curso entre el Reino Unido y otros Estados miembros de la UE.
El HMRC afirma que sólo rechazará una reclamación si el país recíproco tiene un régimen de devolución de impuestos pero se niega a permitir la devolución a los comerciantes británicos. Por lo tanto, el HMRC está dispuesto a permitir la recuperación del IVA en el Reino Unido para las empresas de la UE, siempre que las empresas británicas reciban el mismo trato que la UE. Por lo tanto, a los Estados miembros de la UE les interesaría permitir la recuperación del IVA para las empresas del Reino Unido para que las empresas de su propio país se beneficien del mismo trato.
La mayoría de los Estados miembros de la UE exigen reciprocidad a la hora de solicitar la devolución del IVA. Por lo tanto, la ley de reciprocidad es un factor integral cuando se busca hacer una solicitud de devolución del IVA en cualquier jurisdicción. Es importante entender estas leyes de reciprocidad para evitar perder tiempo y dinero en hacer una solicitud de devolución del IVA desde un país que no lo permite.
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Nuestros artículos anteriores cubrían tendencias de auditoría que hemos observado en Sovos y desencadenantes comunes de una auditoría del IVA. En este artículo se analizan las mejores prácticas sobre cómo prepararse para una auditoría del IVA.
Cada país y jurisdicción puede tener diferentes leyes y requisitos relacionados con el proceso de auditoría del IVA. Las autoridades fiscales pueden llevar a cabo auditorías en persona o por correspondencia, siendo este último el caso de las empresas no establecidas en el país en cuestión.
Una empresa puede ser auditada al azar o porque hay razones para que la autoridad fiscal crea que hay un problema con la declaración del IVA de la empresa.
En general, las autoridades utilizan las auditorías e inspecciones para verificar la exactitud de las declaraciones de los contribuyentes, identificar posibles errores o pagos insuficientes y aprobar las devoluciones.
Como ya comentamos en nuestro artículo anterior, para entender cómo prepararse mejor para una auditoría del IVA, es esencial identificar la razón por la que se inició la auditoría.
Aunque existen listas de comprobación específicas en función del país de la auditoría, hay varias acciones que una empresa puede llevar a cabo para prepararse para una auditoría del IVA. Lo más importante es recopilar documentos y respuestas por adelantado. Los elementos que se solicitan con frecuencia durante una auditoría son los siguientes
Es importante que los registros de los documentos mencionados anteriormente, cuando corresponda, se mantengan de acuerdo con los requisitos locales de mantenimiento de registros. La necesidad de preparar estos documentos con antelación y la capacidad de presentarlos rápidamente se convierte en algo esencial cuando una empresa debe, por ejemplo, solicitar la devolución de créditos de IVA, presentar una baja o tiene, en general, cualquier motivo para esperar que se inicie una auditoría.
Las autoridades pueden abrir un control cruzado de las actividades con los clientes y proveedores de la empresa, que se iniciará en paralelo a la auditoría para verificar que la información proporcionada por ambas partes es coherente. Por lo tanto, se recomienda informar a los proveedores sobre cualquier auditoría en curso, comunicar cualquier pregunta o aclarar las dudas pendientes. Si, por ejemplo, parece necesaria una corrección de las facturas, éstas deberían ultimarse ya para preparar la auditoría del IVA.
Las autoridades fiscales pueden imponer plazos muy cortos y estrictos una vez iniciada la auditoría. Aunque es posible solicitar una prórroga, no está garantizada su concesión. En determinadas circunstancias, las autoridades pueden imponer sanciones por las respuestas tardías. Proporcionar un conjunto de documentos claros y comprensibles a las consultas de la Agencia Tributaria es esencial para evitar cualquier efecto perjudicial.
Las ventajas de prepararse para una auditoría del IVA pueden resumirse como sigue:
Tanto si una empresa decide encargarse de la auditoría internamente como si solicita el apoyo de un asesor externo, es esencial tener en cuenta las consecuencias de la auditoría, especialmente si están en juego cantidades elevadas de IVA a recuperar. En caso de auditoría, el objetivo principal debe ser resolverla con éxito y rapidez, limitando en lo posible cualquier impacto perjudicial para la empresa.
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No es de extrañar que la inflación esté en el punto de mira de todo el mundo, ya que los precios siguen disparándose mes a mes. Los datos del Reino Unido muestran que la inflación del Índice de Precios al Consumo (IPC) se disparó a un máximo de 40 años del 9% en los últimos 12 meses. Los gobiernos de todo el mundo buscan formas de reducir la carga de los consumidores para mantener a flote las economías mundiales. Uno de los métodos -la aplicación de recortes de los tipos del IVA a determinados bienes y servicios- parece estar saliendo adelante, ya que numerosos países de todo el mundo anunciaron sesiones presupuestarias de emergencia o introdujeron propuestas para recortar temporalmente los tipos del IVA.
Los recortes temporales de los tipos del IVA suelen ser rápidos y fáciles de aplicar, por lo que los gobiernos de todo el mundo los prefieren. Estos recortes permiten esencialmente impulsar la economía al proporcionar a los consumidores una cantidad global más alta para gastar, incentivando a los consumidores a gastar ahora mientras los tipos son más bajos.
Como era de esperar, muchos países ya han anunciado recortes de los tipos del IVA o medidas para estimular sus economías:
Otros países, como Estonia, Países Bajos, Letonia, Grecia y Turquía, también están adoptando medidas para aplicar recortes en los tipos del IVA con el fin de luchar contra los costes cada vez más elevados para los consumidores.
Estos recortes de los tipos del IVA coinciden con las nuevas medidas aprobadas recientemente por la Comisión Europea en , que permiten a los Estados miembros aplicar tipos reducidos a más artículos, incluidos los alimentos. Aunque muchos Estados miembros parecen estar aprovechando esta nueva flexibilidad en las reducciones de los tipos del IVA, se espera que, a medida que los costes sigan aumentando, más Estados miembros y países de todo el mundo introduzcan recortes en los tipos del IVA para garantizar que el gasto de los consumidores no continúe su tendencia a la baja.
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Dado que muchas auditorías parecen producirse de forma aleatoria, no siempre es posible identificar la razón por la que una agencia tributaria decide iniciar una.
Ya hemos hablado anteriormente de un mayor interés en las auditorías de la UE y de las auditorías de para el comercio electrónico. Este artículo trata de los motivos más comunes de una auditoría del IVA para ayudar a las empresas a anticiparse y prepararse para una cuando sea posible.
Entre los motivos más comunes, existen eventos «desencadenantes» específicos que pueden provocar nuevas consultas de la Agencia Tributaria. En general, se trata de cambios en la situación de la empresa, como un nuevo registro, una baja o cambios estructurales en la empresa.
Las solicitudes de devolución del IVA también entran en esta categoría. En algunos países (Italia y España, por ejemplo), una solicitud de devolución es casi con toda seguridad un motivo para que se inicie una auditoría, ya que la agencia tributaria local no puede liberar los fondos antes de que se completen las comprobaciones. En este caso, la probabilidad de una auditoría aumenta cuando la devolución es especialmente importante y la empresa que la solicita está recién registrada a efectos del IVA. Sin embargo, esto no significa que la autoridad fiscal no vaya a iniciar una auditoría si el importe solicitado en una devolución es relativamente pequeño.
Ciertos tipos de empresas están naturalmente más sujetos a auditorías debido a su estructura y modelo de negocio. Entre los grupos comúnmente seleccionados para el escrutinio se encuentran, por ejemplo, las grandes empresas, los exportadores, los minoristas y los comerciantes de bienes de gran volumen. Por lo tanto, elementos como un elevado número de transacciones, los elevados importes implicados y la complejidad de la estructura empresarial podrían ser otro motivo habitual para que las autoridades fiscales locales inicien una investigación.
Las autoridades fiscales suelen identificar a los contribuyentes individuales basándose en el cumplimiento anterior y en la comparación de su información con parámetros de riesgo específicos. Esto incluye la comparación de los datos anteriores y las pautas comerciales con otras empresas del mismo sector. Por lo tanto, las pautas comerciales inusuales, las discrepancias entre el IVA soportado y el IVA repercutido y las numerosas solicitudes de devolución pueden parecer inusuales desde la perspectiva de la Agencia Tributaria y dar lugar a preguntas.
Otro motivo habitual para que las autoridades fiscales soliciten más información a los contribuyentes es el llamado «control cruzado de actividades». En este caso, es probable que el proveedor o el cliente de una empresa sean objeto de una auditoría. La Agencia Tributaria se pondrá en contacto con sus homólogos para verificar que la información facilitada es coherente por ambas partes. Por ejemplo, si una empresa está siendo auditada a raíz de su solicitud de reembolso, la agencia tributaria probablemente se pondrá en contacto con los proveedores para verificar que la empresa auditada no ha anulado las facturas de compra y que han sido pagadas.
Esta categoría también incluye las actividades de comprobación cruzada de las transacciones intracomunitarias declaradas por una empresa. En este caso, la comprobación cruzada se basaría en los intercambios de información entre las autoridades fiscales locales a través del sistema de intercambio de información sobre el IVA (VIES). Las autoridades fiscales pueden comprobar las transacciones intracomunitarias declaradas desde y hacia números de IVA específicos en cada Estado miembro de la UE y, a continuación, cotejar esta información con lo declarado por una empresa en su respectiva declaración de IVA. Si surge alguna discrepancia, es probable que la Agencia Tributaria se ponga en contacto con la empresa para preguntarle por qué ha declarado (o no) las transacciones declaradas por sus contrapartes.
Como ya vimos en un artículo anterior, los desencadenantes de las auditorías también se ven influenciados por cambios en la legislación o cambios en la atención de las autoridades fiscales a sectores empresariales específicos.
Independientemente de que sea posible identificar el motivo real por el que la autoridad fiscal ha iniciado una auditoría, una empresa puede emprender varias acciones para prepararse para una comprobación de actividades, que se tratarán en el siguiente artículo de esta serie.
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Continuando con nuestra serie sobre las auditorías del IVA, analizamos las tendencias que hemos visto surgir en las actividades de las administraciones fiscales independientes de los Estados miembros de la UE en toda la Unión Europea.
En un reciente informe de la Comisión Europea (CE) se publicaron directrices específicas no sólo sobre las mejores prácticas, sino también sobre cómo los Estados miembros de la UE pueden armonizar el enfoque de sus proyectos de auditoría del IVA. Se ha observado un cambio significativo en el control de empresas históricamente complejas en sectores como el de la automoción y el químico hacia otros sectores como los minoristas en línea y la venta a distancia.
El informe publicado por la CE en abril señalaba que las autoridades fiscales locales deberían hacer un esfuerzo consciente para aumentar la eficacia de las prácticas y los resultados de las auditorías, indicando cómo los proyectos complejos pueden dirigirse a resolver problemas específicos del sector.
Hablando de los Estados miembros de la UE señalaron:
«También deben poner en marcha proyectos de auditoría más complejos (para grupos específicos de contribuyentes, un sector o una línea de negocio como el comercio minorista, para abordar un riesgo concreto o para establecer el grado de incumplimiento en un sector determinado) y realizar auditorías exhaustivas e investigaciones de fraude.»
Hemos visto que esto ya está sucediendo en algunos países, como los Países Bajos y Alemania, con un mayor cambio hacia la auditoría de las empresas del sector del comercio electrónico que antes estaban desatendidas, como resultado del Brexit y del paquete de IVA del comercio electrónico , que se aplicará en julio de 2021. Nuestro propio equipo de auditoría aquí en Sovos ha visto un aumento del 45% en las auditorías abiertas a nuestros clientes de comercio electrónico en la segunda mitad del año – impulsado tanto por la actividad cambiante después del Brexit como por el régimen de One-Stop-Shop (OSS) que comienza.
Si analizamos con más detalle el enfoque de las distintas administraciones fiscales en materia de auditorías, hemos observado un mayor enfoque en las auditorías de devolución del IVA en los Países Bajos, mientras que Alemania ha examinado a los minoristas de comercio electrónico en cuestiones más específicas. Estas polarizaciones reflejan tanto los intereses individuales de los Estados miembros de la UE como las actividades de las empresas que operan en la UE, pero está claro que las administraciones tributarias de todos los países están tomando nota de la importancia de realizar auditorías para cerrar la brecha del IVA.
Se recomienda involucrar a las agencias administrativas y a los organismos gubernamentales para que ayuden en los proyectos de auditoría más complejos en los que se embarcan los Estados miembros de la UE. Con los cambios en la forma en que se mueven las mercancías transfronterizas entre el Reino Unido y la UE, que serán el centro de atención en 2021, se ha dado una mayor importancia a la transferencia de información entre las oficinas de aduanas y sus homólogos de la administración fiscal. Como se ha mencionado anteriormente, la aplicación del régimen de OSS ha provocado un mayor cambio en la información de las empresas de comercio electrónico que operan en la UE y el impacto en el proceso de auditoría aún está por revelar.
Está claro que los grandes cambios en el panorama del IVA en 2021 crearon un conjunto diferente de desafíos para las empresas y las administraciones fiscales, pero fomentar el mantenimiento de registros precisos sigue siendo un objetivo central de la mayoría de los Estados miembros de la UE. En nuestro próximo artículo de esta serie sobre auditorías del IVA exploraremos los desencadenantes habituales de una auditoría del IVA.
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En un blog reciente, consideramos los próximos cambios de en el tratamiento del IVA de los eventos virtuales. Hoy vamos a considerar algunas de las cuestiones que pueden surgir.
En la actualidad, muchos anfitriones se acogen a las exenciones disponibles en materia de educación o recaudación de fondos, especialmente cuando los delegados son particulares sin derecho a deducción, por ejemplo, los médicos. En el caso de los eventos con asistencia física, el anfitrión debe tener en cuenta las normas del Estado miembro en el que se celebra el evento, ya que es allí donde se devenga el IVA.
Con las nuevas normas, la exención del IVA será menos pertinente en el caso de los eventos virtuales B2B, en los que se aplica la inversión del sujeto pasivo, ya que es el propio asistente quien liquida el impuesto. Sin embargo, seguirá siendo pertinente cuando los delegados no puedan aplicar la inversión del sujeto pasivo y no puedan deducir el IVA aplicado, por ejemplo, los médicos. En tales circunstancias, el IVA se devenga en el lugar de residencia habitual del médico y es ahí donde debe considerarse la exención.
Estas nuevas normas pueden obligar al anfitrión a evaluar la disponibilidad de la exención en varios Estados miembros y también pueden exigir la presentación de múltiples solicitudes de resolución. Es probable que esto aumente considerablemente los costes de funcionamiento, y la consecuencia (no deseada) podría ser que las exenciones no se tengan en cuenta en detrimento de los delegados.
Es probable que muchos eventos futuros incluyan asistentes virtuales, ya que aumenta la asistencia general a un evento, lo que obliga al anfitrión a gestionar dos regímenes de facturación. Podrían surgir problemas cuando un contribuyente tenga asistentes físicos y virtuales. En este caso, el anfitrión tendrá que emitir dos facturas: una con el IVA local por la asistencia física (y en la que puede aplicarse la exención) y otra en la que se devenga el IVA en el Estado miembro del cliente y puede aplicarse la inversión impositiva general. La asistencia de delegados B2C aumentará aún más esta complejidad para el anfitrión.
¿Qué ocurre si a un delegado se le factura la asistencia física, pero cambia a la asistencia virtual en el último momento?
Cuando el anfitrión proporciona los datos de acceso para la asistencia virtual, esto puede cambiar el lugar de suministro. Si el lugar de suministro cambia, el anfitrión debe anular la factura original y emitir una nueva factura con el tratamiento del IVA modificado.
Cuando un anfitrión celebra actualmente un evento con admisión virtual para delegados de la UE que no son sujetos pasivos (por ejemplo, médicos), el lugar de prestación es el lugar donde está establecido el proveedor. En el caso de un anfitrión establecido fuera de la UE, no se adeuda el IVA comunitario (sin tener en cuenta la posibilidad de uso y disfrute), y es probable que tampoco se adeude el IVA local en el propio país del anfitrión.
La aplicación de las nuevas normas significará que el anfitrión deberá cobrar el IVA en el Estado miembro en el que reside normalmente el médico. Esto no sólo supondrá un IVA no recuperable para el médico, sino que también aumentará los costes de cumplimiento del anfitrión. La asistencia a un evento de este tipo en 2025 puede resultar significativamente más cara que en años anteriores.
El artículo que regula la transposición de estos cambios exige a los Estados miembros que «adopten y publiquen» las leyes, reglamentos, etc. necesarios antes del 31 de diciembre de 2024. Los cambios se aplicarán entonces a partir del 1 de enero de 2025.
Los Estados miembros no deben romper filas y aplicar estas normas antes de esa fecha. Una situación en la que algunos Estados miembros adopten y apliquen las normas antes de tiempo podría dar lugar a una doble imposición, sobre todo en las transacciones B2C.
Una vez que las normas estén en vigor el 1 de enero de 2025, podrían surgir varios problemas. ¿Qué ocurre con un evento celebrado en enero de 2025 en el que los delegados deben pagar la entrada por adelantado en 2024? ¿Dónde se contabiliza el IVA y bajo qué normas?
En el caso del B2B, no debería haber ningún problema, ya que el servicio sigue siendo una norma general, pero sí existe un problema real para los delegados que no están sujetos a impuestos, por ejemplo, los médicos.
Por ejemplo, un anfitrión estadounidense celebra un evento al que asistirá virtualmente un médico alemán. El evento es en enero de 2025, pero el delegado debe pagar la tasa de admisión antes del 30 de noviembre de 2024 para asegurarse una plaza. De acuerdo con la normativa actual, aplicable en 2024, el lugar de prestación es donde está establecido el proveedor, por lo que no se debe pagar el IVA en la factura. Pero cuando el hecho se produce en enero de 2025, las nuevas normas dicen que se debe pagar el IVA alemán.
Las normas sobre el momento de la entrega no se ven afectadas por estos cambios, pero ¿podría una autoridad fiscal intentar modificarlas para aumentar sus ingresos fiscales? Por ejemplo, la legislación griega sobre el IVA establece que el momento de imposición es cuando se produce el hecho, no cuando se emite la factura o se recibe el pago. Por lo tanto, en el ejemplo anterior, el IVA griego se devengaría para un delegado griego B2C.
A la hora de considerar la tributación de los eventos virtuales, la nueva normativa establece que, en vista de la transformación digital de la economía, los Estados miembros deberían poder dar el mismo tratamiento a las actividades transmitidas en directo, incluidos los eventos, que a las que pueden beneficiarse de tipos reducidos cuando se asiste en persona. Para ello, se modificará el anexo en el que se detallan los servicios que pueden beneficiarse de un tipo reducido para incluir la asistencia a:
Este cambio significa que los eventos que se transmiten en directo pueden beneficiarse de un tipo de IVA reducido. No obstante, los cambios en las normas sobre el lugar de prestación hacen referencia a la «asistencia virtual» en el caso de los eventos B2B y a la «transmisión o puesta a disposición virtual» en el caso de los eventos B2C.
¿Debemos suponer que «asistencia virtual» = «transmisión en directo»? Pero el «streaming» puede ser en directo o grabado. ¿Estos cambios también plantean un problema para la determinación del tipo de IVA?
Si un delegado ve un evento en directo, es posible aplicar un tipo reducido. Si el mismo evento se ve a través de la descarga de una grabación más tarde, entonces el tipo reducido no es posible. Si una tarifa da a un delegado el derecho a asistir al evento virtualmente y descargarlo para consultarlo en el futuro, entonces el concepto de suministro mixto puede ser relevante.
Póngase en contacto conpara hablar de sus necesidades de cumplimiento del IVA o descargue nuestra guía,Understanding VAT Obligations: Eventos Europeos.
Un reciente informe publicado por la Comisión Europea ha subrayado la necesidad de que los Estados miembros aumenten el número de auditorías que llevan a cabo, especialmente en las empresas de comercio electrónico. La Comisión Europea destacó específicamente la necesidad de que Malta, Austria y Francia realicen esfuerzos adicionales para mejorar sus prácticas de auditoría del impuesto sobre el valor añadido. Subrayaron la gravedad del asunto y que las consecuencias de una declaración inexacta del IVA pueden ser graves. Por lo tanto, las auditorías del IVA promueven la presentación de informes precisos y mitigan el fraude, por lo que la Comisión las fomenta.
La Comisión Europea declaró específicamente que las autoridades fiscales deben tener un enfoque estratégico que debe observar múltiples elementos, entre ellos
El informe señala algunas de las medidas positivas adoptadas por los Estados miembros. En general, prestan mucha atención al proceso de auditoría, y Finlandia y Suecia se destacan como especialmente buenos. Además, el informe señala que algunos Estados miembros han creado «grupos de trabajo sobre el IVA» especiales para ocuparse de las auditorías.
A raíz de este informe, la Comisión Europea también anunció que se autorizaría a Noruega a participar en auditorías conjuntas con sus homólogos de la UE, como medida adicional para combatir el fraude.
El comercio electrónico es un buen ejemplo de un área que sigue creciendo, con una participación del IVA cada vez mayor. Con las autoridades fiscales de todo el mundo luchando por seguir el ritmo de las nuevas tecnologías y las ofertas a los consumidores, las autoridades fiscales locales están aplicando nuevas medidas para garantizar la lucha contra el fraude a nivel de la UE. Ya sea que se produzcan nuevos cambios a través de una diferencia en la forma de declarar el IVA o de nuevas formas de declaración, como los controles continuos de las transacciones (CTC) que ya están en marcha en algunos Estados miembros, las auditorías del IVA están en el centro de este plan estratégico. En este informe, la Comisión Europea ha aclarado que el enfoque y el alcance de las auditorías deben ampliarse.
Con el aumento de la cooperación de los Estados miembros y las nuevas medidas adoptadas por la Comisión Europea, como el reglamento de aplicación que proporciona detalles sobre cómo los proveedores de pagos deben comenzar a proporcionar datos armonizados a las autoridades fiscales a partir de 2024, las empresas deben asegurarse de que tienen los controles adecuados para poder manejar cualquier solicitud de auditoría. Los próximos blogs de esta serie se centrarán en las tendencias de auditoría que hemos observado en Sovos y en cómo las empresas deben prepararse para una auditoría.
Para obtener más información sobre cómo los servicios gestionados de IVA de Sovos pueden ayudar a aliviar la carga de cumplimiento del IVA de su empresa, póngase en contacto con nuestro equipo hoy mismo.
La organización de eventos y conferencias suele llevar mucho tiempo y, a principios de 2020, varios eventos que estaban programados para celebrarse fueron imposibles debido a las diversas restricciones de Covid-19. Ante la pérdida de ingresos, y sin saber cuánto durarían las restricciones, muchos anfitriones se conectaron a Internet y organizaron eventos virtuales. Esto cambió tanto la naturaleza como el lugar de la oferta.
Cuando hay asistencia física a un evento, el lugar de suministro es el lugar donde se celebra el evento para todos los delegados.
En el caso de los delegados B2B, las normas actuales significan que la admisión virtual se clasificará como un servicio de regla general, por lo que el IVA se devengará en el lugar donde esté establecido el cliente.
En el caso de los delegados B2C, las normas actuales dependen de si la asistencia virtual puede considerarse un servicio prestado por vía electrónica o un servicio por regla general. En el caso de los servicios prestados por vía electrónica, el lugar de prestación es el lugar de residencia habitual del cliente y, en el caso de los demás servicios, el lugar de prestación es el lugar de establecimiento del proveedor.
Un servicio prestado electrónicamente es aquel que puede prestarse sin ninguna intervención humana, como por ejemplo descargar y ver una presentación pregrabada. Cuando un servicio requiere la intervención humana, no se considera entregado electrónicamente.
Las conferencias y eventos en línea suelen contar con un anfitrión o un árbitro y normalmente también permiten a los delegados hacer preguntas en tiempo real a través de un chat en vivo o similar. La dimensión humana excluye la posibilidad de que se clasifique como un servicio prestado electrónicamente, lo que significa que para el B2B el lugar de prestación es donde está establecido el cliente y para el B2C el lugar de prestación es donde está establecido el anfitrión.
Los cambios se introducen para garantizar la imposición en el Estado miembro de consumo. Para ello, es necesario que todos los servicios que puedan prestarse a un cliente por vía electrónica sean imponibles en el lugar donde el cliente esté establecido, tenga su domicilio permanente o resida habitualmente. Esto significa que es necesario modificar las normas que regulan el lugar de prestación de los servicios relacionados con dichas actividades.
Los cambios se aplican a los «servicios que pueden prestarse por vía electrónica», pero no se define. Parece, por lo que se indica a continuación, que es más amplio que «entregado electrónicamente».
Para ello, la legislación actual que regula la asistencia de los delegados B2B, que da lugar a que se deba pagar el IVA cuando se celebra el evento, excluirá específicamente la admisión cuando la asistencia sea virtual.
Esto sugiere que «suministrado a un cliente por medios electrónicos» se produce cuando la asistencia es virtual y tiene el efecto de eliminar la distinción de la «intervención humana» con respecto a los servicios prestados electrónicamente.
La ley que regula las ventas B2C establecerá que cuando las actividades sean «transmitidas por streaming o puestas a disposición virtualmente de otra manera», el lugar de suministro será el lugar donde esté establecido el cliente.
Estos cambios sugieren que el «suministro a un cliente por medios electrónicos» se produce cuando el servicio se transmite por streaming o se pone a disposición virtual. La posibilidad de streaming (que puede ser en directo o grabado) no aparece en la modificación de la norma B2B.
La ley que regula el uso y disfrute también se ha actualizado para reflejar estas adiciones.
En el caso de los eventos a los que se asiste de forma virtual, el lugar de prestación, tanto para el B2B como para el B2C, será el lugar en el que esté establecido el cliente, aunque esto puede modificarse mediante la aplicación de las normas de uso y disfrute.
En el caso de los asistentes B2B, el anfitrión no cobrará el IVA local, ya que se aplicará la inversión del sujeto pasivo, a menos que el anfitrión y el asistente estén establecidos en el mismo Estado miembro.
En el caso de los asistentes B2C, el anfitrión cobrará el IVA local en función de la ubicación del asistente. El OSS de la Unión y de fuera de la Unión estará disponible para ayudar a informar cuando el asistente esté en la UE.
Los Estados miembros deberán adoptar y publicar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias antes del 31 de diciembre de 2024 y deberán aplicarlas a partir del 1 de enero de 2025.
En nuestro próximo blog estudiaremos algunas cuestiones prácticas que pueden surgir de estos cambios y cómo afectan al cumplimiento del IVA.
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A lo largo de la última década, la región de Oriente Medio ha experimentado cambios financieros y fiscales impactantes. El IVA se introdujo como una de las soluciones para evitar el impacto de la bajada de los precios del petróleo en la economía después de que los resultados económicos de la región empezaran a ralentizarse.
Tras darse cuenta de los beneficios del IVA para la economía, el siguiente paso para la mayoría de los gobiernos es aumentar la eficacia de los controles del IVA. En la actualidad, la mayoría de los países de Oriente Medio cuentan con regímenes de IVA. Al igual que muchos países, los países de Oriente Medio están preparando el camino para introducir regímenes de control continuo de las transacciones (CTC) para lograr un mecanismo eficaz de control del IVA.
Arabia Saudí está liderando el camino, introduciendo su sistema de facturación electrónica en 2021. Este marco de facturación electrónica, en su forma actual, no requiere que los contribuyentes presenten los datos relevantes del IVA a la autoridad fiscal en tiempo real. Sin embargo, esto está a punto de cambiar, ya que la autoridad fiscal saudí aplicará los requisitos de facturación electrónica del CTC a partir del 1 de enero de 2023. Esto significa que los contribuyentes deberán transmitir sus facturas a la plataforma de la autoridad fiscal en tiempo real. Se espera que la ZATCA publique más detalles sobre el próximo régimen de CTC.
Se espera que la introducción del concepto de CTC en Arabia Saudí cree un efecto dominó en la región; algunos indicios ya lo indican. Recientemente, la autoridad fiscal de Omán emitió una solicitud de información que reveló sus planes de introducir un sistema de facturación electrónica. La invitación de la autoridad fiscal a las partes interesadas afirmaba que aún no se han fijado los plazos de implantación del sistema y que podría tratarse de un despliegue gradual. El objetivo es implantar el sistema de facturación electrónica de forma gradual. Se espera que el sistema de facturación electrónica entre en funcionamiento en 2023 de forma voluntaria y posteriormente de forma obligatoria.
La bahreiní National Bureau for Revenue (NBR) ha realizado esfuerzos similares. La NBR solicitó a los contribuyentes que participaran en una encuesta en la que se preguntaba por el número de facturas generadas anualmente y si los contribuyentes generaban actualmente facturas de forma electrónica. Este hecho es una señal de los próximos planes de facturación electrónica, o al menos un primer paso en esa dirección.
«En Jordania, el Ministerio de Economía Digital y Emprendimiento (MODEE) publicó un documento de precalificación para la selección de un proveedor de sistemas de facturación electrónica & Solución integrada de administración fiscal» que era, de hecho, una solicitud de información. La autoridad fiscal de Jordania comunicó anteriormente su objetivo de introducir la facturación electrónica. Como sugieren los últimos acontecimientos, Jordania se está acercando a tener una plataforma en funcionamiento para la facturación electrónica, a la que probablemente seguirán cambios legales en la legislación actual relativa a las normas de facturación.
La tendencia global es claramente hacia diversas formas de CTC. En los últimos años, los controles del IVA y su importancia, así como las ventajas que presenta la tecnología, han cambiado el enfoque de las autoridades fiscales respecto a la digitalización de los mecanismos de control del IVA. Dado que los gobiernos de los países de Oriente Medio también se están dando cuenta de las ventajas que la adopción de los CTC podría desbloquear, es razonable esperar que el panorama del IVA en la región sea desafiante.
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Los negocios electrónicos se han enfrentado recientemente al cambio de normas dentro de la UE con la introducción del paquete de IVA para el comercio electrónico , pero también es importante asegurarse de que se cumplen los requisitos de conformidad a nivel mundial. En este blog analizamos algunos de los regímenes de bienes de bajo valor que se han introducido en los últimos años, así como los que se avecinan.
Suiza fue uno de los primeros países fuera de la UE en introducir un régimen de bienes de bajo valor cuando revisó la ley suiza del IVA con efecto a partir del 1 de enero de 2018. Anteriormente, la importación de bienes por debajo de 62,50 CHF estaba exenta de los derechos de aduana suizos y del IVA a la importación. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2018, todos los vendedores extranjeros que importen bienes de bajo valor por debajo de 62,50 CHF (bienes con clasificación estándar) o 200 CHF (bienes con clasificación reducida) que superen el umbral de 100.000 CHF deberán registrarse y cobrar el IVA suizo sobre las ventas de dichos bienes.
El 1 de abril de 2020, Noruega introdujo el régimen de IVA sobre el comercio electrónico (VOEC) para los vendedores extranjeros y los mercados en línea que venden bienes de bajo valor. Estos bienes de bajo valor incluyen los que tienen un valor inferior a 3.000 coronas noruegas, sin incluir los gastos de envío y seguro. El umbral se aplica por artículo y no por factura, aunque no incluye las ventas de alimentos, alcohol y tabaco, ya que estos bienes siguen estando sujetos a la recaudación en frontera del IVA, los impuestos especiales y los derechos de aduana. Todo vendedor extranjero que supere el umbral de 50.000 coronas noruegas tiene la obligación de registrarse en el IVA noruego y aplicarlo en el punto de venta si está registrado en el régimen VOEC.
Australia y Nueva Zelanda introdujeron regímenes muy similares para recaudar el GST sobre los bienes de bajo valor que venden los vendedores en el extranjero. Australia introdujo su régimen el 1 de julio de 2018 para todos los bienes con un valor en aduana inferior a 1.000 dólares australianos y un umbral de facturación de 75.000 dólares australianos que, una vez superado, significa que el vendedor en el extranjero debe registrarse para el GST australiano y cobrarlo en el punto de venta.
Nueva Zelanda introdujo un esquema de bienes de bajo valor el 1 de octubre de 2019 y lo aplicó a los bienes de bajo valor valorados en menos de 1.000 NZD. El umbral de facturación en Nueva Zelanda es de 60.000 NZD que, una vez superado, requiere que el vendedor extranjero se registre y cobre el GST neozelandés.
Tras el Brexit , el Reino Unido suprimió la desgravación por envío de bienes de bajo valor de 15 libras esterlinas e introdujo un nuevo régimen el 1 de enero de 2021 que cubre las importaciones de bienes procedentes de fuera del Reino Unido en envíos cuyo valor no supere las 135 libras esterlinas (lo que se ajusta al umbral de responsabilidad de los derechos de aduana). Con estas nuevas normas, el punto de recaudación del IVA se traslada del punto de importación al punto de venta. Esto significa que el IVA de las entregas en el Reino Unido, en lugar del IVA de las importaciones, se aplicará a estos envíos. La realización de estas entregas requiere el registro del IVA en el Reino Unido desde la primera venta.
Singapur es el último país en anunciar que introducirá nuevas normas para los bienes de bajo valor. A partir del 1 de enero de 2023, los consumidores privados de Singapur tendrán que pagar un 7% de GST por los bienes valorados en 400 SGD o menos que se importen a Singapur por vía aérea o postal (el tipo de GST aumentará al 9% en algún momento entre 2022 y 2025).
Un vendedor extranjero (es decir, un proveedor, un operador de mercado electrónico o un distribuidor) deberá registrarse en el GST cuando su volumen de negocios global y el valor de los suministros B2C de bienes de bajo valor realizados a clientes no registrados en el GST en Singapur superen el millón de SGD al final de cualquier año natural. También es posible registrarse voluntariamente si es necesario.
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El 5 de abril de 2022, el Consejo de la UE adoptó formalmente cambios en las normas actuales que regulan los tipos reducidos del IVA para bienes y servicios. Estas modificaciones de la Directiva del IVA se publicaron en el Diario Oficial de la UE el 6 de abril de 2022 a través de Directiva del Consejo (UE) 2022/542 de 5 de abril de 2022 y son efectivas de inmediato.
La aprobación del Consejo de la UE se produce tras la revisión oficial de las modificaciones por parte del Parlamento de la UE en marzo de 2022.
La Directiva del Consejo concede a los Estados miembros más opciones de tipos que pueden aplicar y garantiza la igualdad de trato entre los Estados miembros. El artículo 98 de la Directiva del IVA se modifica para prever la aplicación de un máximo de dos tipos reducidos de al menos el 5% que pueden aplicarse hasta a 24 entregas enumeradas en el anexo III revisado.
Los Estados miembros podrán aplicar un tipo reducido inferior al 5% y una exención con derecho a deducción del IVA (tipo cero) a un máximo de siete entregas del anexo III. La aplicación del tipo reducido y del tipo cero se limita a los bienes y servicios considerados de primera necesidad, como el agua, los alimentos, los medicamentos, los productos farmacéuticos, los productos sanitarios y de higiene, el transporte de personas y los artículos culturales como libros, periódicos y revistas. Es la primera vez que los Estados miembros pueden eximir estas necesidades.
Todos los Estados miembros tienen ahora el mismo acceso a las excepciones existentes para aplicar tipos reducidos a productos específicos que antes se concedían de forma específica para cada país. Los contribuyentes deben ejercer la opción de aplicar las excepciones antes del 6 de octubre de 2023.
El anexo III contiene notables nuevos suministros y revisiones para apoyar las transiciones verde y digital: suministro e instalación de paneles solares, suministro de electricidad y calefacción y refrigeración urbana, bicicletas y bicicletas eléctricas, admisión a eventos de transmisión en vivo (a partir del 1 de enero de 2025), plantas vivas y productos de floricultura, y otros. También se han añadido bienes nocivos para el medio ambiente, como los combustibles fósiles y los fertilizantes y plaguicidas químicos, pero quedarán excluidos a partir del 1 de enero de 2030 y 2032.
Los Estados miembros deben adoptar y publicar, antes del 31 de diciembre de 2024, las leyes y medidas de cumplimiento necesarias para ajustarse a las nuevas normas que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2025.
Los Estados miembros han comenzado a promulgar legislación en respuesta a la nueva Directiva de tipos reducidos desde su aprobación en diciembre de 2021. Polonia y Croacia redujeron el tipo de IVA de los alimentos básicos al tipo cero y Bulgaria y Rumanía están considerando hacer lo mismo. Bélgica, Croacia, Chipre, Irlanda, Italia, Países Bajos, Polonia, Rumanía y España han anunciado reducciones del IVA sobre los suministros de energía (por ejemplo, electricidad, calefacción/refrigeración, gas natural) y Grecia está estudiando la posibilidad de reducirlo.
Estos cambios de tipos ya se han propuesto o promulgado antes de la fecha de entrada en vigor de la Directiva del Consejo, el 6 de abril de 2022. Aunque los acontecimientos mundiales y las subidas de los precios de la energía también contribuyen a estos cambios, las modificaciones de los tipos reducidos, tan esperadas, permiten ahora a los Estados miembros hacerlo dentro de los límites de la Directiva del IVA.
Se espera que más Estados miembros revisen su estructura de tipos de IVA en respuesta a estas nuevas oportunidades de tipos reducidos.
Para más información sobre estas modificaciones, consulte nuestro anterior blog .
Póngase en contacto con para conocer las ventajas que puede ofrecerle un proveedor de servicios gestionados de para facilitar el cumplimiento del IVA.
El Ministerio de Hacienda noruego ha propuesto modificar la Ley noruega del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en relación con las ventas transfronterizas de servicios no digitales entre empresas y consumidores. La propuesta exigiría que las compras de servicios que se pueden prestar a distancia a proveedores establecidos fuera de Noruega a consumidores situados en ese país estén sujetas al IVA.
Desde 2011, Noruega aplica un régimen simplificado de cumplimiento del IVA para los proveedores extranjeros de servicios digitales a los consumidores. Los proveedores no residentes que venden libros electrónicos, medios de transmisión, software u otros servicios digitales a consumidores noruegos y que alcanzan el umbral de registro del IVA de 50.000 coronas noruegas deben registrarse y recaudar el IVA sobre estas ventas, al igual que las empresas residentes.
Los proveedores no residentes no establecidos en Noruega pueden utilizar el régimen simplificado de IVA sobre el comercio electrónico (VOEC) para el registro y la presentación de informes. Además, los proveedores de Noruega deben pagar el IVA sobre todas las compras de servicios que se prestan a distancia a empresas situadas en el extranjero. Sin embargo, en la actualidad, los proveedores extranjeros de servicios que se pueden prestar a distancia, que no son digitales, no están obligados a registrarse y pagar el IVA sobre sus ventas de dichos servicios.
La autoridad fiscal noruega está preocupada por la ventaja competitiva de los proveedores no residentes sobre los proveedores residentes cuando prestan servicios entregables a los consumidores noruegos. El Ministerio de Hacienda noruego ha presentado una propuesta de modificación de la Ley noruega del IVA para exigir a los proveedores no residentes que recauden y declaren el IVA sobre los servicios que se prestan a distancia a los consumidores.
Según la propuesta, los proveedores extranjeros de servicios tradicionales tendrían que cobrar el IVA por los servicios de consultoría, contabilidad y otros servicios transfronterizos prestados a consumidores situados en Noruega. Cuando el cliente sea una empresa o una autoridad pública, o cuando la transacción se considere una venta B2B, el IVA seguiría siendo cargado y recaudado por el cliente a través del mecanismo de inversión del sujeto pasivo. Los proveedores que no estén establecidos en Noruega podrán utilizar el actual régimen VOEC.
El Ministerio de Hacienda noruego ha presentado la propuesta de modificación de la Ley noruega del IVA relativa a la venta de servicios prestados a distancia desde el extranjero a destinatarios en Noruega para su consulta en . El plazo para presentar comentarios sobre la propuesta es el 8 de julio de 2022. Esté atento a las actualizaciones sobre si las enmiendas propuestas se adoptan en Noruega y cuándo entrarán en vigor en caso de que se adopten.
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La tendencia mundial en el ámbito de la facturación electrónica durante la última década ha demostrado que los legisladores y las autoridades fiscales locales de todo el mundo se están replanteando el proceso de creación de facturas. Mediante la introducción de plataformas tecnológicamente sofisticadas de control continuo de las transacciones (CTC), las autoridades fiscales obtienen un control inmediato y detallado del IVA, lo que ha demostrado ser una forma muy eficaz de reducir la brecha del IVA.
Sin embargo, muchos países de derecho consuetudinario que no tienen un sistema de IVA, como Estados Unidos, Australia y Nueva Zelanda, no han seguido el mismo camino. Han destacado en las comparaciones internacionales por su escasa regulación en el ámbito de la facturación electrónica. La razón por la que no es necesario tener un control sobre las facturas es la falta de un régimen fiscal de IVA. Sin embargo, la evolución reciente indica que también los países de derecho consuetudinario tratan de impulsar la facturación electrónica, impulsados por la eficiencia de los procesos empresariales más que por la necesidad de control fiscal. En consecuencia, en este blog se abordarán las próximas novedades, centrándose en el programa piloto de facturación electrónica de Estados Unidos y en las iniciativas australianas y neozelandesas de fomento de la facturación electrónica.
La facturación electrónica está permitida desde hace mucho tiempo en Estados Unidos, pero todavía no es una práctica comercial generalizada. Según algunas fuentes, la facturación electrónica sólo representa actualmente el 25% de todas las facturas intercambiadas en el país. Con la introducción del programa piloto de facturación electrónica de la Business Payments Coalition (BPC), en cooperación con la Reserva Federal, esto puede estar a punto de cambiar.
El programa piloto del mercado de intercambio de facturas electrónicas de la BPC tiene como objetivo promover una comunicación B2B más rápida y ofrecer una oportunidad para que todo tipo de empresas intercambien facturas electrónicas en Estados Unidos.
El programa piloto es una red de facturación electrónica estandarizada a través de la cual se pueden intercambiar facturas electrónicas estructuradas entre las contrapartes que utilizan varios sistemas de facturación interoperables para conectarse e intercambiar documentos. Su objetivo es impulsar la eficiencia y la productividad, reduciendo al mismo tiempo los errores de datos. Un modelo de servicios de registro federado permite a los administradores o registradores autorizados registrar e incorporar a los participantes al marco de intercambio de facturas electrónicas.
El marco de intercambio de facturas electrónicas funciona de forma similar al ecosistema del correo electrónico. Los usuarios pueden inscribirse en un proveedor de correo electrónico para enviar y recibir mensajes. El proveedor sirve de punto de acceso a los intercambios de correo electrónico para sus usuarios y entrega los correos electrónicos entre ellos a través de Internet. Permite que varios registradores inscriban a los participantes en el marco del intercambio de facturas electrónicas. Esto recuerda al modelo PEPPOL, establecido a nivel mundial, que estandariza la estructura de una factura y proporciona un marco de interoperabilidad.
Estados Unidos sigue el modelo europeo de facturación electrónica, basado en la funcionalidad de interoperabilidad abierta. Permite a las partes que utilizan diversos sistemas de facturación conectarse e intercambiar documentos a través de la red de facturación electrónica con facilidad. El proceso de digitalización en el ámbito de la facturación electrónica permitirá a las organizaciones grandes y pequeñas de EE.UU. ahorrar recursos, promover la sostenibilidad y proporcionar eficiencia empresarial.
Al igual que en EE.UU., la evolución hacia la facturación electrónica en Australia y Nueva Zelanda no está impulsada principalmente por cuestiones fiscales, sino por la eficiencia de los procesos. Ninguno de los dos países tiene planes relativos a un mandato tradicional de facturación electrónica B2B. Sin embargo, los gobiernos de Nueva Zelanda y Australia se han comprometido a adoptar un enfoque conjunto de la facturación electrónica, y los primeros pasos son garantizar que todas las entidades gubernamentales puedan recibir facturas electrónicas.
En Australia, todos los organismos gubernamentales de la Commonwealth deberán poder recibir facturas electrónicas PEPPOL a partir del 1 de julio de 2022. Además, el Gobierno también pretende impulsar la facturación electrónica en el espacio B2B sin el tradicional mandato de que las empresas facturen electrónicamente. En su lugar, la propuesta consiste en implantar lo que se denomina Derecho de Facturación Electrónica Empresarial (BER).
Según la propuesta del Gobierno, las empresas tendrían derecho a solicitar a sus interlocutores comerciales el envío de una factura electrónica a través de la red PEPPOL en lugar de las tradicionales facturas en papel. Las empresas deben configurar sus sistemas para poder recibir las facturas electrónicas PEPPOL. Una vez que una empresa tenga esta capacidad, podrá ejercer su «derecho» y solicitar a otras empresas que le envíen facturas electrónicas PEPPOL.
Se espera que esta reforma se introduzca en julio de 2023, para lo cual las empresas podrán solicitar la recepción de facturas electrónicas PEPPOL sólo de las grandes empresas, y a continuación se llevará a cabo un despliegue por etapas para que finalmente abarcará a todas las empresas el 1 de julio de 2025.
Tras la reforma de la facturación electrónica australiana a partir de julio de 2022 para el sector B2G, el Gobierno de Nueva Zelanda está animando a las empresas y a los organismos gubernamentales a adoptar la facturación electrónica. Un paso en esta dirección es la posibilidad de que todos los organismos de la administración central puedan recibir facturas electrónicas basadas en PEPPOL BIS Billing 3.0 a partir del 31 de marzo de 2022.
Aparte de estos requisitos para el sector B2G, actualmente no hay planes publicados para que toda la economía pase a la facturación electrónica obligatoria.
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El Gobierno italiano ha dado pasos importantes para ampliar el alcance de su mandato de facturación electrónica , más concretamente ampliando el ámbito de los contribuyentes sujetos a las obligaciones de emisión y compensación de facturas electrónicas, a partir del 1 de julio de 2022.
El 13 de abril de 2022, el proyecto de Ley-Decreto, conocido como la segunda parte del Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia (Decreto Legge PNRR 2 – Piano Nazionale di Ripresa e Resilienza), fue aprobado por el Consejo de Ministros italiano (Consiglio dei ministri).
El Plan Nacional de Recuperación aprobado por el Gobierno italiano forma parte del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) de la Unión Europea, un instrumento creado para ayudar financieramente a los Estados miembros a recuperarse de los retos económicos y sociales planteados por la pandemia del Covid-19.
La ampliación del mandato de facturación electrónica de Italia es uno de los elementos del paquete de medidas del Gobierno contra la evasión fiscal y aborda, en particular, el avance de la transformación digital, uno de los seis pilares del DRR.
El proyecto de Decreto-Ley PNRR 2 amplía la obligación de emitir y compensar facturas electrónicas a través de la plataforma de compensación italiana Sistema di Intercambio (SDI) a determinados contribuyentes del IVA exentos del mandato hasta ahora. Esto significa que, a partir del 1 de julio de 2022, los siguientes contribuyentes adicionales están obligados a cumplir el mandato de facturación electrónica italiano:
El régimen forfettario está disponible para los contribuyentes que cumplen requisitos específicos, lo que les permite adoptar un régimen de IVA a tanto alzado reducido del 15%, disminuido al 5% para las nuevas empresas durante los primeros cinco años. Estos contribuyentes han estado, hasta ahora, exentos de la obligación de emitir facturas electrónicas y compensarlas a través de la IDE, según el Decreto Legislativo 127 de 5 de agosto de 2015.
Además, se incluyen como nuevos sujetos las asociaciones deportivas de aficionados y las entidades del tercer sector con ingresos de hasta 65.000 euros que también han estado exentas del mandato de facturación electrónica. A partir del 1 de julio de 2022, la facturación electrónica también será obligatoria para ellos.
El mandato sigue excluyendo a las microempresas con ingresos o tasas de hasta 25.000 euros al año, que en cambio estarán obligadas a emitir y compensar facturas electrónicas con la IDE a partir de 2024.
El proyecto de decreto también establece un breve período de gracia transitorio desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2022. Durante este tiempo, los contribuyentes sujetos al nuevo mandato podrán emitir facturas electrónicas dentro del mes siguiente al que se realizó la transacción, sin estar sujetos a ninguna sanción. Esto da tiempo a los nuevos sujetos para ajustarse a la norma general que establece que las facturas electrónicas deben emitirse en un plazo de 12 días desde la fecha de la transacción.
El texto definitivo del decreto aún no se ha publicado en la Gaceta Oficial italiana; sólo cuando se dé este último paso, el decreto se convertirá formalmente en ley y su ámbito de aplicación ampliado será vinculante. El inicio del segundo semestre de este año trae consigo otros cambios significativos en Italia en relación con la notificación obligatoria de las facturas transfronterizas a través de FatturaPA, que también comenzará el 1 de julio de 2022.
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Han pasado poco más de nueve meses desde la introducción de uno de los mayores cambios en las normas del IVA de la UE para los minoristas de comercio electrónico, el paquete de IVA sobre comercio electrónico que amplía la ventanilla única e introduce la ventanilla única de importación.
El objetivo del Paquete IVA Comercio Electrónico de la UE es simplificar el comercio transfronterizo B2C en la UE, aliviando la carga de las empresas, reduciendo los costes administrativos del cumplimiento del IVA y garantizando que el IVA se cobre correctamente en esas ventas.
Con la nueva normativa, se han eliminado los umbrales de venta a distancia de bienes específicos de cada país y se han sustituido por un umbral de 10.000 euros en toda la UE para las empresas establecidas en ella, mientras que las empresas no establecidas en la UE no tienen ahora ningún umbral. Para muchas empresas, esto significa que deben pagar el IVA en todos los países a los que venden, lo que les obliga a estar registradas a efectos del IVA en muchos más países que antes de julio de 2021. Sin embargo, la introducción del sistema de liquidación del IVA de la Unión les permitió simplificar sus obligaciones en materia de IVA al permitirles declarar el IVA de todas las ventas en la UE en una única declaración del sistema de liquidación del IVA.
Aunque para muchas empresas la idea de tener que cobrar el IVA en todos los países a los que venden puede haber sido abrumadora en un principio, ahora están viendo los muchos beneficios que la introducción del OSS pretendía conseguir. El mayor beneficio para las empresas es la simplificación de los requisitos de cumplimiento del IVA, con una sola declaración trimestral del IVA en lugar de cumplir con muchos plazos de presentación y pago en diferentes Estados miembros de la UE.
Las empresas que subcontratan el cumplimiento del IVA han podido reducir sus costes de forma significativa al darse de baja del régimen del IVA en muchos Estados miembros en los que ya estaban registradas. Aunque pueden ser necesarios algunos registros adicionales en función de las cadenas de suministro específicas y la ubicación de las existencias en la UE. Las empresas también se benefician del flujo de caja con el régimen de OSS, ya que el IVA se debe pagar trimestralmente, en lugar de mensualmente o bimensualmente, como era el caso anteriormente en muchos Estados miembros. En el marco de la aplicación del paquete de medidas sobre el IVA en el comercio electrónico de la UE, también se suprimió la exención de los envíos de bajo valor, lo que significaba que el IVA a la importación se aplicaba a todas las mercancías que entraban en la UE. La Comisión Europea (CE) ha anunciado que actualmente hay más de 8.000 operadores registrados.
Hemos visto algunos contratiempos iniciales, ya que los Estados miembros de la UE no reconocen los números de las IOSS en el momento de la importación, lo que ha provocado una doble imposición para algunos vendedores. Pero para la mayoría de las empresas el IOSS les ha permitido agilizar la venta de productos a clientes de la UE para pedidos inferiores a 150 euros. La CE también ha alabado recientemente el éxito inicial de este sistema al publicar cifras preliminares que muestran que hasta la fecha se han recaudado 1.900 millones de euros en concepto de IVA.
La CE está llevando a cabo una consulta en , en la que se recogen las opiniones de las partes interesadas sobre el funcionamiento de los nuevos regímenes con vistas a introducir posibles cambios. Algunos de los cambios que se están debatiendo incluyen la obligatoriedad del sistema IOSS para todas las empresas, lo que ampliaría significativamente su uso, ya que hace que entren en juego muchos más comerciantes. También se ha hablado de aumentar el actual umbral de 150 euros, lo que permitiría que un mayor número de envíos pudieran acogerse a las IOSS, aunque dado que el actual umbral de derechos de aduana también es de 150 euros, sería interesante ver cómo se alinean estas normas. La CE también publicará propuestas a finales de año sobre la posible ampliación de la OSS para incluir las transacciones de bienes B2B, con vistas a su aplicación en 2024.
Póngase en contacto con nuestro equipo enpara saber cómo podemos ayudar a su empresa a entender los nuevos requisitos del OSS.
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El comercio electrónico sigue creciendo, y las autoridades fiscales de todo el mundo se han esforzado por seguir el ritmo. Las autoridades fiscales desarrollaron muchos sistemas de IVA antes de la llegada del comercio electrónico en su formato actual y de la evolución de Internet. En todo el mundo esto ha dado lugar a cambios para garantizar que la tributación se produzca de la manera que el gobierno desea, eliminando las distorsiones de la competencia entre las empresas locales y las no residentes.
La Comisión Europea introdujo cambios el 1 de julio de 2021 con el E-commerce VAT Package, que modernizó la forma en que se aplica el IVA a las ventas de comercio electrónico y también la forma en que se recauda el IVA. Como el sistema anterior estaba en vigor desde el 1 de julio de 1993, el cambio ya era necesario.
El principio de la fiscalidad del comercio electrónico en la Unión Europea (UE) es que debe producirse en el lugar de consumo, es decir, donde el consumidor final hace uso de los bienes y servicios. En el caso de los bienes, esto significa el lugar de entrega de los mismos y, en el caso de los servicios, el lugar de residencia del consumidor, aunque hay algunas excepciones.
Cuando el IVA se devenga en un Estado miembro diferente al del establecimiento del proveedor, éste debe contabilizar el IVA en un país diferente. Las microempresas están exentas de la obligación de declarar el IVA en el lugar de consumo. Sin embargo, la mayoría de las empresas de comercio electrónico que venden en toda la UE tendrán que contabilizar el IVA en muchos otros Estados miembros, lo que supondría una carga administrativa.
Para superar este problema, la Comisión Europea ha decidido ampliar considerablemente la Mini Ventanilla Única (MOSS), que ya existía para los suministros B2C de telecomunicaciones, radiodifusión y servicios prestados por vía electrónica. Tres nuevos regímenes permiten a las empresas registrarse a efectos del IVA en un solo Estado miembro y utilizar ese registro de la VUCE para contabilizar el IVA en todos los demás Estados miembros en los que se deba pagar el IVA.
El OSS de la Unión permite a las empresas, tanto de la UE como de fuera de ella, contabilizar el IVA de las ventas a distancia de bienes dentro de la UE. También permite a las empresas de la UE contabilizar el IVA en las prestaciones de servicios B2C dentro de la UE.
El OSS para no comunitarios permite a las empresas de fuera de la UE contabilizar el IVA en todas las prestaciones de servicios B2C en las que se devenga el IVA de la UE.
El OSS de importación permite a las empresas, tanto de la UE como de fuera de ella, contabilizar el IVA en las importaciones de bienes en paquetes con un valor intrínseco inferior a 150 euros.
Actualmente, ninguno de los regímenes de OSS es obligatorio, y las empresas pueden optar por registrarse a efectos del IVA en el Estado miembro en el que se debe pagar el IVA. La Comisión Europea está realizando una consulta sobre el éxito de los regímenes de OSS, y una de las propuestas es que el uso del OSS de importación sea obligatorio. También se plantea la posibilidad de aumentar el umbral, aunque para ello habría que estudiar cómo tratar los derechos de aduana, ya que el umbral de 150 euros es el punto a partir del cual se pueden cobrar los derechos de aduana.
La utilización de los regímenes de SLV de la Unión y de fuera de la Unión puede constituir una valiosa alternativa al registro del IVA en varios Estados miembros. Sin embargo, puede haber otras razones por las que una empresa necesite mantener registros de IVA en otros países. Las empresas deben llevar a cabo una revisión completa de la cadena de suministro para identificar las obligaciones en materia de IVA.
El uso del régimen de IVA a la importación también tiene muchas ventajas, como la posibilidad de recuperar el IVA de las mercancías devueltas y un proceso de entrega simplificado tanto para el proveedor como para el cliente.
Todas las empresas que utilicen cualquier sistema de OSS deben comprender plenamente los requisitos del sistema. El incumplimiento puede dar lugar a la exclusión de la obligación de registrarse a efectos del IVA en los países en los que se debe. Esto eliminará el beneficio de los regímenes de OSS, aumentando los costes y la carga administrativa para la empresa.
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La página web de Filipinas sigue avanzando constantemente hacia la implantación de su sistema de control continuo de transacciones (CTC), que consiste en la notificación casi en tiempo real de las facturas y recibos emitidos electrónicamente. El 4 de abril comenzaron las pruebas en el Sistema de Facturación Electrónica (EIS), la plataforma del gobierno, con seis empresas seleccionadas como pilotos para este proyecto.
El movimiento inicial hacia un sistema de CTC en Filipinas comenzó en 2018 con la introducción de la Ley de Reforma Fiscal para la Aceleración y la Inclusión, conocida como ley TRAIN, que tiene como objetivo principal simplificar el sistema fiscal del país haciéndolo más progresivo, justo y eficiente. El proyecto de implantación de un sistema obligatorio de facturación e información electrónica en todo el país se ha desarrollado en estrecha colaboración con el gobierno de Corea del Sur, considerado un modelo de éxito con su completo y experimentado sistema de CTC.
La facturación y los informes electrónicos son algunos de los muchos componentes establecidos por la ley TRAIN como parte del programa de transformación digital DX Vision 2030 del país. Con ello, Filipinas avanza en la modernización de su sistema fiscal.
El sistema CTC de Filipinas exige la emisión de facturas (B2B) y recibos (B2C) en formato electrónico y su comunicación casi en tiempo real a la Oficina de Impuestos Internos (BIR), la autoridad fiscal nacional. El EIS ofrece diferentes posibilidades de presentación, lo que significa que la transmisión puede hacerse en tiempo real o casi en tiempo real. Los documentos que deben emitirse y notificarse electrónicamente son las facturas de venta, los recibos y las notas de crédito/débito.
Según el Código Fiscal de Filipinas, los siguientes contribuyentes están cubiertos por el próximo mandato:
No obstante, los contribuyentes que no estén cubiertos por la obligación pueden optar por inscribirse en el EIS a efectos de notificación de facturas y recibos electrónicos
Las facturas electrónicas deben emitirse en formato JSON (JavaScript Object Notation) y contener una firma electrónica. Una vez emitidas, los contribuyentes pueden presentar sus facturas y recibos a sus clientes. No es necesaria la aprobación de la autoridad fiscal para proceder. Sin embargo, los documentos electrónicos deben transmitirse a la plataforma EIS en tiempo real o casi.
Filipinas ha introducido unos requisitos algo inusuales en este periodo de digitalización, en lo que respecta al archivo de las facturas electrónicas. El periodo de conservación es de diez años y consiste en un sistema en el que los contribuyentes están obligados a conservar copias impresas durante los primeros cinco años. Después de este primer periodo, ya no se requieren copias impresas, y se permite el almacenamiento exclusivo de copias electrónicas en un archivo electrónico durante los cinco años restantes.
Con las pruebas oficialmente en marcha, la siguiente fase debería comenzar el 1 de julio de 2022, con la puesta en marcha para 100 contribuyentes piloto seleccionados por el Gobierno, incluidos los seis iniciales. Después, el Gobierno tiene previsto avanzar en una implantación gradual en 2023 para todos los contribuyentes incluidos en el ámbito de aplicación del sistema. Mientras tanto, los contribuyentes pueden aprovechar este periodo provisional para ajustarse a los requisitos de información de la CTC de Filipinas.
¿Necesita garantizar el cumplimiento de los últimos requisitos de la factura electrónica en Filipinas? Hable con nuestro equipo.
En nuestro artículo anterior, Optimización de la gestión de la cadena de suministro: Consideraciones clave sobre la importación B2B , analizamos la posibilidad de que los proveedores británicos establecieran un almacén en la UE para facilitar las entregas a los clientes. En este artículo, analizamos esta solución con mayor profundidad, de nuevo desde la perspectiva de las transacciones B2B.
Cuando se pretende crear un almacén en la UE, lo primero que hay que considerar es si el almacén creará un establecimiento permanente (EP) o no. El concepto de establecimiento permanente es un concepto de fiscalidad directa, pero la creación de uno puede tener consecuencias en materia de IVA si ese establecimiento permanente se considera también un establecimiento fijo.
La OCDE define un establecimiento permanente como un lugar fijo de negocios a través del cual se lleva a cabo total o parcialmente la actividad de una empresa.
La UE define un establecimiento permanente como la presencia permanente de los recursos humanos y técnicos necesarios para facilitar un suministro.
Sin embargo, la tendencia al almacenamiento local, a las entregas «justo a tiempo», a la economía colaborativa con contratistas locales y a otros desarrollos están haciendo que las autoridades fiscales adapten estas definiciones.
Por ejemplo, en lo que respecta al almacenamiento, la opinión tradicional es que un contribuyente tendría que poseer o arrendar un almacén y emplear al personal para que se considere un establecimiento fijo a efectos del IVA. Sin embargo, una autoridad fiscal ha dictaminado que también puede crearse un establecimiento permanente cuando un depositario pone una zona definida dentro de un almacén a disposición exclusiva de un contribuyente y también proporciona el personal del almacén.
La creación de un establecimiento permanente de este tipo, que también se considera un establecimiento fijo, tendrá tanto ventajas como inconvenientes. En el lado positivo, el proveedor estará obligado a aplicar el IVA a las ventas locales en las que intervenga el establecimiento fijo, y el registro del IVA puede utilizarse para deducir el IVA de importación pagado. Además, es posible que el proveedor no tenga que designar a un agente de aduanas indirecto para que actúe como declarante de las importaciones. En el lado negativo, la empresa incurrirá en el IVA local en algunos suministros que, de otro modo, atraerían una inversión del sujeto pasivo en el Reino Unido y pueden ser objeto de un impuesto directo.
Como este es un blog sobre el IVA, no nos detendremos en lo anterior, pero está claro que el posible uso de un almacén es una consideración en la configuración de la cadena de suministro.
A la hora de decidir si se establece un almacén en la UE y dónde, hay que tener en cuenta varias consideraciones. A efectos de este blog, consideraremos en primer lugar a un proveedor del Reino Unido que desea establecer un almacén para dar servicio a sus clientes en España.
España considera que un almacén de terceros puede constituir un establecimiento permanente cuando el proveedor tiene acceso exclusivo a una zona definida del almacén. Por lo tanto, será importante revisar cuidadosamente el contrato de almacén para ver las consecuencias del IVA antes de firmarlo.
En España se aplica la inversión del sujeto pasivo a las ventas nacionales entre empresas. Por lo tanto, un proveedor del Reino Unido que importe bienes a España y realice únicamente ventas nacionales entre empresas no estará obligado a repercutir el IVA local. Tampoco habrá obligación de presentar una declaración de IVA local y, por tanto, el IVA a la importación se recuperará a través de la Directiva 13 . Esto supondrá potencialmente un importante flujo de caja negativo.
Para evitarlo, el proveedor británico podría cambiar el lugar de importación de las mercancías de la siguiente manera:
Cuando se envían las mercancías a España, la importación se realiza en Francia. El proveedor británico declarará las mercancías para su importación en Francia y, a continuación, comunicará una transferencia de mercancías propias de Francia a España cuando las mercancías lleguen al almacén español. Si las mercancías se trasladan en camión, esto no debería suponer un gran problema.
Desde el 1 de enero de 2022, Francia tiene la obligación de revertir el IVA a la importación, por lo que no hay problema en recuperar el IVA a la importación pagado siempre que se cumplan las condiciones. El proveedor necesitará un número de IVA francés para informar de un envío desde Francia e informar de una adquisición en España. El proveedor también necesitará un número de IVA español para declarar las adquisiciones, pero no tendrá que presentar una declaración de IVA, ya que todas las ventas desde el almacén español están sujetas a la inversión del sujeto pasivo ampliada.
Otra posibilidad es importar las mercancías a un almacén francés desde el que el proveedor británico pueda realizar entregas intracomunitarias a sus clientes españoles, evitando así la necesidad de un número de IVA español y la necesidad de presentar una declaración de SII en caso de que se supere el umbral.
El IVA es un impuesto sobre las transacciones, y una vez que se ha realizado una transacción, no se puede deshacer. Por lo tanto, es importante comprender plenamente las consecuencias del IVA de una transacción propuesta antes de firmar un contrato. Una vez firmado el contrato, las partes están comprometidas con las consecuencias del IVA, a menos que el contrato pueda renegociarse antes de que se envíen las mercancías. Una vez enviada la mercancía, las consecuencias del IVA se cristalizan y no pueden modificarse.
Póngase en contacto con nuestros expertos fiscales para hablar de los requisitos de IVA de su cadena de suministro o descargue nuestro libro electrónico Protecting Global Supply Chains.