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La normativa indica que el 1 de febrero de 2023 empezará a regir en Colombia el calendario de obligación para comenzar a exigir el envío de documentos equivalentes P.O.S. (documentos generados por máquinas registradoras con sistema POS), siempre y cuando la venta del bien o servicio no supere el límite máximo de 5 unidades de valor tributario (5 UVT) -cerca de 190 mil pesos colombianos o 45 USD.