Perú – 8 de septiembre, 2021
La SUNAT emitió la nueva Resolución 123/2021 destinada a facilitar, a aquellos contribuyentes que actualmente no están obligados a utilizar el Libro Electrónico de Ventas pero que se consideran emisores electrónicos de facturas y de notas de crédito y débito, el proceso de presentación de su declaración de IVA mensual. Esta resolución crea el Reporte de Ventas, que en caso de ser aceptado por el contribuyente, llenaría automáticamente varios campos de la declaración periódica de IVA con la información relacionada con las facturas y las notas de crédito y débito reportadas por el contribuyente para el mismo período. Este informe es OPCIONAL y está destinado a ser utilizado en la presentación de la declaración de IVA de aquellos contribuyentes que cumplan con ciertas condiciones tales como: Tener ingresos anuales menores a 75.600 dólares; no estar obligado a cumplir con el libro mayor de ventas electrónico y no tener su contabilidad en moneda extranjera, entre otras. Este nuevo Reporte de Ventas estará disponible el 1 de diciembre de 2021 para ser utilizado en la declaración periódica de IVA del mes anterior (noviembre).