SUNAT pospone obligaciones de facturación electrónica para ciertos contribuyentes

Ramón Frias
September 8, 2021

Perú – 8 de septiembre,2021

Sobre la base de lo dispuesto en la Resolución 279/2019, la administración tributaria peruana requiere que los contribuyentes con ingresos sobre cierto nivel comiencen a emitir facturas y boletas electrónicas. Para la mayoría de los contribuyentes, esta obligación comenzó el 1 de enero de 2021. Sin embargo, los pequeños y medianos contribuyentes con ingresos anuales entre 23 y 75 Unidades Fiscales (1.008 a 75.600 dólares estadounidenses), tendrán hasta el 1 de enero de 2022 para comenzar a emitir facturas electrónicas y hasta el 1 de abril de 2022 para comenzar a emitir boletas electrónicas. Los micro contribuyentes -con ingresos anuales por debajo de las 23 unidades fiscales- tendrán hasta el 1 de abril de 2022 para comenzar a emitir facturas electrónicas y hasta el 1 de junio de 2022 para comenzar a cumplir con las obligaciones de facturación electrónica.

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Autor

Ramón Frias

Siendo un abogado fiscal, Ramón cuenta con licencia para ejercer derecho en la República Dominicana y es miembro del Colegio de Abogados de ese país. Posee un certificado de especialización en impuestos de la Universidad de Harvard y una licenciatura en derecho de la Universidad Autónoma de Santo Domingo. Ramón ha escrito numerosos ensayos sobre administración tributaria y por uno de ellos ganó el primer premio en el concurso internacional de ensayos auspiciado por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT). Antes de unirse a Sovos Compliance, Ramón trabajó por más de 10 años en la Dirección General de Impuestos Internos de la República Dominicana, donde se desempeñó como subdirector general. Maneja de manera fluida el idioma francés y el inglés, además de su español nativo.
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