27 de febrero, 2023
La AFIP publicó la Resolución N° 5329/2023 el 13 de febrero de 2023, la que, entre otros temas, establece un nuevo régimen de percepción del IVA sobre la venta de productos alimenticios para consumo humano, bebidas, higiene personal y artículos de limpieza.
El importe del cargo se determinará aplicando, sobre el precio neto de la operación que resulte de la factura o documento equivalente, la tasa del 3%.
Este porcentaje será del 1,50% en el caso de operaciones que tributen con el tipo equivalente al 50% del establecido en el primer párrafo del artículo 28 de la ley del impuesto.
Esta resolución establece que el único documento válido para acreditar el pago será la factura o documento equivalente (emitido de acuerdo con la normativa de facturación vigente) en el que se hará constar el importe percibido, de forma discriminada y con mención expresa a este régimen.
El régimen de recaudación será aplicable para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1 de abril de 2023, inclusive.