Resolución General N° 5323/2023 dictada por la AFIP anticipa al 23 y 24 de febrero de 2023 las fechas de vencimiento para el cumplimiento de las obligaciones de determinación y/o pago del Impuesto al Valor Agregado

Andrés Landerretche
febrero 24, 2023

24 de febrero, 2023

La Resolución General N° 5323/2023 dictada por la AFIP anticipa al 23 y 24 de febrero de 2023 las fechas de vencimiento para el cumplimiento de las obligaciones de determinación y/o pago del Impuesto al Valor Agregado, cuyo plazo original era el 27 y 28 de febrero del año en curso. Este cambio obedece a la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT):

  • Régimen General. Presentación de la declaración jurada y pago del saldo resultante correspondiente al período fiscal enero 2023 (artículo 7º de la Resolución General Nº 715 y sus complementos):

VENCIMIENTO TERMINACIÓN DE LA CUIT

  • 6 y 7     Febrero 23, 2023
  • 8 y 9     Febrero 24, 2023

Asimismo, la resolución estableció el vencimiento anticipado para micro y pequeñas empresas, actividades agropecuarias, y otras declaraciones impositivas como:

  1. Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS).
  2. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operaciones.
  3. Impuesto a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos.

Para más información, consulte la resolución.

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Autor

Andrés Landerretche

Andrés es el Director de Análisis y Diseño Regulatorio en América Latina. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Chile y tiene un LLM en Derecho Internacional por el Kings College de Londres. Andrés tiene más de 20 años de experiencia internacional trabajando en el servicio diplomático chileno, con destinos en Sudáfrica y en las Naciones Unidas en Nueva York. Tiene una importante experiencia en asuntos corporativos, cumplimiento, comunicaciones y relaciones comunitarias en Chile, Brasil, Colombia, Perú, Sudáfrica y Australia.
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