7 de junio, 2021
La administración tributaria de México (SAT) dio a conocer la tercera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Fiscal Miscelánea para 2021, donde modifica la Norma 2.7.1.9 que regula el CFDI de Traslado con Suplemento Carta Porte (CFDI-TR & CP) y el CFDI de Ingresos con Carta Porte (CFDI-I & CP). El propósito de dicha modificación es introducir tres aclaraciones sobre el uso del mencionado suplemento que serán obligatorias en 120 días contados a partir del 1 de junio de 2021. Estas modificaciones son las siguientes:
1) Claridad sobre bienes extranjeros y locales: la regla original 2.7.1.9 disponía que el CFDI-TR&CP o el CFDI-I&CP fueran requeridos a los propietarios de bienes nacionales que forman parte de sus activos para que pudieran transportar esos activos en México. La nueva modificación excluyó la referencia a “bienes nacionales que forman parte de sus activos”. Con esta actualización de la norma, ahora queda claro que se aplica a cualquier bien que se transfiera, independientemente de su origen. 2) Aclaración sobre los caminos utilizados para transportar los productos: Previamente, la normativa sobre el CFDI-TR&CP indicaba que serían aplicables los traslados de productos por caminos federales, por tren, agua o aire. Esta modificación elimina la referencia a “federal”, por lo que el traslado de productos por cualquier vía local en México -independientemente del tipo de vía- debe ir acompañado de un CFDI-TR&CP o el CFDI-I&CP; 3) Partes involucradas en la transacción: La modificación establece que todos los contribuyentes relacionados con la transferencia de bienes deben emitir el CFDI-TR&CP o el CFDI-I&CP, en línea con su participación en la transacción. de Carta Porte.
2 de junio, 2021
El 14 de mayo la administración tributaria de México (SAT) entregó la documentación técnica, el esquema y otros documentos de respaldo del Suplemento Carta Porte que deben agregarse a los CFDI de traslado en el momento en que las mercancías se transporten por tierra, aire o agua. Este nuevo suplemento fue introducido con la Resolución Fiscal Miscelánea para 2021, que entró en vigencia 30 días después de que el SAT publicara la documentación técnica, los XSD y los esquemas que respaldarían esta adenda al CFDI de traslado, es decir, el 1 de junio de 2021.
Adicionalmente, el SAT publicó una nueva guía destinada a explicar los componentes y el proceso para llenar el nuevo suplemento, que será obligatorio en 120 días contados a partir del 1 de junio. Este documento explica con gran detalle todos los campos incluidos en el esquema previamente publicado por el SAT y proporciona múltiples escenarios que explican el uso del suplemento y sus componentes.
La adquisición, la más grande realizada fuera de los EE. UU., proporciona a Sovos nuevas capacidades para respaldar el cumplimiento tributario en las economías digitales y amplía el soporte en facturación, boleta y documentos electrónicos para las pymes de todo el mundo.
BOSTON – 3 de mayo de 2021 – El proveedor global de software tributario, Sovos, anunció hoy que ha adquirido el negocio de habilitación digital de Acepta, uno de los líderes en la región y con sede en Chile, de soluciones de facturación electrónica, boletas electrónicas, documentos electrónicos y certificados digitales.
A medida que los gobiernos de América Latina y de todo el mundo digitalizan el cumplimiento del impuesto al valor agregado (IVA), las autoridades buscan expandir los mandatos más allá del nivel de la operación para el mejoramiento económico de sus sociedades. Con esta adquisición, Sovos obtiene nuevas capacidades de productos para satisfacer esa necesidad y avanzar en su misión de resolver los impuestos de manera definitiva y por el bien común (Solve Tax for GoodⓇ) a nivel mundial. La adquisición es la más grande realizada por Sovos fuera de los Estados Unidos.
Con Acepta, Sovos profundiza su oferta de cumplimiento de controles transaccionales continuos (CTC) y amplía su cartera con soluciones de documentos electrónicos, incorporando también el flujo de trabajo de gestión con funciones de firma electrónica. Estos nuevos productos se basan en adquisiciones previas de Sovos, incluida la compra -en 2018- de la empresa sueca Trustweaver, cuya tecnología permitió asegurar la integridad de los documentos comerciales, y la adquisición, en 2017, de Paperless, con sede en Chile, que comenzó como proveedora de certificados antes de desarrollar soluciones de boleta electrónica. En México, Sovos tiene capacidades similares y es un proveedor de servicios de certificación (PSC) autorizado por la Secretaría de Economía de México para certificar firmas electrónicas y otras formas de identificación bajo la norma NOM 151 del país, que preserva la integridad de los datos y documentos digitales.
“La adquisición de Acepta amplía el liderazgo de Sovos en el cumplimiento fiscal digital y nos posiciona para satisfacer las necesidades adicionales, a medida que los gobiernos avanzan en la digitalización de sus economías”, afirmó Andy Hovancik, presidente y director ejecutivo de Sovos. “El anuncio de hoy refleja nuestra estrategia de larga data de combinar el alcance global con la ejecución local, de modo que podamos satisfacer las necesidades de nuestros clientes en cualquier lugar donde hagan negocios, ya sea en 60 países o en uno”.
Actualmente, los clientes de Chile, Perú y Colombia utilizan la plataforma para empresas medianas y pequeñas de Acepta. Con clientes pyme en los EE. UU., Turquía, México y otras regiones, Sovos aprovechará aún más su cartera de productos ampliada para satisfacer la creciente demanda global de soluciones de cumplimiento de IVA de empresas de rango medio en cada país. Los clientes pyme obtendrán las capacidades de cumplimiento tributario, la seguridad y los beneficios del ecosistema que disfrutan los clientes empresariales multinacionales de Sovos, que están centralizando los esfuerzos de cumplimiento para satisfacer los distintos mandatos tributarios transfronterizos.
El director ejecutivo de Sovos para la región de América de habla hispana y exgerente general de Acepta, Álvaro González, dijo: “Los productos de Acepta son complementarios a las ofertas de Sovos. La combinación de soluciones de ambas compañías proporcionará valor inmediato a nuestra base de clientes compartida en Chile y Perú, con beneficios futuros para clientes en todas las economías con mandatos similares, incluidos los de otras partes de América Latina, Europa y Asia”.
Con la adquisición anunciada hoy, Sovos agrega más de tres mil empresas de telecomunicaciones, servicios financieros, retail y otras industrias a su base de clientes, incrementa su equipo global a más de 2 mil empleados y extiende su alcance en Ecuador.
John Gledhill, vicepresidente de desarrollo corporativo de Sovos, aseveró: “Sovos gana tecnología y talento en áreas claves y también en las complementarias de nuestro negocio a través de esta adquisición, expandiendo las industrias, regiones y clientes a los que servimos, y contribuyendo al continuo crecimiento global del negocio”.
Los términos del acuerdo no fueron revelados. Sovos es propiedad de Hg, compañía inversora de capital privado, con sede en Londres, especializada en empresas de software y servicios, y de TA Associates. EY se desempeñó como asesor financiero de Sovos, y Skadden y Claro & Cia brindaron asesoría legal. LarrainVial se desempeñó como asesor financiero de Acepta y Carey Abogados brindó asesoría legal.
Sobre Sovos
Sovos se creó para resolver las complejidades de la transformación digital de los impuestos, con ofertas completas y conectadas para la determinación de impuestos, el cumplimiento de los controles transaccionales continuos, la declaración de impuestos y más. La compañía apoya a más de 16.000 clientes, incluida la mitad de las empresas Fortune 500, que operan en más de 70 países. Sus productos SaaS y la plataforma patentada Sovos S1 se integran con una amplia variedad de aplicaciones comerciales y procesos de cumplimiento gubernamental. Sovos tiene empleados en las Américas y Europa, y es propiedad de Hg and TA Associates. Para obtener más información, visite https://sovos.com/es/ y síganos en LinkedIn y Twitter.
Sobre Acepta
Durante más de 20 años, Acepta ha estado conectando a Chile a través de procesos digitales. La empresa se convirtió en pionera y líder en la implementación de firmas digitales, facturación electrónica y más. En este tiempo, Acepta ha fortalecido y consolidado su liderazgo tanto en Chile como en otros países de la región, garantizando a los clientes la protección de su información, en línea con los principios de seguridad y privacidad de la información con los que se reguló desde sus inicios. El propósito de Acepta es apoyar a los gobiernos y clientes en su camino hacia un futuro digital, educando a los ciudadanos y brindando soluciones innovadoras que mejoren la vida de las personas y entidades con las que trabajamos.
28 de abril, 2021
La administración tributaria argentina (AFIP) informó sobre una nueva herramienta disponible para los contribuyentes denominada Libro de Sueldos Digital. Según la AFIP, esta nueva herramienta electrónica permitirá a los empresarios cumplir con diferentes obligaciones en un solo trámite; generar el Libro de Sueldos y Jornales, – Hojas Móviles -, y la Declaración Jurada mensual de obligaciones previsionales (F.931)
El nuevo sistema ‘Libro_Sueldos_Digital’ compatibiliza el sistema de liquidación patrimonial del contribuyente para utilizarlo como portador de los datos de ingreso junto con la información disponible en los servicios ‘Simplificación Registral “y’ Sistema Registral” (Registro Sistema) ‘, y a partir de ahí elabora el Libro de Sueldos y Jornales, exigido según el art. 52 de la Ley N ° 20.744 y la declaración jurada mensual (F.931). La AFIP ha informado que el despliegue del nuevo sistema se hará por etapas entre los empleadores, que serán notificados de la obligación de cumplimiento a través de su dirección electrónica fiscal (domicilio fiscal electrónico) entre abril y junio de 2021.
7 de abril, 2021
La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo CFDI, centrada en la introducción de la Versión 75 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se agregaron ocho códigos. Vigente a partir del 9 de abril, la nueva versión también incorpora la versión 52 de la tabla de códigos de la patente aduanera (c_PatenteAduanal).
26 de marzo, 2021
La administración tributaria dominicana (DGII) liberó una nueva actualización del documento técnico de la factura electrónica, que modifica la Sección 4 de dicho documento relacionada con los servicios de Recepción, Comunicaciones y Web Service, Comunicación Emisor-Receptor, Consulta del Estado del Servicio y Consulta TrackId e-CF. Además limita el contenido de los diferentes servicios indicados en la mencionada Sección 4, Comunicaciones y Web Service, con el fin de agregar una descripción funcional general para ver más detalles de la estructura y funcionamiento de cada uno de los servicios. Finalmente, la actualización también incluyó una actualización del ejemplo de la URL que constituye la firma digital de la factura de compra electrónica.
En forma adicional, la DGII lanzó una nueva actualización del archivo XSD utilizado para respaldar el sistema de facturación electrónica del país. Este cambio incluye las actualizaciones mencionadas en el nuevo documento técnico publicado junto con esta nueva versión del archivo de soporte. La administración tributaria también menciona una nueva actualización del formato XML de la factura electrónica.
25 de marzo, 2021
La administración tributaria de Chile (SII) ha emitido una nueva resolución indicando que el Libro de Remuneraciones debe ser mantenido por los contribuyentes de acuerdo con las disposiciones y condiciones establecidas por la Dirección del Trabajo de Chile, y debe contener al menos la información contenida en la declaración jurada 1887 utilizada para reportar las retenciones del impuesto de la renta sobre salarios y otros beneficios marginales. El Libro de Remuneraciones es uno de los Libros Contables Digitales Adicionales que ahora deben presentarse electrónicamente al SII como resultado de la Resolución 13/2021.
25 de marzo, 2021
La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo de CFDI. Enfocada en la introducción de la Versión 74 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana) -donde se agregaron siete códigos- entrará en vigor el 26 de marzo de 2021. Esta nueva versión también libera la versión 51 de la tabla de códigos de la patente aduanera (c_PatenteAduanal).
19 de marzo, 2021
La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo CFDI. Esta actualización se enfoca, nuevamente, en la introducción de la versión 73 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se agregaron ocho códigos, y la versión 20 de la patente de Aduanas, donde se añadió un nuevo código.
Llegamos a marzo de nuevo. Eso significa que es tiempo de presentar la declaración anual de impuestos. ¿En qué consiste este trámite? Básicamente en declarar los ingresos por rentas o ingresos por actividades profesionales, así como de otras fuentes que detallaremos a continuación.
¿Quiénes deben presentar esta declaración? Principalmente los profesionales independientes que emiten recibos por honorarios: ellos pertenecen a la cuarta categoría. Por otro lado, quienes trabajan y están en planilla pertenecen a la llamada quinta categoría, y también deben presentar esta declaración. Además, deben hacer este trámite quienes hayan recibido ingresos por el concepto de arrendamiento o subarrendamiento ya sea el titular o el cónyuge.
En otras palabras, quienes están obligados a presentar esta declaración anual son:
En el contexto de la crisis sanitaria, la SUNAT ha determinado que este trámite sea 100% virtual, es decir, no tenemos que ir a ninguna oficina de la entidad estatal para hacerlo. Solo hay que ingresar al aplicativo y seguir los pasos. Este año, a diferencia de los anteriores, tanto personas naturales como empresas deberán hacer las declaraciones por la app.
Para declarar se tiene que usar el formulario virtual 709 en el caso de las personas naturales. En el de las empresas, se usa el formulario virtual 710. La declaración anual se hacen según el último número del R.U.C.
En Sovos tenemos el claro objetivo de acompañar y asesorar a las empresas a cumplir con la normativa SUNAT. Tenemos el servicio de Facturación electrónica para empresas y para los ciudadanos, brindamos información útil y relevante que les ayudará en este proceso de declaración de renta anual. Creemos que la salida a esta crisis sanitaria y económica está en el cumplimiento de nuestras obligaciones tributarias.
3 de marzo, 2021
La administración tributaria chilena (SII) emitió una nueva resolución que posterga hasta el 1 de julio de 2021 la obligación de separar en los comprobantes electrónicos (recibos de pago), el IVA calculado y el monto total de la transacción. Originalmente, la fecha límite para cumplir con este mandato estaba fijada para el 1 de marzo de 2021.
25 de febrero, 2021
La administración tributaria de Uruguay (DGI) ha emitido un nuevo reglamento destinado a exigir la emisión de un ticket electrónico a aquellos facturadores electrónicos que compren moneda extranjera a entidades y personas físicas no obligadas a emitir facturas electrónicas. A tal efecto, también se requerirá la e-Boleta de Entrada para las transacciones que involucren compras de moneda extranjera que se paguen con pesos uruguayos. Este mandato entrará en vigor el 1 de octubre de 2021.
24 de febrero, 2021
La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo CFDI. Esta parece estar enfocada en la introducción de la Versión 72 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se agregaron seis códigos, y entró en vigencia el 26 de febrero de 2021. Se modificó además un código vigente en la misma fecha mencionada. Esta nueva versión también libera la versión 49 de la tabla para los códigos de la patente aduanera (c_PatenteAduanal) donde se agregaron dos nuevos códigos.
24 de febrero, 2021
La administración tributaria peruana emitió la resolución 000026-2021 / SUNAT, que introduce una serie de cambios al sistema de facturación electrónica del país, principalmente con el propósito de incluir los tipos de documentos que emitirán las Administradoras de Fondos de pensiones (AFPs) para cumplir con el mandato de facturación electrónica. A partir del 1 de marzo de 2021, las AFP están obligadas a emitir documentos electrónicos en Perú, por lo que la SUNAT ha introducido cambios a las resoluciones 206-2019 / SUNAT, 318-2017 / SUNAT y 239-2018 / SUNAT con el fin de integrar los tipos de documentos que las AFP y otras entidades controladas por la Superintendencia de Bancos y Aseguradoras (SBS) emiten a sus afiliadas por los servicios que les prestan.
23 de febrero, 2021
En línea con la publicación del Decreto 766/2020 emitido el 30 de diciembre de 2020 el Ministerio de Finanzas de Panamá dio a conocer la documentación que especifica las condiciones para convertirse en Proveedores de Autorización Cualificados (PACs) de servicios de facturación electrónica en ese país. Estas especificaciones están incluidas dentro de la Resolución 201-0295. La participación en el sistema de facturación electrónica de Panamá sigue siendo opcional para los contribuyentes, los que aún pueden optar por utilizar las denominadas Cajas Fiscales adjuntas a su POS. La resolución antes mencionada también incluye la documentación técnica o manual para el funcionamiento de las PAC como agentes autorizados de la administración tributaria.
15 de febrero, 2021
Se liberó una nueva versión del XSD relacionada con la información adicional requerida por la DGI de los proveedores de software. Si bien todavía está en estado “A publicar”, será obligatoria una vez que se mueva oficialmente a producción o al estado “Publicado” en el futuro próximo. El propósito de este comunicado es actualizar los esquemas XSD para la información que los proveedores de software de servicios de facturación electrónica deben proporcionar a la DGI, enumerando los clientes para los que están prestando dichos servicios.
12 de febrero, 2021
La administración tributaria de Chile emitió la nueva resolución SII N° 13, que establece las normas y procedimientos para preparar, presentar y guardar los libros contables electrónicos adicionales requeridos de los contribuyentes que deben utilizar aplicaciones electrónicas para la gestión aquellos libros contables y los que estén autorizados como emisores de libros contables electrónicos. Dicha resolución especifica las condiciones técnicas que deben cumplir los libros de contabilidad adicionales cuyo contenido está definido por la normativa contable existente y las resoluciones emitidas por las autoridades correspondientes (SII, Dirección del Trabajo, etc.) que exigen la emisión y conservación de los libros contables auxiliares adicionales. Estos libros de contabilidad electrónicos deben ser firmados digitalmente y enviados electrónicamente al SII a más tardar el día 10 del mes siguiente al período al que corresponde el libro contable. Este mandato entrará en vigor el 1 de agosto de 2021, pero el SII ha aclarado que se requerirá a los contribuyentes que proporcionen retroactivamente información de los meses del año en los que se les comenzó a exigir que cumplieran con la resolución. Finalmente, la resolución también ha aclarado que estos requisitos no se aplican a los libros contables que genera el SII.
Existen en Chile una serie de libros contables y otros que se requieren para respaldar el libro mayor de contabilidad. El contenido y la estructura de esos libros mayores son definidos principalmente por el SII, pero pueden ser definidos también por otras autoridades con interés directo en la información que contienen.
Los libros auxiliares más importantes son el Libro de Remuneraciones, obligatorio para cualquier persona con más de cinco empleados; el Libro de Fondo de Utilidades Tributarias (FUT), donde los contribuyentes registran el historial de ingresos tributables y no tributables; el Libro Auxiliar de Inventarios de Mercancías -similar al Bloco K de Brasil- para registrar entradas y disposición de inventario; el Libro de Ingresos y Egresos y el Libro de Compras y Ventas, que ahora es controlado y mantenido directamente por el SII.
Por lo tanto, con la excepción del último libro, que está excluido de esta resolución, el otro libro mayor podía ser mantenido manualmente en formato no digital por los contribuyentes. Ahora se les exige tenerlos en formato digital y presentar la información contenida en ellos al SII. Antes de la emisión de esta resolución, era opcional que mantuvieran esa información en formato digital, pero después de agosto, será obligatorio.
La transformación digital fue acelerada por la coyuntura actual, en donde la tecnología comprobó tener un rol mucho más importante, pasó de ser una herramienta que demuestra innovación, a ser el recurso más esencial para la continuidad de las empresas y para la comunicación e interacción de las personas.
A medida que una tendencia tecnológica crece, nuestros hábitos de consumo cambian; y hoy el peruano ha integrado a su día día nuevas acciones y formas de interacción con el mundo digital. Existen canales de venta y atención tradicionales que quizás nunca desaparezcan como son los mercados o las bodegas; es parte de nuestra cultura. Sin embargo, se han sumado diversos medios y plataformas tecnológicas a los que cada vez estamos más acostumbrados.
Según una reciente encuesta de Ipsos, durante el 2020, el 94% de los peruanos ha realizado alguna acción digital, por ejemplo transacciones bancarias o compras en línea. Antes se veía mucha más publicidad para los aplicativos móviles del banco, ahora es casi instintivo tenerlos, hoy incluso las tiendas te permiten pagar con QR o a través de tecnología sin contacto. Así mismo el pago digital aumentó en un 65% en diferentes ámbitos, por ejemplo el pago de servicios o los trámites ahora se pueden pagar a través de diferentes pasarelas de pagos.
Al ver estos datos, lo que corresponde a las empresas de tecnología como Sovos, es crear escenarios más seguros en el mundo digital tanto para las empresas, como para los ciudadanos, para que las acciones digitales de los usuarios tengan un respaldo y se logre romper aún más las barreras físicas de los trámites y/o transacciones. A través de soluciones como la verificación biométrica o firmas digitales, por ejemplo.
Por otro lado, el Estado durante toda esta coyuntura que seguimos viviendo, anunció diferentes medidas para agilizar trámites o eliminar el factor presencial y así mantener en curso diferentes procesos. Es así como obtuvieron mayor protagonismo las firmas digitales, certificados digitales y sobretodo los documentos digitales con validez legal.
En esta coyuntura, términos como identidad digital, cobran cada vez más relevancia. Los peruanos nos encontramos en las vías correctas, como usuarios y consumidores digitales; ahora es tarea de las empresas privadas y del Estados, lograr generar alianzas estratégicas que integren más operaciones y trámites a entornos online 100% seguros. ¿Se imaginan poder tener un solo usuario y contraseña para realizar todos los trámites bancarios, compras de seguros, pagos de servicios, etc.?
Nuestro objetivo como Sovos es ser parte de la transformación digital del país y continuar siendo parte del crecimiento de las empresas, a través de nuestras soluciones y servicios digitales. Además de seguir innovando, siempre pensando en las experiencia de nuestros clientes, para poder hacer que la transición hacia la identidad digital, sea lo más sencilla y eficiente posible.