México – 4 de diciembre, 2020
La administración tributaria mexicana (SAT) ha lanzado una nueva actualización del Catálogo de CFDI, enfocada en la introducción de la Versión 67 del capítulo relacionado con los códigos para el número de frontones aduaneros (cNumPedimentoAduana) y d c_PatenteAduanal), que ahora, en su versión 45, incorpora tres nuevas patentes que entran en vigencia en tres fechas diferentes: una el 5 de marzo de 2020 y otras dos con efecto retroactivo a partir de diciembre de 2020.
México – 1 de octubre, 2020
La administración tributaria mexicana (SAT) ha publicado una nueva actualización del Catálogo de CFDI, centrada en la introducción de la versión 63 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana) donde se cambiaron tres códigos. Estos se pueden encontrar en la pestaña C_NumPedimentoAduana del archivo adjunto.
http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/anexo_20_version3-3.htm
México – 10 de septiembre, 2020
La administración tributaria mexicana (SAT) ha liberado una nueva actualización del catálogo del CFDI, enfocada en la introducción de la Versión 61 del capítulo relacionado con los códigos para el número de frontones aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se cambiaron tres códigos. Los códigos modificados se pueden encontrar en la pestaña denominada C_NumPedimentoAduana del archivo adjunto.
México – 4 de agosto, 2020
La administración tributaria mexicana (SAT) ha publicado una nueva actualización del Catálogo de CFDI, centrada una vez más en la introducción de la versión 59 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana) donde se cambiaron tres códigos. Esta se suma a la reciente versión 58, donde se modificaron 9 códigos del mismo capítulo de este catálogo. Estos se pueden encontrar en la pestaña C_NumPedimentoAduana del archivo adjunto.
http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/catCFDI.xls [RS1]
México – 28 de julio, 2020
La administración tributaria mexicana (SAT) ha incluido una nueva disposición en la segunda modificación de la resolución fiscal miscelánea que extiende, hasta el 31 de diciembre de 2020, el permiso otorgado a los vendedores de combustibles para emitir facturas electrónicas globales (CFDI) por sus ventas de combustibles sujetos a controles volumétricos. Este permiso tenía fecha de caducidad, originalmente, el 31 de julio de 2020. Esto implica que, a partir del 1 de enero de 2021, dichos contribuyentes deben emitir un CFDI por cada venta de combustible hecha a sus clientes. Esta disposición se puede encontrar en el art. tercero que modifica el artículo vigésimo séptimo de la Resolución Fiscal Miscelánea 2020. Para obtener más información sobre las condiciones técnicas para aplicar esta extensión, visite la resolución en este enlace:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5597260&fecha=24/07/2020
México – 28 de julio, 2020
Además de las disposiciones relacionadas con los servicios digitales, explicadas en la parte I de este resumen, la segunda modificación a la Resolución Miscelánea para 2020 también introdujo varios cambios relacionados con el cumplimiento de las obligaciones del IVA, el uso de la firma electrónica y la facturación electrónica. El documento a continuación contiene un resumen de estos cambios.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5597260&fecha=24/07/2020
México – 27 de julio, 2020
Desde el establecimiento de las nuevas obligaciones sobre los proveedores extranjeros no establecidos de servicios de intermediación a través de plataformas digitales; los proveedores locales de servicios que utilizan esas plataformas digitales, y los proveedores extranjeros de bienes digitales, ha habido una gran confusión en México acerca de la forma que estos tres grupos de contribuyentes utilizarán para cumplir con sus obligaciones de IVA e impuestos sobre la renta. El resumen adjunto contiene la primera parte del análisis de esta resolución, emitida el pasado 21 de julio de 2020.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) liberó además una nueva actualización del Catálogo del CFDI, la que se centra nuevamente en la introducción de la Versión 58 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), en el que se cambiaron nueve códigos. Los códigos modificados se pueden encontrar en la pestaña C_NumPedimentoAduana del archivo adjunto.
http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/catCFDI.xls
México – 8 de julio, 2020
El 8 de julio pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México publicó la lista de proveedores extranjeros de servicios digitales para clientes residentes en el país. Estos proveedores están obligados, por ley, a registrarse en el SAT; cobrar el IVA por los servicios que brindan a los consumidores finales y emitir las facturas correspondientes. Los contribuyentes que no cumplan con este mandato pueden estar sujetos a sanciones del SAT y los pagos que se les hagan estarán sujetos a retención. Para hacer cumplir este mandato, la ley exige que el SAT publique, cada dos meses, una lista oficial de proveedores extranjeros que ya han cumplido con el requisito de registro mencionado anteriormente. Esa lista debe publicarse en enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, y está disponible para revisión en el Oficio 700-04-02-00-00-2020-78.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5596447&fecha=09/07/2020
EL SAT publicó además, el 8 de junio, el nuevo catálogo para el CFDI, actualización centrada en la introducción de la versión 56 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde once códigos fueron modificados. La versión anterior fue informada el 21 de mayo.
Un nuevo giro inesperado en la facturación electrónica mexicana agrega dificultades al proceso de facturación electrónica para las maquiladoras, o fábricas de propiedad extranjera que operan a lo largo de la frontera entre Estados Unidos y México.
En comparación con otros países latinoamericanos, México ha mantenido un formato relativamente sencillo para su factura electrónica principal o CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet). Mientras que una factura en Chile posee 250 o más campos de información requerida, el CFDI solo tiene alrededor de 50. Sin embargo, esto no significa que la facturación electrónica en México no sea compleja.
México adoptó un enfoque diferente, el cual exige adiciones o “complementos” a las facturas para diferentes tipos de negocios y transacciones. Los complementos son partidas suplementarias al CFDI principal que contienen información específica sobre las características de una transacción. Por ejemplo, existe un complemento para la recepción de pagos (complemento de pagos) y otro para las empresas que operan en la industria de petróleo y gas.
El uso de otro tipo de complemento, conocido como “complemento de leyendas”, se abre paso en las industrias maquiladoras. Este consiste en transacciones que involucran la importación virtual, en esencia, componentes de productos más grandes. Por ejemplo, una empresa automotriz fabrica automóviles en México. Esos automóviles tienen neumáticos. La empresa automotora paga el IVA correspondiente por la compra de los neumáticos al proveedor, pero cuando los neumáticos salen de la fábrica, pasan a formar parte integrante del automóvil y, por ende, los impuestos ya no se tributarán por separado. La misma idea funciona, por ejemplo, para el azúcar en las gaseosas. Estas transacciones requieren un complemento de leyendas que acompañe al CFDI principal.
El Servicio de Administración Tributaria de México (SAT) recientemente extendió el requisito de incorporar el complemento de leyendas en las empresas maquiladoras, lo que significa que las fábricas fronterizas ahora tendrán que presentar partidas suplementarias para las transacciones que involucren a todos los tipos de componentes que formen parte de sus productos terminados. El nuevo requisito agrega complejidad a un proceso de facturación electrónica que ya es uno de los más complicados y difíciles de gestionar en todo el mundo.
Para maximizar la eficiencia y reducir el riesgo, las empresas clasificadas como maquiladoras (IMMEX) necesitan ser capaces de automatizar el proceso de extracción de la información para el CFDI y el complemento, y publicarla de acuerdo con los requisitos gubernamentales. Además, deben mantener la información de la factura disponible en SAP de forma automática mediante una función que llene automáticamente las tablas de SAP para cada factura enviada o recibida.
También es importante que los operadores de las maquiladoras puedan mantenerse actualizados sobre los cambios constantes en los mandatos de facturación electrónica del país dado lo ineficaz que resulta el tratar de rastrearlos e incorporarlos a los sistemas internos. Tal como lo demuestra el nuevo mandato para las maquiladoras, el proceso de facturación electrónica en México solo continuará haciéndose cada vez más complejo.
Sovos cuenta con más de diez años de experiencia ayudando a los operadores del sector de maquiladoras a gestionar los mandatos para la facturación electrónica en México.
En los últimos años, México se ha enfocado en modernizar sus requisitos para la facturación electrónica. Mientras que las empresas de todos los sectores han tenido que adaptarse a este proceso, mantenerse al día con los cambios en las regulaciones ha adquirido especial importancia para las maquiladoras.
Las maquiladoras son compañías manufactureras cuyas fábricas suelen localizarse en zonas cercanas a la frontera con Estados Unidos. El gobierno mexicano les ha asignado una clasificación especial, condición que les permite importar materiales y equipos sin pagar aranceles, para realizar las actividades de ensamblaje, procesamiento y/o fabricación y posteriormente exportar el producto terminado.
El estatus de maquiladora, conocido en México como Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, o Immex, incluye incentivos para el IVA, es decir, permite a estas empresas acreditar el IVA que pagan por sus importaciones contra sus obligaciones en materia de IVA, eliminando la necesidad de solicitar reembolsos y mejorando el flujo de caja.
En términos simples, las maquiladoras están exentas del pago del IVA sobre sus importaciones temporales. Por ello, perder el estatus de Immex podría causarles graves problemas en el flujo de caja, ya que los fabricantes que no integren este programa tendrían que pagar más IVA en comparación con los que sí se encuentran en esta categoría. Obtener y mantener las credenciales de Immex es fundamental.
No obstante lo anterior, alcanzar el estatus de Immex no es fácil, y adquirir y conservar esta condición exige a las empresas mantenerse en cumplimiento respecto de las cambiantes regulaciones tributarias. La autoridad fiscal de México, el SAT (Servicio de Administración Tributaria), solo otorgará el estatus de Immex a aquellos fabricantes que hayan liquidado todas sus responsabilidades fiscales y que mantengan en orden sus iniciativas para el cumplimiento.
El estatus de Immex tampoco es permanente. El SAT otorga tres certificaciones: A, AA y AAA, donde cada letra “A” representa la extensión de la validez de dicho estatus, expresada en número de años. El SAT puede auditar a las maquiladoras en cualquier momento, así como bajarlas de categoría o revocar su estatus. Perder el estatus de Immex no solo reduciría el flujo de caja, sino que también aumentaría los costos de operación e interrumpiría la gestión de la cadena de suministro para los fabricantes.
Los requisitos varían de acuerdo con la certificación otorgada, pero todos exigen que los fabricantes trabajen en estrecha cooperación con el SAT para garantizar que la información sobre las importaciones, la fabricación y las exportaciones, así como la gestión del inventario y los registros contables, estén en cumplimiento. Las maquiladoras no realizan ventas dentro de México, sino que adquieren materias primas para fabricar productos que posteriormente se envían a Estados Unidos. (Cerca del 80 por ciento de todas las exportaciones mexicanas son despachadas a Estados Unidos.) Por ello, los procesos de las cuentas por pagar (AP) constituyen la base para obtener y mantener el estatus de Immex.
Esta condición trae al frente algunos mandatos mexicanos tales como la nueva contabilidad electrónica, que almacena la información sobre cuánto debe una compañía al SAT o cuánto el gobierno le debe a una compañía. Sin una contabilidad electrónica que funcione correctamente y que esté vinculada a los procesos de las cuentas por pagar, será prácticamente imposible mantener el estatus de Immex.
Sin embargo, la contabilidad electrónica no resuelve todos los requisitos que se deben cumplir. El complemento de pagos, las cancelaciones electrónicas y la facturación electrónica también son componentes del sistema mexicano que los fabricantes deben saber gestionar. El incumplimiento de cualquier requisito esencial podría exponer a los fabricantes a multas y sanciones, así como a disputas con sus socios comerciales. Otras consecuencias del incumplimiento serán la pérdida, no solo del estatus de Immex, sino también del beneficio de reducción del IVA que dicho estatus conlleva.
Los procesos de almacenamiento de la información en papel ya no están permitidos y las maquiladoras deben preparar sus registros de forma tal que puedan ser auditados en cualquier momento. Esto explica por qué es tan importante que las maquiladoras implementen procesos y sistemas de cuentas por pagar que garanticen el cumplimiento de las regulaciones mexicanas. No obstante, el desarrollar sistemas en cumplimiento internamente en las compañías es una iniciativa costosa y arriesgada, especialmente para las multinacionales que enfrentan desafíos similares en otros países del mundo.
Tercerizar el cumplimiento implica traspasar la carga de mantener los sistemas actualizados a un socio tecnológico en vez de realizar estas tareas internamente en la empresa. También significa que alguien más adquiere la responsabilidad de mantener los sistemas y los procesos en cumplimiento, todo esto a medida que las regulaciones van evolucionando y experimentando cambios de la forma que se ha visto en los últimos años.
El incumplimiento en México tiene muchas más consecuencias para las maquiladoras que para el resto de las empresas. Para mantener el estatus de Immex, las maquiladoras deben saber y ser capaces de demostrar que están en cumplimiento. Transferir las responsabilidades del cumplimiento a un socio experto es un avance importante para garantizar que los fabricantes en México conserven su estatus de maquiladoras.
Descubra cómo Sovos ha ayudado a las empresas latinoamericanas a mantenerse en cumplimiento durante los últimos diez años.
A partir de la entrada en vigor del nuevo CFDI 3.3 especificado en el Anexo 20, la nueva factura electrónica utilizará el código postal del lugar de expedición del comprobante para determinar la zona horaria especificada en la fecha del mismo.
Con el objetivo de clarificar los atributos involucrados, así como las reglas para su llenado, hemos generado el siguiente compilado de preguntas frecuentes en relación a este tema.
En el Anexo 20, este atributo se define como:
“Atributo requerido para la expresión de la fecha y hora de expedición del Comprobante Fiscal Digital por Internet. Se expresa en la forma AAAA – MM – DDThh:mm:ss y debe corresponder con la hora local donde se expide el comprobante”
En el Anexo 20, el atributo LugarExpedicion se define como:
“Atributo requerido para incorporar el código postal del lugar de expedición del comprobante (domicilio de la matriz o de la sucursal)”
Dicho valor se obtiene del catálogo c_CodigoPostal
En el Anexo 20, el atributo FechaTimbrado se define como:
“Atributo requerido para expresar la fecha y hora de la generación del timbre por la certificación digital del SAT. La fecha debe corresponder con la hora de la Zona Centro del Sistema de Horario en México.”
A partir de CFDI 3.3, se utiliza el código postal del atributo LugarExpedición para determinar la zona horaria a especificar en el campo Fecha (fundamento en la Ley del Sistema de Horario en Estados Unidos Mexicanos). Las zonas se clasifican de la siguiente forma:
Para mayor información y/o consulta de la zona horaria, puede revisar la página oficial del Centro Nacional de Meteorología, CENAM:
http://www.cenam.mx/hora_oficial
No, la fecha expresada en el atributo fecha debe corresponder con la zona horaria del código postal especificado en el campo LugarExpedicion del Emisor del CFDI.
Al tener bajo nuestra dirección una empresa o comercio, surgen diversas obligaciones fiscales con las que debemos cumplir en tiempo y forma. En este ámbito, es común que comencemos a escuchar el término factura electrónica. Lo mismo ocurre si somos prestadores de un servicio de facturación electrónica; debemos manejar toda la información relevante al respecto para brindar un servicio de excelencia.
En esta línea, el SAT está constantemente emitiendo información que especifica los parámetros a cubrir para que el proceso se realice correcta y oportunamente. En este artículo desarrollamos la mecánica de esta obligación, para que pueda cumplir de la mejor manera al realizar sus próximas declaraciones fiscales, utilizando una plataforma y asesoría de clase mundial.
Como Proveedor Autorizado de Certificación, ofrecemos una plataforma que lo asesora 24/7. Si desea conocer la calidad de nuestro servicio, le brindamos un periodo de prueba gratuito de 30 días, donde contará con todas las herramientas necesarias para estar en cumplimiento al gestionar y crear comprobantes fiscales.
Un estudio realizado por expertos en materia fiscal en México nos ubicó entre los primeros lugares en lo que se refiere a plataformas para llevar a cabo los trámites correspondientes al envío, comunicación y coordinación de facturas electrónicas con el SAT.
Nuestra compañía puede hacerse cargo de todos los trámites requeridos, para liberar a sus recursos de tareas administrativas alejadas del core de su negocio. Usted solo tendrá que llenar los campos correspondientes a la información de la factura electrónica que desee emitir. Esto debido a que al ser un PAC del SAT, usted cumplirá con todos los requerimientos que por ley quedan estipulados en los libros del SAT, entre otros:
La adopción y aplicación de la contabilidad electrónica en las empresas es un requisito obligatorio para cumplir con los estatutos que el SAT solicita, y que permite tener un mejor rendimiento de las cuentas, tiempo y gestión.
Implementar el proceso puede tener complejidades. A continuación le presentamos las 10 preguntas más frecuentes sobre la contabilidad electrónica, con el fin de brindarle una guía para garantizar el correcto y óptimo uso de esta herramienta.
Lo primero será contar con: firma electrónica avanzada (FIEL) vigente; tener los archivos correspondientes en XML y comprimidos en ZIP; contar con acceso a Internet para realizar el proceso. Cumplidos estos puntos, se dirigirá a la página del SAT, seleccionará Buzón Tributario y dentro del mismo, el apartado de contabilidad electrónica. Se autentificará con su FIEL o nombre de usuario y contraseña. Llenará los campos que se le soliciten correspondientes a la información que compartirá y esperará el proceso para obtener su acuse y validación, o en su defecto el fallo negativo.
Hay opciones en el mercado que pueden ir desde los 300 pesos mensuales. Asimismo, si usted ya tiene un programa que la maneje, solo es necesario actualizarla o activarla mediante algún pago dentro del mismo.
Se recomienda que se envíe a los niveles de Cuenta y Subcuenta.
Efectivamente, la herramienta utilizada tiene la posibilidad de sustituir los archivos enviados sin un límite estipulado, aunque se aconseja que realice el proceso tranquila y correctamente.
La plataforma solicita que el llenado de información sea en español.
Recibirá un acuse de validación o de fallo negativo y en caso de perderlos, dentro de la plataforma usted podrá encontrar un área de consulta de sus números de acuse.
El envío de la información se realizará a través del Buzón Tributario del portal del SAT, mismo en el que encontraremos un apartado correspondiente a este elemento.
Aquellos que por obligación deben llevar su contabilidad electrónica y no lo hagan, podrán recibir multas que van desde los 260 pesos hasta los 48,440 pesos. Si el incumplimiento sigue, se puede llegar a la clausura del establecimiento.
Con estas 10 preguntas frecuentes sobre contabilidad electrónica esperemos ponga en práctica este innovador procedimiento para su empresa.
En materia de facturación electrónica, la emisión de CFDI en línea es obligatoria.
El Comprobante Fiscal Digital por Internet o CFDI es el documento oficial para comprobar transacciones entres dos partes, sean personas físicas o morales en México. El formato obtenido de la emisión de un CFDI consta de dos partes, XML y PDF, que garantizan su integridad, autenticidad y originalidad. Además es verificable en caso de dudas o correcciones.
En materia de CFDIs en línea, los expertos afirman que más complementos serán añadidos este año, los cuales darán un giro a la industria. Dichos valores a agregar tienen que ver con nómina y retenciones o información de pagos. También se esperan cambios en los estatutos existentes respecto a los campos a llenar, y la eliminación de algunos de ellos.
Sean cuales sean estos cambios, es importante tener en claro que la facilidad para aplicarlos dependerá del asesoramiento oportuno que reciba por parte de su proveedor. Solo así podrá realizar su CFDI en línea, cumpliendo con los estatutos que dicta el SAT, timbrando el documento y enviándolo de manera correcta y oportuna.
Dentro del sistema actual de declaración fiscal, la factura electrónica es el “nuevo” método, obligatorio desde el año 2014. ¿Sabe cómo generar una factura electrónica o aún tiene dudas?
La factura electrónica es la nueva modalidad del documento realizado anteriormente en papel, el cual ya no debería utilizar. Al facturar electrónicamente, está desarrollando el mismo fundamento, ya que se utiliza para declarar el costo de servicios y extraer los impuestos y cargos que como persona física debe pagar.
Una vez que opte por poner en práctica el desarrollo de este tipo de declaración, atenderá a las disposiciones legales que le corresponden, y que le permitirán de igual modo, aún sin un documento físico, cumplir con los estatutos que debe contemplar, incluyendo autenticidad, veracidad, originalidad, integridad y tiempos.
La factura electrónica se caracteriza por su validez legal, su fácil manejo, control y rastreo, tanto de las partes involucradas en su emisión y recepción, como de la autoridad fiscal.
La implementación de la factura electrónica es una obligación que debe atender de inmediato, pues el SAT, entidad que rige las declaraciones fiscales del país, podría de lo contrario generar multas y sanciones. Para hacer una factura electrónica se aconseja afiliarse u obtener los servicios que presta la plataforma de un PAC, ya que en ella, se engloban todos los parámetros necesarios y se cubren las necesidades correspondientes con la asesoría profesional y dedicada que busca. Asimismo, contiene las especificaciones de una manera sencilla y fácil de comprender, así como el contacto con algún asesor disponible cuando lo solicite.
Para facturar electrónicamente, primero debe darse de alta en Hacienda, según el caso que su situación presente. Esto quiere decir que, antes de nada, debe aclarar si es persona física o moral y obtener su RFC.
Una vez hecho esto, el SAT pone a su disposición su plataforma para que realice la solicitud correspondiente y obtenga los archivos que requiera. Lo siguiente será desarrollar la Firma Electrónica, la cual también se explica en el portal del SAT y con ella ingresar a los portales que la entidad ofrece según el requerimiento que solicite.
Debe ir al apartado “Firma Electrónica Avanzada – Comprobantes Digitales” del portal del SAT, el que contiene un vínculo que lo dirigirá a un lugar donde ingresará los archivos que generó anteriormente y la contraseña. Luego obtendrá un certificado que debe resguardar, pues ese certificado será la pieza vital para emitir facturas.
Ahora, a través de nuestra barra de navegación o dando clic al vínculo anterior, podrá comenzar a navegar a través del sitio para la generación de facturas electrónicas.
Nuestro sitio ofrece a quienes solicitan sus servicios un portal en el cual podrán navegar de una manera ágil y sencilla, pues cada sección está dividida según la necesidad que desee cubrir. En primer plano y de inicio, el portal le ofrece crear una cuenta gratis por un tiempo determinado, en el cual podrá desarrollar las habilidades necesarias para comprender ampliamente el sistema. De la misma manera, contamos con asesores que podrán apoyarle en todo momento.
Estos son los pasos que deberá seguir para generar una factura electrónica:
Uno de los factores clave para el desarrollo de un negocio es estar al día con los deberes y aspectos fiscales, ya que ignorarlos puede provocar desequilibrios por las actualizaciones, recargos y multas generadas. Además, procurar la legalidad en los procesos internos y externos mejora las posibilidades de mantener e incrementar la productividad de nuestra organización, haciéndola más competitiva.
Para muchos empresarios, estar al corriente con el fisco puede parecer una tarea complicada; sin embargo, actualmente, la mayoría de los trámites se realiza de forma electrónica, lo que permite ahorrar tiempo, disminuir costos, llevar un buen control financiero y tener acceso a los beneficios que la tecnología otorga.
– Darse de alta en el SAT: la primera obligación fiscal es inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y mantener actualizados sus datos.
– Presentar declaraciones: mensualmente debe presentar la declaración de Impuesto Sobre la Renta (ISR), la de Impuesto al Valor Agregado (IVA), la de retenciones de IVA e ISR, la de Información de Operaciones con Terceros (DIOT), la de impuestos locales y anualmente, las declaraciones de IVA e ISR y la Informativa Múltiple (DIM).
– Facturar electrónicamente: todos los contribuyentes están obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para realizar las deducciones correspondientes, por lo que las facturas en papel ya no son válidas. Para expedir CFDI necesita su Firma Electrónica (FIEL), el Certificado de Sello Digital (CSD) y una solución tecnológica que automatice la generación, envío y almacenamiento de las facturas electrónicas.
– Emitir recibos de nómina electrónicos: todas las empresas que pagan sueldos, salarios e ingresos asimilados a sus trabajadores, deben expedir CFDI por los pagos que realicen.
– Llevar contabilidad electrónica: enviar su información contable al SAT por medios electrónicos, es decir, debe generar los archivos tipo XML de la balanza de comprobación, catálogo de cuentas, pólizas y auxiliares de cuenta para entregarlos a la autoridad fiscal a través de su página de Internet en los tiempos establecidos.
– Recuerde que cumplir con sus obligaciones frente al fisco le permitirá demostrar la solidez de su compañía, conocer la situación financiera de su empresa en cualquier momento para tomar decisiones oportunas, y, lo más importante: tener en orden su situación fiscal le permitirá enfocarse en su principal objetivo, que es hacer que su negocio funcione y crezca.
La contabilidad electrónica se refiere a la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT. Para dar cumplimiento formal a este ingreso, se envía únicamente la balanza de comprobación y el catálogo de cuentas con el código agrupador del SAT que permita su interpretación. Hace pocos años, entró en vigor el uso obligatorio de la facturación electrónica para las personas morales, luego las personas físicas y finalmente, exigieron a todos el timbrado de las facturas, lo que implica enviar al SAT copia de dichos documentos. Es la traducción de una parte de la información contable a archivos en formato XML, para que puedan ser revisados por la autoridad.
Esto nace a partir de la necesidad de un mayor control y debido a las carencias actuales de recursos humanos. La información contable en formato electrónico (XML), así como cuentas y balanza de los contribuyentes. Adicionalmente, se pidió asociar dentro de las pólizas la información de los CFDI de ingresos y gastos, detallando la forma de pago y cobro de estos, con el objetivo de tener una imagen más clara de la salud fiscal de los contribuyentes.
Los contribuyentes deben revisar los catálogos contables y asegurarse de cumplir con la estructura solicitada por el SAT para evitar que haya interpretaciones equivocadas de la información contable. También se deben depurar los saldos de cuentas en función de la nueva estructura y pedir a los contadores que cambien su forma de contabilizar. Este método debe ser aplicado por todos aquellos contribuyentes del sector financiero, personas morales y físicas con ingresos mayores a cuatro millones de pesos. Deben enviar la información del catálogo de cuentas con código agrupador y la balanza de comprobación correspondiente a los meses que deban declarar. Los contribuyentes que utilicen el buzón tributario deben, de manera previa, haber confirmado su correo electrónico. Es recomendable revisar los archivos en el validador de forma y sintaxis disponible en el Portal del SAT, así como verificar que esté vigente la firma electrónica.