Cambios en la normativa de recibos electrónicos en Costa Rica: Lo que necesita saber

Andrés Landerretche
March 26, 2025

Cambios importantes en la normativa de recibos electrónicos de Costa Rica fue introducida por la autoridad tributaria a través del nuevo mandato 44739-H.

Esta nueva normativa, publicada el 8 de noviembre, busca modernizar los procesos y garantizar la precisión en las transacciones electrónicas en todo el país, introduciendo cambios significativos en la gestión de los comprobantes electrónicos para efectos tributarios. 

Principales cambios en la normativa del recibo electrónico

  1. Creación de un comprobante adicional (Comprobante de Pago Electrónico): Se introduce un comprobante adicional denominado Comprobante de Pago Electrónico, que soportará pagos parciales, brindando mayor claridad y trazabilidad en las transacciones.
  2. Aceptación Tácita de los Comprobantes Electrónicos: Si el emisor o receptor del comprobante electrónico no lo confirma dentro del plazo establecido por la autoridad fiscal, se presumirá su aceptación total. Esto implica que el recibo se considerará parte de las operaciones o transacciones que afecten a las declaraciones autoliquidatorias.
  3. Procedimiento para Rechazo de Comprobantes Electrónicos: En caso de rechazo total o parcial del comprobante, el receptor deberá reenviarlo al emisor, quien deberá emitir una nota de crédito para modificar o cancelar los efectos contables del comprobante electrónico ya sea total o parcialmente. La nota de crédito debe hacer referencia explícita al recibo que se está ajustando.
  4. Medidas para la Inclusión de Comunidades Indígenas: El reglamento establece acciones específicas para cerciorar el acceso y uso de los comprobantes electrónicos al interior de las comunidades indígenas, garantizando su integración al sistema tributario digital.

Disposiciones técnicas y nuevas versiones

La Resolución MH-DGT-RES-0027-2024 establece las disposiciones técnicas de los comprobantes electrónicos y detalla las fechas de implementación de la versión 4.4 y sus anexos.

  1. Implementación de la versión 4.4: Inicialmente prevista para entrar en vigor el 1 de junio de 2025, la implementación de la versión 4.4 de recibos electrónicos fue pospuesta al 1 de septiembre de 2025. A partir de esta fecha, la versión 4.3 quedará derogada y solo podrá emplear para generar notas de crédito y débito relacionadas con recibos emitidos bajo dicha versión.
  2. Adopción Anticipada de la Versión 4.4: Los contribuyentes que cuenten con los desarrollos necesarios para implementar la versión 4.4 de “Anexos y Estructuras” podrán comenzar a emplearla de manera anticipada, a partir del 1 de abril de 2025.
  3. Campos Obligatorios para Medicamentos: Hasta la implementación de la versión 4.4, los contribuyentes que comercialicen medicamentos de consumo humano que requieran registro sanitario deberán implementar los campos “Registro de medicamento” y “Forma farmacéutica” de la versión 4.3 de los Anexos y Estructuras. Este requisito entró en vigor el 1 de enero de 2025.
  4. Suspensión del uso del código QR: Se suspende el uso obligatorio del código de Respuesta Rápida (QR) en la representación gráfica de los comprobantes electrónicos hasta que la autoridad tributaria comunique lo contrario mediante comunicación oficial.
  5. Nuevos métodos de pago: Los nuevos métodos de pago reconocidos incluyen SIMPE móvil, efectivo y tarjeta.
  6. Actividad económica del destinatario: Las facturas deben incluir la actividad económica del destinatario.
  7. Nuevos tipos de identificación: Las opciones de identificación ahora incluyen “Extranjeros no residentes” y “no contribuyentes”.
  8. Condiciones de Venta Ampliadas: Se introducen nuevas clasificaciones dentro del IVA y opciones de pago como cuotas y pagos diferidos.
  9. Resumen XML: Ajustes para mayor claridad y detalle.
  10. Integración con la Administración Tributaria Digital (Hacienda Digital): Alineación al proyecto de modernización tributaria.
  11. Nuevas Clasificaciones del IVA: Exenciones para Zonas Francas, regalías, bonificaciones, arrendamiento operativo y financiero, depósitos en garantía, multas, sanciones e intereses moratorios.

La nueva normativa del recibo electrónico introduce cambios importantes en la emisión, validación y gestión de estos documentos, apostando por la modernización y la inclusión digital.

Es fundamental que los contribuyentes se preparen para la adopción de la versión 4.4 y cumplan con las nuevas disposiciones técnicas dentro de los plazos establecido para cerciorar el cumplimiento de la normativa tributaria vigente.

Aquí encontrará más información sobre las regulaciones de Costa Rica. Y para obtener información sobre las regulaciones de otros países de América Latina, consulte nuestra página de normas tributarias .

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Autor

Andrés Landerretche

Andrés es el Director de Análisis y Diseño Regulatorio en América Latina. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Chile y tiene un LLM en Derecho Internacional por el Kings College de Londres. Andrés tiene más de 20 años de experiencia internacional trabajando en el servicio diplomático chileno, con destinos en Sudáfrica y en las Naciones Unidas en Nueva York. Tiene una importante experiencia en asuntos corporativos, cumplimiento, comunicaciones y relaciones comunitarias en Chile, Brasil, Colombia, Perú, Sudáfrica y Australia.
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