Modificación del plazo de envío de la factura electrónica

27 de febrero, 2023

Mediante la Resolución Nº 000003-2023, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria estableció un nuevo plazo máximo de entrega de tres días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de emisión, para remitir la factura o la nota electrónica vinculada a la SUNAT o al Operador de Servicios Electrónicos (OSE), según corresponda.

La ampliación del plazo será obligatoria para los contribuyentes que emitan sus comprobantes a través del SEE-contribuyente, Facturador SEE-SUNAT y SEE-OSE.

Hay que tener en cuenta que los documentos electrónicos que no se envíen en los plazos establecidos no tendrán la calidad de factura y nota electrónica, aunque hayan sido entregados al adquirente o usuario.

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Author

Andrés Landerretche

Andrés es el Director de Análisis y Diseño Regulatorio en América Latina. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Chile y tiene un LLM en Derecho Internacional por el Kings College de Londres. Andrés tiene más de 20 años de experiencia internacional trabajando en el servicio diplomático chileno, con destinos en Sudáfrica y en las Naciones Unidas en Nueva York. Tiene una importante experiencia en asuntos corporativos, cumplimiento, comunicaciones y relaciones comunitarias en Chile, Brasil, Colombia, Perú, Sudáfrica y Australia.
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