La factura electrónica en El Salvador forma parte del sistema de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), administrado por el Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los DTE sustituyen los documentos tributarios físicos por equivalentes digitales con plena validez legal. Cada documento debe ser generado electrónicamente, firmado digitalmente y transmitido a la administración tributaria para su validación y posterior emisión de un sello de recepción que le otorga validez fiscal.
El modelo busca modernizar el cumplimiento tributario, facilitar la gestión documental de los contribuyentes y fortalecer los mecanismos de control fiscal.
Esta página contiene información esencial para comprender el régimen de facturación electrónica de El Salvador y mantenerse al día con sus principales requisitos regulatorios.
El modelo de Documentos Tributarios Electrónicos funciona mediante un proceso de generación, firma, transmisión y validación electrónica.
El emisor genera el documento en formato JSON (JavaScript Object Notation) desde su sistema de facturación, incorpora la firma electrónica y lo transmite a la autoridad tributaria. Esta verifica la estructura y consistencia de la información y, si la validación es exitosa, asigna un Sello de Recepción.
Una vez validado, el documento puede ser entregado al receptor por medios electrónicos, mientras que la información queda almacenada en los sistemas del Ministerio de Hacienda para fines de control y consulta.
Todos los DTE deben ser transmitidos al Ministerio de Hacienda para su validación. Una vez que la administración tributaria verifica que el documento cumple con los requisitos técnicos y tributarios establecidos, emite un Sello de Recepción que le otorga validez fiscal.
Si el documento no cumple, lo rechaza y devuelve un mensaje detallando los campos que fallaron la verificación para su corrección y nuevo envío.
Todos los Documentos Tributarios Electrónicos deben incorporar una firma electrónica antes de ser transmitidos a la administración tributaria. La firma electrónica garantiza la autenticidad, la integridad y el no repudio del documento, y su incorporación es un requisito sine qua non para que el documento pueda ser procesado y validado.
El Ministerio de Hacienda proporciona gratuitamente los certificados de firma electrónica a los contribuyentes autorizados como emisores de DTE.
La firma electrónica también es obligatoria para determinados eventos asociados a los DTE, como procesos de contingencia e invalidación.
La normativa salvadoreña contempla mecanismos especiales para situaciones que impidan la transmisión normal de los Documentos Tributarios Electrónicos.
En estos casos, determinados documentos pueden ser generados, firmados y entregados al receptor durante la contingencia sin sello de recepción para, posteriormente —una vez superada la contingencia— ser transmitidos al Ministerio de Hacienda dentro de los plazos establecidos por la regulación vigente para la obtención del sello correspondiente.
Una vez que el evento de contingencia obtiene el Sello de Recepción, el emisor debe transmitir el lote de los DTE generados en contingencia dentro de las 72 horas siguientes.
Los Documentos Tributarios Electrónicos deben conservarse durante un período mínimo de diez años.
La obligación aplica tanto al emisor como al receptor del documento, e incluye el archivo electrónico original, la representación gráfica y cualquier documentación asociada a eventos de contingencia o invalidación.
Asimismo, el Ministerio de Hacienda mantiene el resguardo permanente de los documentos validados mediante Sello de Recepción.
La normativa salvadoreña establece reglas específicas para la identificación de los receptores de los Documentos Tributarios Electrónicos. Dependiendo del monto de la operación y del uso tributario que se dará al documento, pueden existir requisitos diferenciados respecto de la información que debe registrarse.
En el caso de las personas jurídicas, la razón social debe consignarse siempre. Tratándose de personas naturales solo se identificará al receptor cuando la operación exceda de USD 25.000, proporcionando nombre o razón social y número de identificación tributaria o de identidad.
De acuerdo con el artículo 119-A del Código Tributario, el Ministerio de Hacienda determina la fecha en que cada contribuyente debe incorporarse al sistema de Documentos Tributarios Electrónicos mediante notificación individual.
La obligación aplica a todos los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a los agentes de retención designados por la administración tributaria y a determinadas corporaciones y fundaciones de utilidad pública (B2B y B2C).
Los contribuyentes también pueden incorporarse voluntariamente al sistema antes de recibir la notificación oficial de obligatoriedad.
El Ministerio de Hacienda ofrece dos alternativas para la emisión de Documentos Tributarios Electrónicos, que van de acuerdo al volumen operativo y capacidad tecnológica de los contribuyentes:
• Plataforma gratuita
• Sistema de Transmisión de DTE
Esta plataforma está orientada a contribuyentes que emiten hasta 500 documentos mensuales. Se trata de una solución gratuita proporcionada por el Ministerio de Hacienda que permite emitir DTE directamente desde un portal web.
Es la plataforma para contribuyentes de mayor volumen y dirigida a contribuyentes que requieren integrar la facturación electrónica con sistemas ERP u otras plataformas corporativas.
El emisor desarrolla su sistema de facturación interno conforme a los requisitos técnicos de la DGII y lo conecta al servicio web de transmisión del Ministerio de Hacienda.
El sistema de Documentos Tributarios Electrónicos contempla distintos tipos de documentos según la naturaleza de la operación realizada:
Cada documento posee requisitos y usos específicos definidos por la normativa tributaria salvadoreña.
Los DTE se generan y transmiten exclusivamente en formato JSON, que constituye el estándar técnico oficial definido por la administración tributaria.
Entre los principales elementos que componen un Documento Tributario Electrónico se encuentran:
Además del archivo JSON, los contribuyentes deben generar una representación gráfica o versión legible (VL) del documento para facilitar su visualización y entrega al receptor. También debe respetar ciertas características definidas por la autoridad.
La implementación de la factura electrónica en El Salvador ha sido gradual y ha requerido diversas adecuaciones normativas y tecnológicas por parte de la administración tributaria.
Las principales etapas de este proceso han sido:
El esquema de facturación electrónica continúa evolucionando mediante actualizaciones técnicas y regulatorias impulsadas por el Ministerio de Hacienda. Entre los cambios previstos se incluyen nuevas exigencias para determinados tipos de documentos y actualizaciones de catálogos técnicos utilizados por el sistema.
El incumplimiento de las obligaciones asociadas a los Documentos Tributarios Electrónicos puede dar lugar a sanciones conforme a lo establecido en el Código Tributario.
La normativa contempla infracciones vinculadas a la emisión, transmisión y contenido de los DTE, así como a determinados requisitos de identificación del receptor. Las sanciones aplicables incluyen multas calculadas en base al monto de la operación, así como la posible revocación de la autorización como emisor electrónico, entre otras.
Además de emitir correctamente los Documentos Tributarios Electrónicos, los contribuyentes deben cumplir con los procedimientos de habilitación definidos por el Ministerio de Hacienda y mantenerse actualizados respecto de los cambios regulatorios y técnicos que afectan al sistema.
Los contribuyentes que deseen incorporarse al sistema de Documentos Tributarios Electrónicos deben completar un proceso de habilitación definido por el Ministerio de Hacienda.
El procedimiento contempla la presentación de una solicitud de incorporación, la obtención de certificados para ambientes de prueba, la ejecución de validaciones técnicas, la autorización como emisor, obtener el certificado para ambiente productivo, y, finalmente, la emisión de DTE con plena validez fiscal.
El sistema de facturación electrónica se sustenta principalmente en el Código Tributario y sus reformas, particularmente las disposiciones incorporadas para regular los Documentos Tributarios Electrónicos.
Entre las principales modificaciones normativas destaca la incorporación del artículo 119-B al Código Tributario, que regula aspectos relacionados con la emisión, validación y conservación de los Documentos Tributarios Electrónicos.
El marco normativo también incluye la Normativa de Cumplimiento de los Documentos Tributarios Electrónicos, la Ley de Firma Electrónica, la Ley de Comercio Electrónico, el Reglamento de Aplicación del Código Tributario y la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA).
El Sello de Recepción es la validación emitida por el Ministerio de Hacienda una vez que verifica que el Documento Tributario Electrónico cumple los requisitos técnicos y tributarios establecidos. Solo después de obtener este sello el documento adquiere validez fiscal.
Sí. Todos los DTE deben ser firmados electrónicamente antes de ser transmitidos a la administración tributaria.
Sí. Además del archivo electrónico original, los DTE pueden contar con una representación gráfica o versión legible destinada a facilitar su visualización y entrega al receptor.
La normativa establece un período mínimo de conservación de diez años.
En situaciones de contingencia los contribuyentes pueden emitir determinados documentos de manera diferida y transmitirlos posteriormente a la administración tributaria dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente.
Sí. El Código Tributario contempla sanciones para determinadas infracciones relacionadas con la emisión, transmisión y contenido de los Documentos Tributarios Electrónicos. Dependiendo del tipo de incumplimiento, las multas pueden calcularse sobre el monto de la operación correspondiente, además de otras sanciones previstas por la normativa vigente.
La validez fiscal se obtiene una vez que el Ministerio de Hacienda valida el documento y emite el correspondiente Sello de Recepción.
La adopción de los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) en El Salvador representa un paso importante en la transformación digital del cumplimiento tributario.
A medida que más contribuyentes se incorporan al sistema y evolucionan los requisitos técnicos y regulatorios, las organizaciones necesitan soluciones que les permitan adaptarse con rapidez y reducir riesgos operativos.
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