México: Segunda modificación a la Resolución Fiscal Miscelánea para 2020 extiende el uso de CFDIs globales a los vendedores de combustibles

Ramón Frias
July 28, 2020

28 de julio, 2020

La administración tributaria mexicana (SAT) ha incluido una nueva disposición en la segunda modificación de la resolución fiscal miscelánea que extiende, hasta el 31 de diciembre de 2020, el permiso otorgado a los vendedores de combustibles para emitir facturas electrónicas globales (CFDI) por sus ventas de combustibles sujetos a controles volumétricos. Este permiso tenía fecha de caducidad, originalmente, el 31 de julio de 2020. Esto implica que, a partir del 1 de enero de 2021, dichos contribuyentes deben emitir un CFDI por cada venta de combustible hecha a sus clientes. Esta disposición se puede encontrar en el art. tercero que modifica el artículo vigésimo séptimo de la Resolución Fiscal Miscelánea 2020. Para obtener más información sobre las condiciones técnicas para aplicar esta extensión, visite la resolución en este enlace:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5597260&fecha=24/07/2020

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Autor

Ramón Frias

Siendo un abogado fiscal, Ramón cuenta con licencia para ejercer derecho en la República Dominicana y es miembro del Colegio de Abogados de ese país. Posee un certificado de especialización en impuestos de la Universidad de Harvard y una licenciatura en derecho de la Universidad Autónoma de Santo Domingo. Ramón ha escrito numerosos ensayos sobre administración tributaria y por uno de ellos ganó el primer premio en el concurso internacional de ensayos auspiciado por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT). Antes de unirse a Sovos Compliance, Ramón trabajó por más de 10 años en la Dirección General de Impuestos Internos de la República Dominicana, donde se desempeñó como subdirector general. Maneja de manera fluida el idioma francés y el inglés, además de su español nativo.
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