20 de noviembre, 2024
A partir del 1 de noviembre se establece información obligatoria a incorporar en guías de despacho y facturas emitidas por los contribuyentes que realicen actividades de explotación forestal tales como: producción, transporte, venta, almacenamiento, depósito, mantención o acopio de troncos o trozas de madera que no sean de especies nativas, provenientes de terrenos o bosques privados, los siguientes datos:
Entre otra información se encuentra:
- Datos de origen y destino de las mercancías
- Numero de autorización para el desarrollo de la actividad
- Descripción unitaria de las mercancías
- Datos de los transportistas
Puede ver más información aquí.