4 de diciembre, 2024
Fue publicada la Resolución General MH-DGT-RES-0027-2024 que establece las disposiciones técnicas de los comprobantes electrónicos para efectos tributarios, la cual, entre otros cambios, establece las fechas de implementación de la versión 4.4 y sus anexos.
- La versión 4.4. regirá a partir del 01 de junio del 2025. A partir de dicha fecha se deroga la versión 4.3, la que solo se podrá usar para generar notas de crédito y débito que ajusten los comprobantes emitidos conforme a dicha versión.
- Aquellos obligados tributarios que cuenten con los respectivos desarrollos para implementar la versión 4.4 de “Anexos y Estructuras” antes del plazo señalado en el párrafo anterior, podrán implementar la nueva versión a partir del 1 de abril del 2025.
- Hasta que se implemente la versión 4.4 de los Anexos y Estructuras, los obligados tributarios que comercialicen medicamentos para consumo humano que requieran los registros sanitarios emitidos por el Ministerio de Salud de conformidad con la normativa aplicable, deberán implementar y poner en funcionamiento en la versión 4.3 de los Anexos y Estructuras, los campos denominados “Registro de medicamento” y “Forma farmacéutica”, a partir el 1 de enero de 2025.
- La fecha de la entrada en vigor del uso del Código de Respuesta Rápida (QR) en la representación gráfica, queda suspendido hasta que la autoridad lo informe mediante medios oficiales.
Más información acá.