30 de octubre, 2019
En base al anuncio anterior que realizó el Servicio de Impuestos Internos (SII), que establecía que la fecha límite para el uso de factura en papel sería el 1 de noviembre para los facturadores electrónicos actuales y el 1 de diciembre para los contribuyentes que no emiten documentos electrónicos; recientemente fue publicada la Resolución Ex SII N° 120 de 2019, que modifica la Resolución Ex. SII N° 113 de 2019, otorgando un nuevo plazo para el inicio de la obligación de emitir los documentos tributarios de exportación (facturas, notas de crédito y notas de débito) exclusivamente en formato electrónico.
Esta modificación tiene relación con las dificultades que han manifestado los contribuyentes, además de considerar el contexto nacional que, en algunos casos, ha impedido el normal funcionamiento de las empresas.
La nueva fecha para la entrada en vigor del nuevo mandato será el día 17 de enero de 2020, fecha a partir de la cual el uso de facturas en papel por parte de exportadores quedará prohibido para fines tributarios, salvo cuando se trate de situaciones de contingencia establecidas por la ley. La misma fecha aplica para el inicio de la obligación del uso de guías de despacho electrónicas.
Para más información, revise la resolución en el siguiente enlace: http://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso120.pdf