4 de enero, 2021
La administración tributaria chilena emitió la resolución 167/2020 que obliga a las entidades financieras a presentar un reporte trimestral informando los pagos realizados por sus clientes a proveedores extranjeros de servicios digitales, cuando a dichos proveedores se les pague a través de tarjetas de crédito o débito, o medios electrónicos similares administrados por estos bancos o entidades financieras. Este nuevo informe electrónico denominado “Reporte Tarjetas de Pago” vencerá el último día hábil de los meses de mayo (para el período enero-marzo), agosto, noviembre y febrero respectivamente. A partir de junio de 2020, Chile comenzó a hacer cumplir la recaudación del IVA de los suministros extranjeros de bienes y servicios digitales. Los proveedores que realicen ventas B2C a clientes ubicados en Chile deberán registrarse, cobrar y pagar el IVA correspondiente a la administración tributaria. La información recopilada por los informes mencionados tiene como finalidad asegurar el adecuado cumplimiento del mandato antes señalado.
https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso167.pdf