A través de la Resolución de Superintendencia N° 000293-2024/SUNAT, se posterga, del período enero de 2025 al período julio de 2025, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), determinados sujetos que se encuentran obligados a llevar los mencionados registros.
Dicha resolución modifica la Resolución de Superintendencia N.° 000112-2021/SUNAT, y la Resolución de Superintendencia N.° 000040-2022/SUNAT, que aprueba el SIRE y el Módulo para el llevado del Registro de Compras que se incorpora en dicho sistema.
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