13 de abril, 2022
El gobierno peruano emitió el nuevo Decreto Legislativo 1532, que establece una lista de contribuyentes sin capacidad operativa (SSCO – sujeto sin capacidad operativa). La idea de este decreto es establecer un listado de contribuyentes que están legalmente habilitados para emitir facturas electrónicas pero que no han acreditado contar con la infraestructura, condiciones, capacidad logística o económica para realizar las operaciones que están reportando a la SUNAT. El efecto principal de estar incluidos en esta lista es que las facturas electrónicas emitidas por esos contribuyentes no podrán ser utilizadas para acreditar el IVA soportado ni para deducir gastos para efectos del impuesto sobre la renta. Únicamente podrán emitir boletas electrónicas y se dejará sin efecto la serie de números permitidos para emitir facturas electrónicas. El reglamento ha dispuesto un procedimiento para que dichos contribuyentes apelen a las resoluciones que los incluyan en esa lista, y también se ha permitido a sus socios comerciales apelar ante la SUNAT por la validez de los documentos que hayan recibido de los SSCO. Esta nueva disposición entrará en vigencia el 1 de enero de 2023 y se requiere que la SUNAT emita una nueva resolución estableciendo los detalles para su implementación.