18 de noviembre, 2021
La SUNAT emitió la nueva resolución 165/2021, que regula aún más el proceso de aceptación o rechazo de facturas electrónicas, y las condiciones para la negociación de facturas emitidas por transacciones a crédito. Para ello, el uso de la plataforma para el procesamiento de facturas (Sunat Operaciones en Línea – SOL) y el webservice de la misma, contarán con un buzón de correo que permitirá a los contribuyentes presentar facturas a sus clientes, y estos podrán también registrar la aceptación, rechazo o verificación de los documentos electrónicos que reciben.
En línea con ese propósito, la SUNAT ha establecido que a partir del 17 de diciembre de 2021, los contribuyentes tienen 4 días para poner a disposición las facturas a sus clientes, pero a partir del 1 de enero de 2022, el plazo será de 2 días a partir del momento en que se presente la factura. Una vez que la factura se considere recibida por el cliente, tendrá 8 días para aceptarla o rechazarla.