31 de agosto, 2021
La administración tributaria de Paraguay (SET) emitió la nueva resolución 95/2021 que establece las fechas límite para que ciertos contribuyentes comiencen a emitir facturas electrónicas y para que otros se sumen al programa voluntario que se viene ejecutando desde hace un tiempo. De acuerdo con esta nueva resolución, todos los contribuyentes que formen parte del programa piloto, según se indica en el Anexo 2 de la Resolución, deberán comenzar a emitir facturas exclusivamente electrónicas a más tardar el 1 de enero de 2022. Aquellos contribuyentes que formen parte del Anexo 3, y que actualmente forman parte de la “fase voluntaria” de esta iniciativa deberán comenzar a emitir facturas exclusivamente electrónicas antes del 1 de abril de 2022.
El Anexo 1 de la Resolución enumera los contribuyentes que ahora están habilitados para convertirse en facturadores electrónicos voluntarios. Esos contribuyentes pueden comenzar a emitir documentos electrónicos en cualquier momento a partir de ahora, pero deberán cumplir plenamente con el plazo establecido por la administración tributaria. Bajo este mandato, todas las facturas de ventas, facturas de importación, autofacturas, facturas de exportación, notas de crédito, notas de débito, guías de despacho y recibos de retención deben emitirse electrónicamente. El único tipo de factura que no está cubierta por el mandato es el Comprobante de Retención Virtual, para el cual aún no se ha liberado la documentación técnica.