Uruguay – 8 de febrero, 2021
La administración tributaria de Uruguay (DGI) emitió la resolución 168/2021, que obliga a todos los nuevos emisores de facturas electrónicas a informar acerca de los proveedores de software que les brindan soluciones de facturación electrónica y/o almacenamiento de dichas facturas. Esta normativa, que entrará en vigencia el 1 de junio de 2021, exige a quienes a esa fecha ya sean emisores de facturas electrónicas, suministrar dicha información a más tardar el 1 de julio de 2021 a través del portal e-Factura de la DGI, bajo la opción Actualización de datos. Quienes, habiendo informado el nombre de sus proveedores de sistemas de facturación electrónica, decidan cambiarlos, tendrán dos meses para informar del cambio a la administración tributaria.
En paralelo se emitió la resolución 167/2021, que obliga a las entidades que proveen servicios de procesamiento y/o almacenamiento de facturas electrónicas en el país a proporcionar a la DGI la lista de clientes a los cuales brindan dichas soluciones. Este mandato entrará en vigencia el 1 de abril de 2021. Sin embargo, las entidades que al 1 de abril de 2021 ya hayan estado prestando esos servicios en Uruguay, y en el futuro continúen prestándolos, tendrán que presentar la información en mayo de 2021. Esta resolución se fundamenta en lo dispuesto en la Resolución 1584/2020 que se emitió anteriormente sobre el mismo tema.