13 de abril, 2021
La SUNAT ha emitido la nueva Resolución 000048-2021 / SUNAT, que mandata a los proveedores de las entidades públicas que se enumeran a continuación, a emitir facturas electrónicas. Esas entidades son:
- Ministerios y sus organismos públicos, programas y proyectos adjuntos
- Poder Legislativo y Judicial y órganos constitucionalmente autónomos
- Comunidades autónomas y sus programas y proyectos adjuntos
- Gobiernos Locales y sus programas y proyectos adjuntos
- Universidades públicas
- Juntas de Participación Social
- Empresas estatales pertenecientes a los tres niveles de gobierno
- Fuerzas Armadas
- Policía Nacional del Perú
- Organismos descentralizados
El cumplimiento de estas obligaciones entrará en vigor el 1 de octubre de 2021. En esta fecha los proveedores deberán comenzar a emitir facturas electrónicas al gobierno, a menos que ya cumplan con el mandato de emitirlas desde una fecha anterior, extendiéndose esta indicación a las notas de crédito y débito relacionadas con las facturas mencionadas. La SUNAT ha subrayado que esta obligación se aplica a los contribuyentes del régimen de la pequeña y mediana empresa, del régimen general y del régimen especial del impuesto a la renta. Finalmente, como resultado de estos cambios, la resolución mencionada indica además que a partir del 1 de octubre de 2021, las entidades gubernamentales ya no deben informar de sus compras a la SUNAT a través de la Confrontación de Operaciones Autodeclaradas (COA).