Costa Rica: Nueva regulación de comprobantes de pago electrónicos para efectos tributarios

María del Carmen Aguilar
December 3, 2024

2 de diciembre, 2024

El 8 de noviembre de 2024 se publicó el nuevo Reglamento de comprobantes electrónicos, que deroga el anterior (Decreto Ejecutivo 1° 41820-H del 19 de junio de 2019).

Entre los cambios más importantes se encuentran:

  1. Crea un recibo adicional (Comprobante de Pago Electrónico), que servirá para respaldar pagos parciales.
  2. Si el emisor o receptor del comprobante electrónico no lo confirma en el plazo establecido por la autoridad, se presumirá que lo acepta en su totalidad y, en consecuencia, formará parte de las operaciones o transacciones que afecten a sus declaraciones de autoliquidación.
  3. El rechazo total o parcial del comprobante electrónico el destinatario deberá enviarlo al emisor, ya que este último deberá emitir la nota de crédito respectiva con el fin de modificar o cancelar, total o parcialmente, los efectos contables del comprobante electrónico. Esta nota de crédito debe referirse al recibo electrónico que se está modificando o cancelando.
  4. Implementa medidas para garantizar el acceso a las comunidades indígenas.

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Autor

María del Carmen Aguilar

María del Carmen es consejera regulatoria en Sovos para Latinoamérica. Radicada en Chile, y originaria de México, obtuvo una Licenciatura en Derecho y una especialización en Derecho Tributario en su país de origen. María del Carmen también tiene una Maestría en Derecho Tributario en la Universidad Panamericana de México, y un Diplomado en Derecho Tributario Internacional con el ITAM y la Universidad de Duke. Trabajó en el SAT durante siete años, y en el equipo fiscal de Pemex, y tiene amplia experiencia en los regímenes fiscales de los países latinoamericanos.
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