24 de septiembre, 2021
La administración tributaria mexicana (SAT) publicó una versión anticipada de la tercera resolución de modificaciones a la Resolución Fiscal Miscelánea para 2021. En dicho documento, el SAT ha establecido que se considerará a los contribuyentes en cumplimiento del mandato que les exige emitir el complemento Carta Porte, incluso si antes del 1 de enero de 2022 dicho complemento no cumple con todas las especificaciones técnicas establecidas en las leyes, reglamentos y documentos técnicos sobre el mismo. Por lo tanto, de acuerdo con la redacción de la mencionada resolución, el plazo límite para el uso del complemento Carta Porte es ahora el 1 de diciembre de 2021, pero también establece que la Carta Porte emitida por el contribuyente desde esta fecha se considerará en cumplimiento, inclusive si no cumple con las especificaciones técnicas establecidas por el SAT. Este permiso especial estará autorizado hasta el 31 de diciembre de 2021. Al hacerlo, se entiende que el SAT ha suspendido hasta esta fecha (31 de diciembre), la ejecución del mandato siempre que los contribuyentes emitan un complemento que no esté en cumplimiento.