El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió el 10 de octubre la Resolución 113/2019, mediante la cual derogó las letras a) y b) del resolutivo primero de la Resolución Ex. SII N° 105 de 2014, que permitía el uso de factura en papel por parte de los exportadores y a nuevos contribuyentes en el proceso de verificación de actividad para timbrar documentos que dan derecho a crédito fiscal.
Esta nueva resolución requerirá que los facturadores electrónicos actuales emitan sus facturas de exportación (así como todas sus demás facturas) a otros clientes utilizando un sistema de facturación electrónica, según lo establecido para tal efecto por el SII. El nuevo mandato entrará en efecto el día 1 de noviembre de 2019, fecha a partir de la cual el uso de facturas en papel por parte de exportadores quedará prohibido para fines tributarios, salvo cuando se trate de situaciones de contingencia establecidas por la ley.
Para los contribuyentes que no sean electrónicos al 1 de noviembre del 2019, la fecha del mandato será a partir del 1 de diciembre 2019.
Para más información, revise la resolución en el siguiente enlace: http://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso113.pdf