26 de marzo, 2024
El Servicio de Impuestos Internos emitió recientemente la Resolución exenta SII N° 36, que establece requisitos respecto de la información registrada en la sección de detalle de los documentos tributarios electrónicos (DTE).
A contar del 1 de julio de 2024, los emisores de los DTE deberán siempre indicar en el campo “Nombre del Ítem” o “Nombre Producto” de la sección “Detalle”, de manera clara, en términos formales y explícitos, sin ambigüedades o imprecisiones, la descripción de los productos que se están vendiendo o los servicios que se están prestando, de acuerdo al sentido natural de las palabras del idioma castellano, evitando abreviaturas que no permitan o dificulten su adecuada comprensión; ello sin perjuicio de que se incluyan codificaciones de uso interno. En caso de que la referida descripción sobrepase los 80 caracteres, se deberá continuar con el desglose en el campo “Descripción Adicional” o “Descrip.” de la misma línea informativa.
El incumplimiento de las obligaciones que establece la presente Resolución será sancionado.
Revise la resolución completa en el siguiente enlace: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso36.pdf