11 de enero, 2022
La administración tributaria de Argentina ha emitido una nueva Resolución General Nº 5133/2021 que excluye a nuevas personas y entidades de la obligación de utilizar el Libro Digital del IVA. Con efecto retroactivo a mayo de 2021, las personas dedicadas a la venta al por menor de diarios y revistas, así como las Asociaciones de Jubilados, de Bomberos, de Padres y Amigos de las escuelas, o los comedores comunitarios, quedarán excluidos de la utilización del mencionado Libro Mayor para el registro de sus transacciones. De acuerdo con la resolución, el retiro del registro de entidades obligadas a utilizar el Libro Mayor Digital del IVA se realizará de forma automática. Sin embargo, para aquellos que reúnan los requisitos para la excepción que no sean retirados automáticamente, la AFIP les permite realizar la solicitud de baja directamente a la autoridad.