Argentina: Nuevas excepciones al uso obligatorio del Libro Digital del IVA

Ramón Frias
January 11, 2022

11 de enero, 2022

La administración tributaria de Argentina ha emitido una nueva Resolución General Nº 5133/2021 que excluye a nuevas personas y entidades de la obligación de utilizar el Libro Digital del IVA. Con efecto retroactivo a mayo de 2021, las personas dedicadas a la venta al por menor de diarios y revistas, así como las Asociaciones de Jubilados, de Bomberos, de Padres y Amigos de las escuelas, o los comedores comunitarios, quedarán excluidos de la utilización del mencionado Libro Mayor para el registro de sus transacciones. De acuerdo con la resolución, el retiro del registro de entidades obligadas a utilizar el Libro Mayor Digital del IVA se realizará de forma automática. Sin embargo, para aquellos que reúnan los requisitos para la excepción que no sean retirados automáticamente, la AFIP les permite realizar la solicitud de baja directamente a la autoridad.

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Autor

Ramón Frias

Siendo un abogado fiscal, Ramón cuenta con licencia para ejercer derecho en la República Dominicana y es miembro del Colegio de Abogados de ese país. Posee un certificado de especialización en impuestos de la Universidad de Harvard y una licenciatura en derecho de la Universidad Autónoma de Santo Domingo. Ramón ha escrito numerosos ensayos sobre administración tributaria y por uno de ellos ganó el primer premio en el concurso internacional de ensayos auspiciado por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT). Antes de unirse a Sovos Compliance, Ramón trabajó por más de 10 años en la Dirección General de Impuestos Internos de la República Dominicana, donde se desempeñó como subdirector general. Maneja de manera fluida el idioma francés y el inglés, además de su español nativo.
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