5 de octubre, 2022
El organismo tributario argentino (AFIP) ha establecido el procedimiento para vincular el Remito Electrónico Harinero (REH) con la factura electrónica de venta que respalda las operaciones de venta de harinas y subproductos derivados de la molienda de trigo.
Al igual que lo establecido recientemente para el documento de transporte electrónico de carnes (Remito Electrónico Cárnico – REC), la Resolución 5264/2022 de la AFIP determina que al momento de confeccionar la correspondiente factura electrónica de venta, se deberá seleccionar la actividad para la cual se está realizando, a fin de identificar el o los REH que fueron emitidos y que se vincularán con la factura electrónica de venta.
Esta obligación será opcional para las facturas electrónicas emitidas a partir del 1 de febrero de 2023 y obligatoria para las emitidas a partir del 1 de marzo de 2023.