Colombia – 23 de julio, 2021

La administración tributaria de Colombia (DIAN) dio a conocer el nuevo proyecto de resolución que pospone la fecha para que los contribuyentes implementen el Documento de Soporte de Compras, que los facturadores electrónicos deben emitir cuando realizan compras a proveedores que no están obligados a emitir facturas electrónicas. La nueva fecha de entrada en vigor es el 31 de enero de 2022. El nuevo proyecto de resolución está abierto a comentarios que la DIAN analizará antes de emitir la versión final del reglamento.

A partir del 1 de diciembre, además del CFDI de Ingresos, será necesario generar el CFDI con complemento de Pagos. Algunas de las razones por las cuales ciertas transacciones comerciales lo requerirán son:

¿Que es el Recibo de Pagos?

El recibo electrónico de pagos, Complemento para Pagos, Complemento para Recepción de Pagos, es una factura en la cual se incorpora información adicional específica sobre pagos recibidos.

El receptor tiene derecho a exigir el Recibo de Pagos, ya que quien recibe el pago está obligado a emitir la factura a favor de quien lo efectúa, y debe hacerlo a más tardar el décimo día natural del mes siguiente al que se realizan los pagos.

¿Por qué es esto importante para mí como receptor de un Recibo de Pagos?

Algunos contribuyentes han denunciado que sus proveedores de bienes o servicios cancelan facturas que ya han sido pagadas, sin expresar claramente para ello aviso o causa para dicha cancelación, con las consecuencias para quien legítimamente tiene derecho​ a una deducción y acreditamiento de impuestos.

El SAT ha identificado casos en los que se emite una factura por una operación a crédito o con pago diferido y el receptor de la factura no realiza el pago pactado, pero sí pretende utilizar la factura recibida para deducir y acreditar, afectando con ello a los proveedores de bienes o servicios que cumplen con su obligación de facturar.

Estos escenarios se resuelven a favor del receptor mediante el Recibo de Pagos.

Adicionalmente, al emitir un comprobante (Recibo Electrónico de Pagos) por el pago recibido en parcialidades o diferido incorporando un complemento que documente la información del mismo, es posible contar con los siguientes beneficios:

 

¿Qué puedo hacer si mi proveedor de bienes y servicios no quiere emitir el comprobante para pagos?

Tratándose de cualquier incumplimiento en la emisión de la factura electrónica, se puede denunciar en el siguente link:

¿Qué puedo hacer si mi proveedor de bienes y servicios no quiere emitir el comprobante para pagos?

Tratándose de cualquier incumplimiento en la emisión de la factura electrónica, se puede denunciar en el siguiente link:

A través de nuestra plataforma, le ayudamos a gestionar la recepción del Recibo Electrónico de Pagos

Además de apoyarlo con la automatización de trámites y procesos con proveedores, ofrecemos el módulo adicional de Complemento de Recepción de Pagos para nuestra ventanilla única, con el cual es posible:

Si aún no tiene nuestra plataforma de recepción, pero requiere de una solución que le permita gestionar sus Recibos de Pagos, no dude en contactarnos.

 

¿Cuáles son los nuevos procesos de cancelación y los servicios para ejecutarlo?

Dentro de la RMF, el Servicio de Administración Tributaria, SAT, ha especificado un nuevo proceso para solicitar y ejecutar la cancelación de CFDIs. El objetivo de este nuevo proceso es eliminar aquellos escenarios en donde el emisor del CFDI cancelaba un comprobante sin notificarle al receptor.

En este nuevo procedimiento, el emisor del CFDI deberá enviar al receptor la solicitud de cancelación mediante el Buzón Tributario. El receptor tendrá hasta 72 horas hábiles para aceptar o rechazar la solicitud de cancelación -igualmente en el buzón. Sin embargo, si pasan dichas 72 horas sin una respuesta, el SAT considerará que el receptor acepta la cancelación (positiva ficta).

La autoridad tributaria ha especificado que los siguientes CFDIs no requieren de la autorización del receptor para proceder con la cancelación:

 

Cómo está conceptualizado el proceso hasta ahora:

 

 

Los servicios que ponemos a su disposición para poder ejecutar el proceso anteriormente se encuentran resumidos en la siguiente infografía:

 

Sovos anunció hoy la adquisición de la empresa Stupendo, con sede en Ecuador, especializada en brindar servicios y procesos automatizados de facturación electrónica, que son regulados por el Servicio de Rentas Internas (SRI) de dicho país.

Si bien esta noticia debería ser de especial interés para las empresas con sede o que hacen negocios en Ecuador, también vuelve a destacar algo importante para todos nuestros clientes sobre la forma en que Sovos se está expandiendo, a la par de las crecientes y aceleradas demandas de la transformación digital de los impuestos.

Con cada empresa que adquirimos, Sovos está dando prioridad a la experiencia propia de cada país. Esta es una estrategia global basada en nuestro convencimiento de que los impuestos son, en última instancia, locales. Y nuestros clientes necesitan el apoyo de equipos locales, que desarrollen soluciones que respondan a las regulaciones locales, para ayudar a las empresas a prosperar dondequiera que operen.

El anuncio de hoy se suma a las recientes adquisiciones de Sovos en Chile, México y Brasil, países con algunas de las regulaciones de cumplimiento tributario digital más complejas y maduras del mundo

¿Por qué Stupendo?

Stupendo automatiza los procesos de facturación, vinculación y cobranza del lado del cliente, y los procesos de recepción, contratación y pago de facturas del lado del proveedor. A través de sus plataformas viajan al mes más de 20 millones de documentos y transacciones de grandes empresas ubicadas en Colombia, Ecuador y Perú, convirtiéndose así en el principal actor de la región andina.

Stupendo se enfoca en innovar en torno a las necesidades del cliente, fomentando el desarrollo de equipos para brindar un servicio al cliente de excelencia y creando productos simples de integrar en cualquier ERP. El equipo de la empresa incluye especialistas experimentados que garantizan el cumplimiento ante las autoridades fiscales locales, así como la interacción con las plataformas bancarias líderes en los mercados donde opera.

Más de 2 mil expertos en cumplimiento tributario con una misión

Ecuador ha estado implementando gradualmente los requisitos de facturación electrónica durante años, comenzando con grandes empresas en 2014 y empresas medianas en 2018. Para el 2024, todas las empresas del país deberán emitir facturas electrónicas. Ayudarles a hacerlo se ajusta a nuestra misión de resolver los impuestos definitivamente y por el bien común, Solve Tax for GoodⓇ.

Si bien aún tenemos mucho trabajo por delante para alcanzar este audaz objetivo, estamos avanzando. En la actualidad, Sovos está integrado por más de 2 mil empleados, que trabajan en más de 12 países y atienden a más de 16 mil clientes que hacen negocios en más de 70 países. Ya sea que esos clientes operen en una, o en docenas de ubicaciones, estamos listos para brindarles las soluciones más completas para los impuestos modernos, incluida la determinación de impuestos, el cumplimiento de los controles transaccionales continuos (CTC), la declaración de impuestos y más.

Obtenga más información sobre Sovos aquí.

Sovos continúa dando prioridad a la experiencia local como un eje clave para el crecimiento global y a la misión de resolver los impuestos definitivamente y por el bien común -Solve Tax for Good  dondequiera que las empresas operen.

BOSTON – 29 de junio de 2021 – El proveedor global de software tributario, Sovos, anunció hoy que ha adquirido la empresa Stupendo, con sede en Ecuador, especializada en brindar servicios y procesos automatizados de facturación electrónica, que son regulados por el Servicio de Rentas Internas (SRI) de dicho país. Con esta adquisición, Sovos suma cientos de clientes en grandes corporaciones locales, así como empresas multinacionales que operan en Ecuador, y continúa impulsando una estrategia de crecimiento global que prioriza la experiencia local. Tras las recientes adquisiciones en Chile, México y Brasil, Stupendo confirma la importancia que asigna Sovos a América Latina, una región con algunas de las regulaciones de cumplimiento tributario digital más complejas y maduras del mundo.

A través de la innovación orgánica y adquisiciones estratégicas, Sovos ha creado la solución más completa para los impuestos modernos, que incluye la determinación de impuestos, el cumplimiento de los controles transaccionales continuos (CTC), la declaración de impuestos y más. La adquisición de Stupendo amplía la oferta existente de Sovos en lo que se refiere al cumplimiento de facturación electrónica en Latinoamérica, donde la innovación en el cumplimiento tributario digital sirve como un punto de referencia global

“Los productos de Stupendo son complementarios a la oferta de Sovos, y la combinación proporcionará valor inmediato a los clientes en Ecuador, donde el gobierno está enfocado en la transformación digital”, afirmó Steve Sprague, director general de Global VAT (Impuesto al Valor Agregado Global de Sovos). “Ecuador ha estado implementando gradualmente la facturación electrónica desde 2013, comenzando con empresas grandes y medianas, y hará lo propio con las empresas más pequeñas en los próximos años. Sovos ofrece a los clientes que hacen negocios en Ecuador, y en más de 70 países, la tecnología y los servicios para ayudar a los equipos locales a ejecutar las prioridades regulatorias propias del país”.

Los términos del acuerdo no fueron revelados. Sovos es propiedad de Hg, el inversor de capital privado especializado con sede en Londres, centrado en empresas de software y servicios, y TA Associates. EY se desempeñó como asesor financiero de Sovos, y Skadden y Claro & Cia brindaron asesoría legal. LarrainVial actuó como asesor financiero de Stupendo y Carey Abogados entregó asesoría legal.

John Gledhill, vicepresidente de desarrollo corporativo de Sovos, dijo: “Stupendo es la séptima adquisición de Sovos en los últimos 12 meses y la tercera en Sudamérica durante ese tiempo. Con un aumento del 250% en la actividad de fusiones y adquisiciones durante los últimos 12 meses, Sovos continúa priorizando el crecimiento que ayude a las empresas y a las comunidades a prosperar en medio de la digitalización acelerada del cumplimiento normativo e impositivo”.

 

Sobre Sovos

Sovos se creó para resolver las complejidades de la transformación digital de los impuestos, con ofertas completas y conectadas para la determinación de impuestos, el cumplimiento de los controles transaccionales continuos, la declaración de impuestos y más. La compañía apoya a más de 16.000 clientes, incluida la mitad de las empresas Fortune 500, que operan en más de 70 países. Sus productos SaaS y la plataforma patentada Sovos S1 se integran con una amplia variedad de aplicaciones comerciales y procesos de cumplimiento gubernamental. Sovos tiene empleados en las Américas y Europa, y es propiedad de Hg and TA Associates. Para obtener más información, visite https://sovos.com/es/ y síganos en LinkedIn y Twitter.

 

Sobre Stupendo

Stupendo automatiza los procesos de facturación, vinculación y cobranza del lado del cliente, y los procesos de recepción, contratación y pago de facturas del lado del proveedor. A través de sus plataformas viajan al mes más de 20 millones de documentos y transacciones de grandes empresas ubicadas en las principales ciudades de Colombia, Ecuador y Perú, convirtiéndose así en el principal actor de la región andina. Stupendo se enfoca en innovar en torno a las necesidades de los clientes, fomentando el desarrollo de equipos para brindar un servicio de excelencia al cliente y creando productos que son simples de integrar en cualquier ERP, infalibles y fáciles de usar. El equipo de la empresa es especializado y maduro, con una experiencia invaluable que permite garantizar el cumplimiento de sus plataformas con las autoridades tributarias de cada país, así como la interacción con las plataformas bancarias líderes en los mercados donde opera.

Facturación electrónica en Brasil

Brasil es considerado por la mayoría un actor importante en el mundo de la facturación electrónica, en gran parte debido a la ingente cantidad de documentos fiscales electrónicos y modelos de facturación electrónica que tiene implantados. Si usted es contribuyente en Brasil, deberá emitir facturas electrónicas.

Desde las facturas electrónicas de transporte hasta las facturas electrónicas estándar para impuestos, hay mucho que considerar a la hora de operar en Brasil. Esta página le ofrece todos los detalles sobre la facturación electrónica que necesita para estar informado sobre sus obligaciones y se actualizará cuando sea necesario, así que marque el resumen para añadirlo a su kit de herramientas de cumplimiento.

Índice de contenido

¿Cómo funciona la facturación electrónica en Brasil?

Si bien hay distintos tipos de facturas electrónicas en Brasil, existe un proceso general que los contribuyentes deben seguir al emitir facturas electrónicas. Algunos pasos pueden variar según el tipo de factura, pero el proceso, por lo general, incluye lo siguiente:

  • Solicitar una firma digital.
  • Generar una factura electrónica en formato XML.
  • Enviar la factura a través del servicio web a SEFAZ (Secretaria da Fazenda Estadual).
  • Enviar la factura al cliente.

Características de la facturación electrónica en Brasil

Facturación electrónica B2B en Brasil

En Brasil, existen varios tipos de facturas electrónicas, y la emisión de estas es obligatoria para todos los contribuyentes. Si una empresa se encuentra constituida en Brasil y proporciona bienes o servicios, debe participar en las iniciativas de facturación electrónica del país.

Hay numerosos sistemas de facturación electrónica en Brasil, y la categoría de producto de las mercancías suministradas determina qué sistema se utilizará.

Facturación electrónica B2G en Brasil

La facturación electrónica es un requisito para todas las empresas establecidas en Brasil, incluso cuando se emiten facturas a entidades gubernamentales y de la administración pública.

Formato de documentos y facturas electrónicos en Brasil

Brasil cuenta con un sistema de facturación electrónica complejo y un poco fragmentado, que obliga a los contribuyentes a utilizar sistemas específicos, según la categoría de los bienes o servicios que suministren. Para garantizar el cumplimiento, tanto las organizaciones como las personas deben saber lo que se les exige a la hora de emitir una factura electrónica.

Aunque existen diversos tipos de factura electrónica en el país, hay características específicas de las facturas electrónicas. La firma electrónica es obligatoria, independientemente del tipo de factura, y los documentos deben archivarse de forma segura durante cinco años. Cada tipo de factura tiene un formato XML estructurado y las autoridades tributarias brasileñas deben validarla antes de que se emita al comprador.

Facturas NF-e

La factura electrónica NF-e es la factura electrónica estándar de Brasil para documentar la transacción de productos y servicios.

Se emite electrónicamente al comprador y al gobierno brasileño. Para ser consideradas legítimas, las autoridades tributarias deben validar las facturas electrónicas NF-e.

Facturas NFS-e

A diferencia de la factura electrónica estándar de Brasil, las facturas electrónicas NFS-e documentan la transacción de servicios. Al igual que las facturas electrónicas NF-e, los documentos NSF-e deben transmitirse electrónicamente y el gobierno brasileño debe validarlos.

¿Qué es el CT-e? | ¿Qué es la factura electrónica de transporte?

Los documentos CT-e también se denominan "facturas electrónicas de transporte". Estas documentan el transporte de mercancías en Brasil a través de:

  • Aire
  • Oleoducto
  • Tren
  • Carretera
  • Agua

Cuando se utiliza un servicio de transporte externo a la empresa que realiza la transacción, el comprador debe validar la factura electrónica CT-e e incluirla en su informe mensual al gobierno.

Requisitos de la firma electrónica en Brasil

Brasil exige que las facturas electrónicas estén protegidas mediante una firma electrónica. Esta tecnología prueba de forma irrefutable la identidad de las partes firmantes y la integridad del documento.

Una vez firmada por el vendedor y el comprador, la factura electrónica se considera válida tanto desde el punto de vista legal como fiscal, sobre todo al tener en cuenta que las autoridades tributarias también la validan.

Cronograma de la facturación electrónica en Brasil

Brasil fue uno de los primeros en adoptar la facturación electrónica, pero su implementación llevó tiempo. Estas son las fechas clave de la adopción de la facturación electrónica en el país:

  • 2005: Brasil publica su primera ley sobre la facturación electrónica e introduce un modelo de liquidación
  • 2008: Los contribuyentes deben emitir facturas electrónicas
  • 19 de abril de 2023: Se introducen las facturas electrónicas de energía eléctrica (NF3-e) con una implementación escalonada de uso obligatorio
  • 1 de septiembre de 2023: Los microempresarios individuales (MEI) que no estén sujetos al Impuesto sobre la Venta Interestatal (ICMS, por sus siglas en portugués) están obligados a emitir facturas electrónicas

Sanciones: ¿Qué sucede si no cumplo con la facturación electrónica en Brasil?

Incumplir las regulaciones de facturación electrónica de Brasil tiene un costo. Los casos drásticos de incumplimiento pueden considerarse un delito penal, como la evasión fiscal.

Los contribuyentes pueden recibir una sanción económica de hasta el 100 % del valor de una factura o del precio de la transacción si no emiten una factura electrónica. Esta misma sanción podría aplicarse si las facturas electrónicas no cumplen los requisitos legales y técnicos.

¿Qué más necesito para cumplir con el VAT en Brasil?

Si bien debe mantenerse informado sobre las normas de facturación electrónica en Brasil, hay consideraciones adicionales con respecto al cumplimiento fiscal.

Contamos con una página dedicada al cumplimiento del VAT en Brasil, que es una herramienta complementaria a este resumen sobre la facturación electrónica y detalla cuidadosamente otras regulaciones relacionadas con los impuestos que pueden aplicarse a usted.

Preguntas frecuentes

La facturación electrónica es obligatoria para todos los contribuyentes establecidos en Brasil.

Todos los contribuyentes establecidos en Brasil están obligados a emitir facturas electrónicas.

Las facturas electrónicas se pueden cancelar en Brasil, pero el tiempo requerido puede variar según el estado donde opere el contribuyente.

Por lo general, las autoridades tributarias brasileñas pueden cancelar una factura electrónica de bienes dentro de las primeras 24 horas de su validación. Ahora bien, esto puede diferir de un estado a otro, por lo que es importante verificar la fecha límite con el SEFAZ.

Por regla general, la NF-e debe incluir los datos de registro, como Registro Nacional de Personas Jurídicas (CNPJ, por sus siglas en portugués), dirección y otros datos tanto del emisor como del destinatario, además de otra información, como el código del producto, la descripción, la cantidad, el valor unitario y los detalles sobre los impuestos, como ICMS, IPI, PIS, COFINS, entre otros, y una firma digital válida. Las facturas electrónicas deben estar en formato XML.

Configurar la facturación electrónica en Brasil con Sovos

Con la facturación electrónica cada vez más común a nivel mundial conforme al ejemplo de países latinoamericanos como Brasil, es importante que priorice el cumplimiento.

La adopción global, aunque fragmentada, de la facturación electrónica refuerza el menester de elegir un único proveedor para todas las necesidades de cumplimiento, dondequiera que haga negocios. Sovos es un socio de cumplimiento tributario en el que puede confiar.

Concéntrese en lo que realmente importa: hable con Sovos hoy mismo para comenzar a recuperar su tiempo.

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Facturación electrónica en Perú

Perú está muy avanzado en su recorrido hacia la facturación electrónica, ya que ha implementado un mandato para que todos los contribuyentes emitan y reciban facturas electrónicas. Regulada por el Sistema de Emisión Electrónica del país, la facturación electrónica se introdujo en 2010, aunque era voluntaria al principio.

El régimen de facturación electrónica de Perú no incluye solo las facturas electrónicas, sino que también exige otros documentos electrónicos, lo que aumenta la complejidad, particularmente para las organizaciones internacionales que deben cumplir con múltiples regulaciones nacionales de facturación electrónica. Esta página es su resumen especial de la facturación electrónica de Perú y se actualizará cuando sea necesario, así que asegúrese de guardarla en sus marcadores.

¿Cómo funciona la facturación electrónica en Perú?

Validación

El sistema actual de facturación electrónica de Perú no exige que la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) o el OSE validen previamente los comprobantes de pago electrónicos (CPE) antes de enviarlos a los destinatarios. Una vez generado el comprobante, se puede remitir de forma simultánea a la SUNAT o, incluso, después de enviarse al cliente o destinatario.

Sin embargo, la SUNAT lo desaconseja, ya que, si el documento enviado anteriormente al cliente es rechazado por el OSE o la SUNAT, no tendrá de validez fiscal y el contribuyente tendrá que emitir un documento nuevo a su cliente.

Esto significa que, aunque los emisores de CPE pueden validarlos a través de un proceso asíncrono, la mayoría de los emisores prefieren hacer el procedimiento de validación previa o validar de manera sincrónica. Cuando el OSE o la SUNAT reciben el CPE, se emite un comprobante de recibo (CDR), que indica al emisor que el documento enviado para su validación cumple con los requisitos definidos por la SUNAT.

Contingencia

Actualmente, si el contribuyente no puede emitir los comprobantes fuera del sistema de emisión electrónica por motivos de fuerza mayor o circunstancias ajenas a su voluntad, debe emitir una declaración en una fecha determinada con los comprobantes de pago, las notas de crédito y las notas de débito emitidos sin utilizar el Sistema de Emisión Electrónica (SEE).

Acuse de recibo

En principio, los destinatarios de facturas electrónicas deben generar un acuse de recibo de las facturas que reciben. Sin embargo, esa aprobación puede ser tácita: la legislación vigente ha establecido que, si el destinatario no otorga un acuse de recibo, la factura se considerará formalmente aceptada ocho días después de haber recibido el documento.

Características de la facturación electrónica en Perú

Facturación electrónica B2B en Perú

Perú regula su régimen de facturación electrónica, en que los documentos se conocen como "Recibos Electrónicos de Pago" (CPE), a través de su Sistema de Emisión Electrónica (SEE). Se rige por su autoridad tributaria nacional, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

Las empresas deben emplear este sistema y cumplir con estrictos requisitos técnicos tanto para emitir como para recibir facturas electrónicas. Su implementación comenzó en enero de 2014, y las pequeñas y medianas compañías fueron las últimas en ser incluidas en la obligación a principios de 2022. A partir de entonces, todos los contribuyentes de Perú han tenido que emitir facturas electrónicas, así como otros documentos de venta.

Facturación electrónica B2B en Perú

Perú exige a las empresas que emitan facturas electrónicas cuando hagan transacciones con proveedores de entidades públicas y que reciban facturas electrónicas de todas las entidades públicas.

Al igual que con las transacciones B2B, el régimen del país requiere que las compañías cumplan con los estándares establecidos por el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) y archiven los documentos electrónicos durante cinco años.

Tipos de comprobantes de pago electrónico en Perú

  1. Factura electrónica: Requerida en las transacciones B2B y B2G que generan crédito fiscal. La validez de este documento está sujeta al cumplimiento estricto de las normas de estructura, emisión y validación.
  2. Recibo por tarifa electrónica: Emitido por personas físicas que prestan servicios de forma independiente.
  3. Boleto electrónico de venta: Expedido a los consumidores finales. No permite usar crédito fiscal ni respaldar los gastos a efectos fiscales, y su estructura es menos compleja que la de las facturas electrónicas.
  4. Liquidación electrónica de compras: Emitida por los contribuyentes que hacen compras a personas físicas que producen o recolectan productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, la pesca artesanal y la extracción de madera, entre otros, siempre y cuando estos vendedores no cuenten con su número de Registro Único de Contribuyente (RUC).
  5. Nota electrónica de débito y de crédito: La primera se utiliza para recuperar los gastos o costos incurridos por el vendedor, y la segunda, para acreditar las cancelaciones, los descuentos u otras modificaciones en facturas y boletos electrónicos de venta emitidos anteriormente.
  6. Recibo electrónico de servicios públicos (recibo electrónico de SP): Un vale especial emitido por los servicios de telecomunicaciones, agua, electricidad y gas natural, en transacciones B2B, que otorga créditos fiscales tanto a consumidores finales como a empresas.
  7. Comprobante de retención electrónico: Obligatorio para los contribuyentes designados como agentes de retenciones que hacen transacciones sujetas al régimen de retención del impuesto general sobre la venta (IGV).
  8. Comprobante de percepción electrónico: Comprobante de pago emitido por el agente de percepción cuando realiza el cobro total o parcial del IGV a su cliente o importador, ya sea por la compra de combustible o por las ventas internas incluidas en el Régimen de Percepciones del IGV.
  9. Guía de remisión electrónica – Remitente: Emitida por el remitente para apoyar el transporte o la transferencia de mercancías.
  10. Guía de remisión electrónica – Transportista: Emitida por el usuario transportista en formato digital para apoyar el transporte o la transferencia de mercancías, es necesario emitirla por unidad de transporte, por destino, por destinatario y por remitente.
  11. Guía de remisión electrónica por eventos: Emitida por el remitente o el transportista para complementar otra previamente emitida por el mismo sujeto debido a hechos no imputables a ellos.
  12. Guías de remisión electrónica – Bienes fiscalizados (BF): Asiste la transferencia de insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados que están sujetos a control porque pueden ser empleados, directa o indirectamente, en la elaboración de drogas ilícitas. Para saber si los productos que se transportarán deben ser inspeccionados, consulte el Decreto Supremo N.º 268-2019-EF.
  13. Documento electrónico autorizado (DAE): Comprobante de pago que le permite sustentar gastos o costos para fines fiscales, así como la posibilidad de usar un crédito fiscal, emitido de acuerdo con la particularidad de las operaciones, siempre que el adquirente o usuario sea identificable y se discrimine el impuesto.

SEE: Sistema de Emisión Electrónica de Perú

Hay numerosos sistemas de emisión electrónica en Perú que ayudan a generar comprobantes de pago electrónicos. Pueden ser públicos, comerciales o privados. Estos son los principales sistemas:

Sistema de emisión SOL: SUNAT ofrece este sistema gratuito, también conocido como "SUNAT – Operaciones en línea (SOL)". Tiene varias limitaciones y está dirigido, principalmente, a pequeños contribuyentes y profesionales independientes que generan un bajo volumen de CPE. También cuenta con la aplicación SUNAT y Emprender.

Sistema de emisión de los sistemas del contribuyente: Se desarrolla de acuerdo con las medidas y necesidades del contribuyente. La emisión de los CPE no requiere acceso al portal web de la SUNAT; los CPE se generan, remiten y validan entre los sistemas del contribuyente y la base de datos de la SUNAT o el OSE.

Sistema de emisión de facturación de la SUNAT: Esta aplicación gratis le permite emitir recibos electrónicos. Está dirigida, principalmente, a medianos y pequeños contribuyentes con sistemas informatizados y un alto volumen de facturación.

Sistema de emisión del operador de servicios electrónicos: El proceso de validación de los CPE generados por los sistemas de emisión del contribuyente requiere que las entidades autorizadas por la SUNAT verifiquen electrónicamente que estos se consideren emitidos.

Sistemas de emisión de empresas supervisadas: Emiten recibos electrónicos para los servicios públicos. Sin embargo, los emisores de estos sistemas pueden expedir dichos comprobantes a través del sistema de emisión de los sistemas del contribuyente.

Participantes en los sistemas de emisión electrónica

Remitente electrónico

El contribuyente emite los recibos de forma electrónica, ya sea porque está obligado a hacerlo o porque se adhirió voluntariamente al sistema.

Adquirente o usuario

El consumidor de bienes o servicios a quien se le emite un CPE y que debe recibirlo en calidad de consumidor. Cuando el consumidor también es un emisor electrónico, es un adquirente electrónico, pero, de lo contrario, se considera un adquirente no electrónico.

Proveedor de servicios electrónicos (PSE)

La entidad que presta servicios al emisor electrónico, en nombre de este, para desempeñar actividades inherentes a la emisión electrónica de comprobantes de pago. Para ser un PSE, se requiere la acreditación correspondiente ante la SUNAT.

Operador de servicios electrónicos (OSE)

El OSE es una entidad autorizada por la SUNAT e inscrita en el Registro de SBE que verifica electrónicamente el cumplimiento de los aspectos esenciales de lo que se emite en la SEE – SBE.

Cronograma de la facturación electrónica en Perú

Perú implementó la facturación electrónica en fases, lo que hizo que el lanzamiento gradual sea difícil de seguir. Estas son las fechas principales:

  • Enero de 2014: Comienza la implementación de la facturación electrónica en fases
  • 1 de enero de 2018: Los contribuyentes que deduzcan o recauden el VAT, estén identificados como PRICO o cuya identificación fiscal figure en el Apéndice I de la Resolución 155-2017 deben participar en la facturación electrónica.
  • 1 de mayo de 2018: Los contribuyentes cuya identificación fiscal se encuentre en el Apéndice II de la Resolución 155-2017 deberán participar en la facturación electrónica.
  • 1 de agosto de 2018: Los contribuyentes cuya identificación fiscal se encuentre en el Apéndice III de la Resolución 155-2017 deberán participar en la facturación electrónica.
  • 1 de noviembre de 2018: Los contribuyentes cuya identificación fiscal se encuentre en el Apéndice IV de la Resolución 155-2017 deberán participar en la facturación electrónica.
  • 2022: Las pequeñas y medianas compañías se unen al régimen de facturación electrónica.

Sanciones: ¿Qué sucede si no cumplo con la facturación electrónica en Perú?

La falta de emisión o entrega de comprobantes de pago o documentos complementarios en el marco de las disposiciones vigentes puede provocar el cierre del establecimiento.

Emitir u otorgar documentos en que la impresión o la importación no cumpla con los requisitos y características puede provocar una multa de, aproximadamente, EUR 632 o el cierre del establecimiento.

¿Qué más necesito para cumplir con el VAT en Perú?

El cumplimiento tributario en Perú es más que la facturación electrónica, especialmente teniendo en cuenta la importancia del cumplimiento de las obligaciones de VAT.

Las exigencias de las organizaciones crecen de forma significativa cuando se mantienen al tanto de los cambios regulatorios. El cumplimiento requiere satisfacer las demandas tanto actuales como futuras, y esto puede consumir muchos recursos. Por eso, Sovos es su socio de cumplimiento: lo ayudamos a lograr el cumplimiento global (Global Compliance) a través de la experiencia local.

Preguntas frecuentes

Los contribuyentes que generan ingresos deben emitir y recibir facturas electrónicas en Perú.

Cada contribuyente establecido en Perú debe emitir y recibir facturas electrónicas.

Sí, las facturas electrónicas se pueden cancelar en Perú, siempre y cuando sea dentro de un plazo específico.

Las cancelaciones de las facturas electrónicas deben realizarse dentro de las 72 horas posteriores a la emisión de una factura electrónica.

A partir del 6 de enero de 2023, los contribuyentes tienen hasta tres días calendario para enviar las facturas electrónicas a la SUNAT.

Si se envían facturas o notas electrónicas fuera de la fecha límite a la SUNAT, el documento no se considerará legítimo, incluso si ya se entregó al comprador.

Si se envían documentos electrónicos al OSE fuera del plazo, este no los verificará y no se consideran válidos, incluso si ya se entregaron al comprador.

Configurar la facturación electrónica en Perú con Sovos

Con la facturación electrónica cada vez más común a nivel mundial conforme al ejemplo de países latinoamericanos como Perú, es importante que priorice el cumplimiento.

La adopción global, aunque fragmentada, de la facturación electrónica refuerza el menester de elegir un único proveedor para todas las necesidades de cumplimiento, dondequiera que haga negocios. Sovos es un socio de cumplimiento tributario en el que puede confiar.

Concéntrese en lo que realmente importa: hable con un miembro de nuestro equipo hoy mismo para comenzar a recuperar su tiempo.

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Ley de factura electrónica en Chile

Requisitos para la emisión de factura electrónica y otros documentos tributarios electrónicos en Chile

Chile es, sin duda, pionero en la implementación de la ley y emisión de factura electrónica en Latinoamérica. Desde el año 2003, cuando se anunció el inicio del proceso de masificación de este nuevo sistema de facturación, hasta la fecha, se ha convertido en un punto de referencia para todos los países de la región y del mundo que han decidido sustituir la tradicional factura en papel por la factura digital, con el objetivo de convertir este proceso en una herramienta de control fiscal y desarrollo comercial. Gracias a la sistemática ampliación del modelo de facturación electrónica, esta alcanza virtualmente a todos los contribuyentes del país.

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Tipos de documentos electrónicos

La emisión de factura electrónica en Chile no se limita solamente a las facturas B2B. La ley incluye además a otros documentos asociados al proceso de compra y venta de bienes y servicios, que en conjunto son denominados documentos tributarios electrónicos. Estos son:

  • Factura de venta: Requeridas en transacciones B2B y generadoras de crédito fiscal.
  • Factura de compra: Para compras B2B donde el comprador asume la obligación de emitir la factura.
  • Guía de despacho: Documento obligatorio que autoriza el transporte de bienes vendidos.
  • Boleta de venta y servicios: Obligatorias en casos de ventas B2C. No generan crédito fiscal.
  • Liquidacion de factura: Emitidas por el comisionista al mandante para facturar su comisión y el registro del pago al mandante.
  • Nota de débito y crédito: Aplican en todos los casos anteriores, excepto para las guías de despacho.

Componentes esenciales en la emisión de facturas y documentos electrónicos

La generación, emisión de facturas y documentos electrónicos mencionados anteriormente requiere seguir un estricto esquema de diseño establecido por la ley y el Servicio de Impuestos Internos (SII) en los documentos técnicos. Por lo general, la estructura de los mismos está compuesta por los siguientes elementos:

  1. Encabezado: Usado para identificar al emisor, el receptor y el monto total, entre otros datos.
  2. Detalle por ítem: Se incluyen datos de cada ítem vendido, como peso, valor, cantidad.
  3. Subtotales informativos: Campos opcionales para informar subtotales.
  4. Descuentos y recargos: Identifican los descuentos o recargos totales.
  5. Información de referencia: Identifica los documentos asociados al emitido.
  6. Comisiones y otros cargos: Campo obligatorio para las liquidaciones de facturas.
  7. Timbre electrónico del SII: consiste en una firma electrónica sobre los campos que se definen como representativos del documento e incluyendo el Código de Autorización de Folios proporcionado por el SII.
  8. Fecha y hora de la firma electrónica
  9. Firma electrónica: Esta es la firma digital del contenido de todo el DTE. La misma es calculada con la llave privada de un certificado digital otorgado por una empresa certificadora de identidad acreditada por el SII.

Existen dos elementos esenciales integrados a los componentes antes indicados, que deben ser remarcados:

  • CAF: Las empresas deben usar un folio único numerado consecutivamente y autorizado por el SII. Este es conocido como “código de autorización de folios” y debe estar presente en cada uno de los DTE emitidos por los contribuyentes., incluyendo las notas de débito y crédito.
  • Código QR: En la representación impresa de los DTE se debe incluir un código de barras bidimensional que contiene toda la información relativa al CAF, firma digital, fecha, hora y número de la factura, entre otros datos.

Procesos

Validación

La actual legislación exige que las empresas envíen al SII todos los DTE en tiempo real, luego de lo cual informarán al contribuyente sobre la aceptación de los mismos. En algunos casos, la autorización del SII debe preceder la remisión del documento al cliente. Tal es el caso de las guías de despacho no acompañadas de facturas electrónicas.

Proceso sincrónico

Todas las facturas locales o de exportación, o las notas de débito o crédito, deben ser informadas a la administración tributaria y validadas por esta.

Contingencia

Obligatorio para todos los DTE que sean enviados al SII para su validación. Sin embargo, el SII acepta que dichos documentos se sigan emitiendo en situaciones en las que tal remisión no es posible. En tales casos se ha establecido un sistema de contingencia que permitirá la remisión y validación de estos por parte del SII.

Acuse de recibo

En principio, los receptores de facturas electrónicas deben generar un acuse de recibo por las facturas que reciban. Sin embargo, esa aprobación puede ser tácita: la legislación actual ha establecido que en caso de no hacerlo, y pasado el plazo de ocho días a partir de la recepción de la misma, se considerará como formalmente aceptada la factura.

Retención de archivos

Todos los documentos deben archivarse durante seis años por efecto de las disposiciones del Código Tributario chileno.

Operaciones de factoring

Uno de los cambios más importantes introducidos por la Ley de Pago a 30 Días fue el incentivo a las operaciones de factoring con las facturas electrónicas emitidas por los contribuyentes dentro del sistema de facturación del Servicio de Impuestos Internos. La factura electrónica se convierte de esta manera en un instrumento negociable para los suplidores, que pueden vender en el mercado dichas facturas, tal como si se tratara de otro título de valor. Esto ha traído como consecuencia que los receptores de dichas facturas deban monitorear con cuidado los cambios que se hayan generado en la propiedad de las facturas que hayan recibido.

Evolución de la ley de factura electrónica en Chile

Marco legal

El 24 de abril de 2003, el Servicio de Impuestos Internos (SII) presentó el sistema de factura electrónica. En diciembre de 2002 había sido presentado el plan piloto, basado en las disposiciones del Código Tributario, la Ley Orgánica del SII y la Ley del IVA.

Ley 19.983/2004

Introduce modificaciones a la legislación tributaria existente, para facilitar la expansión del sistema de emisión de los documentos tributarios electrónicos en Chile.

Decreto 1.001/2006

Para incentivar la integración voluntaria al sistema de factura electrónica en Chile, el SII posterga hasta el 20 del mes siguiente la fecha límite para declarar y pagar el IVA para quienes facturan electrónicamente.

Ley de Pago a 30 Días

La ley 2.1131/2019 incorporó las guía de despacho como documento tributario electrónico, haciendo obligatoria la emisión de estas siguiendo el formato establecido por la ley.

Ley 21.210/2020

La ley de Modernización Tributaria establece, entre otras cosas, la obligación de los contribuyentes de emitir boleta en formato exclusivamente electrónico.
Módulo para factura electrónica

Trazabilidad de documentos de Sovos

Trazabilidad de correos emitidos en su sistema de factura electrónica

Trazabilidad absoluta

Realice un seguimiento y mantenga el control sobre los correos emitidos

El módulo eTrace permite tener un control preciso del proceso de envío y distribución realizado desde la aplicación de facturación electrónica. De esta manera, contará con una trazabilidad absoluta de la distribución de correos electrónicos hacia sus clientes, permitiendo así gestionar posteriormente la información distribuida, y podrá obtener reportes con estados nuevos asociados al envío de los correos.

eTrace le permite asociar los eventos anteriores a los documentos involucrados, de manera de facilitar las gestiones destinadas a la solución/reenvío/cobranza de los mismos, a diferencia de otros modelos de gestión, que utilizan como elemento de punto de partida el correo.

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Beneficios

Determine los e-mails erróneos entregados desde los sistemas del cliente (back office)

Compruebe los correos electrónicos que han sido ingresados de forma errónea en el back office del cliente y que son enviados como destinatario a la aplicación de facturación electrónica.

Compruebe los e-mails enviados a usuarios inexistentes

Compruebe qué correos electrónicos fueron enviados exitosamente pero no fueron recibidos por el destinatario, porque el usuario no existía.

Identifique los correos rebotados

Compruebe los e-mails que fueron enviados exitosamente pero que no fueron recibidos por el destinatario, por ejemplo, por una casilla llena.

Confirme los correos leídos por los receptores

Marque en la aplicación de facturación electrónica aquellos e-mails que fueron leídos por los receptores. Esta marca, además de permitir identificar usuarios que recibieron correos, permite saber qué usuarios abrieron el e-mail y lo leyeron.

Módulo para factura electrónica

Cesión de factura de Sovos

Cesión de factura transparenta la información de documentos cedidos a factorings

Agilice su gestión de pago a proveedores

Acceda de forma transparente a la información de documentos cedidos a factoring por sus proveedores

Dentro del ámbito de la factura electrónica, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el gobierno siempre han buscado facilitar el pronto pago a proveedores y promover el financiamiento de las pequeñas y medianas empresas (PYMEs).

Las PYMEs tienen la posibilidad de ceder las facturas a un factoring, pudiendo financiarse rápidamente sin tener que esperar que el comprador efectúe el pago por el servicio prestado, lo cual puede suceder, en el mejor de los casos, dentro de un plazo de 30 días.

La problemática por el lado del comprador se produce cuando se cede la factura: al ser cedida, ya no se le debe pagar al emisor del documento (proveedor), sino que al factoring que la compró. 

El módulo de Cesión de Factura entrega las herramientas necesarias para que los compradores tengan acceso, de forma transparente, a la información de las cesiones de facturas realizadas por sus proveedores, agilizando los procesos de pago a proveedores y evitando el doble pago al determinar rápidamente cuáles facturas deberán ser pagadas a entidades bancarias.

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Beneficios

Visualización

Vista en una sola pantalla de todos los documentos cedidos por sus proveedores a un factoring, tanto en PDF como XML.

Búsqueda rápida

Realice una búsqueda fácil de las facturas a las que desea acceder según distintos conceptos (RUT, folio, monto, etc.).

Consulta

WebService para listar los documentos cedidos.

Notificaciones

En el caso del rechazo de una cesión, la aplicación envía un correo al e-mail de contacto del cesionario notificando del rechazo.

Módulo para factura electrónica

Reclamaciones de documentos de Sovos

Automatice el reclamo y revisión de facturas con el módulo de reclamaciones de Sovos.

Automatización de procesos

Automatice el proceso de reclamación de documentos ante el SII como parte de su proceso de recepción y asegure su operación sin riesgos.

La ley del SII que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia cedible de una factura, establece un período máximo de 8 días para reclamar la falta parcial o total de la mercadería recibida o del servicio prestado, quedando la factura irrevocablemente aceptada después de este periodo. Adicionalmente, incorpora el concepto de reclamación y la necesidad de realizar esta acción para formalizar, ante el SII y el mercado, el rechazo (no pago) de una factura. Los mecanismos para informar la reclamación son distintos a los del rechazo comercial, ya que el SII recibe dicha notificación a través de un WebService y el intercambio de acuses entre contribuyentes electrónicos es mediante correos electrónicos con archivos XML adjuntos.

Ante esta normativa, el riesgo de no reclamar los documentos recibidos a tiempo es muy alto y la necesidad de agilizar los procesos de procesamiento y recepción de facturas es imprescindible.

En Sovos hemos incorporado las funcionalidades requeridas para que usted pueda realizar el reclamo de una o más facturas desde la aplicación de factura electrónica y, adicionalmente, hemos desarrollado el Módulo de Reclamaciones, que permite, a aquellos clientes que cuenten con eInvoice Inbound,  automatizar y agilizar todas las tareas asociadas a la reclamación, además de implementar alertas, búsquedas y reglas preventivas que permiten ayudar en el proceso de revisión masiva de facturas candidatas a reclamación.

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Beneficios

Automatización

Realice la cuadratura entre las facturas recibidas y las que se encuentran en el SII, reclamando solo las que no se hayan recibido.

Sinergia con los rechazos

Reclame de forma automática al momento de realizar un rechazo comercial.

Riesgo

Reclame las facturas a tiempo y elimine los riesgos inherentes a la recepción.

Reclamación automática

Configure reglas para realizar el reclamo automático de las facturas que no cumplan con criterios establecidos.

Informes

Acceda a reportes para mantener el control de las facturas reclamadas.

Cartas de reclamo

Informe a los proveedores sobre las facturas que les han sido reclamadas.

Visualización

Seleccione una vista especial de las facturas que pueden ser reclamadas.

Factura electrónica de Sovos

Prepárese para la nueva era digital de los impuestos y el rápido avance de la globalización con la solución global de Sovos para la emisión de factura electrónica.

Solución global para la digitalización de los impuestos

Sovos simplifica el cumplimiento fiscal global para emitir facturas electrónicas

Para enfrentar el rápido avance en la globalización de los impuestos, Sovos ha creado el primer software global para emitir factura electrónica y estar al día con los cambios normativos. Hoy, los gobiernos de todo el mundo están aprovechando la tecnología para cerrar los vacíos fiscales.

Si bien cada país tiene sus propios requisitos específicos (SII de Chile, SUNAT en Perú, DIAN en Colombia, AFIP en Argentina, etc.), la cada día más extendida obligación de utilizar un software para emitir la factura de manera electrónica en tiempo real está cambiando el cumplimiento de los negocios entre empresas y gobiernos en cada punto de la cadena de suministro, y ha dado lugar a que las empresas deban buscar nuevas formas de convertir el cumplimiento tributario en una ventaja a su favor.

Preguntas frecuentes

La factura electrónica es un documento fiscal y comercial en formato digital que, tal como hace una factura en papel, acredita una transacción u operación comercial entre un proveedor (quien provee un producto o servicio) y un receptor (quien lo adquiere). Se emite y recibe de manera electrónica.

La factura electrónica sirve para validar y dejar un registro de cada transacción comercial entre vendedor y comprador de acuerdo con las normativas legales de cada país otorgándole validez fiscal. El formato, desglose e impuestos de la factura dependerá de los requisitos específicos de cada país y entidad tributaria.

Entre los principales beneficios de la factura electrónica destacan:

  • Permite documentar transacciones de manera digital
  • Ahorro de papel y costos de almacenamiento
  • Agiliza los procesos
  • Mayor precisión y menos errores, al eliminar el manejo de datos de forma manual

En América Latina la adopción de la factura electrónica ha ido creciendo rápidamente. Chile fue el pionero en el mundo y en Latinoamérica al establecer su introducción en 2003.  Luego se sumaron Brasil y México.

Paulatinamente se han ido agregando Perú, Argentina, Panamá, Ecuador y Uruguay, con sistemas avanzados. Otros países como República Dominicana, El Salvador, Bolivia, Honduras están en proceso de implementación gradual.

¿Quieres conocer en detalle la historia y principales normativas en torno a la facturación electrónica en Chile, Colombia, Perú, México, Ecuador, Brasil, Costa Rica y Argentina?

Si te informan que has emitido una factura electrónica con errores debes verificar que has completado correctamente todos los campos exigidos por la administración tributaria. Esta glosa es similar en todos los países, pero pueden existir algunas variaciones.  

Clientes

“Nuestro personal puede enfocarse en las actividades comerciales estratégicas en vez de tener que dedicarse a investigar e implementar constantemente los cambios que se producen en el país. Dado que Sovos proporciona las actualizaciones de redes, así como las configuraciones del ERP de SAP, hemos sido capaces de trabajar con un solo proveedor en varios países y gestionar con confianza los cambios en la Nota Fiscal de Brasil, y la regulación del CFDI en México”.

Randy Isdahl

Director de arquitectura de proceso SAP en Brown-Forman

cover brochure factura electrónica de Sovos

Factura electrónica de Sovos

El software de factura electrónica de Sovos garantiza la continuidad operacional y el cumplimiento de normativas fiscales

Los cambios continuos en materia fiscal y las crecientes exigencias de las administraciones tributarias obligan a las empresas a emitir facturas electrónicas en tiempo real, gestionando eficientemente la emisión, recepción y cumplimiento normativo.

Como la primera empresa en crear un software global para emitir facturas electrónicas, en Sovos sabemos de qué hablamos.

La solución de Sovos abarca todo el ciclo de facturación electrónica, adaptándose a las complejidades regulatorias de cada país, y ofrece una infraestructura robusta que garantiza seguridad, continuidad y escalabilidad operativa.

Descarga el brochure

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México – 9 de junio, 2021

La administración tributaria mexicana (SAT) ha lanzado una nueva actualización del Catálogo CFDI, centrada en la introducción de la versión 80 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se modificaron o agregaron diez códigos que entraron en vigencia el 11 de junio de 2021. Esta nueva versión también liberó la versión 57 de la tabla de códigos de la patente aduanal (c_PatenteAduanal) donde se agregó un nuevo código que entró en vigencia el 11 de junio de 2021.

El complemento Carta Porte es un comprobante fiscal, de tipo ingreso o traslado, que debe acompañar las operaciones de traslado de bienes o mercancías cuando se transportan vía terrestre mediante autotransporte de carga que circule por carreteras federales o por vía férrea, marítima, aérea o fluvial.

Objetivo

Este complemento, que se incorpora al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), debe contener la información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio por el que se transportan; además de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

¿A quién aplica?

A aquellos contribuyentes que requieren trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional, por alguna de las siguientes vías:

Tipos de comprobantes

Ingreso: Contribuyentes dedicados al servicio de transporte terrestre de carga que circulen por carreteras federales, deben emitir este CFDI para amparar la prestación del servicio y deberán incorporar el complemento Carta Porte.

Traslado: Debe ser emitido por la o el propietario de los bienes o mercancías que requiere trasladar su mercancía por carreteras federales a otra locación con sus propios medios de transporte.

Fecha de entrada en vigor

El Complemento Carta Porte inicia su vigencia el 1 de junio de 2021 y es obligatorio transcurridos 120 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia, 30 de septiembre del 2021.

Disponibilidad

El complemento ya se encuentra disponible para su uso en ambiente de prueba desde el día 1 de junio de 2021. Actualmente estamos en proceso de aprobación con el SAT; una vez concretado el proceso, el complemento estará disponible en ambiente de producción.

Estructura

El complemento cuenta con 195 campos divididos en una sección principal y tres subsecciones; ubicaciones para origen, puntos intermedios y destino, mercancías y medio de transporte.

 

Perú – 3 de junio, 2021

La SUNAT ha actualizado las reglas de validación del CPE, donde se ajustaron ocho campos para modificar o eliminar las validaciones requeridas en esos campos. En línea con los cambios mencionados, la SUNAT también actualizó el esquema XSD del CPE a la versión 2.1.

México – 2 de junio

La administración tributaria mexicana (SAT) liberó una nueva actualización del Catálogo de CFDI, centrada en la introducción de la versión 79 del capítulo relacionado con los códigos para el número de pedimentos aduaneros (cNumPedimentoAduana), donde se modificaron o agregaron diez códigos que entraron en vigencia el 28 de mayo de 2021. Esta nueva versión también contempla la versión 56 de la tabla de códigos de la patente aduanal, donde se agregó un nuevo código que entró en vigencia el 25 de mayo de 2021.

Uruguay – 2 de junio, 2021

La administración tributaria de Uruguay (DGI) liberó la versión 22.1 de la documentación técnica que respalda el mandato de factura electrónica del país. Esta actualización absorbe los cambios introducidos por la versión 22, que ahora se encuentra en estado de sustituida, y agrega nuevas validaciones relacionadas con varios campos del esquema de factura electrónica. De acuerdo con la DGI, el entorno de prueba para estos cambios estará disponible el 1 de septiembre de 2021 y entrará en el entorno de producción el 1 de octubre de 2021.

En el caso del Informe Diario, el 24 de mayo la administración tributaria emitió la versión 12 para incorporar una nueva validación, la B-10, relacionada con la fecha de recepción.

Junto con estos cambios, la DGI ha proporcionado el esquema XSD propuesto que respaldaría los cambios mencionados anteriormente. Estas modificaciones aún no son efectivas, ya que están en estado “a publicar”, pero serán obligatorios una vez que la DGI los considere “publicados” en el sitio web oficial.