1 de septiembre, 2023

Mediante la Resolución 201-5160a, la autoridad tributaria estableció que el 31 de julio de 2023 vencía el plazo para solicitar de manera justificada la excepción al Sistema de Facturación Electrónica, para aquellas empresas proveedoras de bienes y servicios al Gobierno.

Esta solicitud estará sujeta a una resolución de la Dirección General de Ingresos, en la que se aprobará o no dicha autorización. En caso de que dicha solicitud no sea presentada o sea rechazada, las citadas empresas deberán cumplir con la emisión en el sistema de facturación electrónica.

Más información, en el siguiente documento: Gaceta Oficial Digital (mef.gob.pa)

22 de febrero, 2023

El Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá publicó en la Gaceta Oficial No. 29706-B del 23 de enero de 2023 el Decreto Ejecutivo No. 3 de 20 de enero de 2023, mediante el cual se otorga una prórroga para la adopción de mecanismos de facturación electrónica para varias actividades que inicialmente debían adoptar alguno de los mecanismos disponibles («equipos fiscales» o Sistema de Facturación Electrónica de Panamá) a partir del 2 de enero de 2023 y el 1 de febrero de 2023.

22 de febrero, 2023

Panamá publicó en la Gaceta Oficial No. 29712 del 31 de enero de 2023 la Resolución No. 201-0717 de 26 de enero de 2023, que regula las fases para que los bancos y otras instituciones financieras cumplan con los requisitos para emitir facturas utilizando equipos fiscales autorizados o a través del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP), según la Ley No. 256 de 26 de noviembre de 2021.

Panamá – 10 de noviembre

La República de Panamá ha promulgado una nueva ley que mejora el mandato actual de facturación electrónica del país. La Ley 721/2021, emitida el 26 de octubre, modifica la ley 76/1976 que establece las condiciones y validez de las facturas en el país. Esta nueva ley aún mantiene la validez de las facturas y recibos emitidos a través de las cajas fiscales adjuntas a las cajas registradoras (equipos fiscales) como método legítimo de facturación, pero también establece que a partir del 1 de enero de 2022, cualquier nuevo contribuyente estará obligado a utilizar el Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP) para su emisión.

El SFEP utiliza a los Proveedores de Certificación (PAC) para validar las facturas emitidas por los contribuyentes, y autoriza a los pequeños contribuyentes a utilizar el sistema gratuito provisto por la administración tributaria. Todos los demás contribuyentes que actualmente estén autorizados a emitir facturas electrónicas bajo el sistema piloto administrado por la administración tributaria, o por requerimiento especial o autorización, tendrán la obligación de comenzar a emitir facturas electrónicas utilizando únicamente el SFEP a más tardar el 1 de enero de 2023. En línea con este requisito, Las entidades que forman parte de la administración pública estarán obligadas a aceptar solo facturas electrónicas en sus compras, a partir del 30 de julio de 2022.

Finalmente, la nueva ley también estipula que la administración tributaria podrá establecer el plazo en el cual otros grupos de contribuyentes deberán cumplir con el mandato de facturación electrónica del país.

Panamá – 11 de mayo, 2021

La administración tributaria de Panamá (DGI) estaría planeando expandir el mandato de facturación electrónica a los profesionales que no estén usando las impresoras/cajas registradoras fiscales. Varias disposiciones contenidas en la Sección IV del Decreto Ejecutivo 766/2020, que definen la operatividad del sistema de facturación electrónica del país, entrarán en vigencia a partir de junio de 2021. El mencionado decreto establece que desde ese mes, todo aquel que quiera adherirse al sistema de facturación electrónica podrá hacerlo; de lo contrario, deberá utilizar las impresoras fiscales. Sin embargo, además, algunos medios de comunicación y empresas locales han venido informando que a partir de ese mes, la DGI tiene previsto ampliar el mandato a las personas que prestan servicios profesionales en el país. El sitio web de la administración tributaria no muestra ninguna información sobre el tema, pero Sovos está en contacto con la DGI para confirmar esta información y proporcionar más detalles.

Panamá – 23 de febrero, 2021

En línea con la publicación del Decreto 766/2020 emitido el 30 de diciembre de 2020 el Ministerio de Finanzas de Panamá dio a conocer la documentación que especifica las condiciones para convertirse en Proveedores de Autorización Cualificados (PACs) de servicios de facturación electrónica en ese país. Estas especificaciones están incluidas dentro de la Resolución 201-0295. La participación en el sistema de facturación electrónica de Panamá sigue siendo opcional para los contribuyentes, los que aún pueden optar por utilizar las denominadas Cajas Fiscales adjuntas a su POS. La resolución antes mencionada también incluye la documentación técnica o manual para el funcionamiento de las PAC como agentes autorizados de la administración tributaria.

Panamá – 25 de enero, 2020

El gobierno panameño emitió el Decreto 766/2020, a través del cual se consolidan en un solo documento legal varias regulaciones relacionadas con el mandato de facturación electrónica del país. La adhesión a este mandato aún es opcional para los contribuyentes que utilicen equipos fiscales de la Dirección General de Ingresos adjuntos a sus puntos de venta; sin embargo, este nuevo decreto especifica además las obligaciones de los contribuyentes adheridos al sistema y de los Proveedores de Autorización Calificados (PACs). También provee más detalles acerca de los requisitos que deben cumplir las facturas electrónicas y los documentos relacionados en el sistema de facturación. Varias secciones del decreto están dedicadas a definir el proceso de validación que deben seguir estos documentos para cumplir con los requerimientos técnicos del sistema. Además, deja a la administración tributaria de Panamá la decisión de determinar el plazo en el cual se requerirá que los contribuyentes comiencen a emitir facturas electrónicas. En línea con estas nuevas disposiciones, las autoridades de la administración tributaria han informado que, durante el primer trimestre de este año 2021, se dará a conocer el programa de «masificación voluntaria» de la factura electrónica en el país.

https://dgi.mef.gob.pa/_7FacturaElectronica/pdf/Decreto%20766_29_Dic2020.pdf

 

En el campo de la facturación electrónica y el control fiscal global, la atención ha estado puesta, en el último tiempo, en las iniciativas pioneras llevadas a cabo en Asia, donde países como India, Vietnam y Tailandia, parecen estar preparados para introducir nuevas reformas en el área. Sin embargo, incluso en el hogar de los controles fiscales digitales obligatorios -América Latina-, donde la autorización obligatoria de la facturación electrónica B2B se convirtió por primera vez en norma, el año 2020 ha sido testigo de muchas nuevas iniciativas y cambios legales. Algunos son un efecto natural del combate que llevan adelante los gobiernos para enfrentar el impacto económico de la pandemia de COVID-19 a través del IVA y otros impuestos, mientras que otros cambios se están ejecutando según el plan establecido.

Veamos lo que ha estado sucediendo en esta región:

Se pospone la adopción de la facturación electrónica

En Bolivia, el 2020 sería el año para implementar y hacer cumplir las reglas del Sistema de Facturación Electrónica (SFE). Sin embargo, después de realizar un análisis técnico y considerar la situación económica actual del país -agravada por el COVID-19-, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) pospuso la aplicación de su SFE, al promulgar una nueva resolución que deroga las regulaciones anteriores sobre este tema.

Planes de expansión de la factura electrónica

En mayo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), autoridad tributaria de Colombia,  emitió la Resolución 42, una nueva regulación que establece los requisitos para la emisión, transmisión y validación de facturas electrónicas. Esta orden establece las condiciones que deben cumplir los proveedores tecnológicos que ofrecen servicios de facturación electrónica. La adopción obligatoria de la misma se implementará entre junio y noviembre de 2020, en función del sector en el que los contribuyentes realicen las transacciones subyacentes.

El gobierno de Chile promulgó igualmente una reforma a la ley del IVA, estableciendo que ya no se aceptará la emisión de boletas en papel para las transacciones B2C. Los contribuyentes deben emitir boletas electrónicas para el suministro de bienes y servicios a los consumidores finales y deben satisfacer además  un requisito adicional de cumplimiento para emitir estos documentos electrónicos a partir de septiembre de 2020; el monto correspondiente a los impuestos debe registrarse en forma separada del monto del valor del suministro subyacente.

República Dominicana está avanzando en el desarrollo de su sistema de facturación electrónica. A principios de este año el marco legal que regula la emisión de varios tipos de documentos fiscales electrónicos fue adoptado con éxito. Sin embargo, el objetivo de la administración tributaria local (Dirección General de Impuestos Internos o DGII), es solicitar a los contribuyentes que operan en el país la emisión obligatoria de facturas electrónicas. Para esto, la DGII publicará un calendario por etapas para el despliegue obligatorio.

Ecuador continúa ampliando el alcance de su sistema de facturación electrónica. Este año, de acuerdo con lo planeado, se agregaron dos grupos de contribuyentes a la emisión obligatoria de facturas electrónicas:

  1. Aquellos que realizan actividades de comercialización de maquinaria pesada y equipamiento para carreteras.
  2. Individuos o entidades que realizan operaciones mayoristas y minoristas de gas licuado.

Siguiendo el cronograma publicado por la administración tributaria (SRI), para el año 2024 se requerirá que la mayoría de los contribuyentes que operan en Ecuador emitan facturas electrónicas.

Este año, el Gobierno de Panamá promulgó un nuevo decreto que requiere que todos los contribuyentes excluidos de tener que usar máquinas fiscales electrónicas conectadas a sus sistemas POS comiencen a emitir facturas electrónicas. El decreto establece que este requisito entre en vigencia a partir del 1 de agosto de 2020. Sin embargo, la administración tributaria (DGI) podrá definir fechas específicas para que ciertos grupos de contribuyentes cumplan con este requisito.

Actualmente, El Salvador está despejando el camino hacia el uso de facturas electrónicas. El Ministerio de Finanzas anunció que el país comenzará un programa piloto en 2020, con la participación de contribuyentes seleccionados que operan en el país. El plan es incorporar al sistema de emisión de facturas electrónicas a pequeñas y medianas empresas para el año 2021.

Es probable que los gobiernos de América Latina continúen adoptando nuevas medidas económicas y legales que podrían tener repercusiones en los requisitos de cumplimiento de facturación. Los contribuyentes que operan en estos países deberán cumplir con estos nuevos requisitos a pesar de las dificultades impuestas por la pandemia de Covid-19, para mantener sus empresas en cumplimiento.