La autoridad tributaria de Colombia (DIAN) sigue invirtiendo en la ampliación de su sistema CTC (controles transaccionales continuos). La última actualización propone una ampliación del alcance de los documentos cubiertos por el mandato de facturación electrónica.
En este artículo abordaremos el recién publicado Proyecto de Resolución 000000 de 19-08-2022. Este introduce cambios importantes para los contribuyentes cubiertos por las normas de facturación electrónica obligatoria.
Las modificaciones propuestas incluyen la nueva obligación de expedir documentos equivalentes en formato electrónico, el calendario para su implementación, actualización de la documentación técnica y otros puntos importantes, todo lo cual exige que los contribuyentes se preparen para su cumplimiento.
¿Qué cambiará para las empresas colombianas con estas nuevas propuestas de facturación electrónica?
Entre los muchos cambios propuestos, el proyecto de resolución tiene como objetivo principal regular la emisión electrónica del documento equivalente.
Estos documentos corresponden a la factura de venta en la legislación colombiana, pero cubren tipos específicos de transacciones y están regulados en el proyecto de resolución, de la siguiente manera:
- Tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S.
- Boleta de ingreso al cine
- El tiquete transporte de pasajeros
- El extracto
- El tiquete o billete de transporte aéreo pasajeros
- El documento en juegos localizados
- La boleta, fracción, formulario, cartón, billete o instrumento en juegos de suerte y azar diferentes a los juegos localizados
- El documento expedido para el cobro de peajes
- El comprobante de liquidación de operaciones expedido por la bolsa de valores
- El documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities
- El documento expedido para los servicios públicos domiciliarios
- La boleta de ingreso a espectáculos públicos y artes escénicas
- La boleta de ingreso a otros espectáculos públicos
Esto significa que todos los contribuyentes sujetos al mandato de facturación electrónica colombiano que emitan uno de estos documentos equivalentes deberán hacerlo en formato electrónico, según el anexo técnico del Documento Equivalente Electrónico versión 1.0, introducido por el proyecto.
Adicionalmente, el proyecto contempla una regulación inicial de los documentos electrónicos del sistema de facturación. Estos son documentos que sirven para el ejercicio de control de la autoridad tributaria y aduanera, como soporte de las declaraciones tributarias y aduaneras y de los trámites que se adelanten ante la DIAN, en virtud de lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario.
Por último, se actualizan las especificaciones técnicas de la principal factura electrónica del sistema, la factura electrónica de venta, a la versión 1.9 (Anexo técnico de la Factura Electrónica de Venta versión 1.9).
Plazos para las propuestas de facturación electrónica de Colombia
La obligación de emitir el documento equivalente en formato electrónico se aplicará gradualmente, de acuerdo con el tipo de documento equivalente, comenzando el 1 de marzo de 2023 y abarcará todos los documentos equivalentes el 1 de julio de 2023.
También será posible la implementación voluntaria anticipada, una vez esté disponible la funcionalidad en el sistema de la DIAN. Mientras no se cumplan los plazos para la implementación electrónica del documento equivalente, estos deberán seguir siendo expedidos de acuerdo con la Resolución No. 000042 de 2020.
El proyecto también establece un cronograma para la implementación de los documentos electrónicos del sistema de facturación, durante los años gravables 2023 y 2024. Estos documentos se regularán en los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la resolución oficial. Lo mismo en lo referente a la aprobación de su anexo técnico, que no se ha presentado con el proyecto de resolución.
Finalmente, la propuesta establece el plazo para la implementación del Anexo Técnico de la factura de venta electrónica versión 1.9 por parte de los contribuyentes. Éste será de al menos tres meses tras su publicación oficial.
¿Qué sigue para la facturación electrónica en Colombia?
El proyecto de resolución, una vez publicado oficialmente, derogará la Resolución de la DIAN No. 000042 de 2020 en todas las disposiciones que le sean contrarias, salvo las relacionadas con los documentos equivalentes, que seguirán vigentes hasta que la DIAN establezca su implementación electrónica.
Los contribuyentes pueden también esperar una nueva legislación que regule el resto de los documentos electrónicos del sistema de facturación en los meses siguientes a la publicación oficial de este proyecto de resolución.
Por mientras las empresas deben prepararse para los importantes cambios que se avecinan y ajustar sus procesos empresariales para cumplir con el nuevo mandato colombiano.
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