Actualizado: 31 de enero, 2024
El 31 de enero, la DIAN emitió la Resolución 00008, destinada a modificar los artículos 23 y 62 de la Resolución 000165 de 2023. El objetivo principal de esta resolución es postergar la entrada en vigor del Anexo Técnico 1.9 de Factura Electrónica, originalmente programada para el 1 de febrero de 2024, y establecer nuevos cronogramas para la implementación del Documento Equivalente Electrónico, siendo la primera fecha el 1 de mayo de 2024 para grandes contribuyentes.
La Resolución 000165 de la DIAN, publicada en el Diario Oficial el pasado 2 de noviembre de 2023, es un paso significativo que viene a revolucionar el ya dinámico mundo de la facturación electrónica en Colombia.
En este artículo damos a conocer lo más relevante de esta resolución diseñada para seguir modernizando el sistema de facturación, introduciendo nuevas obligaciones y pautas para la implementación del documento equivalente electrónico.
Novedades y cambios destacados de la Resolución 000165
1. Implementación del documento equivalente electrónico
La Resolución 000165 establece un calendario claro para la implementación del documento equivalente electrónico, específicamente para el tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S. Este proceso se llevará a cabo en tres grupos, cada uno con fechas específicas, según la calidad del contribuyente de renta y complementarios.
- Grupo 1 (Grandes Contribuyentes): 3 de febrero de 2024.
- Grupo 2 (Declarantes del Impuesto sobre la Renta): 1 de marzo de 2024 para quienes no sean Grandes Contribuyentes.
- Grupo 3 (No declarantes del Impuesto sobre la Renta): 1 de abril de 2024 para sujetos sin ninguna de las calidades mencionadas.
2. Otros documentos equivalentes
Además del tiquete de máquina registradora, la resolución aborda la implementación electrónica de varios otros documentos equivalentes, como servicios públicos domiciliarios, tiquete de transporte, extracto, tiquete aéreo, boletas de espectáculos y más. Las fechas límite para la implementación de estos documentos varían, pero todas se sitúan en el año 2024, proporcionando un marco temporal claro para la adaptación.
3. Cambios en documentos emitidos por máquinas registradoras con sistema POS
La resolución redefine las condiciones para los documentos equivalentes generados por máquinas registradoras con sistema POS establecidas previamente en la Resolución 1092 del 1 de julio de 2022. La nueva normativa elimina la limitación para su expedición -que antes era de no más de 5 UVT o cerca de USD 50-; también elimina las restricciones sobre su uso como soporte de impuestos, y la no transmisión de documentos a la DIAN, que ahora es una realidad.
4. Adopción de versiones técnicas
Los sujetos involucrados deberán adoptar la versión 1.9 del anexo técnico de factura electrónica de venta a partir del 2 de febrero de 2024, existiendo un plazo de 3 meses desde el momento de la publicación en el diario oficial -el 2 de noviembre de 2023; y la versión 1.0 del anexo técnico de documento equivalente electrónico, de acuerdo con las fechas mencionadas, que inician el 3 de febrero de 2024 con un documento equivalente electrónico.
Esta resolución marca un hito para las empresas de ventas masivas, introduciendo nuevas obligaciones. Además, incorpora actividades anteriormente excluidas del documento equivalente electrónico, ampliando su alcance.
Ante este contexto de cambios y transformaciones, Sovos se posiciona como el proveedor ideal para facilitar la transición y asegurar una implementación eficiente.