La facturación en Chile cambiará el 1 de diciembre de 2022, cuando entre en vigor la resolución 66 del Servicio de Impuestos Internos.
Esta nueva normativa tiene incidencia sobre las organizaciones que realizan operaciones en moneda extranjera. Afecta a los bancos, corredores de bolsa, casas de cambio e instituciones financieras. También se incluyen otros intermediarios o entidades que realicen operaciones de compra y venta de divisas por sí mismos o por cuenta de terceros.
Todas estas organizaciones deben emitir lo siguiente:
- Factura electrónica
- Factura no afecta o exenta electrónica
- Nota de crédito electrónica
- Nota de débito electrónica
- Boleta electrónica
- Boleta electrónica no afecta o exento
¿Cómo está cambiando la facturación en Chile?
Todo documento fiscal electrónico debe tener en cuenta las especificaciones descritas en el “Formato de documento fiscal electrónico”. Este documento está disponible en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos y se actualiza periódicamente.
¿Qué información electrónica se exige en Chile?
La Resolución 66 también contiene instrucciones técnicas. En ellas se establecen los detalles necesarios para los documentos fiscales electrónicos que respaldan las operaciones de compra y venta de divisas.
La resolución establece que debe incluirse lo siguiente:
- Nombre y código de la moneda negociada
- Tipo y detalle de la transacción
- Tipo de cambio
- Importe negociado
- Valor total
- Fecha de la transacción
Hay otros requisitos que no figuran en la lista anterior, por lo que es importante comprobar las directrices.
Este cambio permite a la entidad tributaria recibir, validar y procesar los documentos fiscales electrónicos. Esto asegura que las operaciones se reflejen con precisión y evita inconsistencias
Más información sobre derechos, comisiones y otros cargos en Chile
En el caso de las comisiones, el contribuyente debe emitir una factura o boleta electrónica que contenga toda la información indicada por el Anexo Técnico.
Si el documento no incluye un elemento afectado, considere lo siguiente:
- Una factura no afecta
- Una factura electrónica exenta
- Una boleta no afecta
- Una boleta electrónica exenta
Un ejemplo es cuando no hay comisión.
Asimismo, cuando las diferencias de cobros y valores están sujetas al IVA, debe emitirse una nota de crédito o débito electrónica.
La siguiente información debe registrarse también por separado:
- El valor total de los instrumentos negociados
- El valor de las comisiones y los gastos, si existen
- Total a pagar a favor del cliente o total a pagar a favor de la empresa
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