A raíz de la implementación y generalización de la factura electrónica en México, ha surgido mucha información errónea que genera confusión en los usuarios que deben aplicarla. Por esta razón, hemos creado una lista de los 10 mitos sobre la facturación electrónica, que le invitamos a leer y compartir:
Mitos sobre la facturación electrónica
- El único mecanismo para generar facturas electrónicas para personas físicas y RIF es a través de “Mis Cuentas” del SAT
FALSO. Ya que a través de portales y mecanismos provistos por terceros también se puede llevar a cabo sin necesidad de ingresar a la página del SAT. Existe una lista autorizada de PACs, de entre los cuales es posible escoger al proveedor de comprobantes fiscales que más se adapte a las necesidades puntuales.
- Es necesario ir al SAT para realizar los trámites de alta
FALSO. Ya sea que se utilicen los sistemas propios del SAT o de terceros (PAC), el trámite para facturar electrónicamente puede realizarse online.
- Solo mi contador puede realizar los trámites o asignarme un sistema
FALSO. Si bien es cierto por lo general, los trámites a realizar en la página del SAT no son simples, los proveedores de sistemas de facturación electrónica cuentan con asesores e instructivos donde se explica paso a paso el procedimiento, para que la operación pueda ser llevada a cabo por el mismo interesado.
- Las facturas en papel ya no sirven
CIERTO. Las facturas en papel dejaron de ser válidas desde abril del 2014, por lo que para emitir una factura, es imprescindible hacerlo a través de un PAC o a través del sistema Mis Cuentas del SAT.
- Una factura electrónica no puede imprimirse
FALSO. Las facturas electrónicas pueden imprimirse en una hoja simple A4 y entregarse en papel, pero hay que recordar que la factura impresa (PDF) es solo una representación del verdadero documento valido, el XML, por lo que debe cerciorarse de recibir ambos documentos en su correo electrónico para hacerlos válidos ante el SAT.
- Las facturas electrónicas deben imprimirse para su resguardo
MITO. No es necesario imprimir. Las facturas electrónicas, ya sean generadas o recibidas, se resguardan en formatos específicos establecidos por el SAT. Los PAC, por lo general, solucionan este problema por defecto para sus clientes emisores o receptores.
- Si la factura no viene en PDF no tiene valor legal o no es electrónica
FALSO. La factura electrónica se conforma como tal, independientemente del formato en que se publique o distribuya. Una factura electrónica no es más que un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que comprende de dos partes, un PDF y un XML que contiene la cadena de datos requeridos por el SAT.
- Solo puedo utilizar un sistema de facturación electrónica
FALSO. Es posible utilizar cuantos sistemas se desee y cuantos proveedores existan; cada uno dependerá de un único punto de venta paralelo a los demás. Esto aplica para el caso en que, por ejemplo, un cliente le solicite a su proveedor la utilización de un sistema en particular para la generación o presentación de facturas, ya que le genera beneficios en cuanto al acceso de los datos, canales de recepción, archivado, etc.
- Debo cambiar mi sistema de gestión dependiendo de qué sistema de facturación electrónica utilice
MITO. Los sistemas de gestión, por lo general, proveen de mecanismos de facturación electrónica, pero en caso de que no, éstos pueden articularse con una interfaz simple.
- Debo saber mucho de sistemas para poder facturar electrónicamente
MITO. El SAT habilitó WebServices que permiten a empresas desarrolladoras de productos y sistemas y algunas otras, generar soluciones intuitivas para usuarios “no expertos”.