Paquete de comercio electrónico con IVA – One Stop Shop (OSS)

Alex Smith
December 22, 2020

El paquete de comercio electrónico del IVA de la Unión Europea se ha retrasado hasta el 1 de julio de 2021. En consecuencia, en el nuevo año las empresas tendrán que enfrentarse tanto a los cambios del IVA relacionados con el Brexit como al impacto del One Stop Shop, lo que supone dos nuevos conjuntos de normas para la declaración del IVA en 2021.

Tratamiento de los bienes y servicios B2C después del 1 de julio de 2021

A partir del 1 de julio de 2021, la UE introduce nuevas normas que amplían la Mini One Stop Shop (MOSS) a las entregas B2C. Las normas se aplican cuando el IVA se devenga en un Estado miembro distinto de aquel en el que está establecido el proveedor y a las entregas de bienes B2C intracomunitarias. Estas normas están actualmente disponibles para la contabilización del IVA en las ventas B2C de servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y electrónicos (TBES). El nuevo sistema, conocido como One Stop Shop (OSS), tenía una fecha de lanzamiento original del 1 de enero de 2021.

¿Cómo funcionará el OSS?

El OSS suprimirá los actuales umbrales de venta a distancia. Además, todas las prestaciones intracomunitarias de servicios B2C TBES y las ventas a distancia intracomunitarias de bienes funcionarán con el mismo límite de 10.000 euros. Cuando se supere este límite, se deberá pagar el IVA en el Estado miembro de entrega. Esto es así independientemente del nivel de ventas en ese país. Es importante señalar que este umbral se aplica a las empresas establecidas en la UE y no se aplicará a las empresas del Reino Unido.

Una única declaración de IVA contabiliza Todo el IVA adeudado puede contabilizarse a través de una única declaración de IVA, presentada en el Estado miembro de identificación, es decir, en el país en el que la empresa está registrada para el régimen de IVA. Toda empresa establecida en la UE utilizará como Estado miembro de identificación el país en el que opera. Si no hay ningún establecimiento comercial en la UE, se puede elegir un Estado miembro. Las disposiciones también se aplican a las empresas no comunitarias que prestan servicios en forma de régimen de OSS no sindical. El régimen OSS no es obligatorio: las empresas pueden optar por registrarse en todos los Estados miembros en los que se deba pagar el IVA.

Régimen de la Unión: mercancías enviadas desde la UE

El envío de mercancías desde lugares físicos, como almacenes en la UE, seguirá tratándose como venta a distancia. Si se superan los umbrales, se deberá pagar el IVA en el Estado miembro de entrega.

Por lo tanto, el OSS estará disponible para todas las ventas de bienes, independientemente de su valor. El OSS contabiliza el IVA en el Estado miembro de identificación al tipo vigente en el país donde se debe pagar el IVA. Es decir, el Estado miembro de consumo. El IVA adeudado se pagará al Estado miembro de identificación, y se deberán presentar declaraciones de OSS.

OSS de importación (IOSS) – mercancías enviadas desde fuera de la UE

Si el Reino Unido no tiene la consideración de Estado miembro en el momento en que las mercancías se expiden desde su territorio, la venta no entrará en el régimen de venta a distancia. Los bienes se tratarán de acuerdo con su valor intrínseco, con diferencias por encima y por debajo de 150 euros.

Las mercancías importadas de terceros países o territorios a clientes de la UE hasta un valor intrínseco de 150 euros estarán cubiertas por un régimen de importación. Al igual que el sistema que se aplicará en el Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021. Este régimen de importación va acompañado de la supresión de la actual exención del IVA para las mercancías en pequeños envíos de un valor de hasta 22 euros. Sin embargo, si las mercancías tienen un valor superior a 150 euros, el IVA no puede contabilizarse en el marco de las normas mínimas de seguridad operativa y será necesaria una declaración aduanera completa.

Plazas de mercado

Las mercancías importadas desde terceros territorios o terceros países en envíos con un valor intrínseco inferior a 150 euros utilizando una interfaz electrónica como un mercado, plataforma, portal o medio similar, también recibirán un tratamiento diferente. Esto se aplica a las ventas a través de plataformas como Amazon. Según los cambios, se considerará que la plataforma ha recibido y suministrado los bienes por derecho propio. Curiosamente, es irrelevante si los bienes son suministrados por proveedores de la UE o de fuera de la UE. Las normas del mercado también se aplican a los vendedores de fuera de la UE que suministran bienes a través de un mercado en el que los bienes ya se encuentran en la UE en el momento de la venta.

¿Y ahora qué?

Hasta la aplicación de las nuevas normas, los Estados miembros deben transponer las nuevas normas de la Directiva del IVA. La Directiva ya está en vigor en su legislación nacional. Algunos Estados miembros ya lo están haciendo. Aunque todavía no se ha confirmado, muchos creen que el OSS podría retrasarse aún más. Tanto los Países Bajos como Alemania están preocupados por la preparación para la fecha de inicio de julio de 2021.

Para las empresas británicas, el Brexit complica especialmente las cosas. Tras la aplicación del OSS, las empresas británicas pueden hacer uso de los cambios del paquete de comercio electrónico. Sin embargo, durante el retraso de 6 meses en 2021, los registros y los representantes fiscales podrían ser necesarios durante un breve periodo de tiempo. Es esencial que las empresas planifiquen su cadena de suministro teniendo en cuenta los próximos cambios.

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Autor

Alex Smith

As a Director and member of the Consulting Services team within Managed Services, Alex has worked at Sovos since 2012. At Sovos Alex specialises in providing cross-border advice to a wide range of businesses delivering detailed analyses, reports and contract reviews regarding VAT/GST systems within the EU and beyond. Alex supports many businesses both from a consulting perspective and also by overseeing their VAT compliance obligations. Alex has worked in Indirect Tax since 2005 and his previous experience comes from working in the Big 4. Prior to joining Sovos, Alex worked as a GST consultant in New Zealand, which gave him the opportunity to develop an understanding of international GST and customs duties. Alex also spent several years in London, working in a middle markets VAT team gaining wide exposure to European VAT law. Alex is a full member of the Chartered Institute of Taxation and additionally holds a Master’s degree in Taxation.
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