Facturación electrónica en Colombia: Últimos mandatos

Kelly Muniz
August 23, 2022

La Dirección de Impuestos de Colombia (DIAN) se ha concentrado mucho en la ampliación de su régimen de facturación electrónica en los últimos años. La DIAN introdujo el primer cronograma de implementación obligatoria de la facturación electrónica en el país en 2018 y, desde entonces, el sistema ha ido abarcando más transacciones y contribuyentes.

En este artículo, examinaremos los dos últimos nuevos mandatos de la facturación electrónica colombiana:

  1. La introducción del documento de apoyo en compras (Documento Soporte en Aquisiciones con No Obligados a Facturar Electrónicamente) y
  2. La aplicación de un umbral para la emisión de billetes en el punto de venta (TPV).

Estas nuevas obligaciones tienen un impacto significativo y requieren ajustes por parte de los contribuyentes. Estos cambios también suponen una ampliación sustancial de la facturación electrónica colombiana para incluir transacciones totalmente nuevas en su ámbito de aplicación.

Documento de apoyo a las adquisiciones

La administración tributaria colombiana ha creado un nuevo tipo de documento electrónico, el documento de soporte para las adquisiciones de los sujetos no obligados a emitir facturas electrónicas. Este documento de apoyo y sus notas correctivas fueron introducidos por Resolución 167 de 2021. Amplía el ámbito de aplicación de la facturación electrónica para garantizar que un mayor número de transacciones entren en el mandato y permite el apoyo a las deducciones fiscales.

Los contribuyentes obligados a generar este documento electrónico son los que están bajo el régimen de facturación electrónica del país. Incluye a los sujetos pasivos del impuesto sobre la renta y complementarios y responsables del IVA cuando adquieran bienes y/o servicios de proveedores no obligados a emitir facturas electrónicas o documentos equivalentes y requieran el soporte de los costos y deducciones en las mencionadas declaraciones tributarias. Para generar el documento de apoyo, el contribuyente debe ser autorizado por la DIAN como emisor electrónico.

El documento de soporte y sus notas correctivas deben generarse en formato XML y contener un CUDS: código único del documento de soporte (código único del documento de soporte). Este código alfanumérico permite identificarlo inequívocamente. Una vez generados, los documentos electrónicos deben ser transmitidos para su autorización por la DIAN en tiempo real o, a más tardar, el último día natural de la semana, para las operaciones acumuladas con el mismo proveedor realizadas durante esa misma semana.

Tras haber sido pospuesta su fecha de aplicación original, la generación del documento de apoyo a las adquisiciones pasó a ser obligatoria el 1 de agosto de 2022.

Implantación del umbral de emisión de billetes en el punto de venta

De acuerdo con este mandato, los tickets de caja generados a través de sistemas P.O.S. (tickets de máquinas registradoras con sistemas P.O.S.) podrán ser emitidos por los sujetos obligados a facturar, siempre que la venta del bien y/o la prestación del servicio que se registre en el mismo no supere las cinco (5) UVT (unidad de valor fiscal) por cada documento, sin incluir los impuestos.

Esto significa que, para las operaciones de venta de bienes y/o prestación de servicios que superen el importe de cinco (5) UVT, los contribuyentes acogidos al mandato de facturación electrónica del país deben emitir una factura de venta electrónica. El comprador de bienes y/o servicios por debajo del umbral puede seguir exigiendo la emisión de una factura de venta, en cuyo caso el proveedor debe proporcionarla.

El umbral se introdujo de facto en 2021 mediante Ley 2155, pero sólo en julio de 2022 la DIAN estableció un despliegue gradual del mandato, a través de Resolución 1092, siguiendo el siguiente calendario:

  • 1 de febrero de 2023: Grandes contribuyentes
  • 1 de abril de 2023: Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios (contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios), que no sean grandes contribuyentes
  • 1 de mayo de 2023: Contribuyentes que no declaran el impuesto sobre la renta y complementario
  • 1 de junio de 2023: Otros contribuyentes no incluidos anteriormente

¿Está usted preparado para estos cambios?

Mientras que la generación del documento de apoyo para las adquisiciones ya es obligatoria, los contribuyentes deben empezar a prepararse para cumplir con el nuevo umbral de emisión de facturas electrónicas en lugar de los tickets del TPV. Sovos puede ayudar a su empresa a adaptarse a la facturación electrónica y garantizar el cumplimiento de los nuevos mandatos de Colombia.

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Autor

Kelly Muniz

Kelly Muniz es asesora regulatoria junior en Sovos. Kelly, originaria de Brasil y radicada en Estocolmo, obtuvo una licenciatura en Derecho en su país natal, donde trabajó como abogada autorizada. También posee una maestría en Derecho comercial de la UE de la Universidad de Lund en Suecia.
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