Bélgica se acerca a la facturación electrónica obligatoria

Marta Sowińska
June 9, 2022

En línea con las obligaciones establecidas por la Directiva Europea 2014/55 sobre la facturación electrónica en la contratación pública, Bélgica introdujo un mandato para que las entidades públicas reciban y procesen facturas electrónicas en 2019.

En el caso de Bruselas, Flandes y Valonia, la iniciativa fue más allá de los requisitos mínimos de la Directiva de la UE e introdujo la obligación de emitir también facturas electrónicas para los proveedores de las entidades del sector público de estas regiones.

Con los recientes cambios legales, Bélgica se prepara ahora para ampliar la obligación de facturación electrónica a un número aún mayor de empresas, introduciendo la facturación electrónica obligatoria en el sector B2B.

Facturación electrónica en la contratación pública

El 31 de marzo de 2022, el Boletín Oficial belga publicó el Real Decreto de 9 de marzo de 2022, que pretende ampliar la obligación de emitir facturas electrónicas a todos los proveedores de las instituciones públicas en el marco de los contratos públicos y de los contratos de concesión.

Como se ha mencionado anteriormente, esta obligación ya existía en varias regiones, como Bruselas, Flandes y Valonia, pero ahora el mandato abarca a los proveedores de los organismos públicos de todas las regiones. Las fechas relativas a la emisión de facturas electrónicas en los contratos públicos, en función de su valor son:

  • 1 de octubre de 2022: Las facturas electrónicas de los contratos públicos iguales o superiores al umbral europeo de 214.000 euros deben emitirse seis meses después de la publicación del decreto en el Boletín Oficial belga y el primer día de cada mes.
  • 1 de abril de 2023: Las facturas electrónicas de los contratos públicos iguales o superiores a 30.000 euros deben emitirse 12 meses después de la publicación del decreto en el Boletín Oficial belga, y el primer día de cada mes.
  • 1 de octubre de 2023: Las facturas electrónicas de los contratos públicos inferiores a 30.000 euros deben emitirse 18 meses después de la publicación del decreto en el Boletín Oficial belga y el primer día de cada mes.

Sólo están exentos los contratos públicos y las concesiones cuyo valor estimado sea inferior o igual a 3.000 euros sin IVA.

Facturación electrónica en el sector privado

Como se informó anteriormente en , las autoridades belgas han indicado la ambición de ir más allá de la facturación electrónica B2G. El 11 de mayo de 2022, la Cámara de Representantes de Bélgica publicó un proyecto de ley que modifica la ley de 2 de agosto de 2002 relativa a la lucha contra la morosidad en las transacciones comerciales, modificada por última vez por la ley de 28 de mayo de 2019, con el objetivo de implantar la facturación electrónica entre empresas privadas (B2B).

La justificación de la propuesta es la necesidad de permitir a las empresas invertir en la facturación electrónica, después de haber apoyado ya la digitalización de la facturación en el sector B2G. Las ventajas que se derivan son un proceso de facturación mucho más rápido, más seguro y que minimiza el riesgo de errores y de falta de datos.

Además, las posibilidades de fraude disminuyen y la protección de la privacidad aumenta, sin necesidad de intervención humana en el proceso de facturación.

Por último, se destaca el aspecto medioambiental relativo al menor consumo de papel. En términos de beneficio financiero, según los cálculos del Servicio de Simplificación Administrativa (DAV), la plena digitalización de las facturas en Bélgica podría reducir la carga administrativa en 3.370 millones de euros.

En base al proyecto de ley, las empresas (a excepción de las microempresas) estarán obligadas a enviar sus facturas en formato electrónico estructurado (en línea con la norma europea de facturación electrónica EN 16931-1:2017 y CEN/TS 16931-2:2017), así como a recibir y procesar las facturas electrónicamente.

Nada en el proyecto de ley describe la participación de una plataforma de compensación centralizada, o la notificación de los datos de la factura electrónica a las autoridades fiscales. Por lo tanto, en este momento no hay ninguna indicación formal de que el mandato propuesto se diseñe como un sistema de facturación electrónica de control continuo de las transacciones (CTC), aunque es posible que el sistema evolucione para conectarse con PEPPOL.

La ley entrará en vigor el 1 de enero de 2025 en lo que respecta a las PYME, garantizando así que las empresas tengan el tiempo suficiente para prepararse para la transición. Si se trata de grandes empresas, se espera que la facturación electrónica obligatoria esté presente a partir de enero de 2024. En principio, la fecha relativa a los grandes contribuyentes era julio de 2023, y la de los pequeños contribuyentes, a partir de 2024, por lo que lo más probable es que esas fechas se pospongan.

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Autor

Marta Sowińska

Marta Sowińska is a Junior Regulatory Counsel at Sovos. Based in Lisbon and originally from Poland, Marta earned a Bachelor’s degree in International and European Law from the Hague University of Applied Sciences in the Netherlands and has studied at the Beijing Normal University in China.
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