Los desafíos para las empresas en el nuevo año tributario

Sovos
January 30, 2026

El inicio de un nuevo año tributario encuentra a muchas empresas con procesos aún tensionados, aprendizajes pendientes del cierre anterior y un marco regulatorio que no da tregua. Más allá de diciembre, los errores operativos en facturación, contabilidad y control tributario continúan siendo una de las principales fuentes de riesgo frente a un escenario de fiscalización cada vez más exigente.

Aunque el cierre fiscal concentra tradicionalmente la mayor presión operativa, los problemas que se arrastran desde ahí suelen impactar los primeros meses del año siguiente: diferencias contables no resueltas, documentación incompleta, correcciones tardías y procesos manuales que dificultan la trazabilidad. El resultado es conocido: observaciones del SII, multas, reprocesos y mayores complejidades en auditorías futuras.

Este contexto cobra especial relevancia considerando que 2025 introdujo nuevas obligaciones normativas que elevan el estándar de control, información y fiscalización, y cuyos efectos se extienden directamente al año tributario que comienza.

A continuación, los errores operativos más frecuentes que las empresas deben abordar desde el inicio del año, y cómo enfrentarlos de manera efectiva.

 

1. Falta de conciliación entre facturación electrónica y contabilidad

 Uno de los errores más habituales es la existencia de diferencias entre facturas electrónicas, notas de crédito o débito y los registros contables. Estas inconsistencias, muchas veces mínimas, pueden escalar rápidamente durante una revisión o fiscalización.

Cómo evitarlo:

  • Realizar conciliaciones periódicas a lo largo del año, no solo al cierre.
  • Implementar controles automáticos que validen la información tributaria frente a la contabilidad.

“El cumplimiento tributario no debería gestionarse como una carrera de último minuto. Las empresas que trabajan con controles continuos reducen significativamente el riesgo de diferencias que luego son difíciles de corregir”, explica María del Carmen Aguilar, Senior Regulatory Counsel de Sovos.

 

2. Correcciones masivas de documentos en etapas avanzadas del proceso

Intentar regularizar grandes volúmenes de documentos tributarios en periodos concentrados -ya sea al cierre o al inicio del año- aumenta la probabilidad de errores formales, rechazos y atrasos en los plazos legales.

Cómo evitarlo:

  • Detectar inconsistencias de manera temprana.
  • Contar con procesos claros para la emisión, anulación y corrección de documentos electrónicos conforme a la normativa vigente.

 

3. Errores en el corte de ingresos y gastos

Registrar operaciones en un período tributario incorrecto sigue siendo un problema recurrente y puede distorsionar tanto los resultados financieros como la carga impositiva.

Cómo evitarlo:

  • Revisar contratos, fechas de prestación de servicios y condiciones de facturación.
  • Asegurar que ingresos y gastos correspondan efectivamente al ejercicio que se está declarando.

 

4. Falta de conciliación de cuentas clave 

Cuentas por cobrar, cuentas por pagar, bancos e inventarios continúan siendo focos de

riesgo cuando no se concilian adecuadamente, afectando la confiabilidad de la información financiera.

Cómo evitarlo:

  • Priorizar la revisión de cuentas críticas.
  • Documentar respaldos claros y trazables para auditorías internas y externas.

 

5. Dependencia excesiva de procesos manuales

El uso intensivo de planillas y revisiones manuales sigue siendo una de las principales fuentes de error, especialmente en organizaciones con alto volumen de transacciones.

Cómo evitarlo:

  • Avanzar en la automatización de procesos tributarios y contables.
  • Reducir la intervención manual en tareas repetitivas y de alto riesgo operativo.

“Los errores tributarios no son solo un problema fiscal; también reflejan desafíos tecnológicos y de gestión. La automatización y la trazabilidad permiten enfrentar el año tributario con mayor previsibilidad y menor exposición al riesgo”, agrega Aguilar.

 

Últimos cambios regulatorios: nuevas obligaciones que impactan el año tributario 2026

El 2025 trajo modificaciones normativas significativas para Chile que las empresas deben tener en consideración. Estos cambios abarcan desde requisitos adicionales en documentación tributaria, hasta nuevas obligaciones para plataformas digitales y comercio electrónico. Los más destacados:

 

Boletas electrónicas versión 4.2: nuevos datos obligatorios

El 1 de septiembre de 2025 entró en vigencia la Resolución Exenta N°44, que acompaña la versión 4.2 del formato de boletas electrónicas. Para operaciones que superen las 135 UF (aproximadamente $5.100.000 CLP), ahora es obligatorio incluir:

  • Datos de identificación del receptor como el RUT. El correo electrónico y teléfono del cliente son campos opcionales en el esquema; ya no se vuelven obligatorios por el monto.
  • Medio de pago utilizado (efectivo, tarjeta, transferencia)

Esta información debe incluirse tanto en el archivo XML como en su representación gráfica (PDF). Las sanciones por incumplimiento, según el artículo 97 N°10 del Código Tributario, van del 50% al 500% del monto de la operación.

 

Guías de despacho y facturación: registro obligatorio y nuevos requisitos 

La nueva resolución Exenta SII N°154 (5/11/2025) establece nuevos requisitos para facturas electrónicas y guías de despacho en operaciones que trasladen bienes afectos a IVA a partir del 1 de mayo de 2026. Las empresas deberán incluir:

  • Individualización completa del chofer y transportista (nombre, cédula de identidad, RUT)
  • Identificación del origen y destino
  • Placa patente del vehículo y/o carro (remolque o semirremolque)
  • Descripción de las mercancías

Además, se crea el Registro de Guías de Despacho Electrónicas, donde deberán incluirse tanto guías electrónicas como en papel.

 

Restricciones a facturación en supermercados y restaurantes

La Resolución Exenta N°121 (19/12/2024), vigente desde marzo de 2025, estableció nuevas restricciones para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes:

  • Los supermercados solo pueden emitir facturas cuando los bienes adquiridos estén directamente relacionados con el giro de negocio o actividad económica del contribuyente
  • No procede factura para transacciones de consumo personal o familiar
  • Los restaurantes solo emitirán factura cuando el cliente presente su e-RUT e indique el motivo del consumo (ej.: almuerzos de negocios)
  • El detalle del documento debe indicar claramente la glosa que describe el objeto del producto adquirido

 

El incumplimiento se sanciona con multas del 50% al 500% del monto de la operación -con un mínimo de $122 mil CLP a un máximo de $30 millones CLP aprox.- así como el cierre del establecimiento hasta por 20 días.

 

Facturación electrónica para bienes usados

A partir del 1 de marzo de 2025, de acuerdo con la Resolución Exenta SII N°117 (12/12/2024), los vendedores de bienes usados deben emitir facturas electrónicas sin IVA para identificar proveedores y detallar bienes adquiridos. Esta medida impacta directamente a comerciantes de:

  • Repuestos y piezas de vehículos usados
  • Electrodomésticos de segunda mano
  • Muebles y artículos para el hogar usados

El objetivo es mejorar la trazabilidad de estas operaciones y fortalecer el control tributario sobre este sector.

 

Plataformas digitales de intermediación: verificación de inicio de actividades

La circular N°38 del 30 de abril de 2025 (Ley N°21.713) establece que, a partir del 1 de octubre de 2025, las plataformas de intermediación, administradores de medios de pago electrónico, órganos del Estado y bancos comerciales deben exigir acreditación del inicio de actividades para autorizar el desarrollo de actividades económicas.

Desde el 1 de enero de 2026, las plataformas y administradores de medios de pago deberán verificar el cumplimiento tributario de quienes operen a través de ellos. Si detectan incumplimiento, podrán continuar proveyendo el servicio, pero deberán retener un porcentaje del IVA asociado a la transacción.

 

IVA en compras remotas: plataformas extranjeras

Desde el 25 de octubre de 2025, quedaron afectos a IVA la compra de bienes ubicados en el extranjero realizada remotamente por consumidores finales, siempre que:

  • El bien tenga como destino Chile
  • Su valor no supere los USD$500 ($450.000 CLP aprox.)
  • Se compre a través de una plataforma o comercio digital

Las plataformas de intermediación extranjeras deben inscribirse en el sistema de tributación simplificada y retener y pagar el IVA (19%) en arcas fiscales.

 

Entrega de comprobantes en comercio presencial

La Resolución Exenta N°53 (vigente desde 1 de mayo de 2025) establece que todo comercio con ventas presenciales a consumidores finales debe entregar representación impresa o digital del comprobante según el tipo de pago:

  • Pago en efectivo o transferencia: debe entregarse la boleta electrónica
  • Pago con tarjeta: debe entregarse la boleta electrónica y/o el voucher electrónico

Los comercios sin dispositivos tecnológicos tienen hasta el 1 de marzo de 2026 para adecuar sus sistemas.

 

Prepararse para 2026: un escenario de mayor fiscalización y control continuo

Si algo deja claro el marco normativo vigente es que la tendencia no apunta a flexibilizar, sino a profundizar los mecanismos de control, trazabilidad y fiscalización digital. Para 2026, se espera que el SII continúe fortaleciendo el uso de datos, cruces de información y monitoreo en línea, especialmente en sectores de alto volumen transaccional, comercio digital y plataformas de intermediación.

En este escenario, la preparación para el año tributario no pasa únicamente por cumplir con las nuevas regulaciones, sino por replantear la gestión tributaria como un proceso permanente, integrado a los sistemas financieros y operativos de las organizaciones.

“El marco regulatorio chileno está avanzando hacia un modelo de fiscalización más preventivo, continuo y basado en datos. Anticiparse ya no es una ventaja competitiva: es una condición para operar con estabilidad”, afirma María del Carmen Aguilar.

 

Cómo ayuda Sovos

Iniciar el año tributario con procesos sólidos, información confiable y sistemas alineados con la normativa vigente permite reducir riesgos, evitar correcciones posteriores y operar con mayor eficiencia. En un contexto de regulaciones más exigentes y fiscalización reforzada, prepararse desde el inicio marca la diferencia entre reaccionar ante los problemas o gestionarlos con control y previsibilidad.

Sovos apoya a las empresas en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a lo largo de todo el año fiscal, asegurando la correcta emisión, validación y control de documentos conforme a la normativa vigente del SII. A través de sus soluciones para el cumplimiento tributario, permite reducir errores operativos, anticiparse a fiscalizaciones y gestionar el cumplimiento tributario de forma integrada, segura y escalable.

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Autor

Sovos

Sovos fue creada para resolver las complejidades de la transformación digital de los impuestos, con soluciones completas y conectadas para la determinación de impuestos, el cumplimiento de los controles transaccionales continuos, la declaración del IVA y más. La compañía brinda asistencia a más de 12.000 mil clientes, incluida la mitad del ranking Fortune 500, que operan en más de 70 países. Sus productos SaaS y la plataforma patentada Sovos S1 se integran con una amplia variedad de aplicaciones comerciales y procesos de cumplimiento gubernamentales. Sovos tiene empleados en las Américas y Europa, y es propiedad de Hg y TA Associates. Para obtener más información, visite https://sovos.com/mx/ y síganos en https://www.linkedin.com/company/sovosmx/ https://www.facebook.com/sovos.mexico.
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