Al tener bajo nuestra dirección una empresa o comercio, surgen diversas obligaciones fiscales con las que debemos cumplir en tiempo y forma. En este ámbito, es común que comencemos a escuchar el término factura electrónica. Lo mismo ocurre si somos prestadores de un servicio de facturación electrónica; debemos manejar toda la información relevante al respecto para brindar un servicio de excelencia.

En esta línea, el SAT está constantemente emitiendo información que especifica los parámetros a cubrir para que el proceso se realice correcta y oportunamente. En este artículo desarrollamos la mecánica de esta obligación, para que pueda cumplir de la mejor manera al realizar sus próximas declaraciones fiscales, utilizando una plataforma y asesoría de clase mundial.

Como Proveedor Autorizado de Certificación, ofrecemos una plataforma que lo asesora 24/7. Si desea conocer la calidad de nuestro servicio, le brindamos un periodo de prueba gratuito de 30 días, donde contará con todas las herramientas necesarias para estar en cumplimiento al gestionar y crear comprobantes fiscales.

Un estudio realizado por expertos en materia fiscal en México nos ubicó entre los primeros lugares en lo que se refiere a plataformas para llevar a cabo los trámites correspondientes al envío, comunicación y coordinación de facturas electrónicas con el SAT.

Proceso de facturación electrónica:

Nuestra compañía puede hacerse cargo de todos los trámites requeridos, para liberar a sus recursos de tareas administrativas alejadas del core de su negocio. Usted solo tendrá que llenar los campos correspondientes a la información de la factura electrónica que desee emitir. Esto debido a que al ser un PAC del SAT, usted cumplirá con todos los requerimientos que por ley quedan estipulados en los libros del SAT, entre otros:

Información general

El principal impuesto indirecto de México es el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que, por lo general, se aplica a todas las importaciones, el suministro de bienes y la prestación de servicios por un sujeto pasivo, a menos que esté exento específicamente por una ley determinada. El impuesto es aplicado por el gobierno federal de México y normalmente se aplica en cada nivel de la cadena de comercialización. Este impuesto se aplica en México desde 1980.

Haga clic aquí para leer “Por qué el nuevo proceso para cancelar facturas electrónicas en México es importante

Tasa de impuesto

México aplica una tasa estándar única del 16% en todo el país. Sin embargo, también hay una tasa del 0% que se aplica a las exportaciones y al suministro local de ciertos bienes y servicios. Las ventas de hielo, agua fresca, maquinarias y materias primas para los fabricantes, libros, periódicos, revistas de editoras, medicamentos y suministro de servicios a fabricantes elegibles, están sujetos a una tasa del 0%.

Hasta diciembre de 2013, México aplicó una tasa reducida del 11% en los estados fronterizos de Baja California Norte, Baja California Sur, Quintana Roo, los municipios de Caborca y Cananea, y en las regiones limítrofes del río Colorado, en el estado de Sonora. Este fue un esfuerzo realizado, en gran medida, para atraer empresas a estas áreas y porque el impuesto sobre la venta en los estados fronterizos de los Estados Unidos era la mitad del IVA en México. Estas regiones se denominaban comúnmente “zonas de maquiladoras”.

Esa tasa reducida del 11% se revocó el 1 de enero de 2014 y se sustituyó por un régimen más amplio de incentivos dirigidos a las empresas manufactureras ubicadas en esa región.

Exenciones y base imponible

Como se mencionó anteriormente, el IVA mexicano se aplica a todos los bienes y servicios, a menos que estén específicamente exentos por ley. Hay una amplia variedad de bienes y servicios exentos del impuesto, incluidos los siguientes:

Mecanismo de débito y crédito

El IVA mexicano no difiere mucho del IVA de otros países en el sentido de que permite que el contribuyente deduzca el IVA pagado a los proveedores del contribuyente o el IVA que se ha pagado a sí mismo cuando importa bienes sujetos a impuestos. Además del IVA pagado sobre las compras locales y las importaciones, el contribuyente también tiene el derecho de acreditar el IVA retenido por clientes que deben aplicar el sistema de cobro revertido que analizaremos más adelante.

En aquellos casos en los que el contribuyente no pueda usar todo el crédito acumulado sobre las compras, la cantidad restante puede transferirse a períodos posteriores o, incluso, en última instancia, puede solicitarse un reembolso del gobierno.

Evento imponible y pago periódico

Una de las características únicas del IVA mexicano es que, cuando se determina el evento imponible, la ley exige que el contribuyente use el método de contabilidad en efectivo, en vez del método de contabilidad de devengo. Básicamente, esto significa que el IVA sobre una venta se considera pagado cuando el vendedor recibe el pago, en lugar de cuando se ha emitido la factura, se ha prestado el servicio o se ha suministrado el bien. Si el vendedor no recibe el pago, tampoco existe responsabilidad fiscal.

Por lo general, el IVA mexicano debe pagarse mensualmente, a más tardar el día 17 del mes posterior al evento imponible.

La adopción y aplicación de la contabilidad electrónica en las empresas es un requisito obligatorio para cumplir con los estatutos que el SAT solicita, y que permite tener un mejor rendimiento de las cuentas, tiempo y gestión.

Implementar el proceso puede tener complejidades. A continuación le presentamos las 10 preguntas más frecuentes sobre la contabilidad electrónica, con el fin de brindarle una guía para garantizar el correcto y óptimo uso de esta herramienta.

  1. ¿Cuál es el procedimiento de envío?

Lo primero será contar con: firma electrónica avanzada (FIEL) vigente; tener los archivos correspondientes en XML y comprimidos en ZIP; contar con acceso a Internet para realizar el proceso. Cumplidos estos puntos, se dirigirá a la página del SAT, seleccionará Buzón Tributario y dentro del mismo, el apartado de contabilidad electrónica. Se autentificará con su FIEL o nombre de usuario y contraseña. Llenará los campos que se le soliciten correspondientes a la información que compartirá y esperará el proceso para obtener su acuse y validación, o en su defecto el fallo negativo.

  1. ¿Quiénes no tienen la obligación de llevar la contabilidad electrónica?
  1. ¿Cuesta mucho la implementación de la contabilidad electrónica?

Hay opciones en el mercado que pueden ir desde los 300 pesos mensuales. Asimismo, si usted ya tiene un programa que la maneje, solo es necesario actualizarla o activarla mediante algún pago dentro del mismo.

  1. ¿A qué niveles debe enviarse la información correspondiente al Catálogo de Ventas y Balanza de Comprobación?

Se recomienda que se envíe a los niveles de Cuenta y Subcuenta.

  1. ¡No! Me equivoqué en el proceso ¿Se entregan archivos adicionales en caso de equivocaciones?

Efectivamente, la herramienta utilizada tiene la posibilidad de sustituir los archivos enviados sin un límite estipulado, aunque se aconseja que realice el proceso tranquila y correctamente.

  1. ¿Cuál es el idioma en que debo realizar el proceso?

La plataforma solicita que el llenado de información sea en español.

  1. ¿Qué tipos de acuse recibiré y cómo puedo recuperar el número de acuses en caso de que los haya perdido por motivos de fuerza mayor?

Recibirá un acuse de validación o de fallo negativo y en caso de perderlos, dentro de la plataforma usted podrá encontrar un área de consulta de sus números de acuse.

  1. ¿Cómo nombrar los archivos a entregar?
  1. ¿A través de qué herramienta enviaremos la contabilidad electrónica?

El envío de la información se realizará a través del Buzón Tributario del portal del SAT, mismo en el que encontraremos un apartado correspondiente a este elemento.

  1. ¿Cuáles son las multas por no cumplir?

Aquellos que por obligación deben llevar su contabilidad electrónica y no lo hagan, podrán recibir multas que van desde los 260 pesos hasta los 48,440 pesos. Si el incumplimiento sigue, se puede llegar a la clausura del establecimiento.

Con estas 10 preguntas frecuentes sobre contabilidad electrónica esperemos ponga en práctica este innovador procedimiento para su empresa.

En materia de facturación electrónica, la emisión de CFDI en línea es obligatoria.

El Comprobante Fiscal Digital por Internet o CFDI es el documento oficial para comprobar transacciones entres dos partes, sean personas físicas o morales en México. El formato obtenido de la emisión de un CFDI consta de dos partes, XML y PDF, que garantizan su integridad, autenticidad y originalidad. Además es verificable en caso de dudas o correcciones.

En materia de CFDIs en línea, los expertos afirman que más complementos serán añadidos este año, los cuales darán un giro a la industria. Dichos valores a agregar tienen que ver con nómina y retenciones o información de pagos. También se esperan cambios en los estatutos existentes respecto a los campos a llenar, y la eliminación de algunos de ellos.

Sean cuales sean estos cambios, es importante tener en claro que la facilidad para aplicarlos dependerá del asesoramiento oportuno que reciba por parte de su proveedor. Solo así podrá   realizar su CFDI en línea, cumpliendo con los estatutos que dicta el SAT, timbrando el documento y enviándolo de manera correcta y oportuna.

Ventajas de realizar CFDIs en línea

  1. Disminución de costos, tanto en producción, administración y almacenamiento, como en el manejo de estas.
  2. Manejo de tecnología para liberar el trabajo manual.
  3. Seguridad en el proceso, al ser realizado bajo los estatutos, eliminando el riesgo de sanciones, reprendas o multas.
  4. Validez en licencias, funcionalidad con los sistemas operativos, respaldo de antivirus y firewall para eliminar cualquier amenaza o vulnerabilidad.
  5. Asesoría siempre disponible, realizada por personal altamente capacitado para resolver cualquier situación.
  6. Prevención de pérdidas, gestión y manejo de archivos y disponibilidad de consulta a través de distintos protocolos de búsqueda.
  7. Aprovechamiento en la economía que facilitan los PAC, pues tienen distintos programas y paquetes que se ajustan a las necesidades del cliente.
  8. Contienen las 4 garantías que debe contemplar una CFDI y la validez y respaldo oficial de un sistema coordinado con el SAT.
  9. Respecto a las auditorías, tiene la capacidad de facilitar el proceso en un 70%, pues la accesibilidad y disponibilidad de los documentos elimina el tiempo de búsqueda y gestión.
  10. Su manejo a través de un portal facilita la inmediatez de las correcciones. Asimismo, en caso de error, el mismo sistema de archivo lo guarda en un lugar de retención, especifica la razón y la forma de arreglarlo.
  11. Su empresa será reconocida como socialmente responsable al cumplir con los requisitos estipulados por ley.
  12. Proporciona asesoramiento para enfrentar el proceso.

Dentro del sistema actual de declaración fiscal, la factura electrónica es el “nuevo” método, obligatorio desde el año 2014. ¿Sabe cómo generar una factura electrónica o aún tiene dudas?

La factura electrónica es la nueva modalidad del documento realizado anteriormente en papel, el cual ya no debería utilizar. Al facturar electrónicamente, está desarrollando el mismo fundamento, ya que se utiliza para declarar el costo de servicios y extraer los impuestos y cargos que como persona física debe pagar.

Una vez que opte por poner en práctica el desarrollo de este tipo de declaración, atenderá a las disposiciones legales que le corresponden, y que le permitirán de igual modo, aún sin un documento físico, cumplir con los estatutos que debe contemplar, incluyendo autenticidad, veracidad, originalidad, integridad y tiempos.

La factura electrónica se caracteriza por su validez legal, su fácil manejo, control y rastreo, tanto de las partes involucradas en su emisión y recepción, como de la autoridad fiscal.

¿Cómo hacer una factura electrónica?

La implementación de la factura electrónica es una obligación que debe atender de inmediato, pues el SAT, entidad que rige las declaraciones fiscales del país, podría de lo contrario generar multas y sanciones. Para hacer una factura electrónica se aconseja afiliarse u obtener los servicios que presta la plataforma de un PAC, ya que en ella, se engloban todos los parámetros necesarios y se cubren las necesidades correspondientes con la asesoría profesional y dedicada que busca. Asimismo, contiene las especificaciones de una manera sencilla y fácil de comprender, así como el contacto con algún asesor disponible cuando lo solicite.

Para facturar electrónicamente, primero debe darse de alta en Hacienda, según el caso que su situación presente. Esto quiere decir que, antes de nada, debe aclarar si es persona física o moral y obtener su RFC.

Una vez hecho esto, el SAT pone a su disposición su plataforma para que realice la solicitud correspondiente y obtenga los archivos que requiera. Lo siguiente será desarrollar la Firma Electrónica, la cual también se explica en el portal del SAT y con ella ingresar a los portales que la entidad ofrece según el requerimiento que solicite.

¿Ya tengo mi FIEL, ¿qué sigue?

Debe ir al apartado “Firma Electrónica Avanzada – Comprobantes Digitales” del portal del SAT, el que contiene un vínculo que lo dirigirá a un lugar donde ingresará los archivos que generó anteriormente y la contraseña. Luego obtendrá un certificado que debe resguardar, pues ese certificado será la pieza vital para emitir facturas.

Ahora, a través de nuestra barra de navegación o dando clic al vínculo anterior, podrá comenzar a navegar a través del sitio para la generación de facturas electrónicas.

Generar una factura electrónica

Nuestro sitio ofrece a quienes solicitan sus servicios un portal en el cual podrán navegar de una manera ágil y sencilla, pues cada sección está dividida según la necesidad que desee cubrir. En primer plano y de inicio, el portal le ofrece crear una cuenta gratis por un tiempo determinado, en el cual podrá desarrollar las habilidades necesarias para comprender ampliamente el sistema. De la misma manera, contamos con asesores que podrán apoyarle en todo momento.

Estos son los pasos que deberá seguir para generar una factura electrónica:

Uno de los factores clave para el desarrollo de un negocio es estar al día con los deberes y aspectos fiscales, ya que ignorarlos puede provocar desequilibrios por las actualizaciones, recargos y multas generadas. Además, procurar la legalidad en los procesos internos y externos mejora las posibilidades de mantener e incrementar la productividad de nuestra organización, haciéndola más competitiva.

Para muchos empresarios, estar al corriente con el fisco puede parecer una tarea complicada; sin embargo, actualmente, la mayoría de los trámites se realiza de forma electrónica, lo que permite ahorrar tiempo, disminuir costos, llevar un buen control financiero y tener acceso a los beneficios que la tecnología otorga.

En general, estos son los requerimientos que se deben tomar en cuenta al abrir un negocio para estar alineado con la legislación fiscal vigente:

– Darse de alta en el SAT: la primera obligación fiscal es inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y mantener actualizados sus datos.

– Presentar declaraciones: mensualmente debe presentar la declaración de Impuesto Sobre la Renta (ISR), la de Impuesto al Valor Agregado (IVA), la de retenciones de IVA e ISR, la de Información de Operaciones con Terceros (DIOT), la de impuestos locales y anualmente, las declaraciones de IVA e ISR y la Informativa Múltiple (DIM).

– Facturar electrónicamente: todos los contribuyentes están obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para realizar las deducciones correspondientes, por lo que las facturas en papel ya no son válidas. Para expedir CFDI necesita su Firma Electrónica (FIEL), el Certificado de Sello Digital (CSD) y una solución tecnológica que automatice la generación, envío y almacenamiento de las facturas electrónicas.

– Emitir recibos de nómina electrónicos: todas las empresas que pagan sueldos, salarios e ingresos asimilados a sus trabajadores, deben expedir CFDI por los pagos que realicen.

– Llevar contabilidad electrónica: enviar su información contable al SAT por medios electrónicos, es decir, debe generar los archivos tipo XML de la balanza de comprobación, catálogo de cuentas, pólizas y auxiliares de cuenta para entregarlos a la autoridad fiscal a través de su página de Internet en los tiempos establecidos.

– Recuerde que cumplir con sus obligaciones frente al fisco le permitirá demostrar la solidez de su compañía, conocer la situación financiera de su empresa en cualquier momento para tomar decisiones oportunas, y, lo más importante: tener en orden su situación fiscal le permitirá enfocarse en su principal objetivo, que es hacer que su negocio funcione y crezca.

La contabilidad electrónica se refiere a la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT. Para dar cumplimiento formal a este ingreso, se envía únicamente la balanza de comprobación y el catálogo de cuentas con el código agrupador del SAT que permita su interpretación. Hace pocos años, entró en vigor el uso obligatorio de la facturación electrónica para las personas morales, luego las personas físicas y finalmente, exigieron a todos el timbrado de las facturas, lo que implica enviar al SAT copia de dichos documentos. Es la traducción de una parte de la información contable a archivos en formato XML, para que puedan ser revisados por la autoridad.

Esto nace a partir de la necesidad de un mayor control y debido a las carencias actuales de recursos humanos. La información contable en formato electrónico (XML), así como cuentas y balanza de los contribuyentes. Adicionalmente, se pidió asociar dentro de las pólizas la información de los CFDI de ingresos y gastos, detallando la forma de pago y cobro de estos, con el objetivo de tener una imagen más clara de la salud fiscal de los contribuyentes.

Los contribuyentes deben revisar los catálogos contables y asegurarse de cumplir con la estructura solicitada por el SAT para evitar que haya interpretaciones equivocadas de la información contable. También se deben depurar los saldos de cuentas en función de la nueva estructura y pedir a los contadores que cambien su forma de contabilizar. Este método debe ser aplicado por todos aquellos contribuyentes del sector financiero, personas morales y físicas con ingresos mayores a cuatro millones de pesos. Deben enviar la información del catálogo de cuentas con código agrupador y la balanza de comprobación correspondiente a los meses que deban declarar. Los contribuyentes que utilicen el buzón tributario deben, de manera previa, haber confirmado su correo electrónico. Es recomendable revisar los archivos en el validador de forma y sintaxis disponible en el Portal del SAT, así como verificar que esté vigente la firma electrónica.

Nuestra compañía cuenta con una plataforma plenamente preparada para emitir, gestionar, controlar y validar con el SAT los CFDI, lo que reduce enormemente la presión vinculada a sus ejercicios fiscales.

Al iniciar su recorrido por la plataforma, aparecerá una pantalla con las siguientes pestañas:

Al ser una plataforma que trabaja en Internet bajo un esquema WEB, se obedecen principios de seguridad base, tales como:

Pruebe nuestra plataforma de emisión de CFDI. Los primeros 30 días dispone de un trial totalmente gratis.
Solicitar información

Un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) puede solicitar ante el SAT la autorización para ofrecer el servicio de emisión de CFDI por medio del adquiriente de bienes o servicios.

Los PAC podrán operar como PSECFDI para emitir el CFDI; luego será timbrado, se validará el CFDI, asignará folio fiscal y sellará digitalmente con el certificado de sello digital del SAT generado para dicho efecto.

¿Qué requisitos deben cumplir los PAC para ser PSECFDI?

Para que un PAC pueda operar como PSECFDI debe:

¿Quiénes pueden expedir CFDI a través de un PSECFDI?

Quienes pueden hacer uso de los PAC – PSECFDI para emitir CFDI son contribuyentes que necesiten:

¿Qué se necesita para expedir CFDI con sujetos del Sector Primario?

Deberán verificar que las personas físicas a quienes les realizan las adquisiciones se encuentren inscritas en el RFC. En caso contrario, deberán proporcionar al SAT los datos necesarios para la inscripción en el RFC de dichas personas físicas; además deberá proporcionarle al proveedor autorizado lo siguiente:

El PSECFDI solicita al SAT aprobación para la emisión de cada una de las facturas electrónicas que solicita. En caso de rechazo, es posible que el RFC tenga obligaciones adicionales o distintas a las de este sector y por ende, no es sujeto de esta facilidad.

Solemos criticar al sistema encargado de regir el cobro de impuestos. Sin embargo, aunque nos genere un costo, tiene también efectos positivos; al aplicarlo, entramos en un proceso de contribución-retribución. Como contribuyente, puede apoyarse en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), la que, por ejemplo, recientemente consideró violatoria la modificación a la ley que establece un tope a las deducciones personales.

Aquí le presentamos los 10 derechos a los que tiene acceso al pagar impuestos:

1.- Derecho a la información y asistencia

La autoridad tributaria debe proporcionar al contribuyente la información suficiente respecto de su situación fiscal en las diferentes etapas de su relación con la autoridad. De igual forma, está obligada a publicar periódicamente instructivos de fácil comprensión y a entregar la certificación y copia de las declaraciones presentadas en un procedimiento, así como a acceder a los registros y documentos que forman parte del expediente abierto a su nombre.

2.- Derecho a ser escuchado

El contribuyente podrá presentar, libremente y sin represalias, las pruebas que le respalden de surgir cualquier malentendido, así como quejas, observaciones o dudas.

3.- Derecho de petición

El contribuyente podrá obtener la certificación de los trámites que realice.

4.- Derecho a la confidencialidad y protección de datos

La autoridad deberá mantener confidenciales y resguardados en todo momento los datos del contribuyente.

5.- Derecho a la autocorrección fiscal

El contribuyente puede autocorregirse en las distintas contribuciones que sean objeto de revisión con la presentación de la declaración normal o complementaria que corresponda, a partir del inicio de las facultades de comprobación y hasta antes de que la autoridad tributaria le noti­fique la resolución determinante de las contribuciones omitidas.

6.- Derecho a no pagar más contribuciones de lo debido

El monto que pagará el contribuyente será el que le corresponda e indique la autoridad a partir de lo que genere.

7.- Derecho de acceso a la justicia fiscal

El acceso efectivo a la justicia fiscal requiere que las personas conozcan sus derechos y los mecanismos disponibles para exigirlos.

8.- Derecho a la presunción de buena fe

El contribuyente tiene derecho a que todas las actuaciones que realice se presuman de buena fe; por tanto, corresponde a la autoridad tributaria acreditar la existencia de cualquier circunstancia agravante en la comisión de infracciones fiscales.

9.- Derecho a una administración ágil y eficiente

Este derecho del contribuyente implica tres obligaciones para la autoridad tributaria. La primera es facilitar en todo momento al contribuyente el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. La segunda es que las actuaciones de la autoridad tributaria -en donde intervenga el contribuyente- se lleven a cabo de la forma en que resulte menos gravosa para éste. Por último, la administración tributaria debe fomentar el principio de simplifi­cación en la política, legislación y gestión tributaria.

10.- Derecho a un trato respetuoso

El trato entre ambas partes debe regirse por el respeto y una actitud servicial, siempre buscando un común acuerdo y cubriendo las necesidades que se presenten.

Si necesita asesoría de la Prodecon puede consultar aquí dónde está la delegación más cercana; comunicarse al 01 (55)12 05 9000 en el Distrito Federal o desde el resto del país al 01 800 611 0190 en horario de atención al público (lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas).