Gabriel Romero es el director nacional de Sovos en México, donde supervisa todos los aspectos de las operaciones de la empresa. Gabriel es un líder de gran visibilidad que cree en la importancia de construir relaciones a largo plazo con los clientes. Su filosofía es centrarse en toda la experiencia del cliente, desde el primer punto de contacto hasta la entrega de la solución y el soporte post-venta.

Durante su mandato, Gabriel ha ayudado a posicionar a SOVOS como una solución fiscal y de firma electrónica de primer nivel en México. Esto se logró al alinear los equipos técnicos, de back office y de contacto con el cliente dentro de SOVOS hacia un objetivo común.

La base de la estrategia regional de crecimiento de Gabriel se ha centrado en las ventas consultivas, que ayudan a informar mejor a la empresa sobre las necesidades de los clientes y a proporcionar soluciones y servicios que se ajusten a las necesidades del mercado.

Fuera de la oficina, a Gabriel le gusta equilibrar su vida con largas caminatas, ejercicio regular, meditación y yoga. Es más feliz cuando pasa tiempo con su familia y amigos en Ciudad de México.

Para más información, consulte   el perfil de Gabriel en LinkedIn.

En la "Declaración sobre una solución basada en dos pilares para hacer frente a los retos fiscales derivados de la digitalización de la economía", publicada el 1 de julio de 2021, los miembros del Marco Inclusivo del G20 sobre la Erosión de la Base y el Traslado de Beneficios ("BEPS") han acordado un marco para avanzar en un acuerdo de reforma fiscal global.

De este modo, se abordarán los retos fiscales de una economía mundial cada vez más digital. A fecha de 9 de julio de 2021, 132 de las 139 jurisdicciones miembros de la OCDE/G20 han aceptado el Marco Inclusivo sobre BEPS.

Detalles del pilar

Pilar 1

El pilar 1 otorga un nuevo derecho de imposición, el importe A, a los países de mercado para que las empresas paguen impuestos sobre una parte de los beneficios residuales obtenidos de las actividades en esas jurisdicciones, independientemente de la presencia física. El Pilar 1 se aplicará a las empresas multinacionales ("EMN") con un volumen de negocios global superior a 20.000 millones de euros y una rentabilidad superior al 10%.

Habrá una nueva norma de nexo que permitirá asignar el importe A a una jurisdicción de mercado cuando la empresa multinacional incluida en el ámbito de aplicación obtenga al menos 1 millón de euros de ingresos en esa jurisdicción. Para las jurisdicciones con un PIB inferior a 40.000 millones de euros, el nexo se fijará en 250.000 euros.

La "regla de nexo con fines especiales" determina si una jurisdicción puede acogerse a la asignación del importe A. Además, los países han acordado una asignación del 20-30% de los beneficios residuales de las EMN incluidas en el ámbito de aplicación a las jurisdicciones de mercado, con un nexo que utiliza una clave de asignación basada en los ingresos.

Los ingresos se imputarán a las jurisdicciones del mercado final donde se consumen los bienes o servicios, con normas de origen detalladas aún por venir.

Todavía se están elaborando más detalles sobre la segmentación, así como el diseño final de un puerto seguro de beneficios de comercialización y distribución que limitará los beneficios residuales permitidos a la jurisdicción del mercado a través del importe A.

Por último, los países han acordado racionalizar y simplificar la Cantidad B, prestando especial atención a las necesidades de los países con poca capacidad. Se espera que los detalles finalizados se completen a finales de 2022.

Pilar 2

El segundo pilar consiste en unas normas globales contra la erosión de la base ("GloBE") que garantizarán que las empresas multinacionales que alcancen el umbral de 750 millones de euros paguen un tipo impositivo mínimo de al menos el 15%. Las normas GloBE consisten en una norma de inclusión de los ingresos y una norma de pagos por debajo de la base imponible, esta última aún por ultimar.

El pilar 2 también incluye una norma de sujeción al impuesto, que es una norma basada en un tratado, que permite a las jurisdicciones de origen imponer una tributación limitada en la fuente sobre determinados pagos de partes vinculadas sujetos a impuestos por debajo de un tipo mínimo. El tipo oscilará entre el 7,5% y el 9%.

¿Cuándo se aplicará el plan?

Actualmente existe el compromiso de continuar el debate, con el fin de finalizar los elementos de diseño del plan dentro del marco acordado para octubre de 2021. Los miembros del Marco Inclusivo acordarán y darán a conocer un plan de aplicación.

El calendario actual es que el instrumento multilateral a través del cual se implementa el Monto A será desarrollado y abierto a la firma en 2022, y el Monto A entrará en vigor en 2021. Del mismo modo, el segundo pilar debería ser aprobado en 2022, para entrar en vigor en 2023.

Más detalles por venir

Aunque se han acordado los componentes clave de la Solución de los Dos Pilares, aún está por llegar un plan de aplicación detallado que incluya la resolución de los problemas restantes.

Dado que muchos países podrían aplicar estos cambios en un futuro próximo, es importante que las empresas activas en la economía digital sigan con atención y comprendan la evolución del Proyecto de Erosión de la Base y Traslado de Beneficios de la OCDE/G20.

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Facturación electrónica en México

México cuenta con uno de los sistemas de facturación electrónica más complejos de América Latina. Su plan, Comprobante Fiscal Digital por Internet (o simplemente CFDI), se puso en marcha en 2011 como sustituto de los CFD.

Recursos como este resumen, que detalla cuidadosamente los componentes del mandato que los contribuyentes deben tener en cuenta para cumplirlos, simplifican el complejo sistema de facturación electrónica del país. Asegúrese de marcar esta página como favorita para estar al tanto de cualquier cambio normativo a lo largo del tiempo.

Índice

¿Cómo funciona la facturación electrónica en México?

Hay un riguroso conjunto de procesos que los contribuyentes deben seguir cuando realicen la facturación electrónica en México.

  • El archivo XML generado debe cumplir, tanto en formato como en sintaxis, con las especificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
  • El documento debe pasar las reglas de validación establecidas tanto para su contenido como para el formato del archivo XML generado.

Es obligatorio que todos los documentos electrónicos, incluidas las facturas electrónicas, se envíen al PCCFDI (o al SAT en casos excepcionales) para su validación. La factura debe incluir determinada información, como se detalla más adelante en la página, para que se considere legalmente válida.

La ley mexicana de facturación no requiere que el destinatario confirme que ha recibido la factura electrónica, aunque debe almacenar los documentos de manera segura durante cinco años a partir del momento en que se presentó la declaración de impuestos correspondiente.

Características de la facturación electrónica en México

Facturación electrónica B2B en México

México ha ordenado la emisión de facturas electrónicas entre compañías desde 2014, aunque tenía regímenes voluntarios y requisitos condicionales para ciertos contribuyentes antes de ese año.

Las organizaciones deben cumplir con las reglas y los requisitos establecidos al participar en el régimen de facturación electrónica del país.

Facturación electrónica B2G en México

Al igual que con las transacciones B2B, México exige a las compañías que emitan facturas electrónicas cuando efectúen transacciones con organismos gubernamentales y de la administración pública.

El proceso continúa siendo el mismo y se aplican las reglas mencionadas anteriormente. Incumplir las especificaciones de las regulaciones de facturación electrónica de México puede provocar sanciones.

Tipos de comprobantes en México

El sistema de facturación electrónica de México contiene varios tipos de comprobantes. Entre los principales se encuentran:

Recibo de ingresos

Se emite, principalmente, en operaciones de ventas por las que se reciben algunos ingresos en efectivo, mediante un cheque o de cualquier otra forma. Por lo general, es para ventas de bienes y servicios, incluidas las operaciones de comercio exterior, pero también para donaciones e ingresos por servicios profesionales.

Comprobante de gastos

Se emite si la compañía efectúa un pago o un reintegro debido a reembolsos, bonificaciones, descuentos o correcciones de un justificante de ingreso. Son equivalentes a las notas de crédito.

Certificado de transferencia

Se emplea para justificar la posesión o tenencia legítima de los bienes que deben trasladarse dentro del territorio nacional. Estos CFDI se emplean como contrato de transporte cuando una compañía ofrece el traslado de mercancías al propietario de estas.

Certificado de recibos de pago

Se expide cuando se recibe un pago en una fecha distinta a la que se hace la operación y se genera el CFDI. Su función principal es documentar un cobro total o parcial.

Certificados de información de retenciones y pagos

Se utiliza a fin de informar sobre las retenciones fiscales aplicadas al momento de efectuar los pagos para los que se debe emitir un certificado de retención. Este tipo de certificado también se aplica cuando se hacen retenciones por pagos al extranjero, derechos de autor, venta de acciones, dividendos o beneficios distribuidos, entre otros.

Complementos del CFDI

Además de los tipos de facturas o CFDI mencionados anteriormente, la legislación fiscal mexicana exige que, cuando se efectúen determinadas transacciones, se brinde información adicional que especifique el tipo de transacción en cuestión. Este tipo de información adicional está incluido en los determinados “complementos”, que se adjuntan al CFDI original. Hay más de 20 complementos.

En otros casos, la obligación de emitir un complemento al CFDI se debe a retenciones efectuadas al momento de realizar pagos por operaciones específicas. Estos suplementos son los siguientes:

  • Transacciones con derivados
  • Cesión de acciones
  • Dividendos
  • Sector financiero
  • Intereses
  • Arrendamiento
  • Interés hipotecario
  • Fideicomisos no empresariales
  • Pagos a extranjeros
  • Premios
  • Planes de jubilación
  • Plataformas tecnológicas

Formato de documentos y facturas electrónicos en México

México tiene un conjunto de elementos incondicionales que debe incluir los documentos digitales, como las facturas electrónicas. Estas características están establecidas en el Código Fiscal del país, la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente y sus Anexos. Algunos de los componentes esenciales de los CFDI de ingresos incluyen los siguientes:
  1. Título
  2. Detalle del artículo
  3. Forma y método de pago
  4. Valor consignado
  5. Descuentos y recargos
  6. Subtotales informativos
  7. Tipo de pago realizado
  8. Impuestos
  9. CFDI relacionados
  10. Sello digital del SAT
  11. Firma con un certificado válido de firma electrónica avanzada

¿Qué es el CFDI?

El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es un formato de factura electrónica exigido por las autoridades tributarias mexicanas. También se emplea en ciertos países de América Latina.

El CFDI es efectivamente una factura electrónica, a menudo también denominada "comprobante fiscal digital". Ofrece todos los detalles necesarios de una transacción, incluidos los bienes o servicios proporcionados, los costos asociados y los impuestos posteriores.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aprueba y certifica estas facturas electrónicas, y las considera legalmente válidas.

La versión más reciente del CFDI en México es 4.0, que ha actualizado las principales características del documento. Esto abarca el nuevo requisito de incluir los nombres del remitente y del destinatario, campos adicionales para los productos exportados y una sección que explica el motivo de la cancelación de la documentación.

Cancelación de los CFDI

Las facturas electrónicas, o CFDI, se pueden cancelar en México. Sin embargo, con la introducción del CFDI 4.0, la cancelación debe estar debidamente justificada y documentada, incluido uno de los códigos de respuesta de servicio designados.

Una factura electrónica solo se puede cancelar dentro del año en que se emitió; después de eso, es imposible hacerlo. No obstante, cada año, la Resolución Miscelánea Fiscal establece la posibilidad de cancelar, a más tardar, el mes en que se debe presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta correspondiente al año en que se emitió el recibo.

Cronología de la facturación electrónica en México

El recorrido de México hacia la facturación electrónica puede comenzar a principios de la década del 2000, pero su régimen de facturación electrónica aún se está desarrollando hasta el día de hoy.

  • 2004: México introduce la factura electrónica.
  • 2010: la facturación electrónica ante las autoridades tributarias se volvió obligatoria para los proveedores con una facturación anual superior a 4 000 000 MXN.
  • Abril de 2014: la factura electrónica pasa a ser obligatoria para todos los contribuyentes.
  • 2017: todas las empresas nacionales y los empresarios registrados a efectos del IVA deben enviar las facturas electrónicas al SAT en un plazo de 72 horas.
  • 1 de julio de 2023: los contribuyentes deberán utilizar la versión 4.0 del sistema de facturación electrónica del CFDI.

Sanciones: ¿Qué sucede si no cumplo con la facturación electrónica en México?

El incumplimiento de los requisitos de facturación electrónica de México podría provocar sanciones.

Los contribuyentes pueden esperar recibir una multa de este monto:

  • 400- 600 MXN por cada CFDI emitido al que le faltan los complementos necesarios.
  • 880-17 030 MXN por no expedir la documentación para el transporte de mercancías.
  • 19 700-112 650 MXN por no emitir o entregar los CFDI para sus actividades o expedirlos sin cumplir con los requisitos; no entregar o no poner a disposición la representación impresa del CFDI cuando así lo solicitan los clientes; no emitir el CFDI que abarque las operaciones realizadas con el público en general; no ponerlos a disposición de las autoridades fiscales cuando sea necesario.
  • 19 050-108 880 MXN por emitir un CFDI que incluye el número de identificación fiscal incorrecto del comprador. En el caso de una reincidencia, la sanción implicará el cierre preventivo del establecimiento del contribuyente durante un período de 3 a 15 días.

En algunos casos de reincidencia, el Código Tributario establece que el SAT puede sancionar a los infractores con el cierre del establecimiento desde el que se cometen dichas infracciones. La legislación mexicana también contempla la posible comisión de delitos de fraude fiscal y contrabando equiparados si no se observan debidamente las disposiciones que regulan los CFDI y sus complementos.

¿Qué más necesito para cumplir con el IVA en México?

Para los contribuyentes en México, la facturación electrónica es solo una de las obligaciones. El cumplimiento tributario requiere mucho cuidado y atención, especialmente para las organizaciones multinacionales, y puede consumir importantes recursos internos.

Preguntas frecuentes

La facturación electrónica ha sido obligatoria para todos los contribuyentes en México desde abril de 2014.

Cada contribuyente establecido en México debe emitir y recibir facturas electrónicas. Esto se ha aplicado desde abril de 2014.

Sí, los emisores pueden cancelar las facturas electrónicas que han enviado a los compradores, pero hay un límite de tiempo para esto. El proceso de cancelación ha sido objeto de importantes actualizaciones a lo largo de los años, pero aún es posible.

Una vez que los compradores reciben un aviso del vendedor, tienen 72 horas para aceptar o rechazar la cancelación de una factura electrónica. Si el comprador no responde, la factura electrónica será cancelada.

Por defecto, el destinatario de una factura debe aceptar su cancelación para que esta sea admisible; sin embargo, de acuerdo con la Regla 2.7.1.35 de la Resolución Miscelánea Fiscal, hay doce casos en los que esto no es necesario.

Hay mucha información obligatoria que debe incluirse en una factura electrónica en México, incluidos estos datos:

  • Número de identificación fiscal
  • Nombre y dirección del comprador
  • Nombre y dirección del vendedor
  • Número de folio
  • Importe total de la factura
  • Tipo de transacción

No incluir toda la información requerida puede provocar que el SAT emita sanciones.

El uso del sistema de facturación electrónica de CFDI 4.0 de México ha sido obligatorio desde el 1 de julio de 2023.

CDFI 4.0 introdujo varios cambios importantes en la versión 3.3, entre ellos:

  • Cambios en el proceso de cancelación de los CFDI.
  • El requisito del domicilio fiscal de ambas partes.
  • Un nuevo formato para el recibo de retención y la información de pago.

Sovos garantiza el cumplimiento total de todos los requisitos de facturación electrónica en México. Somos un PAC autorizado por el SAT, ofrecemos una solución integral para satisfacer sus necesidades de impuestos indirectos, y brindamos asistencia para todos los CFDI y sus complementos.

Configurar la facturación electrónica en México con Sovos

Con la facturación electrónica cada vez más extendida en todo el mundo, siguiendo el ejemplo de países latinoamericanos como México, es importante que priorice el cumplimiento de la normativa.

La adopción global, aunque fragmentada, de la facturación electrónica refuerza la necesidad de elegir un único proveedor para todas las necesidades de cumplimiento, dondequiera que haga negocios. Sovos es un socio de cumplimiento tributario en el que puede confiar.

Céntrese en lo que de verdad importa: hable con un miembro de nuestro equipo hoy mismo para comenzar a recuperar su tiempo.

Complete el siguiente formulario para comunicarse con uno de nuestros expertos en facturación electrónica

Actualización: 31 de julio, 2023
por María del Carmen Aguilar

Actualizaciones al alcance y definiciones del complemento Carta Porte

El complemento Carta Porte de México se introdujo en mayo de 2021 para garantizar la trazabilidad de los productos que se mueven dentro del país. El uso del complemento se hizo obligatorio el 1 de enero de 2022, pero ha habido muchos cambios y adiciones a sus requisitos.

Contribuyentes incluidos en el ámbito de aplicación de Carta Porte

El apartado 2.7.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2023 regula el complemento Carta Porte en el que se especifica que los siguientes deberán emitir un CFDI de Ingreso al que deberán incorporar el complemento Carta Porte:

Los propietarios de bienes que transporten sus propios activos a través de sus propios medios de transporte en territorio nacional, incluyendo el uso de grúas remolcadoras y vehículos para el transporte de fondos y valores, podrán acreditar el transporte a través de la representación impresa o digital del CFDI de Traslado expedido por ellos mismos, al cual deberán incorporar el complemento Carta Porte.

Transporte de mercancías importadas

Para quienes se encuentren dentro de los casos antes señalados, la RMF indica que el transportista deberá acreditar la legal estancia y/o posesión de los bienes y mercancías de procedencia extranjera durante su traslado en territorio nacional. Para ello puede utilizar el CFDI de Ingreso o Traslado según corresponda, al cual se incorpora el complemento Carta Porte si el CFDI contiene el número de pedimento de importación.

Tipos de transporte en el ámbito de Carta Porte

La RMF vigente incluye un apartado específico para el Transporte Marítimo y Autotransporte, en el que también se establecen las reglas para las mercancías exportadas.

También establece reglas específicas para:

Excepciones a la obligación de Carta Porte

Las excepciones son aplicables a:

Estos contribuyentes deberán acreditar el transporte con la representación impresa o digital, ya sea del CFDI de Ingreso o Traslado, según corresponda sin Carta Porte. El CFDI deberá incluir el código del producto y servicio conforme al Instructivo de Llenado del CFDI, al que se incorpora el complemento Carta Porte. No se incluye en esta excepción el transporte de medicamentos, entre otros.

También existe una excepción para la prestación de servicios de paquetería o mensajería y transporte consolidado de mercancías, siguiendo las reglas correspondientes.

Otras actualizaciones recientes del complemento Carta Porte incluyen:

6 de enero de 2023: actualización del instructivo para el llenado del CFDI al que se incorpora el complemento Carta Porte.

La versión más reciente de este instructivo cubre cada uno de los medios de transporte: automotriz, aéreo, ferroviario y marítimo.

1 de abril de 2023: Solo es válida la emisión del CFDI versión 4.0 con la versión 2.0 del complemento Carta Porte.

La versión 2.0 de Carta Porte entró en vigor el 1 de enero de 2022.

20 de julio de 2023: ampliación del plazo para cumplir con los requisitos contenidos en el “Instructivo para el llenado del CFDI al que se incorpora el complemento Carta Porte”.

A través de diversas resoluciones, la autoridad fiscal ha venido estableciendo periodos de transición para la correcta emisión del complemento Carta Porte versión 2.0 sin que se apliquen multas o sanciones, así como la exigibilidad en operaciones de comercio exterior.

En julio de 2023 el SAT publicó la Primera Versión Anticipada de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2023. Para los contribuyentes que emitan el CFDI con complemento Carta Porte, se amplía el plazo para cumplir con todos los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se incorpora el complemento Carta Porte” hasta el 31 de diciembre de 2023. Con ello, se pospone la imposición de sanciones y la posibilidad de constituir el delito de contrabando en caso de incumplimiento.

Adicionalmente, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023. Amplía el plazo para cumplir con la información relacionada con el folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado con complemento Carta Porte, en operaciones de comercio exterior. A partir del 1 de enero de 2024 será obligatorio cumplir con estos requisitos.

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EESPA, la Asociación Europea de Proveedores de Servicios de Facturación Electrónica, ha publicado recientemente Definiciones estándar de EESPA para la facturación electrónica que cumple la ley y su uso .

Este documento tiene como objetivo proporcionar una base para que los proveedores de servicios de facturación electrónica y sus clientes se pongan de acuerdo sobre la asignación de la responsabilidad del cumplimiento legal de los procesos apoyados por los servicios. Estas definiciones estándar contribuirán a establecer acuerdos más claros, a fomentar las mejores prácticas y a garantizar la profesionalidad en el sector de la facturación electrónica.

En la mayoría de los países europeos, los proveedores de servicios de facturación electrónica pueden ofrecer diferentes opciones para los procesos de cumplimiento del IVA; cualquier oferta de este tipo es una elección competitiva individual del proveedor de servicios. Independientemente del proceso de cumplimiento del IVA que se utilice, es importante definir claramente qué parte es legalmente responsable de los procesos apoyados. Las definiciones estándar de la EESPA tienen como objetivo proporcionar una base para un acuerdo sobre la asignación de responsabilidades, que identificará las tareas de las que cada parte será responsable.

Al desarrollar el documento de definiciones estándar, el Grupo de Trabajo de Política Pública y Cumplimiento (PPCWG) de la EESPA comenzó por centrarse en las definiciones o conceptos clave que son relevantes para los temas relacionados con el cumplimiento que suelen surgir en el contexto de la facturación electrónica.

Sobre la base de estas definiciones, el documento ofrece una “matriz de responsabilidad” predefinida que puede utilizarse para la gestión de la responsabilidad entre un proveedor de servicios y su cliente. Entre los componentes sugeridos que deberían considerarse entre los proveedores de servicios y sus clientes en un proceso de facturación electrónica que cumpla con las normas, se encuentran:

La mencionada “matriz de responsabilidad” proporciona una guía para el usuario que permite a las partes acordar y documentar qué parte tiene la responsabilidad de cada componente de cumplimiento: supervisar los requisitos pertinentes, aplicar y mantener las medidas para garantizar el cumplimiento continuo, y la garantía de cumplimiento para confirmar la conformidad de las medidas adoptadas.

El uso de estas definiciones estándar y de la “Matriz de Responsabilidad” conducirá a acuerdos más claros y, en última instancia, a mejores relaciones entre clientes y proveedores de servicios. El documento también puede servir como lista de comprobación que las empresas pueden utilizar para las solicitudes de información o las peticiones de propuestas diseñadas para comparar las ofertas de los proveedores de servicios.

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Para saber más sobre lo que creemos que nos depara el futuro, descargue VAT Trends: Hacia un control continuo de las transacciones. Síganos en LinkedIn y Twitter para estar al día de las novedades y actualizaciones normativas.

La Resolución Fiscal Miscelánea (RFM) de México para 2021 incluye una serie de cambios, el primero de los cuales puedes leer en nuestro blog anterior sobre el tema.

En este blog hablaremos de las modificaciones técnicas específicas aprobadas relacionadas con las validaciones que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) deben hacer a las facturas electrónicas que se les envían para su certificación.

Se introdujeron modificaciones en el Anexo 29 de la MFR que da cuenta específicamente de las reglas que deben seguir los PAC como prestadores de servicios de certificación para la administración tributaria mexicana (SAT).

Algunas de las nuevas validaciones más importantes que los PAC deben realizar en las facturas electrónicas (CFDI) son:

A. Forma y método de pago: Cuando se emiten facturas de Ingreso, Pago o Nómina (también conocidas como Comprobantes de tipo Ingreso, Egreso o Nómina) los PAC deben validar que contengan los atributos relativos a la forma y método de pago (FormaPago y MetodoPago). Aunque estos atributos son generalmente opcionales, se convierten en obligatorios cuando la factura es de tipo ‘I’ (Ingresos), ‘E’ (Egresos) o ‘N’ (Nómina). Los CFDI de Ingresos, Pagos o Nómina que carezcan de estos atributos o de los catálogos correspondientes no deben ser validados por los PAC.

B. Tipo de cambio: Los PAC deben realizar validaciones adicionales respecto al tipo de cambio reportado en el atributo “TipoCambio” cuando el pago reportado sea en moneda extranjera. Si el valor de la factura está fuera del porcentaje aceptable, el emisor de la factura debe obtener una clave del PAC que valida el CFDI para confirmar que el valor es correcto.

C. Total: Se introduce una nueva interpretación del atributo “total” de la factura. Cuando el valor reportado supere los límites establecidos por el SAT vía Resolución, el emisor de la factura deberá incluir una clave de confirmación del PAC que valide el CFDI confirmando que el valor es correcto. La clave deberá incluirse en el atributo ‘Confirmación’ del CFDI

D. Traslados: Si un CFDI sólo incluye elementos exentos, no requiere la nota de traslados que normalmente contiene el desglose de los impuestos transferidos.

E. “NumeroPedimento”: El número asignado a los “Pedimentos” (nombre que se le da a la declaración que se presenta cuando la mercancía entra o sale de México) que tienen más de 10 años de antigüedad debe registrarse en el atributo ‘Descripcion; del documento.

F. Otros cambios: Retenciones y pagos Los CFDI no deben incluir números negativos. Esta aclaración se ha introducido ya que los XSD y la norma técnica de dichos complementos no limitan ni rechazan el uso de números negativos a pesar de que no existe el pago negativo de impuestos. Ahora es obligatorio que los PAC rechacen cualquier documento con números negativos. Se han establecido procesos específicos de anulación y reemisión para las facturas que contengan errores y en el caso de las pérdidas existen campos específicos en los que se deben comunicar dichos valores.

Los PACs deben validar que los CFDIs del Complemento de Recepción de Pagos contengan notas de Pago y que el Documento Relacionado contenga al menos un registro. La aclaración de este requisito ha sido necesaria ya que estas notas son condicionales y no obligatorias para los XSD y la documentación técnica. La Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 también incluyó nuevas validaciones respecto a los complementos de CFDI emitidos para el Factoraje Financiero y las operaciones con terceros.

Tras la publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, el SAT ha emitido múltiples modificaciones para complementar el MFR aprobado originalmente. Se han propuesto y/o aprobado cuatro cambios adicionales, pero ninguno ha tenido un impacto importante en el mandato de facturación electrónica.

Esperamos que se produzcan más cambios antes de que finalice el año y le mantendremos informado a través de nuestros canales de información y blogs.

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México introdujo este año cambios en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). La Resolución Miscelánea Fiscal es un conjunto de normas emitidas por la administración tributaria mexicana (SAT). El reglamento contiene las interpretaciones oficiales de las normas promulgadas para la aplicación de los impuestos, gravámenes y obligaciones conexas aplicables a los contribuyentes en México.

El MFR se basa en las disposiciones de resoluciones similares emitidas en años anteriores, pero integrando las interpretaciones de todos los cambios legales promulgados para el nuevo ejercicio. En esta serie de blogs, explicaremos los cambios introducidos por la versión 2021 del MFR. Entre ellos se encuentran algunas modificaciones promulgadas en relación con el mandato de facturación electrónica y las obligaciones de cumplimiento relacionadas.

Varios cambios de la Resolución Fiscal 2021

En nuestro blog de seguimiento examinaremos más a fondo los cambios adicionales introducidos por la Resolución Miscelánea Fiscal 2021 en México.

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Brown Forman da la bienvenida a las cambiantes regulaciones de la facturación electrónica con Sovos

Caso de estudio

Brown Forman

La solución de cumplimiento en facturación electrónica de Sovos permitió a Brown-Forman reducir las tareas de cumplimiento de su equipo informático.

Resumen

Desafíos empresariales

  • Estrategias de crecimiento obstaculizadas por regulaciones complejas

  • Procesos en tiempo real y respuestas solicitadas por mandato que afectan a las operaciones comerciales

  • Recursos informáticos limitados para monitorizar e implementar requisitos

Solución

Brown Forman eligió la plataforma regional de declaraciones Business to Government para:

  • Nota Fiscal de Brasil
  • CFDI de México
  • eContabilidad de México

Beneficios

  • Integración fluida con SA

  • Gracias a la monitorización y la asistencia constantes no se producen interrupciones en el negocio

  • Posibilidad de redestinar recursos a funciones esenciales del negocio

  • Eliminación de actualizaciones continuas de SAP y de obstáculos informáticos

La empresa

Brown-Forman es una de las 10 empresas de licores más grandes del mundo y distribuye sus productos en más de 160 países. Con sede en Louisville (Kentucky) y oficinas en todo el mundo, Brown-Forman fabrica marcas icónicas como Jack Daniels, Southern Comfort y Woodford Reserve.

El desafío

La expansión internacional ha sido una parte esencial del éxito de Brown-Forman, pero esta estrategia de crecimiento exigía mucho a su equipo informático. Los sistemas SAP de la empresa tenían que cumplir con una legislación financiera que cambiaba constantemente por todo el mundo, y los mandatos de facturación electrónica amenazaban con superar la capacidad del equipo informático de Brown-Forman. Esto resultaba especialmente preocupante en Brasil y México, donde la empresa cuenta con nueve instalaciones y las regulaciones cambian a menudo.

La facturación electrónica en estos países exigía procesos y respuestas en tiempo real, y cualquier descuido afectaría tanto a las finanzas como a los equipos de cadena de suministro y podría tener un impacto significativo en las operaciones del negocio. 

La solución

Debido a sus limitados recursos informáticos propios para controlar e implementar los requisitos fiscales de cada país, Brown-Forman necesitaba una solución que ayudara a la empresa a adaptarse al cambiante entorno latinoamericano y que se integrara con su instancia única internacional de ERP SAP.

Dado el amplio alcance de sus operaciones en Latinoamérica, Brown-Forman se percató de que necesitaba personal experto en este tema. Además, la empresa necesitaba una estructura de costes predecible durante su gran expansión.

«Sovos nos proporciona las actualizaciones de red y las configuraciones de ERP de SAP, por lo que hemos podido contar con un solo proveedor en varios países y gestionar con toda confianza los cambios en Nota Fiscal de Brasil y en la legislación del CFDI de México».

Randy Isdahl

Director de Arquitectura de procesos SAP de Brown-Forman

Los beneficios

Sovos proporciona a Brown-Forman una monitorización y asistencia constantes para garantizar que no haya interrupciones en el negocio relacionadas con el cumplimiento. Además, la solución de Sovos se integraba sin dificultades con los sistemas existentes de Brown-Forman y permitía a la empresa gestionar el cumplimiento entre varios países directamente desde su sistema SAP interno.

Los resultados

Una vez adoptada la solución de cumplimiento para facturación electrónica de Sovos, Brown-Forman pudo redestinar recursos a funciones esenciales de la empresa, como las cuentas por cobrar y por pagar, y centrarse en mejoras de la cadena de suministro y la logística. Además, la colaboración ha eliminado las actualizaciones de SAP continuas y las dificultades informáticas derivadas de unas regulaciones de facturación electrónica que cambian constantemente.

¿Por qué Sovos?

Brown-Forman eligió las soluciones regionales eInvoice y eAccounting de Sovos para simplificar sus tareas de cumplimiento en Brasil y México. La empresa buscaba una solución que pudiera ayudar a reducir el uso de recursos humanos y las inversiones en tecnología, y la plataforma SaaS de Sovos hizo posible este objetivo.