El 1 de enero de cada año, los contribuyentes que operan en el Perú deben evaluar sus ingresos mensuales durante un período determinado por la ley para verificar si entran en la obligación de llevar libros electrónicos. Los contribuyentes que superen el umbral establecido o que deseen llevar voluntariamente sus libros contables de forma electrónica podrán hacerlo a través del Programa de Libros Electrónicos (Programa de Libros Electrónicos – PLE), que abarca todos los libros electrónicos, o a través del Sistema de Libros Electrónicos (Sistema de Libros Electrónicos Portal – SLE), exclusivamente para los registros de ventas y compras.
A principios de este año, sin embargo, la autoridad tributaria peruana (SUNAT) aprobó un nuevo sistema específico para los registros de ventas y compras, el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (Sistema Integrado de Registros Electrónicos – SIRE). A través de la nueva Resolución 40-2022/SUNAT, se introdujo el Registro de Compras Electrónico (Registro de Compras Electrónico – RCE), un módulo similar al Registro de Ventas e Ingresos Electrónicos (Registro de Ventas e Ingresos Eletrónicos – RVIE) creado en 2021 y que ya es utilizado por los contribuyentes.
Los dos módulos, RVIE y RCE, componen el SIRE. Este nuevo sistema se implantará de forma gradual, a partir de octubre de 2022, obligando a los contribuyentes a migrar desde el PLE y el SLE para generar sus registros de compras y ventas exclusivamente a través del SIRE, manteniendo el PLE para otros libros de contabilidad.
Cómo funciona el SIRE
El objetivo principal del SIRE es simplificar la generación de registros de ventas y compras para los contribuyentes. A través del SIRE, se genera automáticamente una propuesta para el RVIE y el RCE. Está disponible a partir del segundo día natural de cada mes. El contribuyente podrá aceptar, modificar o sustituir la información que desee presentar a la SUNAT. Si no hay transacciones durante el período mensual, el contribuyente debe presentar igualmente un archivo en blanco a la SUNAT.
En los sistemas actuales (PLE y SLE), la SUNAT no genera una propuesta; el contribuyente ingresa toda la información de ventas y compras y genera los registros. Con el SIRE, en cambio, la SUNAT utiliza la información de su Sistema de Facturación Electrónica (Sistema de Emisión Eletrónica – SEE) para crear una propuesta de RVIE y RCE, que el contribuyente presenta en cada período de declaración. El registro se actualiza diariamente con la información recibida el día anterior.
El RCE tiene ciertas peculiaridades respecto al RVIE, ya en uso. El RCE requiere la generación de dos archivos separados, los registros de las compras nacionales y los transfronterizos. Aunque no se realicen operaciones transfronterizas, se debe presentar un RCE en blanco a la SUNAT. Además, los contribuyentes pueden excluir facturas de compra específicas e incluirlas en el RCE en cualquier momento durante 12 meses desde la fecha de emisión de la factura.
Tras la revisión del contribuyente, el RVIE y el RCE se presentan conjuntamente, y se envía al buzón electrónico del contribuyente un mensaje de estado de recepción (Constancia de Recepción), con la información pertinente.
Se puede acceder al SIRE a través del portal de la SUNAT, utilizando la aplicación SIRE instalada en el ordenador del contribuyente o a través del servicio web API de la SUNAT.
¿Qué cambia para los contribuyentes?
Una vez que los contribuyentes quedan obligados a la llevanza exclusiva de los registros de compras y ventas a través del SIRE, deben dejar de llevar dichos registros en el PLE, SLE o libros de contabilidad en papel. Sin embargo, como el SIRE cubre exclusivamente el RVIE y el RCE, los contribuyentes seguirán necesitando mantener el PLE, que contiene todos los demás libros de contabilidad.
Esto significa que los contribuyentes deben conocer el conjunto de normas distintas que se aplican a la PLE y al SIRE. Un ejemplo es que el SIRE permite modificar un registro ya “cerrado” de un periodo anterior sin esperar al siguiente periodo, como ocurre con el PLE y el SLE. En el SIRE se pueden realizar ajustes en cualquier momento utilizando los diferentes anexos que proporciona la SUNAT, sin limitaciones en cuanto al año de generación del registro.
Otro cambio significativo es que los contribuyentes ya no tendrán que almacenar, archivar y conservar los registros electrónicos, ya que la SUNAT lo hará por ellos.
Despliegue gradual del SIRE
La aplicación del SIRE se hará de forma gradual, de acuerdo con el siguiente calendario:
- Octubre de 2022: Contribuyentes que figuran en el Anexo 7 de la Resolución 40-2022/SUNAT
- Octubre, noviembre y diciembre de 2022: Contribuyentes que pasaron a estar obligados a llevar los libros de contabilidad de forma electrónica este año
- Enero 2023: Contribuyentes que a 31 de diciembre de 2022 ya están obligados a llevar Registro de Ventas y Compras y no están incluidos en los grupos anteriores
- A partir del 3er mes siguiente al mes en que pasen a estar obligados a llevar los Registros de Ventas y Compras o desde el periodo en que se conviertan voluntariamente en emisores de facturas electrónicas en la SEE, lo que ocurra primero: Contribuyentes que, a partir del 1 de enero de 2023, están obligados a llevar el Registro de Ventas y Compras.
Los contribuyentes también pueden comenzar a utilizar el SIRE de manera voluntaria si están obligados a llevar los Registros de Ventas y Compras y están inscritos en el portal de operaciones de la SUNAT (clave SOL), de acuerdo al siguiente calendario:
- Fdesde el periodo de octubre de 2022 hasta el periodo de diciembre de 2022: Contribuyentes obligados a llevar los libros contables por vía electrónica durante los periodos en los que no están obligados a utilizar el SIRE
- A partir del periodo de octubre de 2022: Los contribuyentes no están obligados a llevar el Registro de Ventas y Compras por vía electrónica
¿Qué es lo siguiente para el SIRE?
La Resolución 40-2022/SUNAT entra en vigor el 1 de octubre de 2022. Sin embargo, debido a que la mayoría de las empresas en el Perú ya están obligadas a llevar Registros de Ventas y Compras, los grupos más grandes de contribuyentes deben estar listos para cumplir con el nuevo mandato a partir del 1 de enero de 2023.
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