Según la legislación aduanera europea, las empresas no establecidas en la UE deben designar un representante a efectos aduaneros cuando importan mercancías a la UE. En particular, el Código Aduanero de la Unión establece que las empresas no residentes en la UE deben designar un representante indirecto.
Al final del periodo transitorio del Brexit, muchas empresas británicas necesitaron repentinamente nombrar un representante indirecto para despachar las mercancías en la UE. En este artículo, examinaremos con más detalle los retos de este requisito.
¿Quién puede actuar como representante indirecto?
La representación indirecta implica que los agentes son responsables solidarios de cualquier deuda aduanera (derechos de importación o exportación), por lo que es más difícil para las empresas encontrar empresas de transporte y agentes de aduanas dispuestos a actuar en su nombre que para las importaciones de representación directa.
Las condiciones para ser representante indirecto son que el agente de aduanas debe tener una oficina registrada o un establecimiento permanente en la UE. Un agente necesitaría un poder notarial que le permitiera actuar en nombre de la empresa. La principal característica de la representación indirecta es que el agente actuará en su propio nombre pero por cuenta de la empresa que lo ha designado, transfiriendo esencialmente los derechos y obligaciones de los procedimientos aduaneros al representante.
Por otro lado, los agentes actúan en nombre y por cuenta de la empresa en representación directa.
Responsabilidad conjunta del representante indirecto
Además de las implicaciones aduaneras, los agentes que actúan como importadores de registro o declarantes también pueden ser considerados responsables del cumplimiento de los requisitos reglamentarios. Por ejemplo, cualquier error en las declaraciones (ej. Artículo 77, apartado 3, del Código Aduanero de la Unión (CAU), si el agente tenía conocimiento de información incorrecta o si “debería haberlo sabido”).
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha pronunciado recientemente sobre este asunto con la sentencia del caso C-714/20, UI Srl. Esta sentencia determinó que el representante indirecto es responsable solidario desde el punto de vista de la legislación aduanera, pero no del IVA (en contra de una interpretación anterior del artículo 77 (3) del CGU). El tribunal precisó que corresponde a los Estados miembros determinar expresamente si otras personas, como los representantes indirectos, pueden ser considerados responsables solidarios del IVA de sus clientes importadores. Sin embargo, según el principio de seguridad jurídica, esto debe estar claramente expresado en la legislación local antes de que los tribunales puedan exigir dicha responsabilidad.
¿Cuáles son las opciones para las empresas británicas?
- Hacer que el cliente final importador de registros utilice los DAP Incoterms para las ventas en lugar de los DDP (Delivered Duty Paid basis – donde el vendedor es responsable del despacho de las mercancías y del pago de derechos e impuestos entre otras obligaciones). Esto implicará que las obligaciones de importación se trasladan al comprador que recibe las mercancías en el país importador. En la práctica, sin embargo, esto puede no ser una opción teniendo en cuenta la carga administrativa y económica adicional que supondrá para los clientes finales.
- Establecer una presencia en la UE. Por ejemplo, crear una filial que pueda actuar como importador de registro, y luego encontrar un agente de aduanas que pueda actuar como representante directo.
- Nombrar a un representante en determinados países, como los Países Bajos, donde la solicitud de una licencia de importación del artículo 23 (que permite aplicar una inversión del sujeto pasivo a las importaciones notificadas) puede disminuir aún más la responsabilidad del representante. Junto con la reciente decisión del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, esto puede facilitar a las empresas británicas la búsqueda de un agente dispuesto a representarlas indirectamente y limitar los honorarios y las garantías que se les puede exigir.
Para estas opciones, cada solución alternativa tendrá implicaciones económicas y administrativas que habrá que considerar. Se recomienda que las empresas revisen cuidadosamente su estrategia general antes de decidir qué puede ajustarse para cumplir con las formalidades aduaneras.
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