El 30 de agosto de 2022, el Ministerio de Finanzas publicó un proyecto de ley que modifica el Reglamento sobre el uso del Sistema Nacional de Factura Electrónica (KSeF). El propósito del proyecto de enmienda es adaptar las condiciones de uso del KSeF a las condiciones específicas que se aplican a las unidades de gobierno local y a los grupos de IVA que operarán como un nuevo tipo de contribuyente de IVA a partir del 1 de enero de 2023.
La situación reglamentaria actual en Polonia
El concepto de grupos de IVA se introdujo en Polonia en octubre de 2021. Los grupos de IVA son una forma legal de cooperación, un tipo de entidad imponible que existe únicamente a efectos del IVA. Al unirse a un grupo de IVA, un miembro del grupo pasa a formar parte de un nuevo contribuyente de IVA independiente que posee un número de identificación fiscal polaco (NIP).
El reglamento sobre el uso del KSeF no tuvo en cuenta la singularidad de la naturaleza jurídica del grupo del IVA, así como las liquidaciones del IVA en las unidades de gobierno local. Según la normativa vigente, las unidades gubernamentales son tratadas como un único contribuyente del IVA, utilizando un único número NIP.
Del mismo modo, en el caso de los grupos de IVA, los contribuyentes de IVA separados que crean un nuevo contribuyente (un grupo de IVA) utilizan un número NIP. Los cambios propuestos son el resultado de las consultas públicas en curso que tuvieron lugar en diciembre de 2021. Además, el cambio también fue solicitado en mayo de 2022 por la Unión de Metrópolis Polacas.
Propuestas de modificación del actual reglamento sobre la factura electrónica
El proyecto de ley prevé la posibilidad de conceder derechos limitados adicionales a las unidades de gobierno local y a los miembros de los grupos del IVA. Además, las unidades de gobierno local y los grupos de IVA podrán conceder derechos administrativos, para gestionar los permisos en el KSeF, a una persona física que sea su representante.
Gracias a estos derechos delegados, habrá una opción para gestionar las autorizaciones para la unidad de gobierno local y para la entidad que es miembro de un grupo de IVA. Además, es significativo que una persona con dicha autorización no tenga acceso simultáneo a las facturas de otras unidades dentro del gobierno local o de otros miembros de un grupo de IVA.
En el caso de las unidades de gobierno local y los grupos de IVA, la concesión o la retirada de la autorización a la persona física debe realizarse por vía electrónica. No es posible presentar un formulario en papel para notificar a la autoridad fiscal competente.
Cuestiones pendientes para el KSEF y fecha de aplicación
Como se ha mencionado, las modificaciones propuestas responden a las preocupaciones que plantearon las entidades afectadas. Sin embargo, no satisfacen todas las necesidades de las unidades de gobierno local y de los grupos de IVA. Por ejemplo, sigue abierta la cuestión de cómo asignar una factura electrónica entrante a una unidad interna concreta o a un miembro de un grupo de IVA. Esto se debe a que las facturas sólo contienen los datos del contribuyente, que en este caso es la unidad de gobierno local o un grupo de IVA, y no los datos de la unidad interna o del miembro de un grupo de IVA.
El reglamento entrará en vigor 14 días después de la fecha de publicación. Sin embargo, las disposiciones que se aplican a los miembros del grupo del IVA serán efectivas a partir de 1 de enero de 2023.
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